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condenan a neonazi


Inédita condena a neonazi por amenazas a Lily Pérez. El Tribunal Oral en Lo Penal de Viña del Mar falló en forma unánime en contra de Elliot Quijada (39). El sujeto arriesga una multa de 100 UTM por el delito y 600 días de presidio por el ilícito de tenencia ilegal de armas. El fiscal Alejandro Ivelic remarcó que se "sienta un precedente".
Santiago, Chile. De forma unánime el Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar condenó al militante neonazi Elliot Quijada (39) por infracción al artículo 31 de la Ley sobre Libertades de Opinión e Información y tenencia ilegal de armas.
El primer cargo tiene relación con las amenazas de muerte que realizó el ex líder del desaparecido grupo Martillo del Sur a la senadora RN, Lily Pérez, durante las últimas elecciones senatoriales de diciembre pasado.
Por este delito el fiscal a cargo del caso, Alejandro Ivelic, solicitó una multa de 100 UTM (unos $3.708.300) y por el delito de tenencia ilegal de armas 600 días de presidio calificado.
A Quijada, quien quedó con la medida cautelar de arraigo nacional, se le imputó también el ilícito de almacenamiento de pornografía infantil, por el que fue finalmente absuelto.

Precedente
El fiscal Ivelic afirmó que se trata de la primera condena en nuestro país que tiene relación con infracción a la Ley Nº 19.733, que en su artículo 31 sanciona a las personas que "por cualquier medio de comunicación social, realicen publicaciones o transmisiones destinadas a promover odio u hostilidad respecto de personas o colectividades en razón de su raza, sexo, religión o nacionalidad".
El fiscal sostuvo que "creo que se sienta un precedente para disuadir a quienes difamen a una persona o colectividad por motivos religiosos", en alusión a la fe judía que profesa la senadora Lily Pérez y por la cual habría sido objeto de las amenazas por parte del militante neonazi a través de internet.
Por su parte, el abogado querellante representante de la senadora, Ciro Colombara, señaló en relación al fallo que, "para la senadora Lily Pérez y para nosotros, la sentencia fue absolutamente satisfactoria y el tribunal condenó al neonazi como autor del delito de incitación al odio racional. Es un fallo histórico, porque es primera vez en Chile que se dicta una condena por este delito".

Testimonio Clave
Ivelic agregó que los testimonios de la parlamentaria y del presidente de la Comunidad Judía de Chile, Gabriel Zaliasnik, fueron claves para determinar la culpabilidad del imputado, como también las pruebas encontradas en el domicilio de Quijada en Villa Alemana, donde se halló material propagandístico en contra de la senadora que aludía a su calidad de "judía".
Además se encontraron chalecos anticortes, navajas, cuchillas, pistolas de airsoft y 12 balas calibre 22.
Quijada afirmó desconocer la procedencia de las balas y señaló que el resto de los elementos los utiliza para la práctica del airsoft, juego similar al paintball que se basa en simular combates de carácter militar.
El profesional también destacó la labor del fiscal respecto a poder determinar la internet como medio de comunicación social, elemento clave para que el ilícito se enmarque dentro del artículo 31 de la Ley Nº 19.733.
"En poco tiempo (el fiscal) hizo una investigación muy compleja que estableció hechos complicados, como el valor de internet como medio de comunicación social".

18 de junio de 2010
©la nación
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1 comentario

claudio lisperguer -

Resulta sorprendente que esta ley se aplique recién ahora, pese a que grupos neonazis vienen cometiendo mucho más que delitos de opinión y entre sus acciones de los últimos años se incluyen varios asesinatos y otro tipo de agresiones premeditadas contra categorías de personas que sus militantes consideran basura social, como inmigrantes extranjeros, prostitutas, travestis, homosexuales, indigentes, minusválidos, personas de raza negra y otros.
La ley debiese ser mucho más severa. Entre estos grupos de lo que se llama la derecha psicótica hay invariablemente elementos criminales, como lo demuestra este mismo caso. Tolerar sus organizaciones o permitir la difusión de sus ideas conlleva un enorme riesgo para la integridad física y psíquica de otros ciudadanos. La ley debiese prohibir la expresión en medios de comunicación social y en cualquier otro medio excepto en documentos o soportes privados, de toda ideología que fomente o justifique la violación de los derechos humanos, crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad.