Blogia
mQh

segunda vuelta será en diciembre


Cámara despacha reforma constitucional que adecua los plazos de las elecciones presidenciales.
Valparaíso, Chile. Con el voto favorable de 97 parlamentarios y 6 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados dio su aprobación a un proyecto de reforma constitucional presentado por el Ejecutivo que adelanta a noviembre la celebración de la primera vuelta de las elecciones presidenciales al mes de diciembre una eventual segunda vuelta.
La iniciativa legal (boletín 6946) fue presentada en mayo de este año por el gobierno del presidente Piñera con el propósito de facilitar el ejercicio del derecho a sufragio y armonizar las fechas de las elecciones presidenciales con el próximo sistema de inscripción automática y voto voluntario.
Originalmente, la propuesta del gobierno establecía que los comicios presidenciales se efectuarían el tercer domingo de noviembre del año anterior a aquél en que deba cesar en el cargo el jefe de estado en funciones, pero la Sala de la Cámara aprobó una indicación que estableció el segundo domingo de noviembre como fecha de las elecciones.
También la iniciativa del Ejecutivo fijaba la eventual segunda vuelta presidencial para el cuarto domingo después de realizada la primera, pero la sala aprobó una indicación que reemplazó tal fecha por el quinto domingo.
Junto con lo anterior, la reforma disminuye de 30 a 10 días a contar del deceso, el plazo para convocar a una nueva elección presidencial en caso de fallecimiento de uno o de los dos candidatos a la primera magistratura, que hubieren dado lugar a una segunda vuelta presidencial.
Aumenta además de 90 a 120 días después de la convocatoria, la realización de la elección a que se refiere la letra anterior, siempre que dicho plazo coincida con un domingo; en caso contrario, la elección se realizará el domingo inmediatamente siguiente.
La reforma precisa que el proceso calificatorio de la elección presidencial, deberá quedar concluido dentro de los 15 días siguientes en el caso de la primera elección o dentro de los 30 días siguientes en el caso de la segunda.
En el caso de que el impedimento que afecta al presidente electo para asumir, fuere absoluto o de duración indefinida, aumenta de sesenta a ciento veinte días después de la convocatoria la realización de una nueva elección presidencial, siempre que dicho plazo coincida con un domingo; en caso contrario, la elección se realizará el domingo inmediatamente siguiente.
En el caso de vacancia del cargo de presidente de la República dos o más años antes de la próxima elección, aumenta de sesenta a ciento veinte días después de la convocatoria la realización de la nueva elección presidencial, siempre que ese plazo coincida con un domingo, en caso contrario, la elección se realizará el domingo inmediatamente siguiente.
La iniciativa establece que la votación plebiscitaria deberá efectuarse ciento veinte días después de la publicación del decreto que la convoca, siempre que ese plazo coincida con un domingo, en caso contrario, la votación deberá efectuarse el domingo inmediatamente siguiente.
Aumenta, de los últimos noventa días a los últimos ciento veinte días antes de la cesación en el cargo del presidente de la República, el plazo en el que no podrá salir del territorio nacional sin el acuerdo del Senado.
Finalmente, establece que el período presidencial y parlamentario que comience el 11 de marzo de 2014, finalizará el 1° de marzo de 2018. La Sala de la Cámara aprobó una indicación que establece que los periodos señalados se entenderán completos para todos los efectos constitucionales y legales.
La amplia aprobación de esta reforma constitucional, que fue votada sin debate en la Sala, fue valorada por el ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Cristián Larroulet, quien destacó que se trata de la primera iniciativa de la agenda de perfeccionamiento democrático planteada por el actual gobierno que es aprobada por la Cámara de Diputados.
La reforma pasó a cumplir segundo trámite al Senado.
7 de diciembre de 2010
6 de diciembre de 2010
©diario de la cámara
rss

0 comentarios