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deberá cumplir en la cárcel


Domingo Morales deberá seguir cumpliendo su condena por terrorismo de estado en la cárcel. La Corte Suprema de la Nación revocó la excarcelación del genocida acusado por 16 homicidios, asociación ilícita y supresión de identidad.
[Juan Carlos Tizziani] Santa Fe, Argentina. La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la excarcelación del único militar que estaba preso en una cárcel común por crímenes de lesa humanidad en Santa Fe. Se trata del teniente coronel Domingo Morales, un ex jefe operativo del Destacamento de Inteligencia Militar 122, procesado por dieciséis homicidios, asociación ilícita y supresión de identidad de una menor, entre otros delitos, que quedó libre en abril del año pasado por una resolución de la Cámara Nacional de Casación Penal. El fallo de la Corte sienta jurisprudencia para que no sólo Morales vuelva a prisión, sino que también suceda lo mismo con otros represores de la provincia que hoy están en libertad por resoluciones similares de Casación.
Morales había sido detenido en octubre de 2009 por orden del juez federal de Santa Fe, Reinaldo Rodríguez, pero sólo estuvo preso seis meses en la cárcel de Las Flores. Rodríguez le rechazó el pedido de excarcelación, la Cámara Federal de Rosario confirmó esa medida de primera instancia, pero luego la Cámara Nacional de Casación la dejó sin efecto, en un fallo muy controvertido de la Sala III. "Un fallo vergonzoso y de una gravedad institucional inusitada porque significa que de ahora más los juicios se harán con los genocidas en las calles", lo calificó por entonces la abogada de Hijos, Lucila Puyol.
El Ministerio Público Fiscal recurrió ante la Corte, que el 28 de diciembre revocó la sentencia de Casación. Lo que significa que Morales debería volver a una celda, aunque no será ahora sino cuando el expediente llegue al despacho del juez Rodríguez, quien tendrá que decidir si lo manda nuevamente a la cárcel Las Flores o al penal de Marcos Paz, como le había pedido el represor antes de ser excarcelado.
Cinco ministros de la Corte (Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raul Zaffaroni) votaron por revocar la sentencia de la Cámara de Casación y dos (Enrique Petracchi y Carmen Argibay), por desestimar el recurso del Ministerio Público.
En los fundamentos, la Corte se remitió al dictamen del procurador general de la Nación subrogante, Luis González Warcalde y compartió su criterio.
La Cámara de Casación había excarcelado a Morales al valorar "la residencia estable del imputado en la provincia de Buenos Aires, la circunstancia de que fue localizado en su domicilio (en la ciudad de Pergamino) y no opuso resistencia al arresto, su buena conducta en la unidad donde cumplía la medida cautelar, un núcleo familiar con el que mantiene un vínculo estrecho, su carencia de antecedentes penales y la inexistencia de constancias acerca de situaciones que indiquen su voluntad de sustraerse a la acción de la justicia entorpecer las investigaciones, durante los más de treinta años que transcurrieron desde la comisión de los hechos que se le enrostran", recordó el procurador.
"Pero la Cámara, omitió sopesar otras condiciones personales del imputado y las circunstancias de los hechos, que también constituyen pautas de valoración exigidas" por la ley, agregó González Warcalde. Y mencionó que Morales era "capitán del Destacamento de Inteligencia 122 de Santa Fe, asiento de una de las estructuras de represión que integraron la organización criminal formada al amparo de la última dictadura" y por lo tanto, "tenía poder de decisión sobre los operativos represivos" que se realizaban en Santa Fe y "el destino final de las víctimas".
Morales no es "cualquier imputado", sino alguien "entrenado y capacitado para operar en la clandestinidad sin ser identificado y eliminar toda prueba que pueda incriminarlo a él o a sus camaradas, y que, además, todavía podría conservar un ascendiente sobre esas estructuras que habrían actuado bajo sus órdenes y que, como es notorio, han dado sobradas pruebas de poder aun después de restablecida la democracia", sostuvo el procurador.
Al excarcelar a Morales, la Cámara de Casación tampoco tuvo en cuenta "la eficiencia de ese aparato clandestino de represión ilegitima para no dejar rastros de su accionar criminal" y "la actuación corporativa posterior de los responsables de los hechos para garantizarse la impunidad", al punto que "todavía hoy existen arduas dificultades para conocer la verdad de lo ocurrido".
Y si recién ahora los juicios por crímenes de lesa humanidad están en trámite, "no se debe a la impericia de la justicia (") sino a las numerosas maniobras que indefectiblemente se orientaron a impedir el esclarecimiento de esos hechos, entre los que se encuentran los que se juzgan en esta causa".
"En síntesis, no creo que la Cámara de Casación podía dejar de ponderar las circunstancias mencionadas sin incurrir en arbitrariedad, al tener en cuenta las condiciones personales de Morales que valoró para ordenar su libertad", concluyó el procurador general de la Nación.
2 de enero de 2011
1 de enero de 2011
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