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proyecto sobre hijos ilegítimos


Buscan eliminar del Código Penal distinción de hijos legítimos e ilegítimos. Aunque la ley de filiación terminó con las diferencias entre hijos legítimos e ilegítimos, el Código Penal -redactado en 1875- menciona el parentesco en varias ocasiones.
Valparaíso, Chile. Una serie de problemas de coherencia se producen con la aplicación de la ley penal que todavía mantiene un vocabulario anterior a la Ley N° 19.585 de filiación, como por ejemplo, la distinción entre hijos legítimos e ilegítimos, lo que dificulta la correspondiente armonía en el sistema jurídico legal y que fue constatado por la senadora UDI Evelyn Matthei, quien presentó una moción para adecuar las normas del Código Penal a las leyes sobre familia.
Cabe recordar que la ley de filiación, terminó con la distinción entre hijos legítimos e ilegítimos. Sin embargo, el Código Penal redactado en 1875, hace mención al parentesco en diversas instituciones del mismo, por ejemplo, en lo relativo a la legítima defensa privilegiada, en el encubrimiento de parientes, en los delitos de negociación incompatible, en el abandono de menores, usurpación del estado civil, el infanticidio, entre otros.
La parlamentaria aseveró que "en todas estas figuras se usan los términos padres legítimos e hijos legítimos, es decir, un vocabulario anterior a la ley de filiación, de tal manera que, al no haberse adecuado el Código Penal, a la nueva nomenclatura que establece nuevos términos para referirse a la filiación y parentesco, se generan una serie de dificultades en la aplicación de la ley".
Por estas razones, recalcó que "es necesario reformar todas aquellas disposiciones del Código Penal que utilizan expresiones ya inexistentes en el derecho de familia, tales como, consanguíneos legítimos, afines legítimos, padres o hijos naturales, según manifiesta por ejemplo el artículo 489 del Código Penal, que establece una excusa legal absolutoria en los delitos de hurto, defraudaciones o daños".

13 de septiembre de 2008
©la tercera 
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