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por qué los dejan marcharse


¿Por qué liberan a los militares sindicados de matar a jóvenes civiles? Las demoras de este complejo caso están haciendo que los soldados salgan de la prisión. La fiscalía y los jueces tienen 90 días para iniciar un juicio contra cada sindicado. La Defensoría considera que el tiempo es corto y propone duplicarlo.
Colombia. Ya van 29 militares libres de los que están involucrados en el caso de las ejecuciones de 11 jóvenes de Soacha que fueron presentados como muertos en combate en Ocaña y Cimitarra, hace casi dos años. En las audiencias de los próximos 18 y 19 de enero pueden quedar libres más. Y así sucesivamente, podrían salir la prisión los 47 soldados involucrados en este proceso.
Están saliendo de la cárcel porque ya algunos llevan 100 y otros más de 240 días presos sin que se les inicie un juicio. La Procuraduría y el juez de garantías han aceptado que, en efecto, esos militares deben quedar libres, pues desde hace mucho rato se acabaron los 90 días que la ley permite que esté detenida una persona después de que la Fiscalía acuse.
Liberaciones como éstas pasan a menudo. Esa garantía de salir libre a los tres meses si no se ha iniciado un proceso la da el nuevo sistema penal, que empezó a operar desde 2004. Y ese plazo se aplica para cualquier persona sindicada de cualquier delito, sin importar la gravedad o si en un solo hecho están involucrados varios sospechosos.
El caso de estos militares se ha dado así: la Fiscalía les imputó los cargos y fueron detenidos preventivamente algunos en abril y otros en mayo del año pasado. En total fueron privados de la libertad 47 soldados. Entre 30 y 60 días después, los acusaron ante un juez y fue cuando la defensa de los uniformados le pidió al Consejo Superior de la Judicatura que definiera si era la justicia penal o la ordinaria la que debía llevar el proceso.
Los casos cuyo análisis se demoraron menos tardaron 45 días. Los estudios que más se prolongaron fueron de tres meses. Lo grave es que después de que la Fiscalía acusa, un juez tiene 90 días para decidir si empieza un juicio o no. Si no lo define en este lapso, la persona procesada debe quedar libre, como está ocurriendo con estos militares.
Buena parte de la demora se debe a que los fiscales han tenido que documentar los casos de cada víctima y de cada sindicado sin que las pruebas de uno sirvan para otro, a pesar de que los hechos ocurrieron de forma muy parecida.
Además, la ley fue creada pensando en que aquellos 90 días los sumaban sólo los días hábiles, pero las cortes Suprema y Constitucional han emitido sendos pronunciamientos diciendo que deben ser días corridos o calendario, o sea, tres meses exactos. La razón es que la persona procesada no está privada de la libertad sólo de lunes a viernes, sino sábados, domingos y festivos también. Eso ha hecho que se acorte el plazo, pues antes, contando sólo los días hábiles, este periodo significaba realmente casi cuatro meses.
Por otro lado, estos soldados enfrentan procesos disciplinarios ante la Oficina de Investigaciones Especiales de la Procuraduría. Según sus funciones, este despacho emite castigos disciplinarios. Es decir, dice si un empleado del Estado se puede quedar en su cargo o si debe salir después de haber sido sindicado de alguna irregularidad en sus funciones. Hasta el momento, no ha habido fallos de la Procuraduría contra estos militares. O sea que siguen integrados al Ejército.
Ante la gravedad del caso y como siguen siendo integrantes de la fuerza pública, el gobierno dijo que estos soldados permanecerán confinados en una unidad militar.
Pero aquella decisión también puede ser cuestionada por los defensores de los uniformados, pues si una institución del Estado ordena su libertad, no puede haber otra que se la quite. Es una discusión que puede presentarse más adelante en este mismo caso. Si la Procuraduría los hubiera destituido de sus cargos, estos soldados saldrían a andar por las calles tranquilamente.
En sí, el término de tres meses para que un juez decida empezar un juicio significa una garantía para un acusado. No es justo que una persona permanezca mucho tiempo privada de la libertad sin que se resuelva su situación judicial.
Pero puede haber excepciones en casos de graves violaciones de derechos humanos o cuando sean varios los acusados en un mismo delito, como está ocurriendo con estos militares, según considera el defensor del Pueblo, Vólmar Pérez.
Para estas situaciones, el sistema penal pasado permitía que se duplicara el tiempo entre la acusación y el comienzo del juicio. Pérez considera que retomar esta posibilidad puede ser una solución para casos como éste. Si esta fórmula se pudiera aplicar, los jueces tendrían 180 días, y no 90 solamente, para analizar una acusación y empezar un juicio.
Aunque es cierto que varios de los militares que han quedado libres han pasado más de 200 días detenidos, hay otros que están saliendo por tener 100 días después de haber sido acusados. Para los segundos podría utilizarse la prolongación del plazo que propone Pérez.
La idea del Defensor sólo puede ponerse en marcha después de reformar el Código de Procedimiento Penal. Esa será la propuesta que llevará ante el Consejo de Política Criminal el próximo 3 de febrero.
Ese día, también se sugerirá que se destine un juez y un fiscal únicamente para este caso, como ocurrió con el de David Murcia, y que la Fiscalía pueda agrupar pruebas para los diferentes acusados que estén procesados por un mismo caso.

18 de enero de 2010
©semana
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