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quieren reformar justicia militar


Principios para reformar la justicia militar, según los expone el ministro de Defensa de Chile.
[José Goñi Carrasco, Ministro de Defensa] Santiago, Chile. La Defensa Nacional está viviendo la mayor modernización del sector de los últimos 100 años. Por primera vez, Chile tiene la oportunidad de organizar su Defensa con un diseño largamente elaborado y abierto al debate democrático en el Congreso y con la participación de las FF.AA.
Ejemplo de ello es el proyecto que reforma orgánicamente este ministerio. Su estructuración administrativa será otra; la apropiada para enfrentar los desafíos de este siglo.
Otro cambio lo constituye la reforma integral al Código de Justicia Militar. La antigüedad de la normativa vigente es conocida. Data de 1925, pero muchas de sus disposiciones provienen de la época colonial. Este vetusto andamiaje jurídico presenta una desconexión histórica entre las figuras penales y la forma en la que se desarrollan los conflictos. Otro tanto ocurre con el proceso penal al que se ven sometidos, actualmente, militares y civiles. Un proceso inquisitivo, con un derecho de defensa muchas veces relativizado en su efectividad y con jueces cuya imparcialidad e independencia han sido cuestionadas por organismos internacionales.
Recordemos que pesan sobre nuestro país dos sentencias de la Corte Interamericana de DD.HH., que obligan a Chile a ajustar su jurisdicción militar al estándar definido en el Pacto San José de Costa Rica.
El gobierno de la Presidenta Bachelet decidió dar un nuevo rumbo en este aspecto. Para ello se convocó a una comisión de expertos civiles y militares, que actualmente se encuentra desarrollando un proyecto de reforma integral al Código de Justicia Militar.
Uno de los principios de la gestión del Ministerio de Defensa Nacional es avanzar en la transparencia con la que presenta su actuar a los ciudadanos. Por esto, hace pocos días se presentó a la comunidad nacional el documento que recoge 27 principios que fijan el "rayado de cancha" para una nueva justicia militar, especialmente en la protección de los derechos humanos.
La idea de establecer un documento de principios es una experiencia inédita en la región y en el derecho comparado. Aunque la ONU ha redactado principios referidos a la administración de justicia por tribunales militares, éstos aún no son aprobados por la Asamblea General.
La justicia militar no puede ser mejor ni peor que la justicia ordinaria. Debe satisfacer un estándar de igualdad de derechos para los ciudadanos que visten de uniforme. Hablamos de una judicatura que juzga delitos militares, cometidos por militares. Esta premisa tiene importantes consecuencias.
Significa, en primer término, que esta parcela del ordenamiento jurídico se refiere a cuestiones estrictamente castrenses. Un buen ejemplo de ello supone dotar de reglas claras al ejercicio de la fuerza en defensa del Estado Constitucional. La adopción de los principios rectores del Derecho Internacional Humanitario constituye, en consecuencia, un mínimo común denominador a partir del cual se permite desarrollar el conflicto armado, respetando la dignidad de la persona humana, dando un trato adecuado a los civiles que se ven envueltos en estos conflictos y garantizando el resguardo de los derechos de los prisioneros de guerra. Estas disposiciones también se aplican a los casos de las operaciones de paz, donde nuestras tropas requieren de un sistema jurídico idóneo que los juzgue conforme a reglas uniformes preestablecidas.
Un segundo aspecto consiste en asegurar el debido proceso penal para los uniformados. En Chile, los militares sujetos a un proceso penal deben tener aseguradas las garantías mínimas de defensa jurídica. Este documento actualiza estos derechos básicos para el sector, adoptando un modelo de equidad entre el fiscal y el defensor. De esta forma, los tribunales militares pasarán a integrar en plenitud el Poder Judicial, permitiendo que sus jueces resuelvan con completa independencia.
En tercer lugar, los civiles dejan de estar sujetos a la jurisdicción penal militar. El resguardo de la disciplina, el orden y la jerarquía de las Fuerzas Armadas justifica que una magistratura especializada resuelva los casos que afectan a este sector. Pero dicho fundamento no alcanza para extender la competencia de estos tribunales a los casos donde se vean involucrados civiles.
A partir de los principios esbozados, muchos podrán desarrollar una retrospectiva crítica. Sin embargo, lo esencial es que este nivel de compromiso con valores tan esenciales como los que se recogen en este documento permite tener una perspectiva optimista para el futuro. Se trata de un punto de inflexión en la historia del sector de la Defensa.
Las distintas perspectivas que enriquezcan aún más este debate podrán ser expuestas en las sucesivas discusiones que se han de realizar con la participación de todos los sectores interesados en dar curso a una reforma necesaria de la justicia militar.

4 de septiembre de 2008
©el mercurio
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