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inconstitucional ley de amnistía


El fallo puede ser clave en los comicios del domingo, donde se consulta por la anulación o no de una ley que ha permitido amnistiar hechos ocurridos bajo la dictadura.
Montevideo, Uruguay. La Corte Suprema de Justicia de Uruguay declaró hoy la "inconstitucionalidad" de una amnistía que favoreció a militares en el caso del asesinato de una militante comunista perpetrado bajo la dictadura en 1974, informó a la AP uno de los abogados de la familia de la víctima.
El abogado Juan Errandonea dijo que el fallo determina que el juez Rolando Vomero puede reiniciar las actuaciones judiciales para intentar dar con los responsables de la muerte en una unidad militar de Nibia Sabalsagaray, de militancia comunista. Ella fue apresada por militares y apareció muerta 10 días después.
Raúl Oxandabarat, director de comunicaciones institucionales de la Suprema Corte dijo que todavía no estaba en disposición de dar pormenores, porque "se está haciendo llegar (la resolución) a las partes".
Errandonea dijo a la AP que "hemos recibido la notificación en estos momentos y puedo anticipar que es favorable a la inconstitucionalidad de la ley de amnistía".
El fallo fue aprobado con cuatro votos a favor y uno en contra, de los cinco miembros de la Suprema Corte y sienta un precedente en cuanto a la aplicación de esa ley, y tiene un fuerte contenido simbólico pues establece un precedente ante de las elecciones del próximo domingo.
En esos comicios, se incluye una papeleta que consulta a la población si se anula o no la llamada Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, que ha permitido amnistiar hechos ocurridos bajo la dictadura militar (1973-1985).
Dicha ley fue sancionada en 1986, plebiscitada en 1989 con el 54% a favor de los votos y admitida por la Suprema Corte de Justicia de la época.
El abogado penalista y de derechos humanos Óscar López Goldaracena afirmó a la AP que el fallo está "reforzando los argumentos que esa ley establecía la impunidad de los militares".
Adujo que las sociedades no pueden seguir amparando estas leyes si no son "sociedades hipócritas que no cumplen con acuerdos internacionales", que declaran delito de lesa humanidad las violaciones a los derechos humanos.
El ex vicepresidente de la República y constitucionalista Gonzalo Aguirre, ha sostenido que no es legal "anular una ley ya plebiscitada" por el pueblo y admitida por la Suprema Corte de Justicia.
El abogado insistió que este fallo es sólo para este caso, pero indicó que "que refuerza la convicción para el domingo que la ley debe ser anulada por el voto en la papeleta rosada y esto determinará la reapertura de decenas de casos que no pudieron ser juzgados al estar amparados por la ley".
López Goldaracena dijo que otro punto es que si se vota la ley de anulación el domingo, desaparecerá la "prescripción de algunos delitos por la cantidad de años de cometidos". Es decir que podrán ser juzgados todos los militares de la dictadura entre 1973 y 1985 que puedan estar involucrados en delitos de "lesa humanidad".
De hecho, sin embargo, la ley ya ha sido eludida y una decena de uniformados retirados están presos preventivamente desde 2006 por haber actuado en episodios de represión fuera del Uruguay dentro del ‘Plan Cóndor’ montado por las dictaduras del cono sur americano.
También cumplen prisión preventiva el ex presidente devenido dictador Juan M. Bordaberry imputado de complicidad en 14 homicidios y su ex canciller Juan C. Blanco por otros cuatro asesinatos de uruguayos en Argentina. Blanco tiene otras causas pendientes sobre desaparición de personas. Estos dos están presos desde 2007.

19 de octubre de 2009
©la tercera
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