condenados por torturas
[Patricio Tapia] Histórico fallo por torturas ocurridas en Linares condenó a funcionarios que trabajaron con Nelson Mery.
Nelson Volta Rozas, Héctor Torres Guajardo, Hugo González Yáñez, Claudio Lecaros Carrasco y Antonio Aguilar Barrientos son autores de delitos de lesa humanidad y tortura, según la investigación del ministro de fuero Víctor Stanger Larenas. La causa dictó además un sobreseimiento en favor del ex Director de la Policía de Investigaciones.
El Ministro de Fuero Victor Stenger Larenas dictó fallo de primera instancia en el marco de la investigación que sustanciaba por los delitos de tortura y lesa humanidad ocurridos en Linares entre los años 1973 y 1974 bajo el gobierno de Augusto Pinochet.
Las torturas. según indica el expediente que acumuló 12 tomos y 4256 fojas, ocurrieron principalmente en dependencias de la Escuela de Artillería de Linares.
Todos los sentenciados tienen la calidad de autores de haber aplicado ‘tormento a un reo', delito contemplado en el Artículo 150 Nº 1 del Código penal vigente al momento de ocurrir los hechos.
El dictamen judicial afecta a funcionarios públicos que trabajaron junto al ex Director de Investigaciones Nelson Mery: se trata del ex funcionario de Investigaciones Nelson Volta Rozas, como autor de catorce delitos; Héctor Armando Torres Guajardo funcionario de la Policía Civil como autor en seis delitos; Hugo Enrique González Yánez ex miembro de Carabineros, como autor de tres delitos; Claudio Abdón Lecaros Carrasco, ex integrante de las filas del Ejército, como autor de dos delitos; y Antonio Aguilar Barrientos, que también perteneció a las filas castrenses como autor de cuatro delitos.
Respecto a las penas que aplicó el Ministro Stenger, cada uno de los sentenciados, de ser ratificado el dictamen, deberá cumplir una condena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo por cada una uno de los delitos establecidos.
El dictamen judicial además contempla las accesorias de suspensión de cargo u oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de las costas de la causa.
Por otra parte, el ministro de fuero argumenta que los vejámenes a los cuales estuvieron sometidos los detenidos están descritos y presentes en los artículos 5 y 7 de recientemente aprobado estatuto de la Corte Internacional y el Artículo 7 del Estatuto de la Corte Penal Internacional.
A la salida del Tribunal, el Ministro Stenger señaló que "se ha dictado fallo en una causa que se inicio en un comienzo contra Nelson Mery y que al final ha terminado con una sentencia respecto de los funcionarios públicos que trabajaron con él en la Escuela de Artillería en los años 1973 y 1974, su contenido en la parte resolutiva y los fundamentos jurídicos están exactamente en el fallo".
Respecto a la situación de Nelson Mery, se dictó un sobreseimiento en Talca el que fue ratificado por la Corte en la Región Metropolitana.
Los abogados de los sentenciados tienen desde el momento de la notificación cinco días para apelar a las resoluciones. Se espera que durante esta jornada se conozca la reacción por parte de los integrantes de la Agrupación de Ex Presos Políticos que interpusieron esta querella en agosto del año 2004.
El Ministro de Fuero Victor Stenger Larenas dictó fallo de primera instancia en el marco de la investigación que sustanciaba por los delitos de tortura y lesa humanidad ocurridos en Linares entre los años 1973 y 1974 bajo el gobierno de Augusto Pinochet.
Las torturas. según indica el expediente que acumuló 12 tomos y 4256 fojas, ocurrieron principalmente en dependencias de la Escuela de Artillería de Linares.
Todos los sentenciados tienen la calidad de autores de haber aplicado ‘tormento a un reo', delito contemplado en el Artículo 150 Nº 1 del Código penal vigente al momento de ocurrir los hechos.
El dictamen judicial afecta a funcionarios públicos que trabajaron junto al ex Director de Investigaciones Nelson Mery: se trata del ex funcionario de Investigaciones Nelson Volta Rozas, como autor de catorce delitos; Héctor Armando Torres Guajardo funcionario de la Policía Civil como autor en seis delitos; Hugo Enrique González Yánez ex miembro de Carabineros, como autor de tres delitos; Claudio Abdón Lecaros Carrasco, ex integrante de las filas del Ejército, como autor de dos delitos; y Antonio Aguilar Barrientos, que también perteneció a las filas castrenses como autor de cuatro delitos.
Respecto a las penas que aplicó el Ministro Stenger, cada uno de los sentenciados, de ser ratificado el dictamen, deberá cumplir una condena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo por cada una uno de los delitos establecidos.
El dictamen judicial además contempla las accesorias de suspensión de cargo u oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de las costas de la causa.
Por otra parte, el ministro de fuero argumenta que los vejámenes a los cuales estuvieron sometidos los detenidos están descritos y presentes en los artículos 5 y 7 de recientemente aprobado estatuto de la Corte Internacional y el Artículo 7 del Estatuto de la Corte Penal Internacional.
A la salida del Tribunal, el Ministro Stenger señaló que "se ha dictado fallo en una causa que se inicio en un comienzo contra Nelson Mery y que al final ha terminado con una sentencia respecto de los funcionarios públicos que trabajaron con él en la Escuela de Artillería en los años 1973 y 1974, su contenido en la parte resolutiva y los fundamentos jurídicos están exactamente en el fallo".
Respecto a la situación de Nelson Mery, se dictó un sobreseimiento en Talca el que fue ratificado por la Corte en la Región Metropolitana.
Los abogados de los sentenciados tienen desde el momento de la notificación cinco días para apelar a las resoluciones. Se espera que durante esta jornada se conozca la reacción por parte de los integrantes de la Agrupación de Ex Presos Políticos que interpusieron esta querella en agosto del año 2004.
17 de noviembre de 2006
©la tercera
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