revocan amnistía
Corte de Apelaciones revocó amnistía en caso Caravana de la Muerte.
Santiago, Chile. La Octava Sala de la Corte de Apelación de Santiago revocó la decisión del ministro Víctor Montiglio de aplicar la Ley de Amnistía al general (r) Sergio Arellano Stark y a otros cuatro oficiales (r) por el episodio San Javier de la Caravana de la Muerte.
El tribunal condenó a 10 años y un día de prisión al alto oficial, quien comandaba la comitiva militar que, según los antecedentes, el 2 de octubre de 1973 asesinó a Teófilo Arce, José Sepúlveda, Segundo Sandoval y Leopoldo González Norambuena en la región del Maule.
Los imputados habían sido absueltos en primera instancia por el ministro en visita Víctor Montiglio, el 15 de mayo de 2006, por aplicación del Decreto Ley de Amnistía N° 2191 de 1978.
El juez consideró que la ley que impuso el gobierno militar está vigente para eliminar la responsabilidad penal de los involucrados, pero los ministros Juan González, Omar Astudillo y el abogado Ángel Cruchaga resolvieron que se debe aplicar el Convenio de Ginebra, condenando a Arellano Stark y a Carlos Romero.
Según la determinación del tribunal de alzada, y atendiendo la extensión de las penas, no se concedió a los ex uniformados ningún beneficio alternativo. Ello implica que deberán cumplir sus penas de manera efectiva y a la totalidad de la sentencia se le descontarán los días de privación de libertad que ya registran en las causas.
El abogado querellante Hugo Gutiérrez calificó el fallo como "un hito relevante, porque es la primera sentencia en que el ministro Montiglio había aplicado la amnistía, en una causa tan paradigmática como es la Caravana de la Muerte".
El tribunal condenó a 10 años y un día de prisión al alto oficial, quien comandaba la comitiva militar que, según los antecedentes, el 2 de octubre de 1973 asesinó a Teófilo Arce, José Sepúlveda, Segundo Sandoval y Leopoldo González Norambuena en la región del Maule.
Los imputados habían sido absueltos en primera instancia por el ministro en visita Víctor Montiglio, el 15 de mayo de 2006, por aplicación del Decreto Ley de Amnistía N° 2191 de 1978.
El juez consideró que la ley que impuso el gobierno militar está vigente para eliminar la responsabilidad penal de los involucrados, pero los ministros Juan González, Omar Astudillo y el abogado Ángel Cruchaga resolvieron que se debe aplicar el Convenio de Ginebra, condenando a Arellano Stark y a Carlos Romero.
Según la determinación del tribunal de alzada, y atendiendo la extensión de las penas, no se concedió a los ex uniformados ningún beneficio alternativo. Ello implica que deberán cumplir sus penas de manera efectiva y a la totalidad de la sentencia se le descontarán los días de privación de libertad que ya registran en las causas.
El abogado querellante Hugo Gutiérrez calificó el fallo como "un hito relevante, porque es la primera sentencia en que el ministro Montiglio había aplicado la amnistía, en una causa tan paradigmática como es la Caravana de la Muerte".
27 de julio de 2007
©emol
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