rebajan penas en casos de ddhh
[Jorge Escalante] Beneficiados fueron ahora cuatro policías uniformados por desaparición de un obrero agrícola. Suprema reafirma drásticas rebajas de condenas contra militares por derechos humanos.
Santiago, Chile. La Sala Penal de la Corte Suprema rebajó de diez a tres años las penas de cuatro funcionarios de Carabineros que secuestraron e hicieron desaparecer en 1973 a Nelson Llanquilef. El dictamen se suma a otros similares resueltos en los últimos meses.
Confirmando su opción jurídica de beneficio a militares que violaron los derechos humanos aplicada desde comienzos de 2007, la Sala Penal de la Corte Suprema redujo de diez a tres años una condena dictada en primera instancia por el Juzgado del Crimen de Chaitén, en contra de cuatro funcionarios de Carabineros que el 8 de octubre de 1973 detuvieron e hicieron desaparecer al obrero agrícola Nelson Llanquilef Velásquez.
Si bien las condenas ya habían sido rebajadas a cinco años por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, antes de fallar la Sala Penal anuló tanto la sentencia del Juzgado de Chaitén como la de la Corte de Puerto Montt, aduciendo ‘vicios de forma', y de oficio procedió a beneficiar con siete años menos a los policías Hernán Escobar Inostroza, Víctor Retamal Carrasco, Joel Osorio Morales y José Barría Vargas. Entre sus argumentos, los magistrados consideraron la "muy irreprochable conducta" de los autores.
Ninguna de las tres resoluciones referidas establece los grados de los funcionarios, y si se encuentran en situación de retiro o en servicio activo.
La actuación jurídica de la Sala Penal reduciendo considerablemente y en forma sistemática las penas aplicadas por jueces de primera instancia y a veces por las Cortes de Apelaciones, en contra de quienes cometieron crímenes de lesa humanidad durante la pasada dictadura, ha sido fuertemente criticada por organismos de derechos humanos y abogados querellantes.
Varias de estas rebajas han beneficiado a algunos de los ex agentes que actuaron con mayor crueldad en contra de los prisioneros.
Algunos querellantes opinan que con este criterio, si bien por un lado la Corte Suprema no beneficia a los autores, cómplices y encubridores con la amnistía o la prescripción de los delitos por el transcurso del tiempo -lo que cuando anteriormente sucedió fue rechazado por organismos como la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos-, por el otro lado los favorece con una drástica reducción de sus condenas.
Así ha ocurrido, por ejemplo, en los casos de los detenidos desaparecidos Dagoberto San Martín, Víctor Olea Alegría, Mario Carrasco Díaz, Manuel Cortés Joo y Juan Luis Rivera Matus.
Entre los últimos beneficiados figuran el ex prófugo Raúl Iturriaga Neumann, Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff, Basclay Zapata, César Ruiz Bunge y Osvaldo Romo antes de su fallecimiento. Todos ellos recibieron rebajas de entre el 50 y el 80 por ciento de sus últimas condenas.
Un Civil
En la operación para detener y hacer desaparecer a Nelson Llanquilef, la resolución de la Sala Penal registra la identidad de otro civil que colaboró con medios de transporte para estos fines, mientras otros lo hicieron con listas, denunciando personas que luego desaparecieron, como los casos de Paine, Chihuío y Liquiñe.
"En la madrugada del sábado 8 de octubre de 1973, la patrulla formada por tres Carabineros de Chaitén se desplazaron en la embarcación del señor Eschmann (no indica nombre) para arribar al embarcadero de Puerto Piedra, donde les esperó el jefe del retén de Puerto Ramírez".
Confirmando su opción jurídica de beneficio a militares que violaron los derechos humanos aplicada desde comienzos de 2007, la Sala Penal de la Corte Suprema redujo de diez a tres años una condena dictada en primera instancia por el Juzgado del Crimen de Chaitén, en contra de cuatro funcionarios de Carabineros que el 8 de octubre de 1973 detuvieron e hicieron desaparecer al obrero agrícola Nelson Llanquilef Velásquez.
Si bien las condenas ya habían sido rebajadas a cinco años por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, antes de fallar la Sala Penal anuló tanto la sentencia del Juzgado de Chaitén como la de la Corte de Puerto Montt, aduciendo ‘vicios de forma', y de oficio procedió a beneficiar con siete años menos a los policías Hernán Escobar Inostroza, Víctor Retamal Carrasco, Joel Osorio Morales y José Barría Vargas. Entre sus argumentos, los magistrados consideraron la "muy irreprochable conducta" de los autores.
Ninguna de las tres resoluciones referidas establece los grados de los funcionarios, y si se encuentran en situación de retiro o en servicio activo.
La actuación jurídica de la Sala Penal reduciendo considerablemente y en forma sistemática las penas aplicadas por jueces de primera instancia y a veces por las Cortes de Apelaciones, en contra de quienes cometieron crímenes de lesa humanidad durante la pasada dictadura, ha sido fuertemente criticada por organismos de derechos humanos y abogados querellantes.
Varias de estas rebajas han beneficiado a algunos de los ex agentes que actuaron con mayor crueldad en contra de los prisioneros.
Algunos querellantes opinan que con este criterio, si bien por un lado la Corte Suprema no beneficia a los autores, cómplices y encubridores con la amnistía o la prescripción de los delitos por el transcurso del tiempo -lo que cuando anteriormente sucedió fue rechazado por organismos como la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos-, por el otro lado los favorece con una drástica reducción de sus condenas.
Así ha ocurrido, por ejemplo, en los casos de los detenidos desaparecidos Dagoberto San Martín, Víctor Olea Alegría, Mario Carrasco Díaz, Manuel Cortés Joo y Juan Luis Rivera Matus.
Entre los últimos beneficiados figuran el ex prófugo Raúl Iturriaga Neumann, Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff, Basclay Zapata, César Ruiz Bunge y Osvaldo Romo antes de su fallecimiento. Todos ellos recibieron rebajas de entre el 50 y el 80 por ciento de sus últimas condenas.
Un Civil
En la operación para detener y hacer desaparecer a Nelson Llanquilef, la resolución de la Sala Penal registra la identidad de otro civil que colaboró con medios de transporte para estos fines, mientras otros lo hicieron con listas, denunciando personas que luego desaparecieron, como los casos de Paine, Chihuío y Liquiñe.
"En la madrugada del sábado 8 de octubre de 1973, la patrulla formada por tres Carabineros de Chaitén se desplazaron en la embarcación del señor Eschmann (no indica nombre) para arribar al embarcadero de Puerto Piedra, donde les esperó el jefe del retén de Puerto Ramírez".
22 de octubre de 2007
©la nación
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