militares deben cumplir en la cárcel
[Diego Martínez] Presos en sus casas, en cuarteles militares y pocos en las cárceles.
Argentina. Sobre 339 represores presos, más de un tercio están en unidades militares. Un 35 por ciento goza de prisión domiciliaria. Hubo reclamos de querellantes, fiscales y el Ministerio de Defensa para que no están en unidades de las Fuerzas Armadas.
Los restos de cianuro hallados en el cadáver del prefecto Héctor Febres reavivan el debate sobre lugares y condiciones de detención de los represores. Algo es evidente: el Estado falla. Con o sin el consentimiento de Febres, alguien ingresó cianuro al destacamento de Prefectura. Suicidio o asesinato, el Estado, con sus jueces federales a la cabeza, tiene el deber de dar explicaciones.
Desde la reapertura de la causa ESMA, tanto querellantes como fiscalía cuestionaron los privilegios de los imputados. En 2004, la Secretaría de Justicia y Asuntos Penitenciarios transmitió a los jueces su inquietud por los detenidos en bases de la Armada, Gendarmería y Prefectura. Al mes, el abogado Rodolfo Yanzón solicitó que ocho represores de la ESMA fueran trasladados a la cárcel de Marcos Paz. El juez Sergio Torres pidió informes y constató cómo vivía Febres: recepción, comedor, dormitorio, baño privado. El juez adujo "riesgos" y negó el pedido. Cuando el fiscal Eduardo Taiano le recordó que las cárceles argentinas son inhóspitas para todos, desempolvó otro argumento: "El rechazo que han generado en la opinión pública los hechos", léase torturas y asesinatos. El rechazo no los diferencia de otros delincuentes presos, contestó Taiano. Fue en vano. El fiscal federal Félix Crous retrucó que se trataba de un privilegio insostenible, resabio de fueros derogados y competencias prohibidas. La Cámara Federal coincidió, a fines de 2005, y le ordenó a Torres que los marinos pasaran a ser custodiados por agentes del Servicio Penitenciario Federal, pero nada cambió.
Cinco meses después, la ministra de Defensa insistió para que los jueces reconsideraran la decisión de enviar genocidas a los cuarteles. La Constitución lo prohíbe, las funciones penitenciarias están vedadas a las Fuerzas Armadas y sus miembros tienen prohibido vincularse con detenidos, explicó. Pero el juez no modificó su postura.
El 17 de julio último, Garré convenció a Torres de trasladar a los marinos al Instituto Penal de las Fuerzas Armadas, la cárcel de Campo de Mayo, donde ahora los custodian agentes del Servicio Penitenciario. Sin celulares ni Internet, los oficiales navales no tuvieron mejor idea que presentar un hábeas corpus, recurso que se utiliza cuando se supone en riesgo la vida, la libertad o la integridad de una persona. Claro que la medida de Garré no alcanzó a Febres, que hasta el final siguió rodeado por sus camaradas de Prefectura.
¿Alguna razón justifica que los represores detenidos no estén en cárceles comunes? Fuerzas Armadas, de seguridad y policiales no disponen de la infraestructura propia de una penitenciaria. Sus hombres no se capacitan como guardiacárceles. Tampoco merecen semejantes compañías. Las leyes de defensa y seguridad vedan a las tres armas las funciones de custodia y seguridad de presos a disposición de tribunales ordinarios.
Sobre 339 represores presos registrados por el Centro de Estudios Legales y Sociales, un 35 por ciento goza de prisión domiciliaria, otro tanto está en unidades militares y el resto en cárceles comunes, categoría que incluye Campo de Mayo.
Los imputados por el fusilamiento de Margarita Belén viven plácidos en la Base de Apoyo Logístico de Resistencia. Toman aire en la plaza donde exhibieron los cadáveres y son servidos por soldados y suboficiales. El ex director de seguridad de Marcos Paz ordenó en marzo brindar un "trato privilegiado" a los genocidas. Los consideraba "presos políticos". Cuando esto se supo, fue pasado a disponibilidad. Un fiscal denunció al SPF por obstaculizar la investigación para esclarecer la segunda desaparición de Julio López. La mayor parte de los policías provinciales procesados en el interior están detenidos en dependencias de sus propias fuerzas. Los privilegios parecen haberle jugado a Febres una mala pasada.
Los restos de cianuro hallados en el cadáver del prefecto Héctor Febres reavivan el debate sobre lugares y condiciones de detención de los represores. Algo es evidente: el Estado falla. Con o sin el consentimiento de Febres, alguien ingresó cianuro al destacamento de Prefectura. Suicidio o asesinato, el Estado, con sus jueces federales a la cabeza, tiene el deber de dar explicaciones.
Desde la reapertura de la causa ESMA, tanto querellantes como fiscalía cuestionaron los privilegios de los imputados. En 2004, la Secretaría de Justicia y Asuntos Penitenciarios transmitió a los jueces su inquietud por los detenidos en bases de la Armada, Gendarmería y Prefectura. Al mes, el abogado Rodolfo Yanzón solicitó que ocho represores de la ESMA fueran trasladados a la cárcel de Marcos Paz. El juez Sergio Torres pidió informes y constató cómo vivía Febres: recepción, comedor, dormitorio, baño privado. El juez adujo "riesgos" y negó el pedido. Cuando el fiscal Eduardo Taiano le recordó que las cárceles argentinas son inhóspitas para todos, desempolvó otro argumento: "El rechazo que han generado en la opinión pública los hechos", léase torturas y asesinatos. El rechazo no los diferencia de otros delincuentes presos, contestó Taiano. Fue en vano. El fiscal federal Félix Crous retrucó que se trataba de un privilegio insostenible, resabio de fueros derogados y competencias prohibidas. La Cámara Federal coincidió, a fines de 2005, y le ordenó a Torres que los marinos pasaran a ser custodiados por agentes del Servicio Penitenciario Federal, pero nada cambió.
Cinco meses después, la ministra de Defensa insistió para que los jueces reconsideraran la decisión de enviar genocidas a los cuarteles. La Constitución lo prohíbe, las funciones penitenciarias están vedadas a las Fuerzas Armadas y sus miembros tienen prohibido vincularse con detenidos, explicó. Pero el juez no modificó su postura.
El 17 de julio último, Garré convenció a Torres de trasladar a los marinos al Instituto Penal de las Fuerzas Armadas, la cárcel de Campo de Mayo, donde ahora los custodian agentes del Servicio Penitenciario. Sin celulares ni Internet, los oficiales navales no tuvieron mejor idea que presentar un hábeas corpus, recurso que se utiliza cuando se supone en riesgo la vida, la libertad o la integridad de una persona. Claro que la medida de Garré no alcanzó a Febres, que hasta el final siguió rodeado por sus camaradas de Prefectura.
¿Alguna razón justifica que los represores detenidos no estén en cárceles comunes? Fuerzas Armadas, de seguridad y policiales no disponen de la infraestructura propia de una penitenciaria. Sus hombres no se capacitan como guardiacárceles. Tampoco merecen semejantes compañías. Las leyes de defensa y seguridad vedan a las tres armas las funciones de custodia y seguridad de presos a disposición de tribunales ordinarios.
Sobre 339 represores presos registrados por el Centro de Estudios Legales y Sociales, un 35 por ciento goza de prisión domiciliaria, otro tanto está en unidades militares y el resto en cárceles comunes, categoría que incluye Campo de Mayo.
Los imputados por el fusilamiento de Margarita Belén viven plácidos en la Base de Apoyo Logístico de Resistencia. Toman aire en la plaza donde exhibieron los cadáveres y son servidos por soldados y suboficiales. El ex director de seguridad de Marcos Paz ordenó en marzo brindar un "trato privilegiado" a los genocidas. Los consideraba "presos políticos". Cuando esto se supo, fue pasado a disponibilidad. Un fiscal denunció al SPF por obstaculizar la investigación para esclarecer la segunda desaparición de Julio López. La mayor parte de los policías provinciales procesados en el interior están detenidos en dependencias de sus propias fuerzas. Los privilegios parecen haberle jugado a Febres una mala pasada.
14 de diciembre de 2007
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