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muerte de intendente será investigada


Anulan fallo que cerró investigación por muerte de ex intendente socialista.
[Hernán Espinoza] Talca, Chile. Corte de Talca dejó sin efecto la resolución dictada por la ministra Juana Venegas y ordenó que otro tribunal especial se pronuncie.
La primera sala de la Corte de Apelaciones de Talca decidió anular el sobreseimiento definitivo de uno de los casos de derechos humanos más emblemáticos de la Región del Maule, y que dice relación con el fusilamiento -en septiembre de 1973- de quien era intendente de esta ciudad, Germán Castro (PS).
El caso llegó a manos del máximo tribunal regional después que la ministra en visita de la misma Corte, Juana Venegas, decidiera el cierre total del voluminoso expediente, por estimar que el fusilamiento de Germán Castro había sido ordenado por un tribunal militar en tiempos de guerra y, según la magistrado, con plenas facultades para dictar una resolución de esta naturaleza en dicho contexto jurídico.
En estos términos, la ministra -quien tomó la causa en mayo del año pasado de manos del entonces juez exclusivo, Gerardo Bernales- descartó de plano que el fallecimiento del intendente constituya un hecho con carácter de delito e incluso que sea contrario a los tratados internacionales sobre derechos humanos.
En su fallo, el máximo tribunal regional recuerda que en agosto del 2006, la ministra Venegas también había sobreseído la causa, pero que fue reabierta por decisión de la misma Corte, donde se ordenó realizar numerosas diligencias, contando entre ellas el interrogatorio –bajo la calidad de "exhortado a decir verdad"- al ex gobernante militar, Augusto Pinochet, actualmente fallecido (ver recuadro).
Tras realizar dichas diligencias, en octubre del 2007, la misma ministra dictó nuevamente el sobreseimiento ahora en apelación. Al respecto, la Corte señala que el segundo pronunciamiento fue "con los mismos antecedentes" que fundamentaron el cierre que fue revocado casi un año antes. Por ello, concluye que el fallo en estudio fue pronunciado por "un tribunal incompetente", agregando que la causa debe ser retrotraída "al estado de que el juez no inhabilitado que corresponda, dicte la resolución que estime acorde a los hechos y al derecho, habida consideración que se encuentra ejecutoriada la que decretó cerrado el sumario".

18 de mayo de 2008
©el centro
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