condenas en caravana de la muerte
4 de diciembre de 2008
El fallo incluye también el pago proporcional de las costas y especifica que las penas deberán ser cumplidas con presidio efectivo, aunque les servirá de abono el tiempo que han pasado privados de libertad durante el proceso.
La condena es por el delito de homicidio calificado, en las personas de Oscar Walter Pedro Ripoll Codoceo, Julio Gastón Valenzuela Bastías y Manuel Francisco Donoso Dañobeitía, perpetrados el día 20 de octubre de 1973, en el marco de la visita a Arica de la llamada Caravana de la Muerte.
©estrella de arica
0 comentarios