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ex senador condenado a nueve años


Álvaro Araujo C.: culpable de aliarse con paras para llegar al Congreso.
Colombia. La Corte Suprema condenó a 9 años de prisión y una multa de casi 3.700 millones de pesos al ex senador de Alas Equipo Colombia por haberse aliado con el Bloque Norte para alcanzar un curul al Congreso en 2002. También ordenó reabrir el caso por el secuestro de Víctor Ochoa.
La Sala de Casación Penal le impuso además una inhabilidad de 10 años para ejercer cargos públicos, tras encontrarlo culpable de los delitos de concierto para promover grupos armados al margen de la ley y por constreñimiento al elector para las elecciones a Congreso de 2002.
La Corte compulsó copias del proceso a la Dirección Nacional de Fiscalías, para que investiguen por falsos testimonios y prevaricato a ‘Jorge 40’ y María Rocío Cortés, esta última, por haber precluido (en abril de 2009) el proceso que se adelantaba contra Araújo por el secuestro de Víctor Ochoa Daza.
La decisión de la Corte tiene como base la acusación hecha por la Fiscalía desde 2008 contra Araújo en la que le acusaba de pactar alianzas con el bloque Norte de las AUC comandado por Rodrigo Tovar Pupo alias ‘Jorge 40’ con el objetivo de obtener una curul para el senado en el periodo 2002-2006.
En la misma sentencia, el Alto Tribunal ordenó compulsar copias de las pruebas recopiladas en el caso para que también se investigue a Araújo Castro por los delitos cometidos por el Bloque Norte "con ocasión de su elección al Congreso de la República para el periodo 2002-2006".
Así mismo, la Sala de Casación Penal ordenó revocar el beneficio de detención domiciliaria a Araújo Castro, tras "haber desaparecido la causa médica que dio lugar a ello, y como consecuencia se ordenó al C.T.I. proceder al traslado del doctor Álvaro Araújo Castro al establecimiento carcelario que el INPEC determine para cumplir la pena impuesta".

Sentencia de la Corte Suprema
La decisión de la Corte sustenta que "los resultados electorales del 10 de marzo de 2002 favorables a Álvaro Araújo Castro fueron producto de acuerdos celebrados con "Jorge 40", quien había convenido lo mismo con otros candidatos al Congreso, por lo que fue necesario dividir el departamento del Cesar, asignar zonas a los postulados para beneficiarlos, y a su vez ejercer la intimidación de la población dominada por el bloque norte de las AUC que se extendía aproximadamente al 70% de ese territorio, a fin de que se depositaran los votos por aquellos candidatos a quienes se había destinado la respectiva comarca."
Esta decisión del Alto Tribunal está sostenida en dos argumentos claves que ratifican las alianzas entre el ex senador y el Bloque Norte de las AUC.
El primero se relaciona con la presencia "real" del Bloque Norte de las AUC comandado por ‘Jorge 40’ en el sur de Cesar, zona donde Araújo obtuvo las más altas votaciones. A partir de las declaraciones de Salvatore Mancuso, ‘Jorge 40’y del ex jefe de informática del DAS, Rafael García,  la Corte demostró la presencia de grupos paramilitares en el sur de Cesar desde finales de los 90s y el grado de control y amenaza (manifestado en homicidios, secuestros y desplazamientos) que el mismo ‘Jorge 40’ produjo para las elecciones a Congreso de 2002.
En la sentencia incluso se citan declaraciones del coronel Hernán Mejía, procesado por vínculos con grupos paramilitares, quién confirma la presencia de ‘Jorge 40’ en el departamento de Cesar durante 2002 y 2003, cuando se desempeñaba como Comandante del Batallón La Popa en Valledupar.
Frente a este primer punto la Corte señala que "desde 1999 aproximadamente, el bloque norte de las autodefensas comandado por Rodrigo Tovar Pupo, alias "Jorge 40", empezó a incidir en la administración pública y a intervenir en los procesos electorales para llevar a personas afines a cargos de representación popular, inicialmente en el nivel territorial y luego en el ámbito nacional… desde antes del año 2002, ese mismo bloque asumió el control casi total del departamento del Cesar, incluida la región del sur".
En segundo lugar, la Corte señala que en adición a ese control territorial de ‘Jorge 40’ en el sur de Cesar, también quedó comprobada la existencia de una estrategia política de los paramilitares en esa parte del país. Según la Corte, el proyecto político de las AUC, expresado en pactos como los de "Ralito", "Chivolo" y "Pivijay", demuestran no sólo la importancia de ‘Jorge 40’ dentro de la estructura armada sino los planes políticos que las autodefensas "desplegaron" hacia toda la Costa Caribe, incluyendo el departamento de Cesar.
Para el Alto Tribunal "está demostrado que la organización liderada por "Jorge 40" sí intervino de manera decidida en los temas políticos electorales, tanto en el departamento del Magdalena como en el Cesar y en los dos implementó su injerencia con un mismo modelo: el de los distritos electorales".
Este modelo planeaba la división del departamento en zonas de influencia en donde candidatos apoyados por el Bloque Norte concentrarían sus campañas. Los paramilitares garantizaban esa repartición de la zona presionando a otros candidatos para que no se presentaran a las elecciones y a los electores para que votaran por sus candidatos.
La Corte comprobó que para esa época el Bloque Norte amenazó a más de un candidato  para que no se presentara a las elecciones de 2002 y así favorecer a los políticos con los cuales hicieron alianzas, entre ellos, Araújo Castro. Tal es el caso de Juana Ramírez, candidata a la Cámara que renunció a sus aspiraciones por presión paramilitar. "Algo similar a lo ocurrido en La Jagua de Ibirico con el señor Luis Camilo Laborde Restrepo, quien fue asesinado el 21 de diciembre de 2001, al parecer como consecuencia de haber aspirado a la Cámara de representantes en aquella época sin contar con el aval de los paramilitares".
Frente a este segundo punto, la Corte señala que "dos zonas del departamento del Cesar – noroccidental y sur - fueron asignadas por las autodefensas a los candidatos al Senado de la República Mauricio Pimiento Barrera y Álvaro Araújo Castro, en su orden, distribución que los paramilitares pretendieron garantizar aún mediante las amenazas y el homicidio contra líderes que se oponían o que desatendieron esa orden.
"Esa repartición territorial fue la que permitió, entonces, que las votaciones de uno y otro se concentraran en cada "distrito" tal como había sido determinado por la organización armada, única explicación lógica, además, para que el grupo de municipios aledaños que conformaban cada "distrito" registrara altas votaciones por el candidato correspondiente y bajas por el otro".
Con estos dos argumentos, la Corte ratificó los vínculos entre Araújo Castro y el Bloque norte de las AUC y además, dejó abierta la posibilidad para que el ex senador sea también juzgado por los delitos cometidos por el grupo paramilitar durante ese periodo en el sur de Cesar.

Las Acusaciones de la Fiscalía
En mayo de 2009, un fiscal delegado ante la Corte Suprema pidió que se condenara al ex senador cesarense Álvaro Araújo Castro por los delitos de concierto para delinquir y constreñimiento al elector en conexión con paramilitares.
La Fiscalía consideró en los alegatos finales del juicio contra Araújo Castro que había pruebas suficientes para condenarlo por sus vínculos con paramilitares liderados por el ex jefe del Bloque Norte, ’Jorge 40’. 
Según la Fiscalía, aunque Araújo no tomó parte en acciones militares ni formó en la organización, su alianza política sí lo favoreció electoralmente durante el auge de las AUC en el Cesar.
De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, el departamento fue dividido por los paramilitares en tres distritos electorales - tal como lo estableció la politóloga Claudia López- con lo que se favoreció el ex senador Araújo.
A Araújo, según la Fiscalía, le correspondió el sur del departamento, en donde obtuvo 19 mil votos, mientras que Mauricio Pimiento, otro político condenado por sus nexos con los ’paras’, solo logró 3 mil.
Esta división electoral, hizo que en otra zona, en el norte, la votación se invirtiera y Pimiento sacó 20 mil sufragios contra 2 mil de Araújo.
El ex congresista de Alas Equipo Colombia y su padre, Álvaro Araújo Noguera, también eran juzgados por el secuestro del político Víctor Ochoa Daza, cometido por el Bloque Norte de las Auc, para presionar una alianza política al Senado en 2002.
El secuestro de Ochoa ocurrió meses antes de las elecciones para el Congreso en 2002. Ochoa fue secuestrado por orden del ex jefe del Bloque Norte de las AUC, ‘Jorge 40’. Aunque Araújo Noguera participó en la liberación de Ochoa, la Fiscalía sostuvo que lo hizo para garantizar que el movimiento político al que pertenecía Ochoa apoyara la lista al Senado de Álvaro Araújo Castro.  

El Caso del Secuestro de Víctor Ochoa
El caso contra los Araújo, precluido en abril de 2009, comenzó en el año 2000, cuando tres grupos políticos de Cesar -Alas, el MRL y el Golpe- hicieron un acuerdo electoral. El pacto era el siguiente: En 2001 todos apoyarían a El Golpe -grupo político de los Gnecco- para elegir el gobernador del departamento, y al MRL -liderado por los Ochoa- para la Alcaldía de Valledupar. Y en 2002, todos apoyarían a Alas, grupo de los Araújo, para obtener una curul en el Senado.
El Golpe ganó eligió como gobernador a Rafael Bolaños, mientras que el MRL alcanzó la alcaldía a través de Elías Ochoa. Para esta época las autodefensas ya tenían en mente su ofensiva para apropiarse de la política y los recursos públicos. En 2001, por ejemplo, se había realizado en Ralito, Córdoba, la famosa reunión entre miembros de las autodefensas y varios políticos, entre los que figuraba Pepe Gnecco, uno de los principales líderes de El Golpe. Así mismo, la presencia de los paramilitares se sintió fuertemente durante la alcaldía de Elías Ochoa. En particular, con la presencia de John Flórez Castrillón, cuñado de alias ’39’, el temido hombre de las autodefensas que hizo temblar a Valledupar durante un lustro.
Según estableció Semana, cuando se acercaban las elecciones para Congreso, Álvaro Araújo Noguera, como presidente de Alas y padre de ’Alvarito’, empezó a armar la lista para el Senado, ubicando a su hijo de primero, como era el acuerdo, y a Víctor Ochoa de segundo, para garantizar que su nombre arrastrara los votos del MRL hacia la lista, y garantizar la curul. Para entonces, los Ochoa tenían su gran fortín electoral en Valledupar donde, por supuesto, hay más votos.
Víctor Ochoa, según testimonios en poder de la Corte, y ahora en manos de la Fiscalía, empezó a dudar de su participación en esta lista. No es claro si era porque le había surgido una inhabilidad, o porque tenía otros planes políticos. En enero de 2002, en un acto público realizado en la escuela Manuela Beltrán, el MRL lanzó la candidatura a la Cámara de Representantes de Juanita Ramírez. Ramírez era una mujer que entraba pisando firme en su aspiración al Congreso. Sobre ella el propio Álvaro Araújo Noguera dice en su declaración ante la Corte que: "muchas personas en Valledupar decían que era la sucesora de Consuelo Araújo. Tenía un perfil de persona inteligente, preocupada de la cosa pública, su figura fue siempre simpática".
En ese mismo acto público, Víctor Ochoa declinó ante todos sus seguidores su participación en la lista de Araújo. Para muchos observadores, en ese acto el MRL se le corrió al acuerdo electoral firmado en el año 2000, del cual se habían beneficiado al ganar la alcaldía. Si Juanita se postulaba a la Cámara, Elías era alcalde y Víctor se negaba a entrar en la lista ¿quién garantizaba la entrada de los votos del MRL a la lista? Votos que eran nada más y nada menos que los de Valledupar.
Por eso para la Corte Suprema, que en principio investigaba Araujo Castro,  resultó muy significativo que al día siguiente de este evento público, Víctor Ochoa fue secuestrado por las autodefensas. Posiblemente no hubiese existido conexión entre este hecho criminal y las movidas políticas del MRL, si no es porque pocos días después, ’Jorge 40’ le pidió a Juanita Ramírez que viajara hasta su cuartel general y allí le advirtió que para salvar la vida de Víctor Ochoa debía renunciar a su aspiración a la Cámara e inscribirse como segunda en la lista al Senado, justo en el lugar que había declinado Ochoa.
En otras palabras, se le pedía que cumpliera el acuerdo original. Por lo menos así lo entendió la Corte cuando dice que: "las exigencias de tipo político que efectuó ’Jorge 40’ para proceder a su liberación (la de Ochoa) resultan indicativas de que el plagio tuvo como finalidad garantizar el apoyo efectivo del MRL a la aspiración de Álvaro Araújo Castro".
Parte de esta historia fue la que Elías Ochoa contaba en la carta que le entregó al Vicepresidente en diciembre de 2006. Con el agravante de que acusaba a los Araújo de haber tramado el secuestro para presionar el apoyo político deseado. Santos envió de inmediato la misiva a la Corte Suprema. "Consideré que era ese, y no yo, el organismo adecuado para evaluar su veracidad", dice Santos.
Pero en enero de 2007, de nuevo frente a la Corte Suprema, Elías se retractó parcialmente. Admitió que había escrito la carta en un momento de ofuscación. Que no tenía ningún elemento para probar la participación de los Araújo en el secuestro de su hermano, excepto un comentario hecho por un médico amigo suyo que mantenía contacto permanente con ’Jorge 40’, quien le insinuó dicha conexión.
En ese momento, la Corte desestimó la retractación. En la providencia que sirvió de base para ordenar la captura de ’Alvarito’ Araújo concluye que: "aunque el mismo Víctor Eliécer Ochoa Quintana en su ampliación de declaración procuró desvirtuar la participación de Araújo Castro y su padre en el secuestro, debe subrayarse que de lo que se desdijo no fue de los hechos y circunstancias que rodearon el mismo y las que narró de modo claro y enfático, sino de su apreciación personal en torno al grado de responsabilidad que inicialmente les atribuyó. Por manera que ninguna trascendencia adquiere la modificación de sus iniciales deducciones".
Con este razonamiento la Corte compulsó a principios de 2007 copias a la Fiscalía para que se investigara a Álvaro Araújo Noguera, ex ministro, ex senador y uno de los hombres liberales, y ahora uribista, más representativos de la Costa.
Araújo Noguera, de 76 años, fue capturado en Venezuela en septiembre de 2008 y fue liberado luego de que una fiscal precluyera la investigación por el secuestro de Víctor Ochoa Daza, caso que hoy reabre la Corte Suprema de Justicia.

28 de marzo de 2010
18 de marzo de 2010
©verdad abierta 
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