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el informe rettig sobre colonia dignidad


Lo que dice el Informe Rettig sobre Colonia Dignidad.
Santiago, Chile. A continuación extracto del Informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación sobre la Colonia Dignidad:
La Comisión tomó conocimiento de un cúmulo de información sobre el uso que se habría dado al fundo ‘El Lavadero’ de propiedad de la Sociedad Benefactora y Educacional Dignidad,
para reclusión y tortura de detenidos políticos durante el período al que se refiere este capítulo. Este fundo es conocido corrientemente como ‘Colonia Dignidad’ y se encuentra al interior de Parral, a las orillas del río Perquilauquén y el estero El Lavadero, cerca de Catillo.
En Colonia Dignidad viven varios centenares de personas, la mayoría de ellos de nacionalidad alemana. La Sociedad Benefactora y Educacional Dignidad desarrolla variadas actividades agrícolas y comerciales, y de beneficencia, entre ellas la mantención de un hospital y de una escuela, a cuyo financiamiento hace aportes también el Estado. A lo largo de los años ha habido numerosos incidentes y denuncias públicas sobre el carácter de Colonia Dignidad, sus actividades y su régimen de vida interno. Estas denuncias han dado lugar a muchos reportajes periodísticos, a debates públicos, a investigaciones parlamentarias y a acciones judiciales de distinto orden. Al concluirse la redacción de este Informe, se conoció la decisión del Gobierno de cancelar la personalidad jurídica a la Sociedad Benefactora y Educacional Dignidad.
No corresponde a la Comisión pronunciarse sobre puntos o controversias que no caen dentro de su mandato. Sin embargo, le es ineludible examinar y dar a conocer sus conclusiones respecto de las denuncias acerca del uso que se habría dado a Colonia Dignidad, por algún tipo de acuerdo entre la DINA y los dirigentes de ese lugar, para mantener y torturar allí a presos políticos, y en particular sobre la denuncia de que Colonia Dignidad habría sido el lugar donde se perdió el rastro de algunos de estos presos. Tal examen y conclusiones forman parte del mandato de la Comisión de dar a conocer no sólo las más graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante el período que cubre este informe, sino también sus antecedentes y circunstancias.
Para el examen de esta materia, la Comisión tuvo a la vista las numerosas declaraciones que se prestaron ante ella, los testimonios y otras pruebas que obran en expedientes judiciales en Chile y en la República Federal de Alemania, otra información documental, y un caudal de antecedentes circunstanciales y referencias de contexto. La Comisión solicitó por escrito autorización para visitar Colonia Dignidad, pero los dirigentes de la misma la rehusaron, también por escrito.
Ponderados todos los antecedentes, la Comisión ha llegado a las siguientes conclusiones:

- Está comprobado que hubo diversas relaciones entre la DINA y Colonia Dignidad. Consta que una vez constituida la DINA como ‘Comisión DINA’ a partir de noviembre de 1973, agentes de esta organización utilizaron predios como el fundo ‘El Lavadero’ de la Colonia Dignidad y las hijuelas del antiguo fundo ‘San Manuel’ al interior de Parral para fines de la DINA, sea para la instrucción de sus agentes o con otros fines institucionales. Consta también que una casa ubicada en calle Ignacio Carrera Pinto, ex calle Unión, N° 262 de Parral, y de la que se sabe que fue utilizada como recinto por la DINA, específicamente para una brigada de inteligencia regional, fue adquirida por la Sociedad Benefactora y Educacional Dignidad por escritura pública del 24 de mayo de 1974, inscrita a su nombre el año siguiente y vendida en 1986. Se sabe también que el Director de la DINA y otros agentes de esa organización visitaron la Colonia Dignidad y parecían mantener cordiales relaciones con sus dirigentes.

- La Comisión recibió un elevado número de declaraciones de personas que fueron detenidas por la DINA en Santiago y dicen haber sido llevadas en algún momento a Colonia Dignidad y mantenidas allí, cautivas, con la vista vendada, siendo además sometidas a torturas en ese lugar. También conoció declaraciones de personas que habrían sido detenidas en la zona de Parral o en ciudades no alejadas de esa zona y llevadas a Colonia Dignidad, donde fueron sometidas a similar trato. Un número significativo de estas declaraciones dan tal razón de sus dichos y son tan circunstanciadas y concordantes entre sí, así como con otros antecedentes, - entre ellos las declaraciones de algunos ex-agentes de la DINA y aun de ex-miembros de la propia Colonia Dignidad - que no cabe en conciencia dudar de su veracidad. La Comisión, por tanto, debe al menos concluir que un cierto número de personas detenidas por la DINA efectivamente fueron conducidas a Colonia Dignidad, mantenidas cautivas allí por un tiempo, y algunas de ellas sometidas a tortura, con la participación en estos hechos no sólo de agentes de la DINA sino también de personas que vivían en ese predio.

- La Comisión recibió asimismo algunas denuncias específicas sobre detenidos desaparecidos (aparte de aquéllos que estuvieron detenidos solamente por un tiempo en Colonia Dignidad) cuyo rastro se habría perdido definitivamente en Colonia Dignidad. Sin perjuicio de que algunos de estos casos la Comisión efectivamente los considere detenidos desaparecidos, y de existir indicios de que pudieron haber sido llevados a Colonia Dignidad luego de su aprehensión, sólo del detenido Álvaro Vallejos Villagrán puede afirmar en conciencia que desapareció definitivamente luego de su traslado a Colonia Dignidad.

- La Comisión también ha tomado nota de que otras fuentes, incluso del extranjero, han llegado asimismo a la conclusión de que Colonia Dignidad habría sido al menos utilizada como un centro de detención de presos políticos. Entre estas fuentes se encuentran voceros del gobierno de la República Federal de Alemania y el Grupo de Trabajo sobre Desaparición Forzada de Personas de las Naciones Unidas. Sin embargo, la Comisión ha basado sus propias conclusiones en la evidencia que pudo examinar directamente.

26 de abril de 2010
25 de abril de 2010
©la nación 
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