condenan a militares por asesinato
11 de junio de 2010
Condenan a seis militares por asesinato de indígena.
Colombia. Edwin Legarda, esposo de la líder Aída Quilcué, del Consejo Regional Indígena del Cauca, murió el 16 de diciembre de 2008 después de que un grupo de soldados le disparara a su auto por no detenerse en un retén.
Seis de los siete militares implicados en la muerte del indígena Edwin Legarda fueron declarados culpables por la Juez Segunda Penal Especializada de Popayán.
Legarda era el esposo de Aída Quilcué, líder indígena del Consejo Regional Indígena del Cauca (Cric). "Hoy conocimos el sentido del fallo, pero la condena aún no se ha definido. El 16 de agosto será la audiencia en la que la juez hará pública las penas para los militares y si habrá reparación para las víctimas", le explicó a Semana.com la abogada Soraya Gutiérrez Arguello.
Los militares hallados culpables son el sargento viceprimero Alexis Ramírez Vivas, el cabo tercero Javier Adolfo Osorio Díaz, y los soldados campesinos Numar Armido Buitrón Cabezas, Lizandro Obando Caicedo, Javier Francisco Belalcazar Trochez y William Weimar Lemeche Hurtado, miembros del pelotón Galeón No. 7 adscritos al batallón José Hilario López del Ejército. La juez encontró que el soldado Andrés Casso Chate, que también había sido acusado por la Fiscalía, está exento de responsabilidad en este hecho, pues no se pudo confirmar si había disparado su arma.
Legarda murió a las 4 de la mañana del 16 de diciembre de 2008 en un punto estrecho de la vereda San Pedro del municipio de Totoró (Cauca). Estaba acompañado por un grupo de médicos que apoyaba una brigada de salud en el municipio de Inzá. Se dirigían hacia Popayán a recoger a Aída, que acababa de llegar de un viaje.
En el camino, un grupo de militares le hizo señas al vehículo para que se detuviera. Pero Legarda, que iba conduciendo, no lo hizo, entonces los soldados dispararon. Supuestamente, la idea era detener el carro. Pero después de la acción, "quedaron en el suelo 101 vainillas de cartuchos, que demuestran que el objetivo no era detener el vehículo, que quedó con 45 agujeros, algunos de entrada y otros de salida de los proyectiles", según la abogada Gutiérrez.
Durante los alegatos del proceso, la Fiscalía y los abogados de las víctimas pidieron la condena de los militares por asesinato con dolo en persona protegida por el Derecho Internacional Humanitario. Es decir, pidieron que la juez declarara culpables a los soldados por haber asesinado a propósito a un civil cuya vida debían proteger ellos mismos.
El abogado Luis Hernando Castellanos, defensor de los militares, argumentó que la acción fue un error inducido por la negación de Legarda de detener el vehículo cuando se le ordenó. Y alegó que los hechos ocurrieron durante el desarrollo de la misión táctica ‘Diáfano’, que realizaba el Pelotón Galeón 7, del batallón José Hilario López.
La defensa de los soldados también argumentó que ellos no tenían la suficiente formación militar, pues su tiempo de servicio cuando ocurrió la muerte del indígena era inferior a un año. Pero los representantes de las víctimas argumentaron que "esto no quiere decir que no hayan recibido suficiente capacitación".
El representante de la Procuraduría alegó que el caso debía llevarlo la Justicia Penal Militar por haberse tratado de un acto que los militares cometieron durante el desarrollo de sus labores. Al respecto, los representantes de las víctimas argumentaron que "reiterada jurisprudencia nacional e internacional ha señalado que las graves violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario no pueden ser consideradas como actos cometidos en ejercicio del servicio".
Después de conocida la decisión de la juez, los militares podrían ser condenados a entre 30 y 40 años de prisión. Sus defensores podrán apelar ante el Tribunal Superior del Cauca si no están de acuerdo con lo fallado en primera instancia.
©semana
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