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Cámara despacha proyecto que tipifica delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas.
Valparaíso, Chile. Con 100 votos a favor, la Sala de la Cámara de Diputados dio su aprobación a las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto iniciado en moción que tipifica los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, y establece normas para su prevención y más efectiva persecución criminal.
La iniciativa legal (boletín 3778) tiene su origen en una moción presentada en el año 2005 por la diputada María Antonieta Saa, que fue objeto de una indicación sustitutiva del Ejecutivo durante la tramitación parlamentaria.
La idea matriz del proyecto apunta a establecer una normativa integral que contenga una adecuada tipificación penal, medios especiales investigativos y normas específicas para la protección de las víctimas, respecto de los delitos de trata y tráfico ilícito de personas, acorde con el marco conceptual sugerido por los convenios internacionales ratificados por Chile, en especial la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
El cuerpo legal sanciona con reclusión menor en su grado medio a máximo (541 días a 5 años) y multa de 50 a 100 UTM al que incurriere en el delito de tráfico ilícito de migrantes. Comete este delito quien con ánimo de lucro facilite o promueva la entrada ilegal al país de una persona que no sea nacional o residente.
Si en la comisión de este delito se pusiere en peligro la integridad física o la salud de la persona, la pena se impondrá en su grado máximo (de 3 años y 1 día a 5 años) y, si se hiciere peligrar la vida de las personas o éstas fueran menores de edad, la pena se aumentará en un grado.
También establece la pena de reclusión menor en su grado máximo (de 3 años y un día a 5 años) y multa de 20 UTM a quien promueva o facilite la entrada o salida del país de personas para que ejerzan la prostitución, ya sea en el país o en el extranjero.
Asimismo, se castiga el delito de trata de personas con reclusión mayor en sus grados mínimo a medio (de 5 años y un día a 15 años) y multa de 50 a 100 UTM. Comete este ilícito el que mediante violencia, intimidación, coacción, engaño o abuso de poder, aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad o de dependencia de la víctima, o la concesión de pagos u otros beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, capte, traslade, acoja o reciba personas para que sean objeto de alguna forma de explotación laboral o sexual, incluyendo la pornografía y extracción de órganos.
El proyecto incorpora medidas tendientes a proteger la integridad física y psicológica de las víctimas de estos delitos y permite la participación de agentes encubiertos en las investigaciones de organizaciones o asociaciones destinadas a la comisión de estos delitos.
En el debate en la Sala de la Cámara intervinieron los diputados Jorge Burgos (DC), Felipe Harboe (PPD), Giovanni Calderón (UDI), María Antonieta Saa (PPD), Marcelo Schilling (PS), Guillermo Ceroni (PPD), Carlos Abel Jarpa (PRSD) y Manuel Rojas (UDI).
La iniciativa fue remitida al Presidente de la República para que proceda a su promulgación o eventualmente le formule observaciones.
9 de marzo de 2011
8 de marzo de 2011
©diario de la cámara

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