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penas remitidas para pinochetistas


Cinco ex militares condenados a libertad vigilada por crímenes de derechos humanos. En 1974 asesinaron a nueve chilenos, aplicándoles la llamada ley de fuga, que permite acribillarlos por la espalda.
Santiago, Chile. La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por los secuestros calificados (desapariciones forzadas) de nueve personas que fueron acusadas de fugarse de una patrulla militar en Quillota en 1974. Los cinco uniformados en retiro que fueron procesados por este hecho quedaron en libertad vigilada.
Según la versión de los ex militares, el 19 de enero de 1974 un convoy con prisioneros fue atacado por un grupo de extremistas, desarrollándose una balacera, oportunidad que aprovecharon los detenidos para fugarse. La fuga fue impedida "dando de baja" o matando a los evadidos.
Las víctimas son Rubén Cabezas Pares, Pablo Gac Espinoza, Levy Arraño Sancho, Víctor Fuenzalida Fuenzalida, Manuel Hurtado Martínez, Hugo Aranda Bruna, Ángel Díaz Castro, Osvaldo Manzano Cortés y Arturo Poo Prado, a la fecha todos militantes de partidos de izquierda en la zona de Quillota.
Los condenados son el coronel (R) de Ejército Ángel Custodio Torres Rivera, comandante (R) Sergio Carlos Arredondo González, comandante (R) Francisco Javier Pérez Egert, el suboficial (R) Leonardo Quilodrán Burgos y el oficial de Caballería (R) Daniel Javier Walker Ramos.
Los dos primeros recibieron condena de 5 años de cárcel remitidos, mientras que el resto fue condenado a 4 años de presidio, también remitidos.
En el aspecto civil se determinó que los condenados Arredondo González, Pérez Egert y Quilodrán deben pagar de manera solidaria una indemnización de $ 30.000.000 (treinta millones de pesos) a cada uno de los grupos familiares de las víctimas.
22 de abril de 2011
©la nación

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