más de bueno que de malo
Alan Iud, abogado de Abuelas de Plaza de Mayo, explica el fallo sobre el ADN de los Noble Herrera. El representante de Abuelas resalta que el máximo tribunal penal del país dijo que hay "elementos suficientes que justifican un análisis" de ADN. De todas formas, cuestiona por "arbitrario" el límite puesto a las muestras.
[Irina Hauser] Argentina. La sala II de la Cámara de Casación Penal tomó una decisión de enorme relevancia –tratándose del segundo tribunal en jerarquía del país– al ordenar que Marcela y Felipe Noble Herrera se sometan "a la extracción directa, con o sin consentimiento" de "mínimas muestras" que contengan su ADN para poder determinar si son hijos de desaparecidos. Sin embargo, la misma resolución sembró obstáculos para llevar esos estudios a la práctica al limitar la comparación de los perfiles genéticos de los jóvenes con los de un grupo acotado de familias, aquellas cuyos parientes hubieran desaparecido "con certeza" antes de la entrega en guarda de los niños a Ernestina Herrera de Noble. Alan Iud, abogado de Abuelas de Plaza de Mayo, explica por qué interpreta que "el fallo tiene más de bueno que de malo" y aun así está pensando en apelar ante la Corte Suprema, algo que también harían los hijos adoptivos de la dueña de Clarín. Pese a que es una sentencia "arbitraria", con aristas que contrarían la ley y amagan con producir nuevas dilaciones, Iud rescata que "Casación reconoce que hay elementos suficientes que justifican un análisis" para conocer la verdad sobre su identidad.
Al final, ¿qué debemos pensar, estuvo bien o mal el fallo de Casación?
El núcleo es bueno, pero las consecuencias que produce son negativas. El objetivo de obtener el perfil genético de Marcela y Felipe Noble se consigue. Pero la posibilidad de contrastarlo con todos los datos del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) no se cumple. Por esto digo que tiene puntos buenos y malos, aunque tiene más de bueno que de malo. La ley 26.548 dice que cuando se hacen análisis genéticos para identificar a hijos de desaparecidos se debe entrecruzar la información con todos los datos del banco. Lo llamativo es que en un fallo que fundamenta con minuciosidad por qué hay que obtener las muestras de sangre, piel, saliva, cabello u otras con o sin consentimiento, no justifica por qué se apartan de la ley. Esto hace que en términos técnicos el fallo sea arbitrario.
¿La ley está por encima de lo que resuelva la Justicia?
Un tribunal aplica las leyes y sólo puede apartarse de lo que dispone una ley si la declara inconstitucional. En el fallo de la Casación se aplica la ley de ADN, pero se desconoce la ley del BNDG sin fundamento.
¿Qué problemas genera el límite temporal?
Casación toma por ciertas las fechas que surgen de los dos expedientes que contienen elementos que está probado que son falsos. Su propio fallo reseña esas irregularidades. Esto muestra una contradicción. Segundo, pone un límite demasiado preciso: deja afuera todas las desapariciones posteriores a mayo y julio de 1976, y todas las que no se hayan producido con "certeza", dicen, hasta esa fecha. Sería distinto si excluyeran los casos del año 1979, cuando ya estaba totalmente claro que Ernestina Herrera de Noble estaba con Marcela y Felipe porque salieron en la tapa de Clarín. Deja afuera muchos casos en los que puede haber dudas sobre el momento de la desaparición. A esto se agrega otro posible impacto negativo, ya que no está claro quién definiría la "certeza" de que una desaparición se produjo en tal o cual fecha.
¿Cuántas familias dieron muestras de ADN al BNDG y cuántas entrarían en el recorte que establece Casación?
En el BNDG hay ADN de 198 familias de chicos que falta encontrar. Por supuesto está también el de los 104 ya restituidos. En el entrecruzamiento que ordena Casación entrarían en principio 36 familias para Felipe y 23 para Marcela.
¿Siempre se hizo la comparación con todo el banco?
La práctica fue comparar con todo el banco. Limitar los estudios a ciertos grupos familiares es un mal precedente y desconoce el carácter clandestino y masivo que tuvo el terrorismo de Estado, por el cual muchas familias desconocen las fechas de las desapariciones. Por otro lado, es preocupante que el voto del juez (Luis) García deja una duda sobre si las muestras de ADN de Marcela y Felipe pueden quedar o no en el BNDG. Dice que como la jueza de primera instancia nada de eso resolvió entonces él no se expide. La jueza nada tenía que resolver. En esto también se aparta de la ley. Sólo si las muestras quedan en el banco podremos hacer comparaciones con familias que se incorporen con posterioridad.
Da la impresión de que Casación quiso dejar contentos a todos, pero no dejó conforme a nadie. ¿Alguien resulta beneficiado con este fallo?
Salimos mucho mejor parados nosotros. El fallo reconoce el núcleo de nuestra posición: la identidad de estas personas se tiene que esclarecer. Si uno mira los precedentes de la propia Cámara de Casación, que en viejos casos rechazó la obligatoriedad de los análisis de ADN, también salimos fortalecidos. Igual que si analizamos el perfil de los jueces que fallaron en este caso (García, Guillermo Yacobucci y Raúl Madueño), que no sustentan activamente el avance de las causas por violaciones a los derechos humanos. Han dispuesto el cese de las prisiones preventivas de los represores Alfredo Astiz y Jorge "Tigre" Acosta y hasta negaron en otro expediente el rol de querellantes a los organismos de derechos humanos. Pero tampoco ha sido ésta una postura uniforme. Yacobucci y García fueron los primeros en declarar que un chico apropiado durante la dictadura es un desaparecido. Lo que hicieron respecto de Marcela y Felipe fue aplicar la ley, no hay que felicitarlos por eso sino cuestionar lo que recortaron, que nadie se los pidió y no tiene fundamento sólido.
En definitiva, dejaron más problemas que certezas.
Da la sensación de que quisieron mandar un mensaje de cierta ecuanimidad o tener un gesto hacia la posición de los abogados de Marcela, Felipe y Ernestina Herrera de Noble. Pero desatendieron el impacto que esto puede tener en esta y otras causas: abrirá la discusión sobre qué familias quedan incluidas para comparar los perfiles genéticos e invita a que en cualquier otro caso de apropiación (y todos son tan importantes como éste) las personas que no se quieren hacer el estudio y sus apropiadores exijan un análisis limitado.
¿Qué piensan hacer para tratar de revertir estos efectos del fallo?
Evaluamos presentar un recurso extraordinario para que intervenga la Corte Suprema. El tiempo que puede demorar en expedirse la Corte igual se va a perder porque los abogados de Marcela y Felipe van a recurrir. Hay otras alternativas, que son presentaciones ante la misma Casación para aclarar esta cuestión del límite. Pero además, advertimos que no hay un criterio uniforme en los votos de los tres jueces sobre qué grupo de casos quedarían incluidos o excluidos en el análisis. Cada uno dice algo distinto. Esas discordancias, en una sentencia que en otros aspectos es muy meticulosa, hacen pensar que la cuestión del límite fue introducida a último momento.
Los abogados de Marcela y Felipe dicen que no son ellos los que tratan de dilatar el expediente sino que acusan a las querellas.
Es una falacia notable. Ellos cuestionan que nos opusimos a que se hicieran un tipo de análisis que plantearon en 2003, cuyo único fin era que no se llegue a la verdad. En diciembre de 2009 dieron muestras de sangre y saliva ante el Cuerpo Médico Forense, un organismo que estuvo intervenido por la Corte por sospechas de corrupción. Dos muestras quedaron allí pero no se acreditó en qué lugar preciso se reservaron ni su traslado al BNDG. No sabemos si fueron cambiadas. La otra muestra quedó en el juzgado de Conrado Bergesio hasta quince días después de ser apartado. Estaba en la caja fuerte, que apareció con la manija rota. Su secretario dijo que se le rompió por accidente. Es el hijo de Fernando Goldaracena, abogado de represores de la Marina. Todo esto, más las irregularidades en los allanamientos de los dos últimos años, hicieron que hoy estemos buscando nuevas muestras de ADN.
Los abogados de los hermanos dijeron, a través de Clarín, que el fallo de Casación contradice la jurisprudencia de la Corte. ¿Es así?
Claramente el fallo de Casación no contradice a la Corte. La reinterpreta en conjunto con la ley que regula la obtención de ADN. En el caso de (Emiliano) Prieto surge que si no se puede obtener ADN por medios alternativos en última instancia se pude recurrir a una extracción compulsiva. En Prieto la Corte dijo no a la extracción porque no se habían agotado otros caminos.
¿Y cuál es la diferencia entre el caso Noble y el de Prieto? ¿Por qué ahora la Corte debería hacer lugar a la extracción?
En el caso de Marcela y Felipe ya se agotaron los medios alternativos. Hubo dos intentos de obtener su perfil genético en allanamientos, pero hubo irregularidades y las muestras no son indubitables. La sangre que dieron ellos también está en duda. Además, el fallo de Prieto es de agosto de 2009, antes de la ley de ADN, lo que implica que algunos de los jueces van a tener que reformular sus votos.
Cómo están dadas las cosas, la extracción de ADN de Marcela y Felipe no va a ser ni mañana ni en poco tiempo. ¿Cuándo se podrá saber la verdad?
No se podrá hacer ningún tipo de análisis mientras la Corte no se pronuncie y la Corte no tiene plazos. Después de que se llegue a la verdad, dependerá también de que los padres de cada uno de ellos sean algunos de los desaparecidos cuyos familiares dieron muestras de ADN al BNDG. Todavía se siguen incorporando grupos familiares y se detectan casos de mujeres (cuarenta en los últimos cinco años) que no se sabía que estaban embarazadas al momento de ser secuestradas. Otra posibilidad es que no sean hijos de desaparecidos y que sean producto del tráfico de niños.
¿Ustedes por qué creen que son hijos de desaparecidos?
Está acreditado que la guarda fue irregular (con varios testigos falsos) y que la jueza que los dio es la misma que entregó a Andrés La Blunda, hijo de desaparecidos. Esto sugiere que se quiso esconder el origen de los niños. Como se sabe, en esa fecha ya estaba en marcha el plan sistemático de apropiación de menores. Además, son públicos los vínculos de Clarín con la dictadura. La propia Ernestina Herrera de Noble reconoció la posibilidad de que sean hijos de desaparecidos en una carta que publicó en su diario en enero de 2003. Sólo ella sabe la verdad y alguna gente que falleció. Casación reconoce que hay elementos suficientes para sostener la hipótesis de que podrían ser hijos de desaparecidos que justifica la necesidad de un análisis.
5 de junio de 2011
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