modifican ley antiterrorista
Cámara despacha proyecto que excluye a menores de la Ley Antiterrorista.
Valparaíso, Chile. Sin debate, con 86 votos a favor, uno en contra y cuatro abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados dio su aprobación, en segundo trámite constitucional y en los mismos términos que lo hizo el Senado, a un proyecto de ley que establece que a los menores de 18 años no se le aplicará la legislación antiterrorista.
La iniciativa legal (boletín 7529) se originó en un mensaje del Ejecutivo y su idea central tiene por objeto disponer expresamente que las disposiciones de la Ley 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad, no serán aplicables a las conductas ejecutadas por personas menores de dieciocho años de edad.
El 5 de octubre de 2010 se promulgó la Ley N° 20.467, modificatoria de la Ley 18.314, que perfeccionó la legislación en materia de delitos terroristas con el fin de adecuarla a los estándares internacionales existentes. Durante la tramitación del proyecto que dio origen a esa ley, se propuso establecer que a los menores que incurrieran en delitos calificados como terroristas se les aplicaría únicamente la Ley 20.084 sobre responsabilidad penal adolescente y no la Ley sobre Conductas Terroristas, en cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Esta iniciativa adecua las disposiciones de la legislación sobre conductas terroristas a los principios del derecho penal especial sobre adolescentes y a las convenciones internacionales suscritas por el país. Se advirtió que ello no significará impunidad para las conductas ilícitas cometidas por menores, sino solamente su penalización conforme a los tipos penales generales de nuestro ordenamiento jurídico.
El proyecto agrega dos incisos al artículo primero de la Ley Antiterrorista donde se señala que "la presente ley no se aplicará a las conductas ejecutadas por personas menores de 18 años" y precisa que esta exclusión "no será aplicable a los mayores de edad que sean autores, cómplices o encubridores del mismo hecho punible. En dicho caso la determinación de la pena se realizará en relación al delito cometido de conformidad a esta ley".
La iniciativa ahora debe ser remitida al Presidente de la República para su promulgación como ley.
8 de junio de 2011
7 de junio de 2011
©diario de la cámara
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