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promover los derechos humanos


Iniciativa obliga a los órganos del Estado a promover los derechos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Valparaíso, Chile. El texto legal reforma el artículo 5° de la Constitución Política de la República, estableciendo el deber de los órganos del Estado de respetar y promover los derechos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos.
La reforma efectuada al inciso segundo del artículo 5° de la Constitución Política de la República, mediante la Ley N° 18.825, de 17 de agosto de 1989, significó un importante avance en el tratamiento normativo de los derechos humanos en Chile.
Dicha disposición coloca a nuestro país en la perspectiva del resguardo jurídico internacional más actualizado en la materia, al señalar que el "ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana".
La interpretación lógica de dicho precepto es que el Estado de Chile reconoce que la comunidad internacional, en su conjunto, tiene la facultad de proclamar, reconocer y proteger los derechos humanos y, por tanto, ellos ya no son una materia exclusiva de la competencia interna del Estado, quedando estos aspectos al margen del principio de no intervención, el cual no podrá ser invocado cuando estén comprometidos los señalados derechos fundamentales.
Nuestra legislación además busca, a través de la vinculación a las fuentes de derecho internacional, la incorporación a la constitución material de los derechos humanos, que no están expresamente señalados en el Estatuto Constitucional.
"Teniendo presente que la voluntad del constituyente es tener el más amplio espectro jurídico interno e internacional como elementos para la vigencia en Chile de los derechos en referencia, es esencial considerar en ello a la Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, toda vez que ella constituye el primer instrumento internacional que establece un catálogo de los derechos específicos a respetar", señalan los diputados firmantes.
Asimismo, los legisladores explican que la Declaración Universal de Derechos Humanos, ha servido de fuente inspiradora para tratados internacionales, como es el caso del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, de 1966, en cuyo preámbulo se le reconoce expresamente.
Ante esto, los parlamentarios agregan que "nuestra Carta Fundamental, al referirse específicamente a la Declaración Universal de Derechos Humanos, no haría otra cosa que seguir la tendencia de las constituciones de otros Estados, como es el caso de España y Argentina, que han encontrado en aquella una fuente o modelo para el enunciado de derechos y libertades esenciales del ser humano".
Es por esto que el proyecto, busca que nuestro país, a través de nuestra Carta Fundamental, dé un reconocimiento expreso a la Declaración Universal de Derechos Humanos.
El proyecto de ley (boletín 7701) fue presentado por los diputados Sergio Aguiló (PS), Jorge Burgos (DC), Lautaro Carmona (PC), Edmundo Eluchans (UDI), Javier Macaya (UDI), Karla Rubilar (RN), René Saffirio (DC), Marcelo Schilling (DC), Víctor Torres (DC) y Matías Walker (DC).
El proyecto de ley será analizado por la Comisión de Constitución.
4 de julio de 2011
©diario de la cámara

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