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parir en un campo de exterminio


Sara Solarz de Osatinsky, testigo clave del plan sistemático de apropiación de bebés durante la última dictadura. Acompañó a quince embarazadas en la Escuela de Mecánica de la Armada. Relata cada uno de esos partos y cuenta cómo se acondicionó un lugar específico para la "maternidad clandestina", a la que derivaban prisioneras de otros campos.
[Alejandra Dandan] Argentina. La pieza de las embarazadas. Jorge Luis Magnacco. Una mesa. La asepsia. Una sábana verde. Tres embarazadas que se van, una que pare. Una incubadora, un sietemesino. El papelito en el que escribe todos los nombres. Noviembre de 1978, en la Escuela de Mecánica de la Armada, más exactamente 16 o 17 noviembre, dijo Sara Solarz de Osatinsky. "Trajeron a quien nosotros creíamos que era la esposa de Matías y era Patricia Roisinblit, que dio a luz un varón el 18 de noviembre de 1978, una cosa conmovedora, como todos los partos, por supuesto, pero en este caso, como Patricia había estudiado medicina –participó Magnacco como médico–, y en el momento que dio a luz pidió que no le corten el cordón umbilical y se lo pongan sobre el pecho y decía: ‘No me lo saquen, no me lo saquen’, era lo que la unía, la seguía uniendo a ese bebé que nació, a quien si no me equivoco le puso de nombre Rodolfo."
Pedida por las parturientas de la Escuela de Mecánica de la Armada, Sara Solarz de Osatinsky estuvo en una enorme cantidad de alumbramientos en el centro clandestino más grande de la Marina. Es una de las personas que pueden darle a ese espacio las características y dimensiones de maternidad clandestina. Declaró en la causa por el plan sistemático de robo de bebés, es la testigo acaso más importante del tramo ESMA y uno de los pilares del juicio. Viuda, mujer de Marcos Osatinsky, dirigente de las FAR, uno de los prófugos de Trelew, asesinado. Madre de Mario y de José, asesinados a los 18 y 15 años. Llegó a la ESMA el 14 de mayo de 1977 y hasta noviembre de 1978 observó el desarrollo de quince embarazos: su voz se sumergió durante la audiencia en esos mundos, restituyendo a esas mujeres al mundo de los vivos.
A ella la secuestraron en una esquina de Capital Federal, mientras gritaba su nombre, y la golpearon con una llave inglesa. "¡Me llamo Solarz, me secuestran!", decía y la patota gritaba a su vez qué era una brigada contra drogadictos. "Me llevan a un lugar donde no vi qué era en ese instante y me cortan toda la ropa, ni siquiera me sacan las esposas ni nada, sino que con una tijera me sacan toda la ropa que tenía y me dejan desnuda y me ponen sobre una camilla y es en ese momento que empiezan a decirme:

–Señora, ¿sabe dónde está?
–No sé –les dije yo–. Me da lo mismo.

–Está en la ESMA –me dijeron, y la verdad es que a pesar del "me da lo mismo’, no fue lo mismo: tenía conocimiento de lo que significaba la ESMA por algún folleto que decía todo lo que hacían con los prisioneros, con los secuestrados..."

Una guardia "buena", "chicos de 14 a 18 años", después de algunos días la dejaron andar sin esposas atadas atrás, las tenía adelante. "Pude levantarme la capucha y ahí era un espectáculo verdaderamente dantesco: como si estuviéramos dentro de una caja de muertos que llegaba al techo, uno no podía levantar la cabeza porque se golpeaba, todo cerrado con madera y el espacio exacto para que uno estuviera acostado en ese lugar. Cuando pude ver, una cosa que fue terrible de ver, es que en el medio de toda esa cantidad de cajas de muertos, había una cama que sobresalía y una mujer embarazada que se había levantado en ese momento: era Ana de Castro, luego supe que se llamaba así."
"Yo tenía un papelito muy, muy pequeñito donde iba anotando todos esos datos", dijo en un momento sobre la sucesión de embarazos. "Papelito de cada una de las embarazadas que desgraciadamente no fue posible conservar, yo pensaba que nunca me iban a dejar ir, se lo di a alguien y después ese papelito desapareció."
Entre las primeras embarazadas estuvo con Pichona, María del Carmen Moyano de Poblete, y con Cori, que era Hilda Pérez de Donda. Como Ana Rubel de Castro, habían llegado antes que ella y dieron a luz antes de que empiece a funcionar la "pieza de las embarazadas": cuatro camas que se ocuparon de forma rotativa y los marinos empezaron a llamar "La pequeña Sardá", la maternidad clandestina de la ESMA. "Sara se ocupó de describir cómo el lugar funcionó con una coordinación interfuerzas –puntualiza Agustín Chit abogado, de Abuelas de Plaza de Mayo–, muestra cómo llegaban embarazadas de Buzos Tácticos de Mar del Plata, La Perla, el Banco o Coordinación Federal."

–¿Supo si esas tres primeras mujeres tuvieron a sus hijos? –le preguntó el fiscal.
–Sí –dijo Sara–. Pichona pidió por favor que la acompañara en el momento del parto, para no estar al lado de los asesinos. Me bajaron y la bajaron a la enfermería. Estaba el doctor Magnacco y estuve al lado de ella y el ruido de las cadenas eran terribles en el momento que se sentían al mismo tiempo los gritos del bebé que nacía.

Pichona tuvo una hija mujer, en junio de 1977. Los partos todavía se hacían en la enfermería. Ella venía de la Perla, estaba en la ESMA desde abril. Su hija permanece desaparecida.
A mediados de 1977 empezó a funcionar la pieza: "El parto se realizaba en la misma habitación (de las embarazadas), sobre una mesa que ellas tenían, había una mesa grande y (Carlos) Capdevilla venía con material que decía que estaba esterilizado, eran las sábanas de color verde que se ponían y el resto de las embarazadas, porque la pieza era para cuatro, las sacaban de la habitación y volvían cuando se retiraba todo el material, estaba lavada la criatura y quedaba la criatura con la madre también en la habitación".
Sara mencionó visitas de Antonio Vañek, Jacinto Chamorro y Jorge Vildoza. Y el rol de Jorge "Tigre" Acosta, Héctor Febres y "Pedro Bolita", cuyo nombre es Carlos Galián.
"Siempre era Pedro Bolita o Febres el que venía a buscar a los niños; el doctor Magnacco, que pasaba todos los días; Capdevilla también pasaba si no estaba Magnacco, y Pedro Bolita normalmente era el que partía con el bebé o Febres." Acosta conocía todo, dijo. "Era el que decidía cuándo venían las embarazadas, quién iba a venir, no recuerdo que haya entrado, pero que sabía, sabía quiénes estaban y en qué momento iban a dar a luz: tenía toda la información de hasta el más mínimo movimiento."
La pieza de las embarazadas se cerró en marzo de 1978 porque llegaba de visita un periodista inglés. Para entonces, acababan de dar a luz Cristina Greco y Patricia Marcuzzo: "Cerraron las piezas, hicieron como un depósito y por eso Pati, lloraba, decía: `¿Por qué no me dejan con mi criatura?’. Porque prácticamente ese día o al día siguiente que la trasladaron, se quedó la criatura y se la llevaron a ella, por lo que me contaron dejaron el moisés en la casa de la madre". Ella continúa desaparecida.

–¿Sabía el destino de los bebés? –le preguntó el fiscal Martín Niklison. –No, no sabía exactamente. Una persona que tenía relación con médicos del Hospital Naval decía que había un papel que decía para las mujeres de los militares, que si no tenían hijos, podían adoptar estos hijos de los guerrilleros. Esa fue una de las cosas que supimos. Y Febres dijo que tenía un primo que era una persona muy generosa, que se ocupaba de buscar casas para esos chicos, lo cual significaba que los chicos no eran entregados a sus padres, que esas cartas que ellas escribían no eran reales: no se las entregaban a nadie.

Al final, la presidenta del Tribunal Oral Federal No 6, María del Carmen Roqueta, le dijo, como hace habitualmente, si quería agregar algo más. "Creo que dije todo lo que recuerdo, es lo único que puedo decir: es que es una cosa terrible lo que pasó con las embarazadas, la separación de los niños, la adopción con los mismos que los mataron de alguna manera, que es terrible, algo que pasó en la ESMA que uno no lo puede olvidar, que recuerdo las caras de cada una de ellas, los gestos, lo que hacían en la pieza, las esperanzas, las desesperanzas que podían tener de lo que iba a pasar con sus hijos y con ellas mismas... Es lo único que puedo agregar."
7 de noviembre de 2011
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la masacre del erp


Videla y Díaz Bessone procesados en Rosario por la desaparición de militantes políticos. La decisión la tomó el juez Bailaque después de la instrucción de la causa que hizo la fiscal Colalongo. En agosto de 1976 veintisiete militantes del Ejército Revolucionario del Pueblo fueron asesinados por la dictadura militar.
[José Maggi] Argentina. La justicia federal de Rosario procesó a diez miembros del Ejército, con Jorge Rafael Videla a la cabeza, y a dos policías federales por la desaparición y muerte de 27 militantes del ERP, y la sustracción de una menor, ocurridos en agosto de 1976. Rosario/12 había dado cuenta del trabajo de sistematización de los casos realizado por la fiscal federal Mabel Colalongo, que permitió reunir las pruebas para que el juez Marcelo Bailaque procese a la decena de jefes militares, entre ellos el general Ramón Genaro Díaz Bessone.
La resolución del pasado viernes dispuso el procesamiento y la prisión preventiva -además de Videla y Díaz Bessone- de:

* Julio Ezequiel Franciulli. Era coronel, y jefe del departamento Personal e integrante del Estado Mayor del Segundo Cuerpo a cuyo cargo se encontraba el control operacional de la zona Dos.

* Eitel Aramis Ferreira, era coronel, jefe del departamento de Logística, del estado mayor del Segundo Cuerpo de Ejército a cuyo cargo se encontraba la zona operacional 2

* José Javier De La Torre, era capitán, y jefe de la sección Comando y Servicio del Destacamento de Inteligencia 121 del Segundo Cuerpo de Ejército.

* Los expertos en inteligencia militar Alfredo Sotera y Jorge Alberto Fariña, además de Heriberto Lavallén, Marino Héctor Gonzalez, Jorge Alfredo López, y los policías federales Federico Almeder y Rubén Oscar Jaime.

De igual modo Bailaque dispuso la falta de mérito de otros cinco imputados Horacio Guillermo Canestro, el otrora capitán Edgardo Antonio Faur, Roberto Óscar Galuppo, Roberto Fossa y Enrique Benito Laurenti.
Los jefes militares pertenecían al Centro de Operaciones Tácticas (COT), del Segundo Cuerpo de Ejército, un órgano integrado por jefes de distintas áreas como Operaciones, Inteligencia, Recursos Humanos o Logística, entre otras, que conformaban el estado mayor del Segundo Cuerpo. El COT diseñaba las operaciones posibles, se las proponía al comandante y este era el que decidía cuál se ponía en marcha. Finalmente, la ejecución y el control de la misma quedaba en manos de este grupo de militares.
Bailaque informó que dentro del expediente caratulado "Díaz Bessone, Ramón Genaro y otros S/ Privación Ilegal de la libertad, violencia, amenazas, torturas y desaparición física (caso: Klotzman, Ricardo H. y otros)", expte. n 21/06 y acumulados números 588/03 y 260/09, "se resolvió la situación de todos los imputados que habían prestado oportunamente declaración indagatoria".
En las causas referidas se investiga la privación ilegal de la libertad y tormentos sufridos por Fernando Brarda, aquellas que luego concluyeron en las posteriores muertes o desapariciones físicas según el caso de las siguientes personas: 1) Ricardo Horacio Klotzman, 2) Cecilia Beatriz Barral, 3) Juan Alberto Tumbetta, 4) María Laura González, 5) Ricardo Machado, 6) Elvira Márquez, 7) Héctor Alberto González, 8) Osvaldo A. Matosky Szeverin, 9) José Angel Albá, 10) Daniel Emilio Garrera, 11) Liliana Girardi, 12) Julio Curtolo, 13) María Teresa Vidal Martínez Bayo, 14) María Teresa Latino, 15) Alejandro Ramón Pastorini, 16) Herminia Nilda Inchaurraga, 17) José Rolando Maciel, 18) Elena Cristina Márquez, 19) Dante Rubén Vidali, 20) Isabel Angela Carlucci, 21) Víctor Hugo Fina, 22) María Teresa Serra, 23) Juan Carlos Lieby, 24) Elvio Ignacio Castañeda, 25) Oscar Alberto Medina, 26) María Victoria Gazzano Bertos y 27) Edgardo Silva; y también la sustracción de la niña hija de la pareja Klotzman-Barral reconocida como la nieta Nº 103.
Según la resolución "las personas que fueron muertas o se encuentran a la fecha desaparecidas eran integrantes del E.R.P. o eran sospechadas de pertenecer a esa organización o de tener algún tipo de vinculación. Los hechos habrían sido llevados a cabo por fuerzas conjuntas a cargo del Ejército durante el último gobierno de facto y de la Policía Federal.
La mayoría de ellos se produjeron durante la primera quincena del mes de agosto de 1976, y se sospecha que algunas de las víctimas habrían estado privados de la libertad en la llamada "Quinta Operacional de Fisherton" sita en la calle Calasanz (Mendoza 9100) de la ciudad de Rosario.
7 de noviembre de 2011
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dictadura y violencia sexual


El fallo que condenó a 18 represores que actuaron en la Escuela de Mecánica de la Armada fue histórico por más de un motivo: por lo emblemático de ese centro clandestino de detención, por la ominosa celebridad de los condenados y también porque se ordenó que se abra una investigación paralela para juzgar los delitos contra la integridad sexual de las personas que estuvieron cautivas en la ESMA.
[Sonia Tessa] Argentina. Hay una historia detrás de esta posibilidad de empezar a entender y juzgar la violencia sexual en el marco del terrorismo de Estado como un delito de lesa humanidad y no como una forma más de la tortura. En esa historia se anotan los fallos de Tribunales Penales Internacionales en Ruanda y en la ex Yugoslavia, pero sobre todo la voz y la conciencia de las víctimas cuya palabra puede ser escuchada ahí donde tiene efecto contra la larga noche de la impunidad: frente a la Justicia.

Hay un momento en el testimonio de muchas mujeres sobrevivientes de centros clandestinos de detención en el que parece que el tiempo se hubiera detenido en sus cuerpos lastimados, obligados a lo que nunca hubieran querido. Fueron violadas, ellas y sus compañeras, también sus compañeros. Y ahora, ante los tribunales orales que, después de 35 años, juzgan los delitos que sufrieron, ellas lloran con lágrimas incontenibles cuando pronuncian esa parte del horror que las atraviesa en su intimidad. Algunas, como Stella Hernández, querellante de la causa Díaz Bessone, de Rosario, se lo pidieron con todas las letras al Tribunal: que la violencia de género tenga su castigo específico, que sea considerada un delito de lesa humanidad, que no quedara subsumida en las torturas. Ese pedido empieza a hacerse realidad, y así comienzan a encastrar las piezas del rompecabezas que armaron obstinadamente las sobrevivientes cuando decidieron ponerles palabras a las violaciones, los abusos sexuales de todo tipo, la esclavitud sexual y todas las formas que el terrorismo de Estado encontró para intentar aniquilarlas, para disciplinarlas en su doble rebeldía a los mandatos políticos y de género. El veredicto de la causa ESMA, leído el 26 de octubre, fue histórico por varias razones y una de ellas es el punto 51, en el que se ordena la extracción de la querella del CELS en lo relativo a violaciones y abusos sexuales para que un juez de instrucción investigue estos delitos de manera separada. Esa sentencia se convierte en una orden a la que el juez de instrucción Sergio Torres se adelantó en agosto, cuando decidió abrir la instrucción de la causa por los delitos sexuales sufridos por 18 ex detenidas en ese centro clandestino de detención.
El pedido lo había hecho la abogada Carolina Varsky, representante del CELS, al señalar en su alegato que "los delitos contra la integridad sexual configuraron una más de las prácticas aberrantes a las que fueron sometidos la gran mayoría de los detenidos y detenidas". El 2 de junio pasado, Varsky argumentó en la audiencia por qué fueron sistemáticas. La abogada puso palabras a las múltiples formas que tomó allí la violencia de género, basada en los testimonios que se escucharon en las audiencias. La esclavitud sexual, las violaciones sistemáticas, la obligación de mantener relaciones sexuales estables con los oficiales eran parte de un andamiaje que tuvo otras expresiones, menos brutales aunque igual de dañinas. "Siguiendo a Catherine McKinnon en ‘Are Women Human?’ podemos decir que la violencia sexual y su máxima expresión, la violación sexual sistemática, no sólo inflige un daño físico y mental severo sino que, por ser sistemática e impuesta como una condición de vida, es destructiva", dijo Varsky en el alegato que servirá como puntapié de la nueva investigación.
El alegato aclaraba que "llamativamente, no hay víctimas de este juicio que hayan denunciado ser sexualmente abusadas. No obstante, algunos sobrevivientes cuyo caso no es objeto de este debate relataron la comisión de estos delitos en su contra, o respecto de víctimas que hoy se encuentran desaparecidas". Pero eso no impidió que la profesional recogiera numerosos testimonios que dan cuenta de la sistematicidad de la violencia sexual. "Al respecto, Sara Solarz de Osatinsky declaró que en la oportunidad en la que Héctor Febres la llevó a Tucumán, éste la hizo pasear por la ciudad como si fuera un trofeo de guerra. Contó que una noche, al volver de un paseo, Febres la llevó al hotel y abusó de ella. ‘Era lo que tenía que pagar en ese momento, me tenía que continuar ensuciando’, relató la testigo", fue parte de su alegato. Una semana después de la sentencia, Varsky recuerda que su inquietud por el tema surgió en 2007, justamente en el juicio contra Febres, en el que una testigo relató que la habían violado, y lloró desconsoladamente. "Nadie supo qué hacer con eso, ninguno de los operadores judiciales, y yo pensé que debía hacerse algo al respecto", relató la abogada.
Varsky ponderó no sólo la decisión del Tribunal que integran Ricardo Farías, Daniel Obligado y Germán Castelli, sino también la disposición del juez Torres, que antes de la sentencia había decidido abrir la causa. "Es muy importante, sin perjuicio de destacar que Torres ya dispuso la investigación de los delitos de manera autónoma. Pero tiene el valor de ser una sentencia. Si Torres no lo hubiera hecho, se vería en la obligación de hacerlo", afirmó la abogada.
En la causa ESMA fue procesado Jorge Acosta por violación sexual contra Graciela García. Al tomar esa decisión, el juez Torres consideró: "Graciela Beatriz García no es la única víctima que ha manifestado haber sido víctima de abuso sexual. En el mismo sentido se ha pronunciado Sara Solarz de Osatinsky, y otras mujeres más relataron casos similares respecto de otras víctimas que permanecen desaparecidas o que sobrevivieron, que durante su cautiverio fueron violadas o sufrieron intentos de violación. Tal es el caso de Josefa Prada de Olivieri, o Josefina Villaflor. Debido a la reiteración con que estos hechos han sido expuestos a la instrucción, entiendo que no encuentro motivo alguno para dudar de la veracidad del relato de Graciela García, como así tampoco de la situación de intimidación bajo la que permanecía desde el momento mismo en que fue privada de su libertad".
El alegato de Varsky hizo foco en la sistematicidad, con palabras contundentes. "La violación sexual en el marco de la represión y destrucción sistemática de personas no es violación fuera de control, sino bajo el más completo control. Sucede por un propósito, no sólo lastimar a un detenido o una detenida, o tener sexo, sino para destruir a las personas en tanto miembros de un grupo que debe ser destruido. La destrucción de las personas no es una consecuencia de la violación, es su propósito", afirmó la abogada en junio, y el Tribunal lo retomó en su veredicto de la semana pasada.

Antecedentes
El camino para llegar a esta decisión ejemplar del Tribunal fue largo y sinuoso. Y lo más difícil, según cuenta la propia Varsky, es que los jueces y juezas, fiscales y demás operadores judiciales reconozcan el carácter específico de esta violencia. En el primer semestre del año pasado, el juez de San Martín Juan Yalj negó esa posibilidad a dos querellantes de la causa Riveros, que investiga el circuito represivo de Zárate-Campana, en la etapa de instrucción. Entonces, una de las mujeres se atrevió a enfrentar a los integrantes de la Cámara Penal para pedirles que incluyeran los delitos contra la integridad sexual. Lidia Biscarte, La China, les ofreció, incluso, mostrar las marcas físicas que 35 años después subsisten de aquellas violaciones. Las heridas psíquicas son inocultables, pero para eso hace falta que puedan escucharse, darles un lugar en los testimonios que constituyen pruebas en sí mismas para estos procesos.
Las denuncias siempre estuvieron, pero no fue sencillo que les hicieran lugar. Las víctimas, en los primeros años, hablaban en nombre de los que ya no estaban mucho más que en nombre propio, pero ya decían que la violencia sexual había sido sistemática. "Tanto en las declaraciones ante la Conadep como en el Juicio a las Juntas Militares en 1985, las mujeres denunciaron distintas formas de violencia sexual y en algunos casos expresaron haber sido violadas. Incluso puede estimarse que la cantidad de mujeres violadas fue muy superior a los casos denunciados. Hay que tener en cuenta que no se preguntó específicamente a las mujeres por las violaciones sexuales, las declaraciones fueron espontáneas", puntualizó María Sondereguer, investigadora de la Universidad Nacional de Quilmes y ex directora nacional de Formación en Derechos Humanos de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, en una entrevista publicada por Mariana Carbajal.
En aquel entonces, en los primeros años después de la dictadura, el objetivo de las y los sobrevivientes, sin embargo, estaba orientado a dar testimonio de los compañeros desaparecidos y a identificar a los represores. "Si me pongo a analizar desde los ’80 cómo se fue construyendo el testimonio, lo nuevo que aparece desde la reapertura de los juicios en 2003 es el contexto político y la justicia, que dan el marco para empezar a visibilizar la violencia de género. En los ’80, el relato se esmeraba en identificar a los compañeros desaparecidos", rememora Varsky, quien agrega que ahora se incorporó "un concepto más amplio de la tortura, eso hace que se empiecen a identificar estos aspectos que quizá les parecían menos trascendentes". Lo más destacado es el protagonismo de los y las sobrevivientes. "Estos juicios los ponen a ellos a relatar lo que padecieron y a entender que era importante", puntualizó.
Además, durante los años de impunidad no había tampoco herramientas jurídicas contundentes, que surgieron en la década del ’90 en el ámbito internacional. "La primera sentencia que definió la violación sexual como un delito contra la humanidad y en un instrumento para el genocidio se emitió el 2 de septiembre de 1998, en el caso Akayesu, por la Sala de Primera Instancia del Tribunal Penal Internacional para Ruanda", documenta Susana Chiarotti en el libro ‘Grietas en el silencio’, una investigación sobre la violencia sexual en el marco del terrorismo de Estado, recientemente publicado por Cladem e Insgenar, y que se presentará el viernes próximo en el Museo de la Memoria de Rosario. La misma posición fue tomada por el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, "donde se juzga los casos de violencia sexual como crímenes autónomos perpetrados por los militares en el marco del conflicto armado y se establece claramente la responsabilidad mediata e inmediata", continúa Chiarotti.
La cuestión de la responsabilidad mediata es justamente uno de los puntos que discuten distintos operadores judiciales, aunque haya poco lugar para las dudas tras el caso Akayesu. La dificultad para establecer autorías personales –ya que la mayoría de las víctimas estaban vendadas, sin posibilidad de identificar a sus agresores– es uno de los argumentos esgrimidos para negarse a considerar la violencia sexual como delito de lesa humanidad. El amicus curiae –documento de organizaciones que tienen interés en una causa para brindar elementos a los magistrados– presentado por Cladem e Insgenar en marzo del año pasado en la causa Riveros establece la sistematicidad y la responsabilidad de quienes dirigían los Centros Clandestinos de Detención en esas violaciones.
La bisagra para la jurisprudencia argentina fue la sentencia contra Gregorio Molina, que en junio del año pasado produjo el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata. Molina es un ex suboficial de la Fuerza Aérea que fue condenado a prisión perpetua por diversos crímenes, entre los cuales se encuentran cinco violaciones agravadas y una tentativa del mismo delito, cuyas víctimas fueron dos detenidas. Durante el juicio, se probó que Molina fue autor directo del delito de violación sexual. El Tribunal sostuvo que "era habitual que las mujeres ilegalmente detenidas en los Centros Clandestinos de Detención fuesen sometidas sexualmente por sus captores o guardianes o sufrieran otro tipo de violencia sexual. Las violaciones perpetradas, como se dijo, no constituían hechos aislados ni ocasionales, sino que formaban parte de las prácticas ejecutadas dentro de un plan sistemático y generalizado de represión llevado a cabo por las Fuerzas Armadas durante la última dictadura militar".
Varsky ponderó la sentencia de Mar del Plata como "más importante" que los precedentes de Ruanda y la ex Yugoslavia. "Nosotros lo identificamos como el momento de mayor avance. Esa sentencia tiene el valor de que ya lo dijo un tribunal, ya condenaron a una persona por violación, y eso permite avanzar", apuntó la abogada, que alegó para que se abriera una causa específica por violencia sexual en la ESMA.

Aporte de la Unidad Fiscal
La necesidad de contener y encauzar la demanda de atención específica a la violencia de género en el marco de los juicios en marcha puso a trabajar a la Unidad Fiscal Especial de Coordinación y Seguimiento de las causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado en un documento que difundieron en octubre pasado. Allí se establece con claridad que "los abusos sexuales cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil son crímenes contra la humanidad. Que un acto de abuso sexual quede capturado por la categoría de los crímenes contra la humanidad no depende de la frecuencia, sistematicidad o generalidad con que hayan ocurrido actos de este tipo. La circunstancia dirimente para subsumir un acto determinado en la fórmula de los delitos de lesa humanidad es que haya formado parte del ataque que opera como contexto de acción en este tipo de crímenes".
Pero el punto nodal de ese documento, el que resulta operativo para los cientos de juicios que están en marcha en todo el país, está relacionado con el contexto que debe producirse para que las víctimas puedan relatar los delitos que sufrieron. Por ejemplo, plantea que no puede exigirse que el testimonio de las víctimas sea corroborado por terceros, al entender que esos delitos se realizan siempre en contextos de secreto, y más aún cuando fueron parte del terrorismo de Estado. También considera ese documento que resultan inadmisibles "aquellas alegaciones de la defensa orientadas a señalar que hubo consentimiento de la víctima cuando hubiera sido objeto –o hubiera temido serlo– de violencia, amenazas, detención o presiones psicológicas, o si razonablemente creyera que, si se negase, otros serían objeto de actos o presiones similares, especialmente cuando ello hubiera tenido lugar en un contexto o situación coercitivos".
Justamente, la violencia de género tiene distintas caras y una de ellas es la que siempre –como una regla– los represores acusados de violación tienen sus estrategias para echar un manto de sospecha sobre la víctima. Ocurrió, por ejemplo, en la causa que juzgó al ex juez federal de Santa Fe Víctor Brusa, donde cinco sobrevivientes pusieron palabras a la violencia sexual que habían sufrido, incluso Silvia Suppo –asesinada el 29 de marzo de 2010 en un crimen que la Justicia Federal debe investigar como político pero que no prospera– contó que el jefe del GIR, donde estaba detenida, Juan Calixto Perizotti, ordenó que se hiciera un aborto para "subsanar el error" del embarazo que le provocaron las violaciones. En ese proceso, uno de los represores, Eduardo Curro Ramos, superó todos los límites al hablar de las fantasías sexuales de una de las detenidas, como estrategia defensiva. La Unidad Fiscal subrayó que ese discurso debe ser desmontado siempre, porque constituye una revictimización.

En Tiempo Presente
La violencia sexual ha sido siempre uno de los delitos más difíciles de hacer visibles, incluso para las propias víctimas, que tienden a minimizarlo. Entre los testimonios presentados por Varsky en el alegato de la ESMA, está el de Mercedes Carazzo, quien dijo haber mantenido una "relación" con Antonio Pernías mientras se encontraba secuestrada. Al respecto, la sobreviviente expresó que "no fue una relación impuesta por violencia, pero que no se hubiera producido en otra circunstancia". Es decir, que sólo se produjo porque estaba secuestrada.
Que las mujeres privadas de su libertad en la ESMA fueran "sacadas" para cenar o ir a bailar por sus captores era también una forma de violencia de género, pero les llevó mucho tiempo comprenderlo, como queda claro en el libro Ese infierno, conversaciones de cinco sobrevivientes, en el que Miriam Lewin, Munú Actis, Elisa Tokar, Liliana Gardella y Cristina Aldini recrean las particularidades que sufrieron las mujeres secuestradas en la ESMA.
Desde el CELS, Varsky cree que hoy las dificultades más grandes no están en las testigos y sobrevivientes, que han hecho los esfuerzos necesarios para ponerle palabras a su horror, sino en quienes deben hacerse cargo desde el sistema judicial. "Hay una dificultad de escuchar estas denuncias, que es sobre lo que más tenemos que trabajar, el trabajo con las víctimas ya se viene haciendo, desde la apertura del proceso", apuntó.
La abogada de HIJOS, Ana Oberlin, también batalla para que se haga visible esta violencia específica, y subrayó el valor del veredicto en la causa ESMA. "Queda mucho por hacer, pero hemos andado un gran camino desde que comenzamos a plantear el tema. Al principio absolutamente todos los jueces, los operadores judiciales y fiscales, nos decían que no era posible avanzar en la investigación y sanción de estos delitos. Hoy, en varias jurisdicciones, lentamente vamos avanzando en que los jueces toman conciencia de que se trató de una violencia diferenciada y específica que debe ser sancionada, al igual que todas las atrocidades cometidas durante el terrorismo de Estado", apuntó Oberlin, quien agregó: "También creo que tiene otra dimensión: también sirve para que las víctimas se animen a denunciar lo que vivieron. Y más allá de que algunas decidan no denunciar penalmente estos delitos, pues afectan su intimidad y quizá no quieren o no están preparadas aún para afrontar públicamente haber sido víctimas de tantas aberraciones, creo que contiene la posibilidad de hablar, de contar, de poner en palabras lo ocurrido aunque sea con nosotras o con sus amigas, ex compañeras. Me parece que eso es lo más importante, porque es lo que en definitiva redunda en comenzar a reparar, aunque sea de forma lenta, tardía y fragmentaria, todo el dolor que estos hechos causaron".
Varsky plantea que desde su experiencia de trabajo con testigos, la declaración resulta liberadora. "Hay mucho escrito en relación a si estos testimonios revictimizan o humillan. Creo, por lo menos desde la experiencia que tengo en el sentido de haber hablado con las víctimas, de haberlas escuchado en el juicio, que para ellas es una especie de reparación. No necesariamente tienen que hablar de cómo fue el hecho en sí mismo, pero poder relatar que las manoseaban, que les decían ‘vestite de mujer’, que las llevaban a pasear, es importante. El contexto les permite hablar de violencia de género y por eso es importante que se genere una instancia para relatar todo lo vivido", apuntó la abogada del CELS.
Oberlin agrega algo más sobre el valor actual que adquiere esta sanción. "Esto tiene otra trascendencia que para mí no es menor: hablar de la violencia de género pasada, en el contexto de estos procesos que tienen tanta publicidad, implica también habilitar a hablar de la violencia que aún hoy sufrimos las mujeres. Considero que este también tiene que ser un objetivo de quienes llevamos adelante estos procesos: no sólo lograr el juicio y castigo de los crímenes de la dictadura, sino también trabajar con todo lo que como país nos resta todavía cambiar para mejorar este presente, que tiene demasiado de aquel pasado aún."
5 de noviembre de 2011
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recuerdan a desaparecidos


Parque Los Andes recuerda a sus desaparecidos. Cuatro baldosones rojos homenajean desde hoy, en Corrientes y Dorrego, a María "Nicky" Beretta y Graciela Beretta, secuestradas el 28 de diciembre de 1976, a Roberto "Roby" Grunbaum, capturado el 16 de junio de 1977, y a Carlos Squeri, desaparecido desde el 11 de octubre de 1978.
Argentina. Los cuatro militaban en la agrupación Las Vías, alineada en el peronismo revolucionario, y fueron homenajeados por numerosas organizaciones políticas y sociales de la Comuna 15. La agrupación tomó ese nombre porque se reunía en un local en Vera y Fitz Roy, contra las vías del ferrocarril San Martín, en el barrio de Chacarita. Desde ese local, "que se abrió entre los años 72 y 73, sobre el fin de la dictadura de Lanusse (de 1966-73), participamos en campañas de vacunación y de alfabetización", recordó la legisladora María Elena Naddeo (Frente Progresista y Popular), compañera de militancia de los homenajeados.
Cuando los secuestraron, Squeri tenía 24 años y María Beretta, 22. Trabajaban junto con Nadeo en la Parroquia Resurrección del Señor, sobre la avenida Dorrego, a un centenar de metros de la esquina donde hoy se colocaron los baldosones. "Llegamos a Marx por el Evangelio", resumió la legisladora.
Graciela Beretta, tenía 27 años cuando la secuestraron. Era abogada y trabajaba como administrativa en la Obra Social del Ejército, donde no pasó desapercibido su fuerte compromiso social. De hecho, la detuvieron frente a su trabajo, en Cerrito y Viamonte. Roberto Grunbaum, quien tenía 28 años, era ingeniero y participó del Operativo Dorrego, aquel donde la Juventud Peronista hizo trabajo social junto con las Fuerzas Armadas, "porque teníamos la esperanza de cambiarles las ideas golpistas", recordó Nadeo.
Del acto participaron Taty Almeida, de Madres de Plaza de Mayo-Línea Fundadora; los diputados de la ciudad Raúl Puy y Aníbal Ibarra; el militante social Salomón Filmus -padre del senador Daniel Filmus- y Graciela Muñiz, defensora Adjunta del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, entre otros.
Los organizadores del homenaje fueron la Comisión de la Memoria, Espacio Memoria y oganizaciones sociales y políticas de la Comuna 15: Frente Progresista y Popular; Asamblea Juan B. Justo y Corrientes; La Cámpora; Buenos Aires Para Todos; Red por Buenos Aires; LEPOS; Nueva Comuna; Asociación Amigos Parque los Andes; PSOL en Nuevo Encuentro; Partido Humanista; La 15 Territorio de Participación; Juventud FPP; Corriente Política 17 de Agosto y Grupo de Compañeros Militantes.
5 de noviembre de 2011
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murió obispo justo óscar laguna


Un sacerdote mediático y político. Durante la transición democrática fue "enlace" con las Fuerzas Armadas. Hizo una autocrítica respecto de la actuación de la Iglesia en la dictadura. Estaba procesado por falso testimonio en la investigación sobre el asesinato del obispo Ponce de León.
[Washington Uranga] Argentina. Ayer, a los 82 años de edad, y después de haberse sometido a una intervención quirúrgica en el corazón, falleció en Buenos Aires el obispo católico Justo Oscar Laguna, uno de los protagonistas más importantes de la Iglesia Católica contemporánea y, desde su condición de miembro de la jerarquía eclesial, un actor importante de la vida política y cultural del país. Según lo declaró su hermana Celia, "lo operaron del corazón ayer (por el miércoles) a las tres de la tarde y falleció a la madrugada". Informó también que "tenía un estrechamiento de válvula aórtica que era algo que sí o sí había que tratar de solucionarlo". Según informaron sus familiares, Laguna estuvo acompañado en sus últimos momentos por el obispo de San Isidro, Jorge Casaretto, uno de sus más cercanos amigos.
Laguna ya no estaba ejerciendo su ministerio episcopal, porque en el año 2004 el entonces papa Juan Pablo II había aceptado la renuncia que presentó al cumplir los 75 años de edad, tal como lo establece la ley eclesiástica. Fue obispo auxiliar de San Isidro entre 1975 y 1980 y desde ese año se hizo cargo de la diócesis de Morón, hasta el año 2004. A lo largo de toda su trayectoria episcopal fue un hombre preocupado por los temas sociales y presidió en varias oportunidades la Comisión de Pastoral Social de la Conferencia Episcopal.
Hombre polémico y lúcido intelectual, fuera y dentro del Episcopado, a Laguna le correspondió la tarea de "enlace" con las Fuerzas Armadas durante la última etapa de la dictadura militar y desde allí hizo aportes al restablecimiento de la democracia y a favor de la vigencia de los derechos humanos. Fue uno de los pocos obispos que realizó una autocrítica respecto de la actuación de la Iglesia en la dictadura. En 1996 realizó su propia autocrítica por no haber hecho, dijo, "lo suficiente para salvar vidas" durante la dictadura militar, aun cuando existen testimonios de muchas personas que lograron sortear difíciles situaciones gracias a su intervención. "Tengo que dar cuenta a Dios, y lo haré en algún momento, de cómo no luché como luchaban otros, de una manera tan clara y decisiva" contra la dictadura y a favor de la vigencia de los derechos humanos, sostuvo. Sin embargo, este año, Laguna fue el primer jerarca católico procesado por una causa de derechos humanos. Un juez entendió que incurrió en "falso testimonio" al brindar datos a la Justicia sobre la muerte nunca suficientemente esclarecida del obispo Carlos Ponce de León, ocurrida en 1977 en un accidente automovilístico en la Ruta 9. Entonces, por decisión del Vaticano asumió interinamente la conducción de la diócesis que quedó acéfala y, presuntamente, tuvo acceso a datos que la Justicia le requirió. El obispo señaló que, al declarar sobre el caso después de mucho tiempo, cometió errores e imprecisiones involuntarios sobre fechas y acontecimientos, producto del tiempo transcurrido, pero que ninguno de estos datos afectaban a la verdad de los hechos. La causa se encuentra todavía abierta.
La perspectiva pastoral y política del obispo fallecido quedaron plasmadas en el documento episcopal titulado "Iglesia y comunidad nacional" (8 de mayo de 1981), del que fue uno de sus principales redactores. Ese texto se constituyó en una clave de lectura y en una bisagra que comenzó a modificar perspectivas a favor de la democracia dentro de una jerarquía católica sumamente conservadora dentro de la cual Laguna tuvo muchos conflictos.
En los años ’80 y ’90, Laguna fue un hombre de gran exposición pública y presencia frecuente en los medios de comunicación, por sus opiniones sobre temas de Justicia, derechos humanos y compromiso social. Tuvo una relación cercana y pública de amistad con el ex presidente Raúl Alfonsín, a quien incluso impartió la unción de los enfermos poco antes de su muerte. Durante el gobierno de Carlos Menem fue uno de los más duros críticos de la gestión, trasladando también estos debates al seno de la Conferencia Episcopal, a pesar de que un número importante de obispos mantenía una relación estrecha con el menemismo.
4 de noviembre de 2011
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díaz bessone en hospital militar


Díaz Bessone sufrió un accidente cerebro vascular y lo envían a Hospital Militar. Seguirá internado pero en Buenos Aires. El Tribunal Federal, en disidencia, aceptó el planteo de la defensa del represor y ordenó que una junta médica defina si el ex general está en condiciones de ser sometido a juicio.
[José Maggi] Argentina. La jornada de ayer en el marco de la causa Díaz Bessone estuvo marcada por el pedido del defensor del octogenario general para que éste sea trasladado al Hospital Militar de Capital Federal para ser tratado por un Accidente Cerebro Vascular (ACV). El Tribunal Oral Federal Nº 2, con el voto en disidencia de Venegas Echagüe, hizo hizo lugar a la petición y además ordenó la conformación de una comisión de especialistas que deberá resolver si el represor está en condiciones de continuar su sometimiento a juicio.
Pasados los primeros escarceos entre defensa y fiscalía, llegó el turno de Germán Artola, el primero de los defensores que alegó en favor de los acusados. El día estaba previsto que comience con los alegatos de las defensas, no obstante, el defensor de Ramón Genaro Díaz Bessone planteó que su representado sufrió un ACV por lo que se dio lectura al informe médico presentado por la parte y la petición de la misma para que el represor sea trasladado al Hospital Militar para su tratamiento, en lugar de continuarlo en el Hospital Español de Rosario.
El tribunal hizo lugar a la petición, con el voto en disidencia de Jorge Venegas Echagüe quien consideró que no hay razones válidas para permitir el traslado al Hospital Militar de Díaz Bessone teniendo en cuenta que el mismo cuenta con obra social que le permite realizar su tratamiento en el Hospital Español o en algún otro de Rosario.
Lo resuelto por el Tribunal motivó la inmediata reacción del fiscal de la causa Gonzalo Stara, quien interpuso recurso de nulidad contra la decisión de los jueces Beatriz Baravani y Otmar Paulucci por entender que debió darse intervención a la fiscalía antes de decidir y agregó que no puede privilegiarse al imputado con su traslado al Hospital Militar teniendo la posibilidad de recibir atención médica en esta ciudad.
El tribunal rechazó el planteo de la fiscalía y dispuso que se constituya una junta médica para determinar si Díaz Bessone está en condiciones de continuar su sometimiento a juicio. Por su parte la querella de la Liga y Familiares adelantó que propondrá la inclusión de peritos de parte en este sentido.
Una aparte merece la actitud del defensor de Díaz Bessone, Gonzalo Miño denunció penalmente a dos médicos del hospital Español "por algún ilícito del Código Penal" por lo apresurado del alta y por la medicación que le recetaron a Díaz Bessone. Esto fue rechazado inmediatamente por el juez Venegas Echagüe. Por su parte, el fiscal dijo que ni siquiera merecía respuesta esta denuncia porque no se entendió de dónde viene el planteo. Finalizado este incidente, comenzó su alegato el defensor Germán Artola, en representación de los imputados Mario Marcote, José Scortechini y Ramón Vergara.
En primer término, planteó la prescripción de la acción penal por el transcurso del tiempo ya que señaló que sus defendidos fueron indagados por estos hechos desde 1984 a 1987 y el requerimiento de elevación a juicio fue formulado en 2008.
Por otra parte Artola ratificó la validez de las leyes de obediencia debida y punto final por entender que la ley del Congreso de la Nación que las anuló "es una ley inconstitucional y que deben aplicarse las mismas atento ser las más benignas".
El defensor también planteó la nulidad de la audiencia de debate en virtud de entender que "se ha afectado el derecho de la defensa por no haber podido controlar eficazmente la prueba de cargo ya que en numerosas ocasiones el Tribunal no le permitió interrogar a los testigos sobre supuestas contradicciones con declaraciones brindadas al comienzo de la causa".
Artola hizo referencia también a la legalidad de las detenciones que se le imputan a sus defendidos como privaciones ilegítimas de la libertad por entender que "la policía actuó conforme a las leyes vigentes en ese momento y que luego remitía las actuaciones a la justicia militar".
Asimismo planteó que los períodos en los que las víctimas estuvieron a disposición del Poder Ejecutivo Nacional "no deben ser tenidos como privaciones ilegítimas de la libertad ya que esa constituía una legítima facultad otorgada por el estado de sitio vigente".
3 de noviembre de 2011
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gato andrada llamado a declarar


Fue citado a declaración indagatoria por dos secuestros. El juez de San Nicolás que investiga los asesinatos de Cambiaso y Pereyra Rossi entiende que ahora hay "sospechas suficientes sobre la participación" de Andrada y otros militares en el secuestro de los militantes en el bar Magnun.
[José Maggi] Argentina. El ex arquero de Central, Edgardo ‘Gato’ Andrada, fue citado a declarar por la justicia federal el 9 de noviembre, por el secuestro y asesinato de dos militantes peronistas ocurridos en la última dictadura. El fiscal federal de San Nicolás, Juan Patricio Murray, quien investiga el secuestro y asesinato de Osvaldo Cambiaso y Eduardo Pereyra Rossi, fue quien logró luego de más de seis años de haberlo solicitado que el juez federal Carlos Villafuerte Ruzo cite a declarar no solo al ex arquero canalla -quien fue agente del aparato de inteligencia militar- sino también al ex comisario Luis Abelardo Patti, los ex militares Reynaldo Bignone, Oscar Pascual Guerrieri, Luis Américo Muñoz y a los ex agentes de inteligencia Ariel "el Puma" Porra y Juan Andrés Cabrera, alias "el Barba". Todos están imputados por los hechos ocurridos el 14 de mayo de 1983 en el bar Magnum, en la esquina de Córdoba y Ovidio Lagos. Andrada, quien trabaja desde hace años en las inferiores de Central, en la filial Fábrica Militar de Armas, ubicada en avenida Francia al 5000 -curiosamente donde funcionó un centro clandestino de detención- estuvo anoche reunido con parte de la comisión directiva del club a quienes prometió que hoy enviará su telegrama de renuncia.
El fiscal Murray reconoció que ayer se le notificó la resolución por la cual "se impone la detención e indagatoria de Patti, Bignone, Guerrieri, Ariel Porra y Juan Andrés Cabrera, quienes ya estaban detenidos en relación a otras causas y a disposición del TOF San Martín y del TOF de Rosario", mientras que "en relación a Andrada y Muñoz, que están eximidos de prisión, se dispuso que se los convoque a prestar declaración indagatoria pero la diferencia es que la citación les llega en libertad".
El fiscal recordó que "tanto Andrada como Muñoz, quien era el segundo de Guerrieri en el Destacamento de Inteligencia 121 de Rosario al momento de los hechos, tienen revocada su exención de prisión por resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario" pero "como ambas defensas interpusieron recursos de casación, la resolución no está firme y se encuentra sujeta a los tiempos que determine la Cámara Nacional de Casación Penal".
Murray se mostró crítico por que "recién ahora" el juez federal de San Nicolás resuelve "algo que desde la fiscalía y la querella fue planteado en marzo de 2005, es decir hace más de 6 años".
Además remarcó que en uno de los párrafos de la resolución, el juez Villafuerte Ruzo argumentó: "Un nuevo reexamen de la causa me lleva a concluir que se ha adquirido el grado de sospechas suficientes, tanto en cuanto a la existencia del hecho como en cuanto a la participación de las personas señaladas en el mismo, como para convocarlos a prestar declaración indagatoria como imputados en la causa".
"Hay otro imputado, el teniente coronel Víctor Hugo Rodríguez, alias Chuly, con la misma carga probatoria, sobre quien Villafuerte no se expidió", acotó el fiscal federal de San Nicolás, en alusión al presidente de la Asociación Sanmartiniana Cuna de la Bandera, que todos los años realiza el Cruce de los Andes y cuenta con el apoyo de distintos sectores como la municipalidad de Rosario, y diversos medios de comunicación locales.
En cuanto a la continuidad de la causa y la situación de Andrada en particular, Murray adelantó que el ex arquero "tendrá que comparecer a la citación y después habrá que ver si decide hacer valer o no su derecho constitucional de ejercer su defensa material", y finalmente "esperar si resuelve declarar o no".
"Lo que creemos desde fiscalía y desde la querella es que hay elementos suficientes para que Andrada y el resto de los imputados sean procesados por este hecho", remarcó Murray para quien "las pruebas en relación a los hechos son harto suficientes y abundantes". Además "hay pruebas documentales que se incorporaron con posterioridad a la causa y que indican claramente la responsabilidad de Andrada en los hechos".
Entre ellas señaló "hay pruebas testimoniales como la declaración de Eduardo Costanzo", ex agente de inteligencia, que en esta causa declaró "como testigo, ya que al momento de los hechos no se encontraba en Rosario sino que se entera posteriormente cuando uno de sus amigos le cuenta y le da datos precisos de cómo, dónde y cuándo se realizó el operativo".
"También existen legajos de militares, hay prueba documental que tiene que ver con documentos desclasificados por el departamento de Estado norteamericano que acreditan fehacientemente todos los hechos de la hipótesis que en su momento sostuvieron la fiscalía y la querella", apuntó.
Por su parte el diputado provincial electo y secretario general del Movimiento Evita de Rosario, Eduardo Toniolli, celebró el pedido de indagatoria: "Estamos muy contentos y satisfechos con esta disposición, fundamentalmente porque es un reconocimiento a la lucha inclaudicable de dos mujeres como Gladys y Ethel Cambiaso (hermanas de Osvaldo), de los organismos de derechos humanos y de los abogados querellantes".
3 de noviembre de 2011
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casación decide sobre libertad de poch


Casación decide sobre la excarcelación de Poch, el piloto de la dictadura que participó en la campaña de exterminio de opositores.
Argentina. El máximo tribunal del país deberá resolver si concede la excarcelación al piloto Julio Poch -detenido en el penal de Marcos Paz-, procesado como "partícipe necesario" en 29 casos de privaciones ilegales de la libertad, por haber intervenido en los "vuelos de la muerte" en el centro clandestino de detención que funcionó en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) durante la última dictadura militar.

La decisión fue tomada por la Cámara Federal porteña, que concedió a Poch sendos recursos para que se revise la confirmación de su prisión preventiva y del rechazo a su excarcelación dictados en esa instancia, según los fallos a los que accedió Télam.
Los planteos se dirigen "contra un decisorio equiparable a definitivo, pues el auto impugnado restringe la libertad del encausado con anterioridad al fallo final, ocasionando un perjuicio de imposible reparación ulterior, por afectar un derecho que requiere tutela inmediata", explicaron los camaristas de la sala I de la Cámara Federal, Martín Irurzun y Eduardo Farah.
El ex marino había sido apresado y liberado en una ocasión, pero el juez federal Sergio Torres volvió a detenerlo y procesarlo con nuevas evidencias y la Cámara Federal confirmó la decisión.
Poch trabajaba como piloto para una línea aérea en Holanda pero a pedido de la justicia argentina fue detenido en España luego que compañeros de trabajo revelaron que se jactaba de haber estado en los llamados "vuelos de la muerte" y se lo extraditó al país.
31 de octubre de 2011
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