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no quieren candidatos criminales


Impugnarán la candidatura a diputado del represor Luis Patti. Familiares de las víctimas del ex comisario y el CELS intentarán que la Justicia rechace la postulación del torturador preso por crímenes de lesa humanidad. En el Congreso hay un proyecto de ley que podría inhabilitarlo, pero no se trata.
[Adriana Meyer] Argentina. Como una película en continuado, la historia de Luis Patti candidato no tiene fin. Con su postulación a diputado nacional por la provincia de Buenos Aires a punto de ser oficializada, los familiares de sus víctimas y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) lo volverán a impugnar por su activa participación en la represión ilegal y el terrorismo de Estado desplegada durante la última dictadura. Esto ocurrirá el martes, en el plazo establecido por la Justicia electoral para cuestionar a los candidatos presentados para las elecciones de junio. "Una vez más lo impugnamos, pero ahora está procesado con prisión preventiva y con su caso más cerca de ir a juicio oral", dijo a Página/12 Carolina Varsky, del CELS. Aunque en su presentación pondrán los mismos argumentos e idéntica convicción, los impugnantes saben que la Justicia electoral podría rechazar el planteo. ¿La razón? La actual legislación requiere de una condena firme, que Patti aún no tiene, para sacarlo del ruedo. Por eso los querellantes del caso que lo llevó a la cárcel insisten desde hace meses ante los diputados que no tratan una ley que permitiría truncar en su origen las aspiraciones políticas de represores como el ex comisario.
Faltaban pocos días para Navidad cuando el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel, las Abuelas de Plaza de Mayo, Madres Línea Fundadora, el CELS, el Serpaj, Familiares de desaparecidos y detenidos por razones políticas, Herman@s, la directora del Instituto para la Memoria Ana María Careaga e Hijos fueron a la Cámara de Diputados para apoyar el pedido de tratamiento del proyecto de ley para inhabilitar a represores que aspiren a ocupar cargos públicos, que pensaba hacer la diputada Victoria Donda "sobre tablas". Ante el levantamiento de la sesión debido a la falta de quórum, el presidente del bloque de diputados oficialistas, Agustín Rossi, se comprometió públicamente ante los organismos de derechos humanos a emitir dictamen de comisión en febrero y a impulsar el tratamiento de la iniciativa en el recinto en la primera sesión de 2009.
El proyecto de Donda aún no tiene dictamen. El año pasado estuvo cinco meses en la Comisión de Asuntos Constitucionales y cinco veces fracasó la reunión conjunta para tratarlo con las de Justicia y de Derechos Humanos. Ahora, en plena campaña electoral, Rossi tiene aún más dificultades para que su tropa acuda al Congreso. La semana pasada tampoco los diputados de la oposición estuvieron en la reunión de la Comisión de Asuntos Constitucionales prevista para tratar la iniciativa de la legisladora de Libres de Sur. Sólo 9 de sus 33 integrantes se hicieron presentes.
Los organismos de derechos humanos y los familiares querellantes en la causa por el secuestro del ex diputado Diego Muniz Barreto y su colaborador Juan Fernández, el homicidio de Gastón Gonçalves, la desaparición de Carlos Souto y Luis y Guillermo D’Amico y la detención ilegal de Osvaldo Ariosti seguirán impulsando que esa ley salga "sí o sí", aun en medio de los tiempos electorales que paralizaron la actividad parlamentaria. "Todos abandonaron el barco, pero si es necesario volveremos a hablar con cada uno de los diputados de la comisión, porque la diferencia es que con la nueva ley Patti nunca más podría ser candidato, y esto no nos volvería a pasar", sintetizó uno de los representantes de las víctimas del confeso torturador.
A partir del cierre de listas, previsto para el 9 mayo, la Cámara Nacional Electoral difundirá en Internet todas las candidaturas. Desde ese momento hay tres días para presentar impugnaciones. Diego Morales, del CELS, explicó que una acordada de la Cámara reglamentó esa forma de publicidad que permite conocer a los postulantes, algo que antes ocurría cuando las listas ya estaban oficializadas. Si bien la gravedad de los cargos contra Patti no se ha modificado, Morales se manifestó consciente de que tampoco cambió la cuestión de fondo. Esto es, que la falta de una condena volvería a provocar el rechazo de la impugnación. De todos modos, el abogado destacó que esta vez podrían llegar hasta la Corte Suprema para hacer valer los tratados internacionales en materia de derechos humanos, que recomiendan limitar las candidaturas de quienes se encuentren sospechados de haber cometido delitos de lesa humanidad.
"Me parece muy bien, defendemos el derecho a muerte, yo voy a impugnar a (Néstor) Kirchner por insano", opinó el duhaldista Daniel ‘Chicho’ Basile, principal impulsor del regreso de Patti a las primeras listas políticas, consultado sobre el pedido de inhabilitación para el represor.

6 de mayo de 2009
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la criminalización no sirve


Gustavo Kollman, defensor de la justicia federal. "Criminalizar no soluciona".
[Carlos Rodríguez] Argentina. Gustavo Kollman, defensor oficial de la Justicia federal porteña que más de una vez, en sus intervenciones judiciales, se ha manifestado en favor de la despenalización de la droga para consumo personal, insistió ayer en que "la criminalización del adicto no conduce a la solución del problema que representa el tráfico de drogas". En diálogo con
Página/12, sostuvo que "el adicto es una persona que tiene un problema que debe ser tratado desde un punto de vista de salud, con intervención de un equipo interdisciplinario, y no a través del sistema penal. Introducir al adicto en el sistema penal es un error grave porque no se trata de un delincuente sino de un consumidor". Kollman resaltó que la acción penal se abre "porque la policía siempre empieza abordando el problema de fondo a través del adicto y no del narcotraficante". En ese sentido recordó que, en lo personal, le ha tocado intervenir "en cientos y cientos de causas para defender a los adictos y no he tenido oportunidad de asumir la defensa de personas acusadas de ser narcotraficantes".
Sobre el fallo de la Sala Uno de la Cámara Federal de la Capital, que sobreseyó a un chico que tenía en su poder 15 pastillas de éxtasis para compartir con ocho amigos, Kollman dijo que "no es demasiado novedoso porque desde hace un par de años, con los jueces que actualmente las componen, tanto la sala uno como la sala dos de la Cámara están coincidiendo, a veces con argumentos diferentes, en no penalizar a los consumidores y poner el acento en el narcotráfico".
Kollman señaló que, a nivel judicial, "el tema de la despenalización del consumo viene desde hace tiempo y está en boca de todos, al punto de que se espera una decisión de la Corte declarando que es inconstitucional sancionar al adicto", invocando el artículo 19 de la Carta Magna, en el sentido de que "las acciones privadas de los hombres, que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados". Sobre el tema, el defensor oficial consideró "un error pensar que la eventual despenalización vaya a producir una explosión en lo que se refiere a la libertad del consumo".
"Mi experiencia como defensor penal federal en la materia, en el ámbito de la Capital Federal, me lleva a decir que la criminalización del adicto no conduce a nada positivo. Lo que hay que tener en cuenta es que se trata de personas que tienen un problema de salud y que no son delincuentes. Por esa misma razón es un error introducirlos al sistema penal, cuando lo que se debería hacer es contar con un organismo multidisciplinario que pudiera ocuparse de esas personas para darles contención y no para encarcelarlas", insistió Kollman.
Las últimas estadísticas conocidas, en el Poder Judicial Nacional, señalan que sobre un total de 27.186 causas, 12.801 –cerca de la mitad– fueron por aplicación de la Ley de Estupefacientes, la mayoría por casos de tenencia para consumo personal. En el año 2006, un promedio de 35 personas por día sufrieron "contratiempos legales" por la posesión de algún tipo de droga. De ese total, sólo 204 fueron juzgados y hubo apenas tres sentencias condenatorias. De todos modos, hubo 228 personas que estuvieron presas mientras duró el proceso.
Sobre el tema, recordó que tuvo "cientos de casos de adictos por defender y ninguno que estuviera imputado por narcotráfico". Y dijo que si bien en la Capital Federal "la mayoría de las veces son absueltos cuando llegan a la Cámara Federal (porteña), en el interior del país el criterio es distinto y avanzan las causas abiertas contra los adictos". Uno de los problemas, según Kollman, es que "la dirección de la Policía Federal siempre apunta a penalizar al que consume drogas y ése es un factor que contribuye a la apertura de numerosas causas judiciales".
El defensor oficial afirmó que el problema es posible "porque no hay una policía judicial que fije políticas en otro sentido. Para evitar esto, es necesario que haya medidas muy claras por parte del poder político, para que los que están al frente de la Policía Federal empiecen a cambiar de actitud". Kollman advirtió que "aunque es necesario despenalizar el consumo y tener una acción muy fuerte en ese sentido, también es necesario que se trabaje en materia de salud y de contención social, porque el adicto es el último eslabón de la cadena que se inicia con el narcotráfico y no hay que descuidarlo". Mencionó, sobre ese punto, que hoy "es negativa la acción penal contra el que consume drogas, pero a la vez, aunque sea en una segunda etapa, la judicialización permite que el adicto ingrese de esa forma a alguna forma de tutela que los contenga. No hay que penalizarlo, pero es necesario que ingresen en algún tipo de tratamiento de educación o de rehabilitación porque no se los puede dejar abandonados".

6 de mayo de 2009
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los fallos de la marihuana


Ya no se penaliza la tenencia de marihuana para consumo personal.
Argentina. En sólo un mes, la sala I de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal declaró tres veces inconstitucional la norma que castiga la tenencia de drogas para consumo personal y sobreseyó a las personas involucradas en cada una de las causas. Todos los acusados fueron detenidos con pequeñas cantidades de marihuana, aunque ninguno superaba los 24 gramos entre sus pertenencias. Estos pronunciamientos ocurrieron el miércoles 8 y los martes 14 y 21 de abril.
La misma sala había declarado en diciembre del año pasado en dos causas (‘Ferreyra, Franco’ y ‘Avila, Claudio Fabián’) que penar la tenencia para consumo personal podía traducirse como "una irrazonable restricción de la libertad personal y menoscabar el libre acceso del derecho a la salud". Y señalaron que la ley actual está en una "irreconciliable pugna con el artículo 19 de la Ley Fundamental".

6 de mayo de 2009
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el éxtasis en argentina


Qué es el éxtasis, la sustancia que hace perder la noción del cansancio. La tercera droga ilegal más consumida en el país.
Argentina. Según la encuesta pedida por el Ministerio de Justicia de la Nación y hecha por el Indec en más de 50 mil hogares, en Argentina, el éxtasis es la tercera droga ilegal más consumida, después de la marihuana y la cocaína. Otros informes, como los de la Sedronar, la secretaría de prevención de las adicciones y lucha contra el narcotráfico, afirman que el consumo de éxtasis se duplicó en los últimos años.
El principal componente del éxtasis, la MDMA, fue sintetizado en 1912 y patentado luego por el laboratorios Merk. Fue probado en animales con la intención de convertirlo en una sustancia hemostática. Sin embargo, la primera persona que lo probó fue el químico norteamericano Alexander Shulguin en los ’70. El extendido uso recreativo posterior hizo que una década después el gobierno estadounidense lo pusiera al tope de las sustancias prohibidas.
Químicamente hablando, el MDMA es similar a la anfetamina o la mescalina. Cuando la sustancia llega al cerebro, aumenta la liberación de serotonina (el neurotrasmisor que interviene en la regulación del humor y del placer). "El cuerpo necesita de casi 20 días para recuperar la serotonina que se pierde", afirmó Ricardo Paveto, de la Asociación de Reducción de Daños de la Argentina (ARDA). Por este motivo, muchos consumidores presentan cuadros de fatiga y depresión después de tomar éxtasis. "Si alguien se siente mal o ya viene con problemas de ánimo no debe consumir porque puede llegar a ser nocivo", dijo este integrante de ARDA.
Paveto advierte que pese a que el éxtasis no es una droga que se particularice por generar dependencia, como la cocaína, se deben tomar ciertos recaudos al consumirla. "Como con todo fármaco, puede curar o matar, dependiendo de la dosis", explicó Paveto. En principio, esta sustancia hace "perder la noción del cansancio", la principal razón por la que es usada para bailar en los extensos festivales de música electrónica.
"Produce aceleramiento cardíaco, deshidratación y a veces crisis de angustia. Por eso conviene tomar agua (medio litro por hora) o jugos siempre y evitar el alcohol", aconsejó. La otra recomendación de Paveto es evitar la mezcla de éxtasis con otras drogas y no consumirla, bajo ningún concepto, si se tiene "hipertensión, cardiopatías, asma, hepatitis o alguna medicación psiquiátrica". Entre otros efectos físicos que produce esta droga de diseño está el incremento de la presión sanguínea, hipotermia, nauseas, vómitos, mareos, vértigo, desmayos, visión borrosa y problemas de coordinación motora.
Actualmente, en el mercado negro argentino puede conseguirse los cristales puros de MDMA, que a diferencia de las pastillas de éxtasis no vienen cortados con cafeína, anfetamina, PCP, efedrina o ketamina, entre otras sustancias. Aunque no genera dependencia física, como explicó Paveto, sí existe una dependencia psicológica que conlleva a una tolerancia mayor a los efectos. Estos últimos fueron descriptos por el filósofo e historiador Antonio Escohotado de esta manera: "No produce visiones propiamente dichas, y deja el mundo como está; pero a cambio de no cruzar las puertas de la percepción permite trasponer o desempolvar la puerta del corazón".

6 de mayo de 2009
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despenalizan consumo de éxtasis


La Cámara respaldó la despenalización de la tenencia de pastillas para consumo. Los jueces consideraron que las quince pastillas que un joven llevaba a una fiesta de música electrónica para él y sus amigos no constituían un delito porque eran sólo para consumir. También cuestionaron la figura penal de la "tenencia simple".
[Emilio Ruchansky] Argentina. El pibe había viajado desde La Pampa hasta Buenos Aires para ir a un festival de música electrónica y, según relató después, fue el elegido para comprar las pastillas de éxtasis que se tomaría con siete amigos. Entre todos juntaron 400 pesos y consiguieron quince píldoras, una ganga si se tiene en cuenta que cada una cuesta no menos de 35 pesos. Sus amigos ya estaban dentro del festival realizado en Costa Salguero y mientras él hacía la cola para entrar se puso a contar las pastillas para asegurarse de que no lo habían estafado. Justo en ese momento fue detenido por personal de la Prefectura Naval Argentina. Ayer, a nueve meses del hecho, se difundió el fallo de Cámara Federal porteña que lo absolvió por entender que se trataba de un caso de tenencia para consumo personal y que esa conducta no debe ser penalizada. La sentencia también discute la "tenencia simple", una figura penal muy cuestionada por los usuarios. Aunque ya hubo fallos que despenalizaron la tenencia para consumo de la marihuana y la cocaína, la sentencia pone al éxtasis en la misma bolsa.
El fallo puso al descubierto las complicaciones que genera la utilización de una figura penal como la de "tenencia simple", que establece penas de 1 a 6 años de cárcel sin que se discuta la finalidad de esta tenencia, sea venta o consumo personal. Fue ésta la figura que aplicó en la investigación del caso el juez de primera instancia Ariel Lijo, quien además dispuso un embargo de 220 pesos contra el joven. Sin embargo, los jueces de la sala I de la Cámara Federal porteña consideraron en su fallo que esta figura, y más que nada el castigo que conlleva, era desproporcionada y optaron por bajar la calificación a la mera tenencia para uso personal, que prevé, según el segundo párrafo del artículo 14, de un mes a dos años de prisión.
Luego, y como ya lo vienen haciendo desde el año pasado, los jueces Jorge Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo Farah sostuvieron que era inconstitucional penar este tipo de tenencia porque no trasciende la esfera privada ni afecta la salud de terceros. Es decir, se trata de un delito sin víctima. Horacio Tulio Zampieri, abogado defensor del joven (mencionado como L. S. en el fallo), había apelado la medida porque consideraba que Lijo estaba violando "el principio constitucional que reconoce la presunción de inocencia". ¿Qué podía hacerle suponer a este juez que L. S. tenía intención de lucrar con esas pastillas la noche del 7 de septiembre 2008?
Según consta en el expediente, al momento de la detención el joven tenía entre sus pertenencias 1982 pesos, un cheque del Banco de la Provincia de La Pampa y un teléfono celular. Sin embargo, en el fallo se afirma que "el dinero secuestrado pertenecía al imputado, quien se había trasladado desde la provincia de La Pampa hasta la ciudad de Buenos Aires y compró, antes de concurrir a la fiesta electrónica, un equipo de audio y ropa, siendo el dinero secuestrado el remanente que le sobró de la compra del equipo de sonido aludido y para solventar sus gastos personales en su estadía en esta ciudad".
El juez Lijo escribió en su resolución que "la cuestión" era establecer de qué tipo de tenencia se trataba. Como no había pruebas de peso para decir que L. S. pretendía vender el éxtasis y tampoco había pruebas, más allá del testimonio del joven, de que la intención era consumir durante el festival llamado Moonpark, Lijo optó por caratular el caso como "tenencia simple". Sus superiores de la Cámara Federal usaron como guía el fallo "Vega Giménez" publicado el 27 de diciembre de 2006 por los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
"La valoración de los hechos o circunstancias fácticas alcanzadas por el in dubio pro reo (en caso de duda se debe beneficiar al acusado) incluye también los elementos subjetivos del tipo penal, cuya averiguación y reconstrucción resulta imprescindible para aplicar la ley penal –sentenciaron los camaristas en el texto 30 de abril pasado–. Ante la proposición que afirma que no se pudo acreditar la finalidad de consumo personal, puede postularse que también es formalmente cierto que no se pudo acreditar que esa finalidad no existiera; y esta conclusión impide el juicio condenatorio que sólo admite certeza".
Consultado por Página/12 Luis Osler, el abogado y asesor legal de la revista THC, una publicación temática sobre la marihuana, dijo que en este fallo "se vislumbra una crítica" a la aplicación de la ‘tenencia simple’ porque se establece el principio de inocencia por sobre esta figura que, dijo, viola el principio de inocencia justamente. "Por otro lado, todos saben que cuando se compra droga en cantidad se consigue más barata. El pibe acusado no estaba vendiendo, en todo caso estaba gestionando a terceros", dijo este abogado que asegura que la tenencia simple es, además de inconstitucional, irreal.
"Esta figura penal se hizo para sustentar una política persecutoria hacia los consumidores porque es una tenencia sin finalidad y en la práctica no existe eso –dijo Osler–. La tenencia simple es una figura que ignora que cualquier consumidor de una sustancia no posee sólo la cantidad exacta para su consumo. Por dar un ejemplo: nadie tiene yerba para un mate o café para un pocillo. El problema es que se armó una ficción para poder justificar la tenencia simple, o sea, sin finalidad. El tema es que podés tener un pocillo de café o un kilo de café, pero nadie tiene café por tener café."
¿Qué hubiera pasado si el joven acusado hubiera ganado algo de plata con la transacción? "En ese caso sería venta, pero hay que probárselo. Y si realmente fuese un vendedor es insignificante. Porque alguien vende 15 pastillas van a mover todo el engranaje judicial... ¿Por un pibe que por ahí vende 15 para tomarse tres? La discusión es otra, los verdaderos narcotraficantes son otros", respondió Osler.
Esta figura, según explicó el juez Roberto Falcone, se originó porque "como decía (el jurista Sebastián) Soler es muy difícil atrapar in fraganti a los vendedores de droga". Falcone integra el Comité Asesor en Materia de Drogas del Ministerio de Justicia nacional y es uno de los redactores del proyecto de ley que busca reemplazar la norma actual. "En este caso el que tiene que probar si se trata de comercialización o consumo personal es el fiscal, no el acusado. Pero muchas veces se invierte la carga de la prueba", explicó el magistrado.
Para Falcone la tenencia simple o "neutra" es una figura residual que en verdad no fue pensada para castigar al usuario "sino al traficante que se disfraza de consumidor y está penada, como se pena la tenencia de armas de guerra, porque el Estado presume que ese objeto va a ser utilizado para un crimen". Para aplicarla, agregó, debe descartarse cualquier posibilidad de tenencia para consumo personal. "En la nueva ley española se sacó la tenencia simple y está generando muchos problemas porque hay toda una zona gris en el medio. Entonces, dependiendo de la interpretación de un tribunal, una tenencia que era para consumo personal puede terminar siendo juzgada como tentativa de venta".
En el proyecto de ley que este juez redactó junto a otros especialistas no se va a hablar de tenencia simple sino de "acopio". Es decir, que se penaría el almacenamiento de una cantidad de drogas que excediera el consumo personal. Como no habrá cantidades máximas permitidas, como sí ocurre en el caso de la nueva ley mexicana, dependerá de cada juez entender la relación entre la cantidad de droga y las circunstancias en la que es encontrada.

6 de mayo de 2009
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memoria del 5 de mayo de 1977


Pérez Esquivel cuenta su último día en un vuelo de la muerte, cuando los militares suspendieron la orden de ejecución.
[Adolfo Pérez Esquivel] Cada persona guarda en su memoria hechos, acontecimientos, que marcan su vida y que no son aislados en la vida del pueblo y la situación del país y en la comunidad de pertenencia de cada uno.
Había estado en Ecuador participando en el encuentro de obispos latinoamericanos que se realizó en la Casa de Santa Cruz, en Riobamba, en la diócesis del obispo Leónidas Proaño y donde supimos del asesinato de monseñor Angelelli en la Argentina. Era uno de los obispos invitados que no pudo llegar al encuentro. Estuvo el arzobispo de Santa Fe, monseñor Vicente Zaspe.
La represión militar ecuatoriana invadió la casa de retiro y reprimió a los 17 obispos, religiosos y laicos, que fuimos detenidos y llevados al cuartel militar en Quito, a unos 300 kilómetros. Fue un operativo continental del Plan Cóndor, impuesto a través de la Doctrina de Seguridad Nacional, promovido bajo la dirección de Estados Unidos en los regímenes dictatoriales imperantes.
Al regresar a la Argentina después de mi liberación en el Ecuador, fui detenido en el Departamento Central de la Policía Federal el día 4 de abril, aniversario del asesinato de Martin Luther King y el primer día de la Semana Santa. Fueron momentos de fuerte tensión y de resistencia espiritual... Fui llevado a la Superintendencia de Seguridad Federal, un centro de torturas, y encerrado en un tubo, calabozo pequeño y maloliente con restos dejados por otros prisioneros; por ese lugar pasaron los Graiver, el director del Buenos Aires Herald, Robert Cox, entre otros. Lugar donde pasaban prisioneras que trasladaban a otras prisiones, con la promesa de que las liberarían. Cuando salían a la calle y con el estado de sitio, volvían a secuestrarlas.
El día 5 de mayo del año 1977, a la madrugada, la guardia abre el tubo y me sacan, llevándome a una oficina donde me informan que sería trasladado. No dan otra información. Hay un oficial que es el encargado de entregarme, dos oficiales y dos suboficiales, quienes me ponen las esposas y trasladan a un carro celular y soy encerrado en un compartimiento donde únicamente podía estar de pie.
Aproximadamente luego de hora y media de recorrido, se detiene y veo que es el aeródromo de San Justo. Había un letrero que lo identificaba; está cerca de un hangar de donde sale carreteando un pequeño avión. Me suben encadenándome al asiento trasero. Están el piloto, el copiloto, los oficiales y suboficiales que me buscaron en la Superintendencia de Seguridad Federal, armados con ametralladoras, y el avión tomó pista y se elevó dirigiendo su rumbo hacia el Río de la Plata.
Pregunté dónde me llevaban, pero el silencio era absoluto. Conozco perfectamente la zona sobre la que volábamos por haber navegado durante varios años la región. Pude ver los ríos Paraná de las Palmas, el Paraná Miní y el Paraná Guazú, la Barra de San Juan, Colonia y las luces de Montevideo. Era inexplicable ese recorrido y el tiempo transcurrido en el aire dando vueltas sin destino alguno.
Los guardias hablaban entre sí en voz baja. Uno de ellos se acercó para ver cómo estaban las cadenas que me ataban al asiento y sujetaba el candado. Lo sentía muy nervioso y alterado, pero silencioso, no se atrevía a mirarme. Algo estaba por suceder; yo no lo sabía, aunque presentía lo que podía ser. Los militares esperaban una orden y saber qué hacer conmigo. El piloto llama al oficial y hablan en voz baja. Siento que le dice "estamos esperando la orden".
Muchos recuerdos se agolpaban en mi mente y corazón, sin embargo estaba sereno y mi fuerza nacía de la oración, de la fe y el compromiso asumido junto a los pueblos de América latina y la Argentina, de la pertenencia, valores y lucha por la vida frente a la dictaduras militares. Recordaba a los seres queridos, a mi esposa e hijos y que el día 7 de mayo es el cumpleaños de Ernesto, y el dolor de no poder estar junto a la familia para celebrar y compartir. La incertidumbre de no saber si estaría vivo.
Tenía información de prisioneros que la dictadura militar ordenó arrojar desde los aviones al Río de la Plata y al mar. En Ginebra, en la Asociación Internacional de Juristas, pude ver algunos microfilms de cuerpos de prisioneros que la corriente del río había arrastrado a la costa uruguaya.
El avión continuaba dando vueltas hacia la costa y el río. Hacía mucho frío y el tiempo inmenso transcurría en una espera incierta, cargada de tensiones y olor a muerte de un vuelo hacia ningún lado.
La madrugada y sol comenzaban a despertar de una noche llena de presagios e incertidumbres. Permanecía encadenado en el avión, sin capacidad de cualquier movimiento, sin respuesta a mis preguntas; sólo miradas furtivas y el susurro de sus conversaciones y las armas sobre sus rodillas. Me preguntaba si había llegado al límite de la vida; si todo eso era el fin, sólo trataba de aspirar el aire como si fuera la última bocanada de vida.
Recordaba a los compañeros y compañeras del Serpaj, a mi hijo mayor, Leonardo, en su resistencia y trabajo en defensa del derecho de los pueblos; era muy joven, con mucho entusiasmo y compromiso acompañando a organizaciones emergentes del drama que vivía el pueblo. Recordaba a quienes dieron su vida para dar vida, desde su lugar resistían con dignidad, como ese grupo de mujeres con las que compartimos el dolor, la resistencia, la esperanza y la fuerza de la oración ecuménica, superando barreras culturales, ideológicas y políticas, unidas para saber a dónde llevaron a sus hijos e hijas. Fuimos aprendiendo a tejer redes solidarias. El tiempo sin tiempo, sin dimensión, continuaba el vuelo de la muerte, hasta que el piloto dice en voz alta: "Tengo la orden de ir a la Base Aérea de Morón, con el prisionero". Así el avión recorre la costa y se dirige a la base del Palomar. Un edificio pintado de amarillo ya un poco desgastado por el tiempo. El avión aterriza en la pista y estaciona cerca del edificio. Quedo con la guardia armada. El piloto, junto con los oficiales, se dirigen al edificio. No sé el tiempo transcurrido, tal vez más de dos horas. Creo que ahí se decidió qué hacer conmigo. La presión internacional era intensa, de las iglesias, gobiernos, organizaciones sociales y culturales, de organismos internacionales.
Cuando regresan el piloto y los oficiales dicen: "Póngase contento, lo llevamos a la U9, la Unidad Nueve". Creo que hasta me puse contento de que me llevaran a la cárcel. Lo otro era la muerte.
El día 5 de mayo del año 1977 di gracias a Dios y a la vida poder continuar la lucha y la resistencia en la esperanza. Sé que esa lucha y resistencia no finalizó, que hay que continuar a pesar de tantas claudicaciones, entrega del patrimonio del pueblo a la voracidad de empresas transnacionales y traiciones de quienes vendieron el país. Hay que recuperar valores, identidad, sentido de vida y dignidad de nuestro pueblo. Que la lucha, esperanzas de aquellos que dieron su vida para dar vida no haya sido inútil.
A 32 años hay que continuar construyendo en la esperanza. A pesar de todo.

El autor es presidente del Serpaj, Premio Nobel de la Paz.

5 de mayo de 2009
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quieren juicio sin prensa


La justicia volverá a impedir el trabajo de la prensa en el proceso a dieciocho represores que actuaron en la ESMA. Pese a que la Corte Suprema ordenó garantizar la publicidad de los procesos, el Tribunal Oral Federal 5 sólo permitirá un fotógrafo por "un breve lapso" y una cámara de TV operada por policías.
[Diego Martínez] Argentina. Víctor Basterra detalla cómo extrajo fotos de torturadores. El Tigre Acosta admite que se sentía Jesucristo cuando seleccionaba pasajeros para los vuelos. Carlos Lorkipanidse relata la tortura a su hijo de veinte días. El cura Emilio Grasselli teoriza que los marinos eran menos brutos que el Ejército. Carlos Capdevila se quiebra al contar cómo arrancaba bebés a sus madres. Graciela Daleo rememora el Mundial en Capucha. Enrique Weber explica que Rodolfo Walsh no le dio otra alternativa que matarlo. Relatos e imágenes, hipotéticos en el caso de los imputados, formarán parte del proceso más importante desde el Juicio a las Juntas en 1985, que filmó ATC y se emitió en flashes sin sonido, a pedido de Raúl Alfonsín, contra la voluntad del tribunal. Un cuarto de siglo después, con Fuerzas Armadas subordinadas a la Constitución y un gobierno que impulsa las causas, el juicio a los iconos del terrorismo de Estado no podrá ser escuchado ni visto más que por el centenar de personas que quepa en Comodoro Py y será filmado por una cámara operada por personal de la policía.
Tras cinco juicios sin cámaras y el escándalo del sexto, cuando dos secretarios cubrieron el lente de un fotógrafo de Télam, el Tribunal Oral Federal 5 que juzgará a 18 represores de la ESMA explicitó por primera vez su criterio de publicidad, que incumple la acordada de la Corte Suprema que ordenó difundir los procesos: 1) Fotógrafos y camarógrafos no ingresarán. La Corte encomendó al tribunal determinar "la ubicación de cámaras de televisión y reporteros" para "garantizar el mejor registro"; 2) Télam tomará imágenes durante "un breve lapso", en las tres audiencias previstas por la Corte, con prohibición de hacer "primeros planos de las partes ni del tribunal"; 3) La única cámara de TV será operada por policías en base a "directivas del tribunal". "Las imágenes atenderán lo sustancial", que determinarán Guillermo Gordo, Ricardo Farías y Daniel Obligado. La mención a "paneos" de imputados sugiere que tampoco se difundirán las indagatorias, incluidas en la acordada.

Arbitrariedad Manifiesta
Para la mayor parte de la sociedad, los procesos por crímenes del terrorismo de Estado se limitan a la arenga de Luciano Menéndez, el llanto de Antonio Bussi y las amenazas de Cecilia Pando en Corrientes. La mayoría de los porteños no sabe el nombre de un solo condenado en Comodoro Py, pese a que ya hubo seis juicios: al Turco Julián, la Masacre de Fátima, al prefecto Héctor Febres (envenenado antes del fallo), a ex jefes de Mansión Seré y dos por apropiaciones. Ya lleva dos meses el séptimo, al general Jorge Olivera Róvere.
Excepto el juicio al apropiador Víctor Rei, realizado por el TOF6 sin obstáculos para la prensa, el resto estuvieron a cargo del TOF5, que hasta 2005 integró Guillermo Madueño, quien renunció cuando trascendió su complicidad con el terrorismo de Estado en Bahía Blanca. Durante los primeros juicios, el tribunal rechazó pedidos informales. Sus negativas se instalaron el año pasado, luego de que el país viera en vivo a Menéndez, la Coalición Cívica presentara un proyecto para garantizar la televisación y el comisario Juan Carlos Lapuyole fuera condenado a reclusión perpetua sin que se pudiera conocer el rostro del Francés.
En el inicio del juicio por Mansión Seré, por primera vez el tribunal rechazó por escrito un pedido de Justicia Ya. Argumentó que las cámaras "atentan contra la espontaneidad de los testigos" y que debía "controlar la publicidad negativa del imputado". Cuando Argra pidió autorización para cubrir las instancias sobre las que luego se pronunciaría la Corte, el TOF se remitió a su escrito previo, que no contrariaba el pedido. El fiscal Félix Crous hizo propio el reclamo de la querella. "En la sociedad de masas, el sentido de la publicidad no se agota en la posibilidad de quienes pueden asistir a la sala", advirtió. Al mes, sin argumentos, el tribunal ratificó la negativa. Crous recurrió a Casación: denunció la "arbitrariedad manifiesta", destacó la "gravedad institucional" del caso y recordó que el Estado se comprometió a juzgar los crímenes y a garantizar el derecho a la verdad.
Antes de que Casación respondiera, la Corte, mediante su acordada 29, pidió garantizar la "difusión radial y televisiva". Encomendó al tribunal determinar "la ubicación" de las cámaras y requerir a un canal "preferentemente público" que distribuya imágenes entre los que no quepan en la sala. La acordada se limitó a la audiencia inicial (incluye indagatorias), alegatos y sentencia (incluye últimas palabras). En la práctica, la Corte convalidó el criterio que aplicaban todos los tribunales excepto el TOF5 y restringió el de La Plata, que incluía publicidad de las testimoniales.
El 3 de noviembre la Cámara de Casación rechazó el planteo de Crous. Gustavo Hornos, Mariano González Palazzo y Augusto Diez Ojeda consideraron que impedir el ingreso de fotógrafos y camarógrafos no era una decisión arbitraria, porque el TOF "aseguró la participación del público en la medida de lo posible". Como si la acordada fuera un borrador, invitaron al TOF a considerarla "en el futuro". El fiscal Ricardo Weschler no apeló, el caso no llegó a la Corte. Dos días después, durante la sentencia de Mansión Seré, el tribunal burló la acordada y el consejo de Casación: impidió el ingreso de las cámaras, permitió a los canales tomar la precaria señal de circuito cerrado para ver a Gordo (los represores estaban en sus casas), pero prohibió a la sociedad escuchar las últimas palabras de los imputados.
En febrero, Página/12 anticipó que en el juicio a Olivera Róvere se volvería a incumplir la acordada. "Ordena garantizar el acceso de reporteros, no que el tribunal decida qué filmar. Es una interpretación irrazonable", apuntó el CELS, que reclamó "una medida categórica" de la Corte. El máximo tribunal citó al TOF, le pidió que acatara la decisión. Gordo amenazó con renunciar antes de autorizar el ingreso de una cámara, algo irrelevante si existe juez sustituto. La audiencia inicial fue un papelón: el tribunal autorizó al fotógrafo de Télam a trabajar tres minutos sin el represor presente y lo obligó a retirarse. Cuando vio de reojo que Olivera Róvere entraba, el fotógrafo desenfundó y un secretario del TOF y otro de la Corte taparon su lente. No lograron evitar la foto y cosecharon un repudio unánime. Al día siguiente, Gordo lo autorizó tres minutos, con dos condiciones: atrás de un blíndex y sin flash. Ante la prohibición de filmar con sus cámaras y la mala calidad de las policiales, Canal 7 se negó a tomar la señal de circuito cerrado.

Una Cuestión Compleja
El 23 de marzo, el fiscal Alejandro Alagia, designado para secundar a Crous, reclamó "el cumplimiento de la acordada" en el inicio del juicio a los ex jefes de área. La negativa demoró cuatro días. Alagia no apeló y pidió licencia. Un tercio de la resolución son citas de estudios comparados de Gabriel Anitúa y Alberto Bovino, profesores de la UBA partidarios de la más amplia publicidad. El tribunal advierte la "enorme complejidad de la cuestión" y, para simplificarla, selecciona citas sobre riesgos de "manipulación". Giovanni Sartori alerta que la TV es un medio "frívolo, irresponsable y populista". María Frascaroli advierte que "la transmisión periodística deforma la realidad". Julio Maier destaca la escasa objetividad de los medios en el prólogo al estudio de Bovino a favor de la publicidad. Luis García describe condicionamientos que padece la prensa. Alejandro Slokar considera "obscena" la transmisión de "muestras de ira, dolor, desesperación", no en juicios de lesa humanidad, sino en un programa de María Laura Santillán. García y Slokar sugieren pedir el consentimiento de los testigos para transmitir sus declaraciones, hipótesis que no se analiza. Frascaroli propone que un superior revise las restricciones, como lo hicieron en vano la Corte y Casación.
Gordo, Farías y Obligado concluyen que la TV va a hacer una "difusión manipulada". No va a difundir "lo sustancial", sino "lo que impacta, lo que vende, y posar la cámara innecesariamente en el público, el imputado, las partes o el tribunal, a fin de obtener miradas, gestos o reacciones que den volatilidad al ambiente, lo cual puede acarrear consecuencias insospechadas". En el caso de los privados, "los excesos" derivan del lucro. Los públicos no lucran, pero igual "se ven ‘obligados a vender’ su producto, a presentarlo de modo que resulte aceptado, y en ocasiones esto no es factible si se quiere reproducir fielmente el caso".
El tribunal sugiere que las prohibiciones "no tienen otro objetivo que controlar lo que ocurra en la sala de audiencias". No sólo. Gordo, Farías y Obligado ya dejaron en claro su voluntad de impedir también la difusión de las imágenes tomadas por la policía. Ante un pedido de María Eugenia Sampallo Barragán para obtener copia de los videos del juicio a sus apropiadores, no se animaron a descalificar sus motivaciones, pero se limitaron a responderle que lo tendrían "presente" para cuando la Corte confirme la sentencia.

5 de mayo de 2009
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investigan a juez por encubrimiento


Renunció un juez acusado de encubrir delitos de lesa humanidad. Carlos Martín Pereyra González, miembro de la Cámara Federal de Mendoza, renunció luego de ser señalado por un tribunal oral. También tenía una denuncia en el Consejo de la Magistratura por su "actitud a favor de la impunidad" de los represores.
[Diego Martínez] Argentina. Luego de conocer los fundamentos del fallo del Tribunal Oral Federal de San Luis que ordenó investigarlo por encubrir delitos de lesa humanidad durante la dictadura, el juez Carlos Martín Pereyra González renunció a su cargo en la Cámara Federal de Mendoza. El magistrado también es investigado junto a sus colegas de la Sala B por el Consejo de la Magistratura, a partir de una denuncia de organismos de derechos humanos de Cuyo por su "actitud consecuente y manifiesta a favor de la impunidad de ejecutores del terrorismo de Estado". Familiares de desaparecidos de San Luis pedirán que la renuncia no interrumpa el jury de enjuiciamiento.
Pereyra González fue hace treinta años secretario del juez federal puntano Eduardo Allende. En 1987 el ex policía Jorge Velázquez declaró que el joven magistrado presenció en 1976 en Jefatura de Policía el interrogatorio bajo torturas a Graciela Fiochetti. La denuncia no tuvo eco, Velázquez había sido condenado dos años antes por Pereyra González. Tres meses atrás, durante el juicio en San Luis, el abogado Carlos Samper retomó el caso. Contó que fue a tribunales tras el secuestro de Fiochetti y que el secretario le confesó: "Asistí a un espectáculo terrible que nunca quisiera volver a ver. He visto a esta chica torturada, por suerte parece que la van a poner en libertad". Dos días después apareció el cadáver, quemado y con las falanges cortadas. La historia continuó. A partir de hábeas corpus a favor de desaparecidos, Allende y su secretario solicitaron y recibieron el sumario militar inventado para adjudicar a Montoneros la muerte de Fiochetti y del "NN masculino" junto al cual la ejecutaron. Pese a que los secuestrados seguían en el limbo, los magistrados no ordenaron exhumar el "NN" y devolvieron el sumario en silencio.
También durante el juicio en San Luis, ex presos políticos lo acusaron de no haber recibido sus denuncias de tormentos. En diciembre de 1976, durante un careo ante juez y secretario, Juan Cruz Sarmiento se retractó de una declaración anterior porque aseguró que había sido obtenida bajo torturas por el capitán Carlos Plá y el comisario Víctor Becerra, ambos condenados a prisión perpetua. Allí murió su denuncia. Aníbal Olivera declaró que "en la Justicia sabían bien lo que pasaba en Jefatura de Policía porque estaban pared de por medio". En 1977, cuando presentó su primera denuncia ante Allende y Pereyra González, "me trataron como si ellos también fueran torturadores", declaró. "Cuando dije lo que nos habían hecho, me dijeron a los gritos que lo que estaba haciendo era un desacato a la autoridad", agregó.
Citado como testigo, Pereyra González admitió haber devuelto el sumario fraguado, negó haber recibido denuncias de torturas y aseguró con lágrimas que "no supe de desapariciones en ese momento, ignorábamos la magnitud de lo que estaba pasando". La declaración de Samper fue posterior. Cuando trascendió, el camarista pidió una audiencia especial para someterse a un careo. Cuando el tribunal fijó fecha, adujo problemas de salud y no se presentó. Los jueces Raúl Alberto Rodríguez y Roberto Julio Naciff desmenuzaron en sus fundamentos la complicidad judicial con los represores. Jorge Roberto Burad, mendocino como el camarista, redactó su propio voto, que se limitó a los uniformados.
En diciembre, tras la excarcelación de los últimos represores mendocinos presos, el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos y la Liga Argentina por los Derechos Humanos pidieron al Consejo un jury de enjuiciamiento contra Pereyra González, Alfredo López Cuitiño y Julio Petra Fernández, de la cuestionada Sala B. Dos semanas atrás, los magistrados denunciaron "una embestida contra el Poder Judicial" impulsada por "diversas ONG adscriptas a la tuición de los derechos humanos". Los organismos de Mendoza ratificaron que "existe una actitud consecuente y manifiesta de los camaristas objetados a favor de la impunidad de militares y policías que ejecutaron el terrorismo de Estado". Agregaron que "las excarcelaciones y faltas de mérito son consecuencia de esta postura política" y destacaron que el fallo plenario "Díaz Bessone", invocado por los jueces para ordenar liberaciones, "fue usado en los casos de represores y no en los de delincuentes comunes".
La semana pasada Pereyra González desmintió en dos oportunidades la noticia de su renuncia, que anticipó Radio Nihuil y que admitió finalmente ante periodistas de MDZ Online. Esta semana el abogado Enrique Ponce, de la APDH San Luis, se presentará ante el Consejo de la Magistratura en representación del hermano del desaparecido Pedro Ledesma y pedirá que el jury no se interrumpa hasta que concluya la investigación por el encubrimiento del secuestro. "La renuncia no implica una sanción. El jury debe continuar hasta que se determine si corresponde o no inhabilitarlo como juez", explicó Ponce.

29 de abril de 2009
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