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argentina

asesinó a 35 embarazadas


Acusado de la desaparición de 35 embarazadas. Pedido de captura internacional contra un médico del Ejército. La justicia ordenó hoy a Interpol la detención de un médico del Ejército, responsable de una maternidad clandestina que funcionó en Campo de Mayo durante la última dictadura militar, y que se sospecha reside en Paraguay.
Argentina. Según un comunicado de Abuelas de Plaza de Mayo, el juez federal de San Martín, Alberto Suárez Araujo, libró la orden a Interpol Argentina para que la remita a su par de Paraguay, donde se presume que reside el médico Norberto Atilio Bianco, acusado de actuar en Campo de Mayo en la década del 70.
En diciembre de 2006, Abuelas reclamó a la Justicia que investigue a Bianco por la desaparición y el sometimiento a tormentos de unas 35 embarazadas que pasaron por la maternidad clandestina que funcionó en ese campo de concentración. Bianco ya fue condenado por la Justicia Federal de San Isidro por la sustracción y ocultamiento de dos hijos de desaparecidos que anotó como propios.
El médico fugó entonces a Paraguay y, además de evadir a la Justicia, evitó que los dos chicos fueran examinados en el Banco Nacional de Datos Genéticos para obtener sus ADN. El ex capitán resistió once años su extradición y, pese a que Abuelas pide desde el 2006 que sea sometido a indagatoria, Bianco no compareció en la audiencia fijada por la justicia.
"Abuelas espera que Interpol actúe con eficacia y detenga a Bianco, quien vive en Paraguay, continúa trabajando como médico traumatólogo, y habría estado en la Argentina diez días atrás y no tuvo inconvenientes en salir nuevamente al exterior", denunció la entidad.

15 de abril de 2008
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estela martínez dice que es española


‘Isabelita’ Perón alega ser española para no ser extraditada a Argentina.
España/Argentina. La defensa de la ex presidenta argentina ‘Isabelita’ Perón alegó hoy ante la Audiencia Nacional que la Justicia argentina no puede juzgarla porque es una ciudadana española y porque además su estado de salud es precario.
Durante la vista celebrada hoy en la Audiencia Nacional para estudiar la extradición a su país, el abogado de María Estela Martínez de Perón se opuso a la entrega de la ex presidenta a Argentina, por considerar que este país no tiene jurisdicción para encausarla, según informaron fuentes jurídicas.
El otro argumento en contra de la extradición fue que se trata de una persona de avanzada edad (77 años) y que su estado de salud desaconseja un traslado a Argentina, añadieron las fuentes.
La ex presidenta, que no quiso hacer declaraciones a los periodistas, salió por su propio pie de la sede de la Audiencia Nacional después de comparecer ante la sección segunda de la Sala Penal de este tribunal, que preside el juez Fernando García-Nicolás y que se pronunciará sobre la extradición en el plazo de una semana.
El fiscal de la causa, Pedro Rovira, se declaró a favor de que la ex presidenta argentina sea juzgada en su país, donde la Justicia ha emitido dos peticiones paralelas de extradición.
Una de ellas responde a una solicitud del juez Héctor Acosta, de la provincia de Mendoza, quien acusa a la ex presidenta de la desaparición del militante político Héctor Fagetti y la detención y torturas del Jorge Valentín Betón en 1976.
El magistrado considera que estos hechos fueron avalados por tres decretos firmados en 1975 por el gobierno de la viuda de Perón que habilitaron a las fuerzas de seguridad a "aniquilar el accionar de los elementos subversivos" de izquierda.
En la causa por la desaparición de Fagetti, quien fue visto por última vez el 10 de marzo de 1976, poco antes del golpe de Estado que derrocó a la ex presidenta, también están involucrados otros miembros del gabinete de Martínez, como los ex ministros Carlos Ruckauf (Trabajo) y Antonio Cafiero (Economía).
También los ex titulares de las carteras de Defensa Tomás Vottero, de Relaciones Exteriores Manuel Arauz Castex y de Bienestar Social Carlos Emery, así como el entonces ministro del Interior, Angel Federico Robledo, ya fallecido.
La solicitud de Acosta derivó en la detención de ‘Isabelita’ el 12 de enero de 2007 en su domicilio de Villanueva de la Cañada (cerca de Madrid), donde reside desde 1981, por orden del juez Juan del Olmo, quien decretó libertad provisional para la ex presidenta.
Dos semanas después, Del Olmo comunicó a María Estela Martínez la segunda orden de detención librada contra ella en su país, relacionada con su presunta responsabilidad en los crímenes de la ‘Triple A’, que investiga el juez Norberto Oyarbide.
Oyarbide investiga las actividades de la Alianza Anticomunista Argentina, a la que se le atribuyen 1.500 atentados y asesinatos de opositores y militantes de izquierda entre 1973 y 1975.
El magistrado dictó la prisión preventiva de ‘Isabelita’ y de los ex policías Juan Ramón Morales, Miguel Ángel Rovira y Rodolfo Almirón, quienes fueron jefes de esta organización parapolicial que actuó bajo el paraguas del Estado.
Almirón, que fue la mano derecha del fallecido José López Rega -ministro del Gobierno de María Estela Martínez de Perón y creador de la Triple A- fue extraditado el mes pasado por el gobierno español para responder de las acusaciones de delitos de lesa humanidad y genocidio cometidos durante los primeros años 70.
La Audiencia Nacional había dado luz verde en enero a su extradición a Argentina tras considerar suficientes las garantías de las autoridades argentinas de que si el reclamado fuese condenado, la pena máxima a cumplir será la inmediatamente inferior a la privativa de libertad a perpetuidad.
Más recientemente, el pasado 31 de marzo, fue extraditado, a petición del juez argentino Sergio Torres, el ex militar Ricardo Miguel Cavallo, que será juzgado en su país por delitos de lesa humanidad durante la dictadura militar (1976- 1983).
Cavallo estaba encarcelado en España desde que el 29 de junio de 2003 fuera extraditado por México, donde fue detenido en agosto de 2000 tras ser reconocido por varios supervivientes del centro de tortura de la Escuela Superior de Mecánica de la Armada (ESMA).

14 de abril de 2008
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patti seguirá en la cárcel


El ex comisario fue llevado de la cárcel al juzgado. A dos días del fallo de la Corte Suprema de Justicia que lo habilitó a reclamar su banca de diputado nacional, a Luis Abelardo Patti le rechazaron el pedido de excarcelación. Apeló a su supuesta "inmunidad parlamentaria" para no declarar.
[Adriana Meyer] Argentina. El saco oscuro debió servir para tapar sus muñecas atadas. Pero no. Un fotógrafo esperó, enfocó y obtuvo la primera imagen de Luis Patti esposado, en su condición de procesado por delitos de lesa humanidad, cuando entraba al juzgado federal de San Martín para ser indagado por un nuevo caso que se suma a los siete que lo llevaron a la cárcel. Eran las 8.45 y todavía no habían llegado sus seguidores del Paufe, el partido con el que ganó una banca como diputado nacional a la que el Congreso le impidió asumir porque consideró que sus antecedentes como represor lo inhabilitan moralmente. Una vez ante el juez federal Alberto Suares Araujo intentó dilatar el interrogatorio invocando su supuesta "inmunidad parlamentaria". El magistrado, que anteayer había rechazado el pedido de excarcelación del ex comisario, debió postergar el trámite. Cuando Patti partía de regreso al penal de Marcos Paz, el camión celular que lo transportaba recibió una lluvia de huevos y hubo un breve forcejeo entre los "pattistas" y los militantes de HIJOS y otras organizaciones kirchneristas. La policía terminó reprimiendo a estos últimos, con un saldo de tres heridos, entre ellos la abogada Ana Oberlin, y dos denuncias cruzadas: una por las lesiones y otra contra un manifestante del Movimiento Evita por resistencia a la autoridad.
El operativo de traslado tuvo importantes dimensiones, incluyó varios vehículos del Servicio Penitenciario Federal (SPF), del grupo Especial de Intervención del SPF, además de efectivos de la seccional primera de San Martín. Minutos antes de las nueve no había manifestantes en la vereda del juzgado federal 2 de San Martín. Cuando los penitenciarios lo bajaron del celular quedó en evidencia el intento de esconder su condición de reo.
Si pensó que el fallo de la Corte Suprema podía ahorrarle el disgusto de ayer, sus esperanzas se diluyeron pasadas las cinco de la tarde del miércoles, cuando el juez Suares Araujo rechazó su pedido de recuperar la libertad. Lo mismo había resuelto el fiscal federal Jorge Sica cuando argumentó que "los hechos que se le imputan nada tienen que ver con la función legislativa" y recordó que "la inmunidad de arresto que otorgan los fueros parlamentarios tiene el sentido de proteger la función legislativa en contra de un eventual embate del Poder Ejecutivo que, en determinada época pudiera tener una opinión diferente al legislador".
Una vez que estuvo sentado en el despacho del juez, Patti se negó a declarar, al tiempo que sus abogados, Silvio Duarte y Rafael O’Gorman, presentaban un escrito solicitando la nulidad de la audiencia. Además de aprovechar la resolución de la Corte para tratar de hacer valer sus pretendidos fueros parlamentarios, sostuvo que "nunca debió ser arrestado" y que "lo trajeron por la fuerza", según precisó a Página/12 una fuente del caso. Suares Araujo ratificó su decisión de tomarle declaración, pero ante esa solicitud debió suspenderla hasta que la Cámara Federal de San Martín se pronuncie. El intento dilatorio funcionó.

Represión del Pasado
Los camaristas ya habían avalado al juez cuando ratificaron el procesamiento con prisión preventiva de Patti por la privación ilegal de la libertad doblemente agravada, la imposición de tormentos a siete personas, entre ellas el diputado Diego Muniz Barreto, allanamientos ilegales y el homicidio de Gastón Gonçálves. A partir de su detención, ocurrida el 22 de noviembre, el expediente comenzó a recibir nuevos testimonios de familiares de sus víctimas y sobrevivientes a sus secuestros. Uno de ellos es un empleado de la imprenta de Tilo Wenner, el periodista y poeta entrerriano, director del periódico El Actual de Escobar, que también se enfrentó a Patti y permanece desaparecido. Si hubiera accedido a la ampliación de su indagatoria, el represor tendría que haber respondido preguntas sobre los dichos de este imprentero, cuya identidad sus abogados pidieron mantener en reserva por temor a represalias, que declaró haber sido señalado desde un auto estacionado en la vereda de enfrente a aquella imprenta. El imprentero se acercó al vehículo, reconoció a Patti y lo enfrentó. Luego del incidente se sintió aturdido, volvió a la imprenta y allí lo fueron a buscar los policías. Una vez en la comisaría de Escobar fue interrogado sobre Wenner y sus actividades, mientras lo golpeaban. Estuvo quince días preso y sobrevivió para contarlo. Wenner desapareció dos días después del golpe de 1976, y el 25 de marzo llegó a publicar en la tapa de El Actual una foto de un perro mostrando los dientes y un editorial de oposición al gobierno militar.

Represión del Presente
La vereda de San Lorenzo al 2300 se pobló primero de los "pattistas" del Paufe y otros seguidores del represor. Más tarde fueron llegando los militantes de HIJOS, Barrios de Pie, Movimiento Evita, Patria Libre, CTA y Suteba, además de la comisión de sobrevivientes de Campo de Mayo. Un cordón policial se ubicó paralelo al cordón para separar a los grupos, de modo que el del Paufe, más reducido, quedó pegado al juzgado. Mientras los dos sectores amenizaban la espera con cánticos, la esposa y los hijos de Patti entraban al despacho de juez. Poco antes del mediodía, el SPF debió meter el camión celular por la única puerta del chalet donde funciona el juzgado para sacar a Patti en medio de tanto público. Cuando el vehículo se puso en movimiento volaron algunos huevos. "Cuando Patti se fue la policía comenzó a venirse encima de la gente, y así fue que tiraron un balazo al piso que rebotó y me pegó en la pierna. Nosotros para evitar el conflicto estábamos lejos, pero vinieron directo a reprimir, y al pibe que agarraron fue para justificar lo injustificable", describió a Página/12 Ana Oberlin, abogada de HIJOS Rosario que representa a la familia de Gastón Gonçalves. Fernán López fue el joven demorado algunas horas y que quedó imputado en una causa por resistencia a la autoridad. "Por más que hicieron un corralito para que las cámaras no lo vieran, nos dimos cuenta de que los policías que lo agarraron de los pelos luego lo golpearon en el piso, mientras pasaban los pattistas y lo insultaban", agregó Oberlin.

11 de abril de 2008
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escriba con memoria frágil


Jorge Enrique Bautista, quien elaboró la versión del intento de fuga que habría justificado la Masacre de Trelew, declaró ayer y dijo no recordar con precisión sus conclusiones a pedido de la Armada.
Argentina. Titubeante, Jorge Enrique Bautista reiteró ayer de manera "no tan enfática" la versión oficial sobre la Masacre de Trelew que sostiene que no se trató de un fusilamiento, sino de un intento de fuga. Incluso, a pesar de haber sido el responsable del sumario interno elaborado por la Armada en 1972 para respaldar la posición oficial, aseguró en su declaración indagatoria de casi seis horas ante el juez federal de Rawson, Hugo Sastre, no recordar nítidamente las conclusiones a las que llegó con su trabajo. Para ayer estaba prevista también la indagatoria al general Eduardo Ignacio Betti, jefe de la zona de emergencia dispuesta por el dictador Alejandro Lanusse después de la fuga del penal de Rawson. Pero no pudo ser, dado que el general retirado presentó un certificado médico que lo excusó de declarar. Eso fue lo que informaron fuentes judiciales, que viajaron especialmente a Buenos Aires para interrogar a cuatro imputados que, por cuestiones de salud, no pueden trasladarse.
Bautista está acusado de participación secundaria en el asesinato de los 16 guerrilleros aquel 22 de agosto de 1972 en la base Almirante Zar de Chubut. Es que su rol, a escasos días del episodio, fue recrear el hecho para las autoridades gubernamentales. Así fue que ayer aportó a la causa las fotografías que tomó, los testimonios que recolectó y una descripción minuciosa de la escena posterior a los sucesos. Sin embargo, nada dijo de las conclusiones a las que arribó en el sumario que un mes y medio después le entregó a su comandante en jefe.
A quienes sí inculpó fue al prófugo teniente Roberto Guillermo Bravo y al capitán Luis Emilio Sosa. De ambos cuestionó su "obrar negligente", dado que el primero habría sido el responsable de sacar a todos los militantes al unísono de sus celdas y el segundo de haberse paseado entremedio de ellos armado. Sucede que, según la versión de la Armada, fue en ese momento que, toma de karate mediante, los guerrilleros le habrían arrebatado la pistola iniciando así un nuevo intento de fuga.
De acuerdo con hipótesis de organismos de derechos humanos, cuando se decidió alojar a los detenidos en la base Almirante Zar, tras la rendición en el aeropuerto de Trelew el 15 de agosto, ya estaba tomada la decisión de acribillarlos. En esta línea, según coinciden los relatos de los tres sobrevivientes, el fusilamiento estuvo precedido por la orden de retirar de las celdas los colchones y las mantas. Por primera vez, Bautista reconoció ayer que al momento de su llegada, ocho horas después, esos colchones y esas mantas estaban en el lugar que los militantes decían.
Por su parte, el interrogatorio a Betti, de 83 años, fue postergado hasta que las pericias médicas encomendadas por Sastre revelen si puede ser sometido a esa diligencia procesal.
En la causa ya fueron procesados con prisión preventiva y embargos multimillonarios sobre sus bienes el contraalmirante Horacio Mayorga, de 83 años, y los capitanes Rubén Norberto Paccagnini, de 83; Sosa, de 71; Emilio del Real, también de 71; y al cabo segundo Carlos Marandino, de 58, todos en situación de retiro.
Hoy, Sastre tiene previsto indagar a dos ex funcionarios de la gestión de Lanusse: el secretario de Planificación, Ezequiel Martínez, y el ex ministro de Defensa, Eduardo Aguirre Obarrio. El miércoles visitará la cárcel de la localidad bonaerense de Marcos Paz para ver in situ las condiciones de detención.

Informe: Diego González.

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patti al banquillo por encubrimiento


La Cámara Federal porteña ordenó que el ex intendente de Escobar, Luis Patti, sea juzgado por el delito de encubrimiento, acusado de haber "colaborado" para que dos ex represores prófugos en una causa por delitos de lesa humanidad eludieran a la Justicia en el 2003.
Argentina. La sala II del tribunal de apelaciones dispuso que Patti, actualmente detenido en otra causa, sea juzgado "a la brevedad" por haber supuestamente encubierto a los entonces prófugos Luis Arias Duval y Jorge Granada.
Los camaristas Horacio Cattani y Martín Irurzun ordenaron que la causa se debata en un juicio oral, que realizará un tribunal unipersonal a cargo de un magistrado del fuero federal por tratarse de un delito correccional.
Los camaristas remarcaron el "interés social en la búsqueda de la verdad respecto de delitos como el que constituye el objeto de esta causa, donde se ha acusado a un funcionario público de colaborar con imputados por crímenes de lesa humanidad a sustraerse del accionar de la justicia", según el fallo.
Por eso ordenaron al juzgado federal 7, a cargo del juicio, que "avance hacia la celebración" del proceso al declarar válido todo lo hecho en la investigación hasta el momento en que se procesó a Patti por encubrimiento.
El ex subcomisario irá a juicio por un delito excarcelable, ya que un segundo procesamiento dictado por un cargo más grave, "encubrimiento agravado", fue revocado por el mismo tribunal de apelaciones.
Los camaristas rechazaron la prescripción de la causa así como también recursos de nulidad presentados por la defensa del ex subcomisario bonaerense.
Además, anularon una decisión del entonces juez que debía realizar el juicio, el renunciado Guillermo Montenegro, quien había invalidado parte del proceso.
Los camaristas devolvieron la causa al juzgado federal 7, que desde el viernes próximo estará a cargo del juez Norberto Oyarbide, para que se realice el juicio.
El delito se cometió cuando Patti era intendente de Escobar y los dos ex represores tenían orden de captura en la causa por el secuestro y asesinato de militantes montoneros que intentaron regresar al país a principios de los '80, en la denominada "contraofensiva".
El 25 de julio de 2003 se grabó una conversación telefónica entre el prófugo Granada y Patti, donde también se aludía a otro prófugo, Arias Duval.
En base a esta escucha el entonces juez del caso, Claudio Bonadío, ordenó la citación a declaración indagatoria de Patti, quien terminó procesado por "encubrimiento", un delito que prevé hasta tres años de prisión.
Granada, prófugo desde el 8 de julio de 2002, fue detenido el mismo día de la conversación, horas después de la llamada y Arias Duval fue preso el 24 de ese mismo mes.
El 6 de agosto de 2003, el despacho de Patti en Escobar fue allanado y se lo indagó como miembro de una "red de encubrimiento" de los ex represores.
Ayer, la Corte Suprema de Justicia emitió un fallo donde consideró que Patti debe asumir la banca de diputado para la que fue electo.
El ex represor está detenido en otra causa a cargo del juez federal de San Martín Alberto Suárez Araujo, donde se lo acusa por delitos de lesa humanidad.

9 de abril de 2008
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la trata, nuevo delito


El tráfico de personas para explotación laboral o sexual sera de competencia federal. La trata, un nuevo delito en el Código Penal. Los diputados votarán hoy el proyecto que convierte en delito federal la trata de personas.
[Mariana Carbajal] Argentina. La Cámara de Diputados convertiría hoy en delito federal la trata de personas, que hasta ahora no estaba tipificada en el Código Penal. En la sesión de esta tarde podría debatirse un proyecto del Gobierno, con media sanción del Senado, que impulsa el ministro de Justicia, Aníbal Fernández, y que se descuenta será aprobado. La norma castigará la "captación, transporte o traslado y la acogida o recepción" de personas con fines de explotación, sexual, laboral o para extracción de órganos.
En el Ministerio de Justicia están esperando la sanción de la ley –aseguran– para poner en marcha el Programa Nacional de Prevención y Erradicación de la Trata de Personas y de Asistencia a sus Víctimas, creado por decreto presidencial en octubre, y para lanzar una intensa campaña de comunicación para promover que se realicen denuncias, según confiaron altas fuentes gubernamentales a Página/12.
La pena prevista para el delito de trata es de 3 a 6 años de prisión y puede llegar a 10 si el culpable fuese cónyuge o familiar directo, funcionario público o si interviene una organización delictiva. En el caso de menores de 18 años, las penas pueden llegar a 15 años.
La sanción de una ley que castigue la trata de personas es un reclamo de organizaciones de mujeres que trabajan con esta problemática. Sin embargo, diversas entidades –como ya dio cuenta este diario– han expresado su objeción a algunos puntos del proyecto oficial, por considerar que no servirá para condenar a los explotadores de talleres textiles clandestinos o de prostíbulos donde son esclavizadas mujeres. El punto central que cuestionan es que para el caso de víctimas mayores de 18 años, para que se constituya el delito, se debe probar que fueron reclutadas mediante "engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, o pagos". Para las ONG, será muy difícil probar que hayan intervenido alguna de estas circunstancias dado que las víctimas –por el terror que suelen tener por las situaciones vividas– son reacias a declarar en la Justicia. Por esa razón plantean que no debe tener que probarse si hubo o no consentimiento para que se constituya el delito de trata. Esta postura, que también defiende el Inadi, está contemplada en un despacho de minoría firmado por la diputada de la Coalición Cívica, e historiadora feminista, Fernanda Gil Lozano, que acompañan legisladores de la oposición.
"El hecho de que no puedan probarse la amenaza, la violencia, etc., no quiere decir que no se configure el delito de trata, si resulta claro que hay una situación de esclavitud o servidumbre", señaló Mercedes Assorati, coordinadora general del Programa Esclavitud Cero de la Fundación El Otro.
Frente a las críticas de la sociedad civil, en el Ministerio de Justicia sostienen que se debe contemplar que una mujer mayor de edad pueda decidir por propia voluntad trabajar en un burdel: de lo contrario se estaría "colisionando con el derecho a prostituirse que reivindican organizaciones de meretrices", argumentó un alto funcionario del Gobierno. "No podemos dar dos batallas al mismo tiempo: ahora vamos a pelear contra la trata, no podemos tirarnos también contra la prostitución", afirmó.
En la cartera de Justicia destacan que uno de los puntos más fuertes de la ley es que define a la trata como un "delito federal", de modo que las jurisdicciones provinciales, ya sea de la Justicia o de la policía, no serán las que tengan en sus manos las investigaciones. "Si la policía que debe perseguir a los tratantes es provincial, es muy difícil perseguir este delito, porque suele estar apañado por el poder local", señaló la misma fuente.
El proyecto que podría discutirse hoy en el recinto de la Cámara de Diputados obtuvo despacho de mayoría dos semanas atrás en una reunión conjunta de las comisiones de Legislación Penal, Presupuesto y Hacienda y Mujer, Niñez y Familia, con la firma de legisladores del oficialismo. No se le introdujeron cambios al texto que ingresó con media sanción del Senado. La diputada del Frente para la Victoria Vilma Ibarra se encargó de defenderlo. Ibarra fue la impulsora de la iniciativa en la Cámara alta, donde se aprobó por unanimidad en diciembre de 2006.
En los fundamentos se destaca que la Argentina está obligada a legislar este delito como signataria del llamado Protocolo de Palermo, para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, que a su vez complementa la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, aprobada en el país por Ley 25.632.
El jueves último diversas organizaciones, entre ellas las que conforman la "Campaña ni una víctima más de las redes de prostitución" y la "Red no a la trata", se manifestaron frente al Congreso para reclamar que se introduzcan modificaciones al proyecto oficial.

Las Objeciones al Proyecto
Diferentes entidades y redes contra la trata de personas consideran que la ley que surja del proyecto que se debatirá hoy en la Cámara de Diputados no permitirá condenar efectivamente a tratantes y proxenetas. Las organizaciones objetan que las penas previstas en el proyecto del Gobierno son bajas "teniendo en cuenta la gravedad del delito, de lesa humanidad". Cuestionan que no contempla el problema de la reinserción social y laboral de las víctimas una vez que fueron rescatadas. Y entienden que se debería brindar protección a las víctimas –como en el caso de los programas de testigos– aunque no declaren en un proceso judicial, ya que en la mayoría de los casos, por miedo, deciden no prestar declaración.

9 de abril de 2008
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habla maría eugenia sampallo


El abogado de María Eugenia Sampallo habla después del juicio. "Son delitos de lesa humanidad". En diálogo con Página/12, Tomás Ojea Quintana dijo que así deben ser consideradas las apropiaciones de los hijos de los desaparecidos.
[Laura Vales] Argentina. El juicio de María Eugenia Sampallo Barragán fue el primero que una hija de desaparecidos hizo contra sus apropiadores. Esa gran novedad dejó en un segundo plano otros hechos no menos novedosos: en las audiencias orales se vio no sólo lo que hicieron los represores sino también el papel de otros actores civiles, incluso no politizados, en el escenario de violencia de la dictadura. Los apropiadores eran, en el momento en que se quedaron con la niña, una pareja de clase media de 35 y 30 años, él empleado de Terrabusi y ella ama de casa. En el mismo edificio donde María Eugenia convivió con ellos y sufrió sus maltratos, hubo vecinos que cuando ella era chica le dieron contención, y que la respaldaron de adulta en el proceso judicial. Tomás Ojea Quintana, el abogado de María Eugenia, habló con Página/12 sobre el tema. También explicó por qué considera insuficientes las penas de 7, 8 y 10 años que el tribunal dictó contra los apropiadores.

¿Fue nuevo para ustedes que declararan los vecinos?
Fue interesante, nosotros hablábamos a veces con María Eugenia de cómo en el juicio quedó de manifiesto lo que pasó durante la dictadura con la sociedad en general. Porque los juicios de derechos humanos suelen estar regidos por los testimonios de las víctimas, de los que sufrieron las desapariciones, pero en este caso no pasó sólo eso, sino que se acercaron a declarar personas que no tenían ninguna militancia, pero que frente a valores tan esenciales como defender la verdad y la búsqueda de justicia dieron su testimonio, jugándose. También nos interesó especialmente que el tribunal considerara la situación de la apropiadora en iguales términos que el apropiador.

¿Los jueces tienden a exculpar a las mujeres en los casos de robo de bebés?
En todos los casos anteriores, la apropiadora siempre era absuelta de culpa y cargo, o recibía penas irrisorias, de dos o tres años. En este juicio la condena para ella fue casi igual a la del apropiador, lo que revela que los jueces la consideraron tan culpable como él: en esto hubo un avance. Al mismo tiempo, le dieron a ella, Cristina Gómez Pinto, un año menos de condena que a él, Osvaldo Rivas.

¿Cuál fue la diferencia?
Rivas fue quien hizo los trámites para anotar a María Eugenia como si fuera hija propia. Nosotros trabajamos muchísimo en darle al tribunal la prueba y el razonamiento lógico que permitía afirmar que ella era responsable como Rivas de este delito, pero lamentablemente el tribunal no modificó su visión sobre ese punto, y condenó a su mujer sólo por el delito de sustracción y ocultamiento de un menor.

¿Cómo está María Eugenia?
Este fue un proceso muy largo y lleno de obstáculos. Llevó siete años, y el año pasado hasta le volvieron a cuestionar los resultados del ADN y toda la familia se tuvo que hacer un nuevo análisis. Hubo muchos obstáculos para llegar finalmente al juicio oral, que tuvo como resultado la condena de los tres acusados. Así que ella está muy conforme con que el juicio haya concluido, con todos los costos que le significaron ponerse al frente. Está conforme en ese sentido, pero por algo hicimos un pedido de pena máxima: para ella la gravedad de los delitos fue mucho más seria.

¿Por qué 10, 8 y 7 años de prisión serían penas insuficientes?
Porque esta apropiación se cometió en el marco de la dictadura militar, en el marco de un plan sistemático para el robo de bebés, y porque la supresión de identidad se prolongó durante décadas, fue un delito continuado. Pero los jueces tomaron los delitos en forma individual, con penas que son iguales o menores a las que se aplican para los delitos contra la propiedad. Es decir, los tribunales condenan con mayores penas a quienes violan la propiedad que a quienes vulneran la identidad de una persona durante décadas. Para nosotros tiene además una gravedad en términos de que se trata de delitos de lesa humanidad, lo que en principio parece que el tribunal no consideró.

Pero no hay tradición en considerar estos delitos como de lesa humanidad, ¿no es así?
No, hasta ahora ninguno de los casos que llegaron a juicio oral se ha considerado en esos términos. Hubo antecedentes jurisprudenciales que asociaron la apropiación de niños al delito de apropiación forzada, que sí está considerado un crimen de lesa humanidad, y en base a ellos hicimos nuestro planteo. Ahora vamos a escuchar en los fundamentos (de la sentencia, que se conocerán el viernes) para ver qué respuesta dio el tribunal sobre ese punto.

¿Realmente el que roba un auto tiene una pena mayor?
El que roba un auto con armas tiene una pena de entre 5 y 15 años; en el secuestro extorsivo, si la víctima es un menor, el máximo de la pena es de 25 años, eso en cuanto a las leyes. Sobre cómo aplica las leyes la Justicia, en general siempre frente a las violaciones del derecho de la propiedad usa criterios más graves de los que aplicaron acá.

¿Cree que esta tendencia tiene que ver con cómo mira la sociedad a los apropiadores?
Creo que es al revés, que la sociedad, sobre todo con este juicio oral, se abrió a comenzar a debatir el considerar estos delitos como parte de lo que ocurrió durante la dictadura militar. Pero la Justicia tiene sus tiempos en masticar los argumentos jurídicos y aceptarlos. Siempre la Justicia tarda en llegar a su conclusión jurídica en este tipo de casos. Tenemos como ejemplo la propia causa 13, el juicio a las Juntas, en el que los jueces no consideraron los crímenes cometidos como de lesa humanidad, y tuvimos que esperar más de una década hasta que un juez lo consideró así, y después la Corte Suprema.

¿Ya tienen decidido apelar?
La apelación ya está casi tomada en cuanto a las penas. Y en cuanto a los fundamentos, hay que escuchar cuáles son. De todos modos, nosotros hemos dicho, y Eugenia así lo cree, que estamos muy satisfechos con la condena a los tres acusados. Este era un juicio muy difícil. Son juicios en los que las pruebas son muy complicadas porque lo hechos ocurrieron hace 30 años y en el marco del plan sistemático de la dictadura militar.

Con este fallo, ¿los condenados quedan en libertad?
Rivas y Gómez Pinto pasaron casi cuatro años detenidos y habían sido excarcelados, es decir que ya cumplieron cuatro años de la condena. Van a seguir en libertad hasta que la condene quede firme, y en ese momento se verá si están en condiciones de pedir la condicional, que se otorga cuando se cumplen dos tercios de la pena. Si no tienen los dos tercios, deberán volver a prisión. Berthier está preso hace poco más de cinco años, él está cumpliendo prisión preventiva y está por resolverse en la Cámara de Casación un pedido de excarcelación. Se abren varias discusiones, porque está condenado a diez años, pero Casación puede interpretar que esa condena no está firme y que, por lo tanto, sigue siendo inocente, con lo cual no puede estar en prisión preventiva más tiempo. Así que hay que esperar a ver qué hace Casación.

6 de abril de 2008
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cc traducción mQh
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anda un represor suelto por ahí


La gendarmería demora la detención del militar retirado Hugo Espeche. Se trata de un acusado por la ejecución de doce prisioneros en julio de 1976 en la Masacre de Las Palomitas. Tras probar que violó su prisión domiciliaria, la Justicia pidió su arresto, pero la orden aún no fue cumplida.
[Nora Veiras] Argentina. Hace dos semanas el juez federal de Salta, Abel Cornejo, le ordenó a la Gendarmería que detuviera y trasladara al teniente coronel retirado Hugo César Espeche, acusado de homicidio doblemente agravado de doce prisioneros. En julio de 1976, Espeche era capitán y fue uno de los encargados del traslado de los presos que terminaron ejecutados en la Masacre de Las Palomitas, cerca de la capital salteña. El militar goza de prisión domiciliaria en Comodoro Rivadavia, Chubut, pero tampoco en este caso cumple la ley: en base a declaraciones de testigos, Cornejo comprobó que se desplazaba como si estuviera libre y decidió revocarle el beneficio. Hasta el viernes, Gendarmería no había ejecutado la orden judicial porque no tenía la autorización del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. Funcionarios de esa cartera confirmaron a Página/12 que este fin de semana se haría efectiva la detención y se pondría a Espeche a disposición del juez de turno de Chubut para que el Servicio Penitenciario –que también depende de esa cartera– lo traslade a Salta.
Los abogados querellantes en la causa por la Masacre de Palomitas, David Leiva y Tania Nieves Kiriaco, explicaron a este diario que "si no se efectiviza rápido la orden de detención, existen serios riesgos de que Espeche se fugue, porque ya lo hizo una vez". En el 2003, cuando se reabrió la causa por el fusilamiento de los presos, el militar –que para entonces se había transformado en un próspero empresario de seguridad y limpieza– se fue a Europa. El director de Espe SRL, que tiene contratos con Pan American Energy de Carlos Bulgheroni, optó por volver al país cuando temió recalar en España a pedido del juez Baltasar Garzón. A pesar de su responsabilidad logró que la Cámara Federal de Salta le otorgara la prisión domiciliaria por sus problemas cardíacos. Tiene 61 años y autorización para salir tres veces por semana al gimnasio.
En la cartera que comanda Aníbal Fernández explicaron que se demora la ejecución de la orden del juez Cornejo porque hubo "una confusión" en su resolución. "La Gendarmería está autorizada para detenerlo y ponerlo a disposición del juez de turno que tiene que ejecutar la orden de Cornejo, pero no del traslado. Eso es atribución del Servicio Penitenciario Federal", señalaron. En ese entramado burocrático se pone en riesgo la prisión de un represor que ya ha demostrado su voluntad de fuga.

La Historia
El 6 de julio de 1976, el entonces capitán del Ejército Hugo César Espeche se presentó a las 19.45 ante el director del penal de Villa Las Rosas, en Salta, con la misión de trasladar a once presos políticos. Como avezado oficial de la dictadura dio dos órdenes: "Esto no se anota en los registros", dijo y conminó a los carceleros a apagar todas las luces y retirarse de los pasillos "a objeto de que la operación resulte lo más secreta posible". Los doce presos (fue sumado uno de Jujuy) fueron ejecutados a los pocos kilómetros en un simulacro de fuga. Durante veintisiete años, Espeche, retirado como teniente coronel, gozó de impunidad. En el 2003 fue detenido por su responsabilidad en la Masacre de Las Palomitas.
El 21 de diciembre de 2006, la Cámara Federal de Apelaciones de Salta ratificó el fallo que consideró "prima facie" a Espeche como "partícipe secundario responsable del delito de homicidio doblemente calificado por haberse cometido el hecho investigado con alevosía y mediando participación de dos o más personas". A pesar de que todavía no había cumplido los 60 años, Espeche consiguió que la Cámara salteña reviera la decisión del juez Abel Cornejo y le autorizara la prisión domiciliaria en Comodoro Rivadavia, Chubut, a más de cuatro mil kilómetros del lugar del proceso. Problemas cardíacos motivaron el deseo concedido. Ni siquiera ese beneficio le fue suficiente y su defensa presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de la Nación reclamando la excarcelación. Los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Enrique Petracchi coincidieron en que el planteo era inadmisible y reclamaron a la Justicia salteña acelerar los procesos contra los represores.
En febrero pasado, Espeche nunca pensó encontrarse con alguien que lo reconociera. Javier Guzmán, un muchacho salteño, de Orán, que trabaja en un corralón en Comodoro Rivadavia, lo vio cuando muy suelto de cuerpo Espeche fue a pedir un presupuesto. En base a ese relato, los abogados Leiva y Kiriaco pidieron la revocatoria de la prisión domiciliaria. Hace dos semanas el juez Cornejo hizo suyo el pedido, al tiempo que la fiscalía y la querella coincidieron en señalar a Espeche como responsable del homicidio doblemente agravado de los doce prisioneros en 1976.
El juez, los querellantes y los familiares de las víctimas esperan ahora que la Gendarmería haga efectiva la detención del represor devenido empresario y los penitenciarios lo trasladen a Salta. Allí tendrá que esperar, esta vez en prisión, el desarrollo del juicio oral. Por lo menos en ese lapso, no tendrá tiempo libre para disfrutar de los dividendos obtenidos de la venta de acciones de Pan American Energy de las que se habría desprendido en las últimas semanas.

6 de abril de 2008
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