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atrocidad sin límites


El desgarrador relato de una mujer que fue violada sistemáticamente. Una ex detenida desaparecida en el penal tucumano de Villa Urquiza, entonces de 19 años, contó cómo era abusada y torturada al mismo tiempo por los carceleros. Quedó embarazada por esas violaciones. Tras el parto en cautiverio, nunca supo del bebé.
[Mariana Carbajal] Argentina. El testimonio más desgarrador, en el marco de tanto horror ocurrido en el penal de Villa Urquiza es, tal vez, el de S.A.N. Ex detenida desaparecida, tenía 19 años cuando fue secuestrada y trasladada al centro clandestino, donde sufrió violaciones sexuales en forma sistemática casi diariamente por parte de los miembros de la "patota" que comandaba el comisario Marcos Fidencio Hidalgo, jefe de la cárcel. Incluso, la amenazaban con ser mordida por perros si se resistía. Como consecuencia de los abusos sexuales quedó embarazada, tuvo la criatura en cautiverio, se la arrancaron de los brazos y nunca más supo de ella.
S.A.N. fue secuestrada en julio de 1975. Regresaba desde su trabajo a su casa, en Tucumán. Antes de ser llevada a Villa Urquiza, pasó por la comisaría del Parque 9 de Julio y la Jefatura de Policía, donde fue sometida a torturas.
En Villa Urquiza la alojaron en una "celda chiquita", le ataron las manos y quedó tirada en el piso. Ese primer día no le dieron agua ni comida ni tuvo contacto con nadie. "Después de ese primer día entran a la celda dos personas, la sacan y la llevan a otro lugar, allí la desnudan y la empiezan a manosear mientras le tiraban agua, uno de los hombres que pasa primero se saca la camisa, se desnuda y le ordena que lo toque, que lo manosee, y él hacía lo mismo con ella mientras la viola por la cola, al tiempo que la hacía morder con los perros que tenía a su lado cuando se negaba a besarlo, riéndose de tal situación", describe la sentencia dictada por el juez federal N 1 de Tucumán, Daniel Bejas (ver nota central).
De su relato surge que fue violada por otros miembros de la patota de Hidalgo, entre ellos el cabo Miguel Carrizo, y por el propio jefe del penal. "Hidalgo era uno de los más violentos en las violaciones", afirmó. Después de todo eso la regresan en muy mal estado a la celda. Desde esa primera vez, todas las noches volvía a ser sometida en iguales circunstancias por las mismas personas a violaciones y vejaciones. S.A.N. recordó que el cabo Carrizo se ponía una peluca y que en el lugar en donde la abusaban había una mesa donde era sometida. La mujer precisó que "después de un tiempo quedó embarazada, aproximadamente en el mes de septiembre", y que a pesar de comunicar dicha situación la continúan violando aproximadamente hasta los cinco o seis meses de gestación. A partir de esa fecha quedó totalmente recluida sin tener contacto con nadie.
La sentencia describe que durante el embarazo nunca recibió asistencia médica. El parto se desencadenó aproximadamente en mayo o junio de 1976 y estando sola en la celda se le rompe la bolsa y ante sus gritos vino Carrizo. "Era de noche y hacía frío, la sacaron de la celda y la llevaron a un salón, donde le soltaron las manos y le sacaron la venda", sigue el fallo. Las personas que la atendieron estaban con capuchas, el parto se realizó en un colchón en el piso, le ordenaron que pujara cuando vinieran las contracciones. S.A.N. contó que nació una criatura viva, que lo sabe porque escuchó su llanto. Ella permanecía acostada en el piso mientras dos personas vestidas de policías le agarraban las manos, inmediatamente después del nacimiento envolvieron al recién nacido, del que nunca supo el sexo, en una colcha y el médico o enfermero que realizó el parto se lo llevó. Quedó en ese lugar por un rato y le volvieron a vendar los ojos, colocándole ese día y los posteriores una medicación para que no tuviera leche. Hidalgo y Carrizo están muertos: por esa razón no fueron procesados.
S.A.N. no fue llevada a la cárcel de Villa Devoto como otras ex detenidas-desaparecidas. Un tiempo después la sacaron de la celda. La trasladaron y la arrojaron de un camión y cayó cerca de un cañaveral al borde de la ruta. Contó que comenzó a caminar y luego a correr, estaba pelada, sucia y así llegó al Parque 9 de Julio. Al verla así paró una ambulancia y la llevaron al Hospicio el Carmen, un hospital neuropsiquiátrico, y le preguntaron si tenía historia clínica, y qué era lo que le había pasado. Ella no quería responder nada. Al día siguiente, al despertar tuvo miedo debido a que estaba lleno de policías y militares y se escuchaban ruidos de helicópteros.
S.A.N. todavía sufre las secuelas que le dejó aquel infierno: declaró en la causa que le molestan los ruidos de hierros o ruidos de helicópteros, vive actualmente encerrada en su casa y le cuesta comunicarse con la gente. Tiene secuelas físicas de lo sucedido durante su cautiverio, problemas en los intestinos, las marcas de las mordeduras de los perros, tumores y coágulos en la zona abdominal y una fisura en la pelvis.
4 de julio de 2011
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jerarcas a juicio por violación


En un fallo inédito, un juez tucumano analiza la violencia de género sufrida por las mujeres en el marco del terrorismo de Estado. Y por primera vez procesó a dos ex jefes militares por los sometimientos sexuales contra las detenidas en el penal de Villa Urquiza.
[Mariana Carbajal] Argentina. Por primera vez dos altos jerarcas de la última dictadura militar, Luciano Benjamín Menéndez y Antonio Domingo Bussi, fueron procesados como "partícipes necesarios" por la violencia de género perpetrada contra todas las mujeres detenidas en un centro clandestino de detención que funcionó en el penal de Villa Urquiza, en Tucumán, y por las violaciones sexuales sistemáticas sufridas por una adolescente de 19 años alojada en ese lugar, que logró sobrevivir y ha quedado con terribles secuelas físicas por aquellos ultrajes cometidos cada día por al menos ocho carceleros, entre ellos el entonces director de la cárcel, y que se repetían incluso cuando les advirtió que había quedado embarazada producto de aquellos ataques. Uno de sus violadores la hacía morder con los perros que tenía a su lado cuando se negaba a besarlo. Todavía tiene las marcas de las mordeduras.
El fallo fue dictado por el juez federal N 1 de Tucumán, Daniel Bejas. La sentencia es relevante porque analiza exhaustivamente la violencia de género sufrida por las mujeres en el marco del terrorismo de Estado. Y pone en evidencia, en línea con la Convención de Belem do Pará, que por su condición de mujeres además de haber sido víctimas de delitos de privación ilegítima de la libertad con apremios y vejaciones y tormentos agravados –como los demás detenidos varones–, habrían sufrido una violencia específica en razón de su sexo, lo que habría agregado un plus al daño generado por los delitos de que fueron víctimas.
El fallo que se conoce ahora fue firmado el 19 de mayo por el juez Bejas, a cargo de la instrucción de la causa "Fernández Juárez, María Lilia y Herrera, Gustavo Enrique s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad" (Expediente n 133/05 y causas conexas), en la que se investigaron las violaciones a los derechos humanos cometidas en el penal de Villa Urquiza, de San Miguel de Tucumán, donde funcionó un centro clandestino durante la última dictadura militar. El magistrado procesó a 13 ex represores, entre ellos Menéndez, en su condición de comandante del III Cuerpo de Ejército en el momento de los hechos investigados, y Bussi, entonces comandante de la V Brigada de Infantería del Ejército, con jurisdicción en las provincias de Tucumán, Jujuy y Salta. Menéndez y Bussi eran las máximas jerarquías de la última dictadura desde Córdoba hacia el norte del país. Bejas les imputa un abanico de delitos. Las acusaciones incluyen violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad con apremios y/o vejámenes, torturas agravadas, tormentos seguidos de muerte y homicidio agravado, en perjuicio de al menos 33 varones y 10 mujeres. Lo novedoso es que tanto Bussi como Menéndez fueron procesados, además, como "partícipes necesarios" de la violencia de género que sufrieron las mujeres detenidas, y del delito de violación sexual agravada en grado reiterado (artículos 119 y 122 del Código Penal) en perjuicio de S.A.N., una adolescente que tenía 19 años cuando fue llevada al centro clandestino que estaba en el penal tucumano.
Puntualmente, el magistrado declara en el punto 7º de la sentencia que "las mujeres alojadas en el Penal de Villa Urquiza durante la vigencia del terrorismo de Estado habrían sido víctimas de actos que califican como las más graves y reprochables formas de violencia contra la mujer (art. 1 y 2 de la Convención de Belén do Pará), correspondiendo al Ministerio Público Fiscal ahondar su investigación a fin de visibilizar tales hechos en forma particular y específica". La violencia de género es considerada dentro del delito de tortura.
La prueba testimonial recolectada en la instrucción determinó que las mujeres eran alojadas en un pabellón del penal de Villa Urquiza cercano al sector de la Panadería. Allí, destaca la sentencia, "habrían sido víctimas de numerosos y variados actos de violencia de género". Algunas de ellas estaban embarazadas y otras con sus hijos. Según el testimonio de presos comunes, "habrían sido objeto de particulares maltratos, abusos y delitos sexuales". Varias de las detenidas permanecían en celdas de aislamiento. Una de ellas, J.R.P., declaró que fue llevada al centro clandestino estando embarazada, y permaneció los primeros días incomunicada en una celda sola con régimen de aislamiento, a la que llegó en "un estado deplorable, ya que venía de haber sido torturada". Contó que después le permitieron estar junto a su hija de ocho meses, que estaba en la cárcel con otros niños. Destacó que era "permanentemente torturada psicológicamente" y que "jamás estando embarazada" recibió atención ni trato adecuado a su situación. La mayoría de las detenidas, consideradas "peligrosas subversivas", fueron luego trasladadas a la cárcel de Devoto, en la ciudad de Buenos Aires, y los niños, entre ellos una hija de J.R.P., fueron liberados en forma conjunta sin tener ella y sus compañeras la certeza de que fueran entregados a sus familiares como les decían. Precisamente, los militares "jugaban con esa incertidumbre para generar mayor temor en ellas", dice la sentencia. Las fichas médicas recuperadas dan cuenta de al menos ocho nacimientos en cautiverio. Varias de las detenidas eran llevadas al despacho del director del penal, Marcos Hidalgo, donde eran abusadas sexualmente. Otra ex detenida-desaparecida declaró que en una oportunidad le solicitó a Hidalgo que sus hijas menores estuvieran con ella, como pasaba con otras internas; él accedió, le llevaron a sus hijas y le dieron otra cama y colchón. "Apenas dejaron las cosas, pasó Hidalgo y le propuso a la testigo que tuviera relaciones con él en compensación de los favores recibidos, también le dijo que si accedía él podía darle la libertad, a lo que la testigo se negó y a partir de ese momento el trato para con ella se endureció", describe el fallo.
En los fundamentos del fallo, el juez Bejas "consideró importante" la "debida visibilización y consideración" de la violencia de género, "en virtud de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado Argentino con relación a la investigación y juzgamiento de la violencia contra las mujeres durante la vigencia del terrorismo de Estado en el país".
4 de julio de 2011
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procesan a obispo en caso de ddhh


Laguna procesado por mentir sobre el asesinato de Ponce de León.
[Horacio Verbitsky] Argentina. El jubilado obispo Oscar Justo Laguna es el primer jerarca católico procesado en una causa por derechos humanos. Laguna mintió sobre el asesinato del obispo de San Nicolás, Ponce de León. Podría seguirlo el presidente del Episcopado Católico, Jorge Bergoglio, quien en 1979 hizo una gestión por una bebé detenida-desaparecida pero el año pasado negó haber conocido del robo de bebés durante la dictadura.

Figura central del Episcopado Católico durante la última dictadura militar y los primeros años de la transición, Oscar Justo Laguna es el primer obispo procesado en una causa derivada de las violaciones a los derechos humanos cometidas entonces. La decisión fue adoptada el lunes pasado por la Cámara Federal de Rosario, cuyos integrantes entienden que Laguna mintió en forma deliberada al declarar sobre el asesinato del ex obispo de San Nicolás, Carlos Horacio Ponce de León, mediante un simulado accidente carretero, el 11 de julio de 1977. El nuncio apostólico Pio Laghi envió a Laguna para hacerse cargo de esa diócesis y desmantelar la pastoral popular instaurada por Ponce de León, quien acompañó las luchas obreras de lo que Lanusse y Balbín llamaban el cinturón rojo del Paraná y estuvo cerca del Movimiento de Sacerdotes para el Tercer Mundo. Laguna fue administrador apostólico de San Nicolás desde julio de 1977 hasta el 2 de enero de 1978. Pero al ser interrogado por el tribunal a cargo de la causa, Laguna mintió que había ocupado ese cargo entre el 18 de julio y el 18 de diciembre de 1978, es decir un año más tarde de lo que de verdad ocurrió. Este desfasaje cronológico le sirvió para alegar desconocimiento sobre las amenazas recibidas por el obispo y otras circunstancias que rodearon el crimen, como la desaparición de documentos y bienes de Ponce de León. El juez federal Carlos Villafuerte Ruzo consideró que se había tratado de un inocente error material, pero la Cámara rosarina entendió lo contrario y ordenó procesarlo, tal como solicitó el fiscal Juan Patricio Murray y respaldó el fiscal de Cámara, Claudio Palacín. El procesamiento de Laguna es un antecedente significativo para el actual arzobispo de la Capital Federal y presidente del Episcopado católico argentino, Jorge Mario Bergoglio, citado como testigo en las causa del plan sistemático de apropiación de hijos de detenidos-desaparecidos. Estela de la Cuadra, hermana y tía de dos de las víctimas de ese plan, sostiene que Bergoglio mintió al declarar en la causa de la ESMA que supo de la desaparición de bebés recién luego de finalizada la dictadura, cuando a su familia le consta que ya en 1979 estuvo al tanto del caso que les afecta, porque recibió a su padre y le entregó una carta para el obispo auxiliar de La Plata, Mario Picchi. Cuando fue secuestrada, en 1977, Elena de la Cuadra estaba embarazada. A pedido de Bergoglio, Picchi averiguó que Elena había dado a luz una nena, que fue regalada a otra familia. "La tiene un matrimonio bien y no hay vuelta atrás", informó Picchi a los De la Cuadra. Las investigaciones judiciales por los episodios más graves que involucraron a obispos católicos no avanzaron, ya sea porque murieron (como el cardenal Raúl Primatesta, acusado por el reciclaje de bebés en la Casa Cuna de Córdoba bajo control eclesiástico, los arzobispos de Paraná, La Plata y Jujuy, Adolfo Tortolo, Antonio Plaza y José Miguel Medina, por complicidad con las torturas a los detenidos) o porque el Vaticano los hizo salir del país para sustraerlos del alcance de la Justicia (como al ex arzobispo de San Luis Juan Rodolfo Laise, a quien el jefe militar de esa área, coronel Miguel Angel Fernández Gez acusó de haberle pedido que secuestrara a un sacerdote que se había casado). En septiembre de 2003, Laguna cuestionó desde Aquisgrán, en Alemania, la política de derechos humanos del gobierno de Néstor Kirchner. "No tiene sentido revolver el pasado sin una idea clara de lo que se busca", dijo.

Prerrogativas
Laguna se amparó en la prerrogativa eclesiástica de declarar por escrito, pese a que como obispo jubilado sin ninguna función en la estructura de gobierno de la Iglesia Católica, no le correspondía. Es el mismo privilegio que invoca ahora Bergoglio. A Laguna la ventaja se le volvió en contra, porque hizo más inverosímil que se hubiera confundido las fechas. Ante cada pregunta del fiscal o el juez sobre la correspondencia, el testamento, el portafolios, las homilías y los bienes de Ponce de León, dijo que no sabía nada, porque había llegado a San Nicolás un año después de su muerte. El mismo pretexto alegó para justificar su desconocimiento de las amenazas sufridas por Ponce de León antes de su asesinato. También se indignó de que pudiera sospecharse de él porque dijo haber sido miembro fundador del CELS. La camarista Liliana Arribillaga destacó que Laguna había rectificado la fecha de su desempeño como administrador apostólico, pero ratificado el resto de sus afirmaciones, que se basaban en ese hecho falso. El presunto "error" en la fecha sólo puede entenderse como "encaminado a permitir negar o callar la verdad de algunos hechos o circunstancias", en forma contradictoria con el resto de las pruebas obtenidas en el expediente Ponce de León. Según Laguna nadie le habló nunca de otra cosa que un accidente producido por la niebla. Sin embargo, el presbítero José Káraman declaró que varios sacerdotes informaron a Laguna de la tirante relación que enfrentó a Ponce de León con los jefes militares de la zona y de las amenazas que recibió. Káraman mencionó otros episodios llamativos: que el Obispado no hiciera ningún juicio por la muerte de su titular, que la compañía aseguradora aceptara pagar el siniestro de auto sin investigarlo, que mientras Ponce de León agonizaba en "la Clínica San Nicolás fue rodeada en forma permanente de milicos" y lo mismo ocurrió después de su muerte durante el velorio en la Catedral. Agregó que Laguna vino a borrar la huella de Ponce de León, de quien ni quería que sus presbíteros hablaran. Otros cinco sacerdotes lo confirmaron: Carlos Antonio Pérez Carignano, Vicario General de San Nicolás, dijo que Laguna "sabía perfectamente bien el clima de hostigamiento hacia la diócesis y Ponce de León"; Marcelo Domenech agregó que Laguna sabía todo pero no quiso actuar, porque fue "una especie de inspector"; Marcelo Lisandro Sbaffo sostuvo que durante la gestión de Laguna se perdieron meses preciosos para investigar lo que todos creían que era un asesinato, similar al cometido en La Rioja contra el obispo Enrique Angelelli. Dijo que Ponce de León "era un obispo que estaba amenazado y fue uno de los pocos que defendió a muerte a sus sacerdotes frente al poder militar", ya que de otro modo también ellos hubieran sido asesinados.

El Próximo
El chofer de Ponce de León fue uno de los que recordó que Laguna había hablado durante el funeral del obispo, que, según varios testimonios citados por la jueza Arribillaga, se realizó en una catedral tomada por fuerzas militares, en un clima de inocultable tensión. Pero además del conocimiento directo por el relato de los sacerdotes que fueron colaboradores del obispo asesinado, Laguna también conocía las amenazas previas a Ponce de León, porque el diocesano de San Nicolás las narró durante la reunión plenaria del Episcopado de mayo de 1976, a la que está documentada la asistencia de Laguna. El fiscal Murray aportó copia de las anotaciones manuscritas por el obispo de Goya, Alberto Pascual Devoto, sobre las situaciones denunciadas en esa asamblea por Ponce de León, Angelelli, Vicente Zazpe y Jaime de Nevares. El sacerdote Jorge Breazú contó en su testimonio judicial que al producirse el asesinato de Angelelli, Ponce de León le dijo "el próximo soy yo" y su colega Nicolás Gómez dijo que Ponce de León le había mostrado una nota en la que le decían que se preparara "porque en julio se te acaba" y otra con el dibujo de un ataúd, una mención al ya asesinado obispo riojano y la sentencia "ahora te toca a vos". La monja y docente Yolanda Filomena Berardi relató que Laguna separó a todas las religiosas de la pastoral diocesana. La jueza menciona una nota del jefe militar Manuel Saint Amant a Laguna sobre "la tirantez de relaciones" entre esa jefatura y "la anterior conducción diocesana". Saint Amant también le pidió a Laguna el relevo del párroco de la Catedral, que venía de la gestión de Ponce de León. A estas constancias se suma un documento del archivo de Culto de la Cancillería, en el que Saint Amant analiza con el Director de Culto, su compañero de promoción José Luis Picciouolo, el alejamiento de Ponce de León de la diócesis, a cambio de la liberación de uno de sus sacerdotes que había sido detenido. La camarista concluye que "contrariamente a lo declarado", Laguna "conocía las amenazas contra la persona de Ponce de León", por lo que su respuesta negativa "aparece como mendaz, toda vez que luce probable que Laguna haya negado la verdad en relación con las mismas". Tampoco considera veraz la respuesta de Laguna cuando dijo que no conocía la existencia de archivos que contuvieran reclamos de Ponce de León a las autoridades militares o judiciales por la persecución a sus presbíteros. También tomó en cuenta que el CELS negó que alguna vez Laguna hubiera integrado sus filas, "lo que desvirtúa los dichos vertidos por el encartado, probablemente a efectos de mejorar su situación procesal".

Mentir para Salvarse
Los camaristas Fernando Lorenzo Barbará y José Guillermo Toledo adhirieron al voto de Arribillaga y recordaron que ya se habían pronunciado en ese sentido hace un año y medio, entonces en minoría. Barbará había dicho entonces que el falseamiento de las fechas fue "la excusa para callar una verdad conocida" sobre otros aspectos de la investigación. Para Toledo, Laguna pudo haber tenido alguna responsabilidad por hechos posteriores vinculados al homicidio. Sus declaraciones sobre actos propios serían una falta "cometida por la necesidad de salvarse". También adhirieron a los fundamentos de Arribillaga los camaristas Elida Vidal, Edgardo Bello y Carlos Carrillo. Pero después de descalificar la decisión de Villafuerte Ruzo, Bello y Carrillo votaron por devolverle el expediente para que él mismo volviera a pronunciarse, en línea con lo señalado por el tribunal. El Poder Judicial mostró una especial reticencia a investigar estos casos, por lo que la decisión de la Cámara Rosarina marca un cambio de tendencia. La ficción de una dictadura sólo militar, sin apoyos ni complacencias de otros sectores de la sociedad ya no se sostiene y a partir del falso testimonio, podría ampliarse la imputación a Laguna por encubrimiento del asesinato de su hermano de sacerdocio, a quien consideraba un extremista radical. Para ello sería imprescindible que se apartara de la causa el juez Villafuerte Ruzo, quien ya fue recusado por el fiscal Murray y por los querellantes en otras causas similares, porque su hermana está casada con el general Enrique Bonifacino, directivo de asociaciones como el Círculo Militar y el Centro de Oficiales de las Fuerzas Armadas, que consideran los juicios por crímenes de lesa humanidad como agresiones a las Fuerzas Armadas. Además, Villafuerte Ruzo demoró cuatro años el proceso resistiéndose a incorporar pruebas sobre las denuncias que había formulado Ponce de León en la Conferencia Episcopal y las amenazas que recibió, y, en otra causa, calificó estos procesos como una injusticia que le había sido impuesta y postuló "el perdón invocado en Cristo", consideración religiosa que no puede oponerse a la actividad judicial.
3 de julio de 2011
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urondo y la pastilla


El médico forense Roberto Edmundo Bringuer declaró ante el tribunal que, de acuerdo con la autopsia que hizo el 17 de junio de 1976, Paco murió por un traumatismo encéfalo-craneano.
[Horacio Verbitsky] A 35 años de la muerte de Francisco Urondo, el juicio que se realiza en Mendoza demostró que su muerte se debió al culatazo en la nuca del policía Celustiano Lucero, que le hizo estallar el cráneo. La autopsia de sus restos desmiente la versión creída hasta ahora de que el poeta y guerrillero se tomó una pastilla de cianuro para suicidarse. El 17 de junio de 1976, Urondo fue emboscado por la policía mendocina, subordinada al Ejército, en una cita cantada. Conducía un pequeño automóvil Renault 6 en el que lo acompañaban su mujer, Alicia Raboy, su hija Angelita, y su compañera de militancia René Ahualli, La Turca. Angelita tenía once meses y Alicia nunca fue liberada con vida, por lo que el único testimonio sobre lo ocurrido dentro del auto fue el de La Turca. Al declarar ante los jueces mendocinos, Ahualli contó que luego de una persecución en la que ella y Urondo agotaron las municiones de la pistola y el revólver que llevaban como únicas armas, Urondo detuvo el vehículo que conducía, les dijo a sus acompañantes que acababa de tomar la pastilla y las instó a huir. "Por qué hiciste eso, papi", dijo Alicia, quien tomó a la beba en brazos y escapó, junto con La Turca, quien estaba herida en una pierna. Los policías se dividieron en tres grupos, detrás de cada una de ellas y en torno de Urondo, a quien golpearon en la nuca con la culata de un fusil. Ahualli ingresó en una vivienda, escapó por los fondos y subió a un trolebús que pasó por la esquina en la que seguía detenido el auto de Urondo y pudo alejarse sin que la detectaran. Alicia intentó hacer lo mismo luego de entregar la bebita a un vecino, pero no encontró una salida y fue detenida por los policías que la perseguían. La bebita fue derivada por la justicia federal como NN a la Casa Cuna intervenida por un coronel. De allí la recuperó su abuela materna, Teresa Raboy, antes de que la entregaran a una familia militar. Beatriz Urondo consiguió que los militares le entregaran el cadáver de su hermano. En las audiencias de esta semana, el médico forense Roberto Edmundo Bringuer, declaró ante el tribunal que, de acuerdo con la autopsia que hizo el 17 de junio de 1976, Paco murió por un traumatismo encéfalo-craneano, con hundimiento de cráneo, que no había ninguna herida de arma de fuego ni esquirlas de proyectil ni presencia de ningún veneno. Bringuer, quien se jubiló como profesor titular de medicina legal en la Universidad de Cuyo y como director del Cuerpo Médico Forense, explicó que el hundimiento del cráneo, de 3 centímetros de longitud pudo haber sido con la culata de un arma de fuego. En las personas muertas por ingesta de cianuro el cadáver se ve muy rosado, como si hubiera tomado sol, y el jugo gástrico presenta un fuerte olor a almendras. Nada de eso ocurrió en este caso, dijo. Tampoco se observó la rigidez característica en muertes por estricnina. Un médico policial le pidió que dijera que había heridas de bala, pero el forense se negó: "¿Qué querés, que yo mienta? Si no hay proyectiles". La conclusión es que Paco eligió ofrecerse como blanco para sus perseguidores y mintió que había tomado la pastilla porque de otro modo La Turca y Alicia no hubieran tratado de escapar con la nena. Los juicios se constituyen de este modo en un valioso medio de reconstrucción histórica, que derriba mitos y precisa los hechos.
3 de julio de 2011
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menores con perpetua van a la cidh


Llega a la Corte Interamericana el caso de los menores con perpetua. La Comisión Interamericana de DD.HH. elevó a la Corte de esa instancia el caso de los cinco chicos argentinos condenados a cadena perpetua. La demanda podría derivar en una pena al país. Reclaman cambios en la legislación.
[Carlos Rodríguez] Argentina. Tras un largo trámite que se inició en abril de 2002, llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos una denuncia por la cual podría ser condenado el Estado argentino por haber sentenciado a prisión y reclusión perpetua a cinco chicos que tenían entre 16 y 17 años, en violación a la Convención sobre los Derechos del Niño. La Corte Interamericana recibió la causa elevada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en noviembre del año pasado había emitido un informe de 75 carillas donde expuso, en detalle, los casos de César Alberto Mendoza, Lucas Matías Mendoza, Ricardo David Videla Fernández, Saúl Cristian Roldán Cajal y Claudio David Núñez. La CIDH concluyó que el Estado argentino "es responsable internacionalmente por mantener en vigencia un sistema de justicia de adolescentes que permite que éstos sean tratados al igual que los adultos infractores". Por eso pidió a la Corte Interamericana que se expida, lo que podría derivar en una condena al Estado argentino.
El caso más grave es el de Videla Fernández, condenado a prisión perpetua el 28 de noviembre de 2002, por un tribunal de menores de Mendoza, cuando tenía 17 años. El chico se suicidó en prisión, a los 21, en junio de 2005, en la Penitenciaría provincial. Un interno vio a Ricardo David en su celda, parado sobre un banquito, con su cinturón al cuello. Le dijo: "Me voy a ahorcar porque no quiero estar más acá". El joven había anunciado mucho antes su intención de quitarse la vida.
"El Estado provincial y el Nacional fueron notificados por la CIDH y han reconocido que están en falta, pero no han dado la respuesta necesaria, que es la de aprobar en el Parlamento una ley que deje sin efecto la posibilidad de que la Justicia dicte penas de prisión o de reclusión perpetua a menores de 18 años", le dijo a Página/12 el abogado mendocino Fernando Peñaloza. El letrado, que llevó a la CIDH el caso de Videla Fernández, señaló que "en el informe de fondo, que se dio a conocer en noviembre, el organismo dejó constancia de que la muerte de Ricardo David no fue debidamente investigada y por eso debe responder el Estado".
A los casos elevados a la CIDH se sumó el del chico Diego Arce, condenado a prisión perpetua a los 17 años. "El caso Arce debería ser contemplado y tener la misma solución: que se revoque la condena a perpetua, aunque su caso no haya sido presentado formalmente ante la CIDH". Arce tiene hoy 27 años. Hace diez que está preso, ahora en el penal de Almafuerte, junto con Roldán Cajal. En ese penal se han registrado intentos de suicidio de presos y denuncias por torturas y malos tratos. Claudia Cesaroni, del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (Cepoc), recordó que Lucas Mendoza y Claudio Núñez fueron condenados en abril de 1999 por el Tribunal Oral de Menores 1 de la Capital Federal, en plena ofensiva del entonces candidato a la gobernación bonaerense Carlos Ruckauf, quien proponía "meter bala a los delincuentes".
El párrafo "a" del artículo 37 de la Convención de los Derechos del Niño dice que "no se impondrá pena capital ni la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación" a menores de 18 años. Los jueces que condenaron a Mendoza y Núñez aseguraron en su fallo que la pena impuesta "no se halla en pugna con disposición constitucional alguna" dado que los condenados tienen "la posibilidad de excarcelación" o de "acceder a la libertad condicional", algo que ninguno ha logrado hasta el momento.
Los casos ahora llegaron a la Corte Interamericana. Tanto Cesaroni como Peñaloza, a la luz del informe "de fondo" emitido por la CIDH, descuentan que el Estado argentino "será condenado y estará obligado a cumplir lo que diga la Corte, como país sancionado". Recordaron que Argentina es "el único país latinoamericano que tiene a menores de edad condenados a la pena máxima". La denuncia fue llevada en 2002 a la CIDH por Peñaloza y por la defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez.
La CIDH acusó a las autoridades judiciales argentinas por "desconocer los estándares internacionales" en materia de ley penal juvenil, "en particular, la privación de libertad únicamente como medida de último recurso y por el tiempo más breve que proceda, así como la obligación de asegurar una revisión periódica de la posibilidad de excarcelación". La CIDH recalcó que hubo "restricciones en el caso de la revisión" en Casación, "lo que dio lugar a que no pudieran argumentar cuestiones de hecho y valoración probatoria". Esto, según la CIDH, "consolidó la injusticia generada con la condena" a perpetua de los adolescentes.
La Comisión Interamericana resaltó, además, que "el caso se relaciona con una serie de violaciones ocurridas en el marco del cumplimiento de las condenas, bajo la custodia del Estado". Precisó que "Ricardo David Videla Fernández y Saúl Cristian Roldán Cajal fueron sometidos a condiciones de detención incompatibles con su dignidad humana" en la Penitenciaría de Mendoza, donde el primero de ellos falleció.
El chico padecía "problemas de salud mental, sin que el Estado adoptara medidas razonables para prevenir su muerte". Lucas Mendoza "perdió la visión, sin que el Estado le hubiera otorgado tratamiento médico", y otros dos chicos, "fueron víctimas de actos de tortura que tampoco fueron investigados de manera adecuada".
30 de junio de 2011
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no habrá ffaa en seguridad interior


201 aniversario de la Prefectura Naval Argentina. Garré rechazó la participación de las Fuerzas Armadas en cuestiones de seguridad interior.
Argentina. La ministra de Seguridad defendió la política de seguridad implementada por el gobierno nacional y fustigó al jefe de gobierno porteño: "Macri critica todo y no hace nada, yo lamento que sea el jefe de gobierno de la ciudad en la que viví toda la vida".
      
La ministra sostuvo que el gobierno del Pro no aportó "ninguna solución al sur de la Ciudad en términos sociales ni de seguridad" y sostuvo que lo único que hace Macri es criticar "sin argumentos". Durante su discurso frente a los efectivos de la Prefectura, Garré también criticó a "los trasnochados que piden la intervención de las Fuerzas Armadas" en materia de seguridad interior, aunque se pronunció a favor de la coordinación entre los sistemas de Defensa y Seguridad.
"Sabemos que el esfuerzo que exigimos a la Prefectura Naval es grande pero tenemos confianza en su profesionalismo" subrayó, y destacó los desafíos que esa fuerza deberá afrontar en el futuro próximo. Por su parte, el prefecto general Óscar Arce, insistió en el "más absoluto respeto de la fuerza a la Constitución Nacional y a sus principios rectores", y señaló el compromiso por afianzar la "política de seguridad del gobierno nacional". "La preservación de la vida y la seguridad, la protección de los buques y puertos; la prevención de la contaminación, la seguridad pública, entre otras tantas funciones, fueron y son ejes fundamentales en la labor diaria de la organización", destacó Arce.
La ceremonia -a la que asistieron autoridades civiles, militares, delegaciones del exterior- sirvió de marco para el Juramento de Fidelidad de cadetes y aspirantes de los institutos de formación de la Prefectura.
30 de junio de 2011
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el asesinato de los villaflor


En la causa ESMA, el alegato de la fiscalía por el asesinato de los Villaflor. Los fiscales Mirna Goransky y Pablo Ouviña reconstruyeron los secuestros y las detenciones ilegales de Raimundo, Josefina y los demás integrantes del grupo Villaflor. También plantearon las hipótesis sobre qué sucedió con sus cuerpos.
[Alejandra Dandan] Argentina. Los Villaflor. Las pruebas del asesinato de Raimundo en la Escuela de Mecánica de la Armada, los meses en los que su mujer y su hermana parecían seguras de que iban a salir con vida de la ESMA. Las cartas, las muñecas de trapo. Las hipótesis sobre qué sucedió con sus cuerpos integraron el tramo del alegato que la fiscalía leyó ayer en la audiencia del juicio oral de la causa ESMA. El ya retrasado tiempo del debate volvió a suspenderse después de dos horas de audiencia. Esta vez, el Tribunal Oral Federal 5 anunció un cuarto intermedio porque el represor Juan Carlos Azic estaba con problemas de presión, como viene sucediendo con sus colegas dos días a la semana. La audiencia se interrumpió hasta mañana.
"Hemos escuchado a muchos testigos referirse a ellos como grupo", dijo la fiscal Mirna Goransky al empezar el caso. "Pero el apellido ya resonaba en el ámbito social y político mucho antes de que trascendiera el nombre de Azucena, a raíz de la infiltración del Grupo de Tareas en la (iglesia de la) Santa Cruz", explicó. Azucena era sobrina de Aníbal Clemente Villaflor, dijo, obrero anarquista que por orden de Juan Perón y Domingo Mercante fue intendente de Avellaneda entre el ’46 y ’47 y fue padre de Raimundo y Josefina Villaflor.
Con el origen del parentesco anclado así en lo político, un universo en el que también situó a Azucena, la fiscal reconstruyó más tarde la línea de caídas del grupo atadas a las identidades políticas de las víctimas. Nombró a Josefina como dirigente de la Federación Gráfica bonaerense, donde conoció a su marido, José Hazan, que cayó con ella y con Celeste, la hija de ambos, el 3 de agosto de 1979. Ambos del Peronismo de Base. Luego, nombró a Raimundo y a su mujer, Elsa Martínez. Recordó que Laura, la hija de ambos, explicó en una audiencia que su madre nació en España, vivió en Uruguay donde se integró a los Tupamaros, se exilió en Argentina y se sumó al Peronismo de Base. De Raimundo dijo que era referente para los trabajadores de la zona sur bonaerense, delegado sindical, perseguido, y la figura que inspiró a Rodolfo Walsh para ‘¿Quién mató a Rosendo?’
Pero el grupo no eran sólo ellos. Goransky y el fiscal Pablo Ouviña mencionaron a todos los que cayeron –militantes, amigos, compañeros de los amigos–, pese a que muchos no son "caso" en este tramo de la causa por el modo en el que se instruyen los expedientes. Entre ellos están Juan Carlos Anzorena, Juan Carlos Chiaravalle, Fernando Brodsky, Enrique Ardetti, Pablo Lepiscopo, Hugo Palmeiro, Juan Carlos Schiaravague. Todos estuvieron secuestrados en la ESMA, excepto Raimundo. Pasaron demasiados meses con vida, hasta marzo de 1980. Varios estaban enrolados en el programa de recuperación de los marinos. Además de trabajo esclavo en pecera, con los archivos de prensa, hacían visitas a las familias escoltados por Ricardo Cavallo que se quedaba en casa de los padres, con el arma arriba de la mesa. Otros hablaban dos o tres veces a la semana por teléfono. Y luego desaparecieron, en un momento que coincide con el cambio de mandos en la dirección del GT, a partir de entonces a cargo de Horacio Estrada y una lógica interna que requeriría que el nuevo jefe se manchara las manos.

Raimundo
El asesinato de Raimundo todavía no está probado en la causa. Pese a eso, con los datos que surgieron las querellas vienen pidiendo que se condene a Miguel Donda –el único imputado en este tramo por el caso– a prisión perpetua por "homicidio". La fiscalía ayer presentó su caso con el mismo planteo.
Goransky dijo que después de recibir dos o tres días de picana, una de las testigos sintió en el sótano sus alaridos de dolor. A causa de tanto maltrato físico no pudo mantenerse en pie, tenía un brazo roto. En una de las visitas que su hermana Josefina hizo a la casa de su familia, contó que uno de los miembros del Grupo de Tareas lo llevaba y lo arrastraba del sótano a Capucha. Thelma Jara contó lo mismo en su primera declaración, dijo la fiscal. Dijo que los tormentos se prolongaron por dos días y que vio cómo se lo llevaban de Capucha al sótano para continuar con las torturas. Dicen que en ese momento mordió el brazo de un guardia, que eso desencadenó la furia, que le pegaron y lo patearon. Que después de esta golpiza y dos días de padecimiento de golpes y patadas, Raimundo falleció.
Los sobrevivientes también hablaron de la muerte. Thelma Jara vio en el tercer piso mucho movimiento de guardias y dijeron que había muerto de un paro cardíaco como consecuencia de los golpes en el sótano. Otro sobreviviente dijo que vio cuando lo pasaron colgado de pies y manos con la cabeza hacia atrás, absolutamente inerte, y que al día siguiente en una camilla al lado de la huevera había un cuerpo descalzo, del que no se veía la cara. Ese sobreviviente también dijo en la audiencia que estaba seguro de que era Raimundo. Además, la fiscalía planteó que están convencidos de que el dato quedó "debidamente registrado" por el GT porque un testigo llegó a ver en la ESMA una carpeta que decía que había muerto el 7 de agosto. "Los imputados, mientras tanto –dijo Goransky–, siguen guardando silencio sobre el destino de su cuerpo."
30 de junio de 2011
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los acusados eran las víctimas


Absuelven a cuatro jóvenes que se fugaron de una comunidad terapéutica. Los chicos habían huido porque eran sometidos a tratos crueles. Eran los métodos que aplicaban para "curarlos" de su adicción a sustancias ilegales. Los acusaban de robo agravado, pero la fiscal desistió de hacerlo.
[Emilio Ruchansky] Argentina. Luego de un proceso judicial que duró casi seis años, cuatro jóvenes que habían escapado de una comunidad terapéutica en la localidad bonaerense de Tortuguitas fueron absueltos ayer porque la fiscalía desistió de la acusación. "Quedó probado que las víctimas eran los jóvenes", comentó ayer el abogado defensor Walter Reinoso y pidió que se reactive la causa en trámite contra quienes manejaban la comunidad Volver a Empezar. Allí, los chicos eran obligados a correr durante cinco horas y al que desistía se le daba una "medida curativa", el submarino. Estos hechos, además de ser denunciados por las víctimas, fueron admitidos ayer por Mariano Núñez Gordillo, ex operador terapéutico de esa comunidad, quien agregó en su testimonio: "Yo también me hubiera escapado".
El juicio comenzó a las 8.30 en el Tribunal Oral en lo Criminal 4 de San Martín y tenía, en principio, una lista de 40 testigos. A los cuatro jóvenes se los acusaba de "robo calificado", un delito que prevé penas de entre 5 y 15 años de prisión. El 1º de abril de 2005 los cuatro y otros cinco que eran menores de edad huyeron de Volver a Empezar, luego de que sus coordinadores les negaran la posibilidad de irse. Los chicos amenazaron con palos y cuchillos, los ataron y los encerraron en un baño.
"Les pidieron las llaves y como estaban en la mochila de uno de ellos, se llevaron la mochila, sin saber que había un celular y 70 pesos. Por esto último les armaron la causa aunque hoy (por ayer), Gordillo aclaró este punto", comentó a este diario Reinoso. Los nueve fugitivos fueron capturados porque Núñez Gordillo, señalado por los jóvenes como uno de los más sádicos dentro de la comunidad, logró desatarse y denunciar el escape a la Policía Bonaerense, cuyos oficiales nunca creyeron la historia que contaron los chicos.
Los menores fueron trasladados a institutos, los cuatro mayores estuvieron dos meses presos en la comisaría de Tortuguitas y fueron procesados por el juez de Garantías de San Martín, Mariano Grammatico Mazzari, a pedido del fiscal Héctor Scebba. "Fallaron estos filtros judiciales, este juicio no se tendría que haber hecho y en realidad, lo que falta es investigar las responsabilidades de los dueños de esta comunidad terapéutica", señaló ayer el abogado Reinoso.
Los cuatro jóvenes que llegaron a juicio son tucumanos y fueron enviados desde esa provincia por el juez de menores Oscar Ruiz a la Fundación Hoffman de Buenos Aires, que los derivó a la comunidad terapéutica Volver a Empezar.
Ayer, Núñez Gordillo admitió los malos tratos y aseguró que él "estaba en desacuerdo y los disponía Carlos Nenning", quien manejaba la fundación con el psiquiatra Silvio Hoffman. Este testimonio, el tercero de la audiencia, hizo deliberar a los jueces Julio Di Giorgio, Mónica De Benedetto y Agustín Gossn y a la fiscal Paula Leiva, quien finalmente declinó la acusación.
Antes del ex operador terapéutico, pasó al estrado Matías Reinoso, acusado junto a Mauricio Melo, Marcelo Viñas y Alvaro San Juan. En diálogo con Página/12, Matías relató que había viajado a Buenos Aires porque sus padres le dijeron que "vería a un médico y estaría sólo 15 días". Cuando llegó a la comunidad, le adelantaron que estaría al menos "un año y medio". "Yo sólo fumaba marihuana, tenía 19 años y a veces pasaba dos o tres días sin volver a casa. Era rebelde, ése era mi problema", comentó. También recordó que en la comunidad "los hacían comer y tomar agua hasta vomitar, era una medida curativa decían ellos".
"Ese lugar era un campo de concentración disfrazado", sentenció ayer Alberto Calabrese, integrante de la Comisión Coordinadora de Políticas Públicas de Drogas que asesora al gobierno nacional. "Hay un modelo que justifica esto desde antes de la prohibición del alcohol en Estados Unidos. Empezó con la unión de positivismo médico y el puritanismo religioso y después se trasladó a la ética jurídica. A esos chicos se les requería una ‘expiación’ por el ‘demonio’ que tenían dentro, que sería la droga. Para retenerlos, se les decía a los padres que los adictos mienten y son manipuladores. Fue algo sádico y vejatorio", explicó Calabrese.
Nenning y Hoffman fueron denunciados en 2005 por los padres de los chicos, aunque esa causa –la 42.725– ni siquiera tiene un juez, ya que no se tomaron medidas que precisen esa autoridad, como un allanamiento. Recién la semana pasada los llamaron a indagatoria por "lesiones". Esta causa puede prescribir pronto, aunque por tratarse de torturas y habiendo recibido dinero del gobierno tucumano, a través de un convenio, "debe investigarse si no hubo un crimen de lesa humanidad", advirtió Calabrese.
28 de junio de 2011
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