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más testigos complican a zitelli


El caso del ex capellán de la Unidad Regional II durante la dictadura. Fiscales de la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los Derechos Humanos, pretenden que el sacerdote declare por los delitos de asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad y aplicación de tormentos, en el marco de la causa Feced.
[José Maggi] Argentina. El juez federal Marcelo Bailaque recibió un nuevo pedido de dos fiscales para que ordene el llamado a declaración indagatoria de Eugenio Segundo Zitelli, el ex capellán de la Unidad Regional II durante la ùltima dictadura. Se trata de los fiscales Gonzalo Stara y Mario Gambacorta a cargo de la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los Derechos Humanos, quienes pretenden que declare por los delitos de asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad y aplicación de tormentos, en el marco de la causa "Feced, Agustín y Otros s/ homicidio, violación y torturas", expte. N? 130/04, esta vez, por los hechos que damnificaron a Mónica Cattoni y Eduardo BracacciniI. El pedido fiscal surge a partir de que UMANO y Familiares de detenidos desaparecidos por razones políticas Rosario, ofrecieran el testimonio de Mónica y Jorge Cattoni y Gladis Bonafede.
Del testimonio de ésta última, surge que cuando detienen a su hijo en julio de 1977, ella supo por su sobrino que Eduardo estaba en Jefatura. Dijo también que, por medio de un matrimonio conocido de ellos y conocido también de Zitelli, consiguieron una entrevista con éste. Que entraron por la puerta de Jefatura, se entrevistaron con Zitelli quien les dijo: "los presos políticos no figuran en guía, voy a intentar hablarlo pero no me pida de sacarlo". Agregó que Zitelli estaba vestido con un traje gris oscuro y el típico cuello de cura; y los atendió en un escritorio donde estaba él solo. Contó que ella se fue algo tranquila porque hasta ese momento creía que él era un buen hombre y que, como era de Casilda, la iba a ayudar.
Del testimonio prestado por Mónica Cattoni surge que la nombrada junto con su esposo, Néstor Caraballo fue privada de su libertad entre navidad y año nuevo del año 1976. Luego, fueron llevados a la Jefatura, donde permanecieron cautivos hasta el 17 o 18 de enero de 1977. Durante su cautiverio, fue sometida a varios interrogatorios, en los primeros diez días. Estando allí, escuchó cuando torturaban a otras chicas presas. Estuvo primero en la escalera, luego en una habitación donde dormían, que estaba cerca del lugar donde torturaban; incluso un día la hicieron bajar y la hicieron cocinar. Dijo que muchas de las personas detenidas estaban golpeadas, torturadas, violadas. Contó que, junto con ella, estaban detenidas María Inés Luchetti, Marisol Pérez, una chica de apellido Hernández, otra de nombre Alicia embarazada de pocos meses y su pareja. También estaba con ella una señora que tenía cuatro hijos, con acento español, cree que le decían "Pili", a quien torturaron mucho. Que también estaba la suegra de María Inés Luchetti, violada y golpeada. Recordó también la testigo que un día escuchó que uno de los policías gritaba el nombre de Darío Castagnani a quien conocía de Casilda , que le decía: "tenés visitas". Esas visitas eran un primo de Mónica Catoni, lo que ella supo luego porque se lo contaron. Este primo suyo habló con Castagnani, quien le dijo que había hablado con Zitelli durante su detención. En relación al personal del SI, pudo escuchar los apodos de "el ciego", "el cura", "archi", "el sargento" o pelado", "ronco", "Rommel", "Darío", "monito", "Beto", "lagarto", "Diego", "kunfu", "kunfito", "Managua", "pirincha", "kuriaqui", "bruja", "Toni", "japonés".
La testigo aseguró que en los días en que estuvo detenida, "vió al cura Zitelli, ya que a pesar de estar tirada en el piso y vendada, algo podía ver". De igual modo agregó que "frente al lugar donde estaba sentada, pasaban los guardias y que por ahí vio pasar al sacerdote, al que reconoció porque ella era de Casilda, y su mamá era docente de un sobrino de Zitelli, quien además solía participar en fiestas religiosas en esa ciudad.
Mónica dijo también que si bien no podrìa asegurarlo creyó ver a Zitelli con sotana, y que recordaba otra vez que este había ido a observar el lugar donde estaba, tras lo cual le dijo a un familiar de su suegro que era el contacto que tenían con el sacerdote que ella estaba viva y que tenía puesta una pollera roja lo que dio a sus familiares cierta tranquilidad porque efectivamente ella tenía una prenda similar al momento de su detención . También cree que escuchó varias veces a Zitelli hablando con Feced; agregó que, en esa ocasión, le reconoció claramente la voz a este último. Además, contó que Zitelli, en una entrevista ya en democracia, reconoció que le daba consejos a Feced. Los dichos son corroborados por su hermano Jorge Cattoni, Contó que, cuando detuvieron a su hermana, fue con el ex suegro de ella a ver a Zitelli, alrededor de las 9 de la mañana del día siguiente a la detención. Le contaron lo que había pasado la noche anterior, y Zitelli confirmó que la noche anterior había habido varios operativos con muertos y heridos, que, si bien él todavía no había ido a Jefatura, sabía de las detenciones. Zitelli les dijo que tenían que hablar con quien había estado a cargo de los operativos, Guzmán Alfaro, pero les recomendó que vaya sólo el suegro de Mónica porque, como Jorge era joven, había riesgo de que lo dejaran detenido. Les recomendó que fueran a la tarde porque, como habían tenido mucho trabajo, posiblemente Guzmán descansara una buena parte del día. Les relató minuciosamente el camino que tenían que recorrer dentro de la Jefatura para encontrar a Guzmán Alfaro. Contó que, a las 18 hs. de ese día, Eduardo Caraballo fue a Jefatura, ingresó, siguió el camino que le indicó Zitelli y golpeó la puerta. Allí se encontró con Guzmán Alfaro y le intentó explicar que Mónica y Néstor no tenían nada que ver, que habían sido detenidos por error. Este hombre lo escuchó pero no le contestó nada. Durante esos 18 días de detención de Mónica, su hermano sólo recuerda que el pariente de Eduardo Caraballo que fue quien les permitió contactar a Zitelli les contó en algún momento que Zitelli le había dicho que había visto a Mónica y que ella tenía puesta una pollera roja.
Pero además, sostiene la fiscalía, de las indicaciones concretas que han efectuado los testigos respecto de otros imputados de esta causas, surge que todos ellos, conformaban un equipo, un "grupo de tareas" que, cumpliendo distintas funciones, perseguían el mismo fin, que no era otro que llevar adelante el plan sistemático de represión ilegal en nuestra zona.
Este ha sido, por otra parte, el criterio de imputación propuesto por el Fiscal del juicio "Díaz Bessone" ante el TOF 2, Gonzalo Stara, al ampliar la acusación de los imputados, que se resolverá el martes próximo.
Por ello, se solicitó también y por los hechos que damnificaron a Cattoni y a Braccacini la indagatoria de José Rubén Lofiego, Mario Alfredo Marcote; José Carlos Antonio ScortecchiniI; Ramón Rito Vergara; Lucio César Nast; Ramón Telmo Alcides Ibarra; Julio Héctor Fermoselle; Diego Portillo; Ernesto Vallejo; Antonio Tuttolomondo; Carlos Ulpiano Altamirano, Ramón Telmo Alcides Ibarra, Ovidio Marcelo Olazagoitia, Pedro Travagliante, Eduardo Dugour, César Heriberto Peralta, Héctor Oscar Gianola; Daniel González.
5 de junio de 2011
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la sentencia que conmovió a bariloche


Condenaron a 20 años al policía que baleó en la nuca al chico Diego Bonefoi. La Cámara Primera del Crimen, de Bariloche, condenó al ex cabo Sergio Colombil a 20 años de prisión por balear a Diego Bonefoi, de 15 años, en 2010. Eludieron aplicar el artículo destinado a policías. Rechazaron la perpetua por considerarla inconstitucional.
[Horacio Cecchi] Argentina. Otra vez el caso Diego Bonefoi conmueve a Bariloche y por extensión a Río Negro. Ayer, la Cámara Primera del Crimen condenó a 20 años de prisión al cabo Sergio Colombil por haber baleado en la nuca al chico de 15 años, cuando éste escapaba, desarmado, en una plaza del barrio Furman. Los jueces aplicaron una condena fuerte al ex cabo, pero rechazaron el pedido de perpetua de la fiscalía por considerarla inconstitucional, porque no habilita la gradación de la pena, no tiene fines humanitarios, y el condenado es joven. Evitaron de ese modo, aplicar el artículo del Código Penal que castiga con perpetua a policías que cometieron un crimen semejante al de Bonefoi.
El vallado policial que rodeó el Centro Cívico de Bariloche desde que se inició el juicio al ex cabo dieron la pauta de los temores de que se desatara la furia, como ocurrió el 17 de junio del año pasado en el barrio Furman, el lado oscuro de la ciudad.
En la previa a la sentencia, la acusación, fiscalía y querella, había solicitado la perpetua por tratarse de un funcionario policial y por la alevosía. La defensa apostó a la poco sencilla absolución y, en todo caso, a seis meses por homicidio culposo. Un accidente.
Con el voto inicial de Alejandro Ramos Mejía, el presidente del tribunal, Marcelo Barrutia, y la adhesión del vocal Gregor Joos, la Cámara condenó a Colombil a 20 años.
Pero, para ello, primero declaró la inconstitucionalidad, para este caso, de la pena de prisión perpetua por considerar que es un castigo inamovible que no permite establecer graduación en la pena. Al descartar aplicar la pena de prisión perpetua prevista en el artículo 80 inciso 9 (para policías) del Código Penal (CP) y ajustar la graduación de entre 12 y 25 años de prisión, luego se dedicaron a considerar la condena.
Los magistrados abundaron en fundamentación de esta decisión, y consignaron jurisprudencia de Rosario, Córdoba y casos de otras ciudades, en los que jueces optaron por la misma declaración, entendiendo que la Constitución Nacional establece criterios de "proporcionalidad de las penas". Señalaron que la pena de prisión perpetua contradice preceptos de "raigambre constitucional", como el de "la proporcionalidad y humanidad de las penas", y expresaron la necesidad de establecer "escalas penales" para castigos de "razonabilidad mínima de la respuesta punitiva que requiere que la pena guarde proporción" con el delito.
También cargaron contra las reformas arrancadas por Blumberg, al afirmar que quedó "estadísticamente demostrado que el agravamiento general de las penas no ha reducido el índice delictual que por el contrario se ha incrementado sensiblemente".
Al graduar la pena, los jueces consideraron a favor de Colombil su "juventud, educación, falta de antecedentes" y se inclinaron por "no desconocer el pedido de disculpa, que impresionó sincero", además de las "graves" carencias y problemas del equipamiento policial. Los jueces descartaron lo accidental del disparo con lo que rechazaron la absolución o los seis meses de homicidio culposo pedido por la defensa. No tomaron como cierta la descripción de Colombil que sostenía que llevaba la tonfa y la pistola en la misma mano, pero aceptaron que lo defectuoso de la cartuchera lo llevara a portar el arma en la mano. Pero también consideraron que estaba cargada y llevaba el dedo en el gatillo.
De allí que introdujeran la calificación de "dolo eventual": no tuvo la intención directa o indirecta de matar a Bonefoi, pero "despreció" las consecuencias de su accionar conociéndolas perfectamente.
"Esto nos permite creer en esta Justicia", dijo Sandro Bonefoi, padre del chico muerto, entre llantos y entrelíneas; su abogado querellante, Jorge Pschunder un mes antes había apoyado públicamente la recusación del juez Martín Lozada de la otra causa, la de los homicidios de Sergio Cárdenas y Nicolás Carrasco. Sandro sostuvo que los 20 años de prisión "son un ejemplo para que no le pase a ningún pibe más".
Con otro criterio, la Multisectorial denunció que el fallo aporta a evitar que la causa Cárdenas-Carrasco apunte a otras responsabilidades, a las que había citado a indagatoria Martín Lozada, ahora apartado. Rubén Marigo, de la APDH Bariloche, sostuvo que Colombil "debió haber sido condenado a perpetua" por la figura de dolo directo. El "dolo eventual (aplicado por la Cámara y que permitió reducir la condena a 20 años porque no deja clara la intencionalidad) surge de un concepto errado de la seguridad, producto de la doctrina Blumberg". Marigo rescató que el tribunal hubiera vinculado conceptos de derechos humanos. "Es una sorpresa y espero que sea una constante", sostuvo.
Mariela, la madre de Diego, tan sólo dijo que "nos destruyó la vida".
4 de junio de 2011
3 de junio de 2011
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catálogo de memoria abierta


Memoria Abierta presenta su catálogo ‘La dictadura en el cine’. Esteban Garelli, Marcela Visconti y Liora Gomel, responsables de la catalogación que hoy se presenta en público, explican de qué manera llegaron a los 444 films que hoy integran el archivo y cuáles fueron los criterios para elaborarlo.
[Óscar Ranzani] Argentina. Desde su creación en 1999, la institución Memoria Abierta se dedica a preservar, recuperar, catalogar y difundir el acervo documental de las organizaciones de derechos humanos que la integran y de otros archivos para abrirlos a la consulta pública, entre otras tareas imprescindibles como, por ejemplo, el aporte de documentación a procesos judiciales. Su misión fundamental es preservar la memoria de lo sucedido durante el terrorismo de Estado para enriquecer la cultura democrática. Conformada por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Fundación Memoria Histórica y Social Argentina, Madres de Plaza de Mayo-Línea Fundadora y el Servicio Paz y Justicia (Serpaj), Memoria Abierta venía recibiendo muchas consultas de docentes y personas, en general, que querían trabajar el tema de la memoria en las casas, en las escuelas o en distintos espacios. Y muchos fueron los pedidos en relación al cine sobre la dictadura. "Por otro lado, en el trabajo de recolección de archivos durante todos estos años, nosotros fuimos tratando de recuperar las películas que nos íbamos cruzando y llegó un momento en que tuvimos una gran cantidad de material y una necesidad muy clara del público y surgió este proyecto", dice Liora Gomel, responsable de Comunicación de Memoria Abierta. El proyecto se llama ‘La dictadura en el cine’ y consiste en un catálogo ordenado alfabéticamente y también de manera cronológica y por temas sobre las 444 películas que hacen referencia al terrorismo de Estado en la Argentina. Se presentará hoy a las 19 en el Malba (Figueroa Alcorta 3415), con la presencia de Lita Stantic, Ricardo Piglia y Gonzalo Aguilar.
El trabajo de investigación y recopilación de este catálogo fue realizado por Marcela Visconti (graduada en la carrera de Artes de la UBA) y Esteban Garelli (guionista egresado de la Enerc), quienes contaron con la colaboración de un comité asesor del proyecto compuesto por Gonzalo Aguilar, Ana Amado, David Blaustein, Andrés Di Tella, Claudia Feld y Mariano Mestman. Para realizar el trabajo, la dupla indagó en material bibliográfico como, por ejemplo, catálogos del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (Incaa) y de diversos festivales, libros, notas periodísticas, revistas especializadas, archivos y fuentes de datos de organismos e instituciones (bibliotecas, museos, universidades, escuelas de cine, filmotecas y productoras). ‘La dictadura en el cine’ tiene información sobre producciones (tanto documentales como ficciones) hechas desde 1976 hasta la actualidad que fueron estrenadas comercialmente o que se exhibieron en festivales o ciclos de cine.
"Por un lado, el principal objetivo del trabajo tiene que ver con sistematizar la gran cantidad de información que está muy dispersa. Esto está vinculado con los problemas que hay con las políticas de preservación en nuestro país, en cuanto al cine puntualmente y en general", comenta Visconti en diálogo con Página/12. "Realizar este proyecto permitía sistematizar una gran cantidad de información sobre el cine que se realizó sobre la dictadura y reunir la mayor cantidad posible de películas en la videoteca que tenemos. Y eso está ligado fuertemente con la idea de poder preservar y también producir documentos vinculados con el terrorismo de Estado porque, en ese sentido, las películas funcionan también de esa manera, dando cuenta de esa época", agrega Visconti.

¿Qué criterios tuvieron en cuenta para seleccionar el material?
Esteban Garelli: –Al principio, empezamos con un gran grupo de películas que entraron directamente porque tienen a la dictadura como un tema central. Entonces, en ese caso, no había ninguna decisión que tomar y las incluíamos. Después, había otro gran grupo. Tenemos 444 films que se vinculan de alguna u otra manera con la dictadura. Además de este gran grupo, hay otras películas que se vinculan de una manera más alegórica o tangencial. Por ejemplo, ‘Memoria del saqueo’ es sobre la crisis de 2001 que para explicarla se remonta a la política de Martínez de Hoz.

Marcela Visconti: –Otro ejemplo de una película más tangencial es Un buda, que narra la historia de dos hermanos, pero al principio hay una pequeña escena donde secuestran a sus padres frente a ellos, siendo niños, que los dejan en la casa de la abuela. Después, esto no aparece más en toda la película. Pero está esa escena inicial y nosotros pensamos que teníamos que incluir este tipo de producciones, a pesar de que el tema central sea otro.

A través del catálogo se puede entender no sólo el cine sino también la realidad de lo que fue la dictadura. Por ejemplo, del Mundial ’78 al modelo económico...
E. G.: –Todos los cortes temáticos son lo más amplios posibles. Por ejemplo, en "Exilio" se pueden ver películas de ficción que tematizan el exilio o también documentales sobre personas que se exiliaron. Se pueden ver películas mirando retrospectivamente esa militancia desde la década del ’90 o desde el 2000 y también cine militante hecho en el exilio durante la dictadura. La idea, dentro de cada grupo, consistió en establecer miradas amplias que se crucen entre sí y que generen diálogos nuevos.

Liora Gomel: –Uno de los grandes aportes del catálogo es que cada película que fue incluida tuvo un debate muy grande en Memoria Abierta acerca de si había o no que incluirla. Porque, de pronto, la película en el momento en que fue producida no tenía un mensaje claro respecto a la dictadura pero sí llegó al público como si lo fuera. O de pronto, esa breve escena que tiene que ver con la dictadura dice mucho más de nosotros como sociedad que una película enteramente dedicada al tema. Entonces, creo que uno de los grandes aportes es que hay gente que va a ver algunos títulos de las 444 películas y va a decir: "¿Y esto qué tiene que ver con la dictadura?". Va a ir a buscar y va a encontrar ahí más preguntas sobre el tema y se le van a abrir preguntas que nosotros también tuvimos.

M. V.: –Sumando a lo que dice Liora, uno de los casos que fue muy discutido con todo nuestro equipo de trabajo y con los asesores del proyecto fue el de Camila, una película de época cuyo argumento no tiene nada que ver con el momento de la dictadura, pero, sin embargo, se estrenó en plena transición democrática. Entonces, fue recibida de una manera que tiene mucho que ver con qué fue lo que estaba pasando en ese momento de recuperación de la democracia.

¿Por qué incluyeron algunas películas realizadas en la Argentina de la dictadura?
M. V.: –En base a todo lo que venimos hablando estos días con los medios, nos llama mucho la atención el interés muy fuerte por esas películas. Y esto nos hizo reflexionar que quizá éste es un momento en que empiezan a aparecer algunas cuestiones como el tema de la complicidad civil que expresan esas películas. Antes, esas películas existían pero nadie se estaba planteando muy bien qué pasó ahí. Decidimos incluirlas porque son películas que se realizaron en ese momento a favor del régimen, en el sentido de que el régimen favoreció que se hicieran esas películas que presentaban ciertos "valores" ligados a "Patria", "Familia", "Iglesia", en algunos casos de un modo muy marcado.

E. G.: –Las películas de Palito Ortega son las más emblemáticas. Por ejemplo, ‘Brigadas en acción’ es sobre un policía que recorre las calles de Buenos Aires en un Falcon sin patente. Adoptan a un chico que es huérfano, lo llevan a la Escuela de Policía y el chico dice: "Cuando sea grande quiero ser policía". Hay otra película titulada ‘Dos locos en el aire’: allí Palito Ortega es aviador y está filmada en la Escuela de Aviación Militar de Córdoba, donde también funcionaba un centro clandestino de detención. No sólo está llena de militares sino que también hay una fuerte presencia de la religión, de lo católico, del casamiento, del valor de la familia, todos valores conservadores y tradicionalistas. Además de lo explícito de las Fuerzas Armadas.

L. G.: –Además, esas películas son interesantes por lo que dicen y por lo que no dicen. Esas eran las películas que se podían hacer en esa época, con todo lo que implica. Uno puede tomar esas películas como punto de inicio para conversar sobre la censura, sobre los artistas que no pudieron filmar en ese entonces, sobre ciertos directores que se dedicaron a otras cosas porque preferían no ser cómplices con el régimen. Entonces, más allá de lo que concretamente dicen a favor del régimen, también muestran una forma de cómo se podía hablar o de qué cosas se podían decir. Y dejan ese vacío para que uno se dé cuenta de lo que no se podía decir ni mostrar.

Generalmente cuando se tienen que mencionar películas pro dictadura se señala ‘La fiesta de todos’, dirigida por Sergio Renán. Pero había otras con mensajes más encubiertos. ¿Qué encontraron de este material?
M. V.: –Hay una película de Olmedo y Porcel que se llama ‘Encuentros muy cercanos con señoras de cualquier tipo’. Es un film que está en clave picaresca, un género más que nada televisivo. Y la película en sí no tiene nada de interesante, es una comedia muy tonta, de enredos. Pero en el inicio está la imagen del partido de fútbol por las semifinales del Mundial ’78. Y hay una voz que dice: "Vamos a entrar a jugar este partido pero, en realidad, la Argentina ya ganó, ya le demostró al mundo que acá somos justos, que acá somos derechos". O sea, toda una bajada de línea muy dura que, de alguna manera, hace pensar por qué eso no fue filtrado en la trama de la película. Podría haber sido una opción. Uno se pregunta por qué fue puesto así de esa manera brutal, adelante. Pero bueno, en todo caso, sea como sea, está y resignifica la película.

E. G.: –Porque después es una típica película de Olmedo y Porcel, como tantas otras que se hicieron en esa época.

Esto nos lleva a otro tema: ¿qué se puede encontrar en el catálogo del material de propaganda elaborado por la dictadura?
E. G.: –Hay dos películas. Una es ‘Ganamos la paz’, que ya circulaba hace unos años. Es un documental hecho entre el ’76 y el ’77 (no hay una fecha clara) y que se remonta al ’55 para explicar la dictadura. Es algo así como "por qué vinimos nosotros a traer la paz al país que había perdido el rumbo". La otra es ‘Estoy herido, ataque’, una ficción basada en un hecho real que ocurrió en febrero del ’75 en Tucumán, durante el Operativo Independencia. Y es, obviamente, la versión de los militares sobre lo que pasó en un enfrentamiento entre el Ejército y la guerrilla. Esa película dura veinte minutos, se pasó en televisión en ese momento y después no se vio nunca más. Nosotros encontramos una referencia en dos libros, iniciamos la gestión de la búsqueda y finalmente dimos con una copia. Esa copia está ahora en las oficinas de Memoria Abierta junto a casi 330 de las 444 que logramos conseguir. Esas películas están en Memoria Abierta para quien quiera verlas allí. Por una cuestión de derechos no la podemos copiar.

¿Cuáles son los otros hallazgos que lograron para el catálogo?
M. V.: –Hay otro hallazgo cuya historia es muy interesante. Leyendo, encontramos una referencia a una película que se había pasado como apertura del Festival de Cine de Moscú, en 1979. Es una película sueca, cuyo título traducido al castellano es ‘Murallas de la libertad’. La anécdota era que esta película se pasó en la apertura. Y había una comitiva argentina que había viajado al festival para presentar El poder de las tinieblas, film del hijo de Ernesto Sabato. En esa comitiva estaban Leonor Benedetto, Gerardo Romano, Mario Sabato y el titular del Instituto de Cine de entonces. Cuando ven esa película sueca, salen indignados porque dejaba ver lo que estaba sucediendo en el país con las torturas. Entonces, esa delegación pidió al gobierno argentino que la hiciera retirar. El gobierno argentino pidió que se retirara esa película del festival y efectivamente esa película se retiró. Se vio sólo en la apertura. La Unión Soviética se disculpó por vía diplomática y de esa película no se supo más nada.

E. G.: –Nosotros leímos esta anécdota en un anuario de cine del ’79.

¿La película reflejaba las torturas y las desapariciones?
M. V.: –Es una película sobre un actor argentino que se exilia en Suecia y tiene recuerdos a través de flashbacks de la realidad de acá, donde un amigo de él desaparece y donde él, que era actor, hace una representación de una escena de tortura. Es una ficción. Nosotros sabíamos el nombre de la directora, entramos en una página donde estaba su mail, le escribimos. Empezó toda una serie de peripecias que llevaron a que después de muchas idas y vueltas nos enviaran desde Suecia una copia en DVD, con muy mala calidad, desde el Instituto de Cine Sueco, que tiene una marca de agua; es decir, no se puede copiar pero al menos se puede ver.
[El catálogo ‘La dictadura en el cine’ puede verse en memoriaabierta.]
4 de junio de 2011
2 de junio de 2011
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extracción de sangre o saliva


Ordenan la extracción de sangre o saliva, pero limitan los casos para comparar. La Cámara de Casación Penal ordenó que Marcela y Felipe Noble Herrera se sometan "a la extracción directa, con o sin consentimiento, de mínimas muestras" para obtener ADN, pero sólo con un grupo restringido de familias de desaparecidos.
[Irina Hauser] Argentina. La Sala II de la Cámara de Casación Penal ordenó que Marcela y Felipe Noble Herrera, hijos adoptivos de la dueña de Clarín, se sometan "a la extracción directa, con o sin consentimiento, de mínimas muestras de sangre, saliva, piel, cabello u otras muestras biológicas" que les pertenezcan de "manera indubitable" para poder determinar si son hijos de desaparecidos. El tribunal, así, hizo lugar a un reclamo de las Abuelas de Plaza de Mayo y movió un casillero una causa judicial que ya lleva diez años de indefinición. Sin embargo, simultáneamente, fijó un límite y sólo habilitó la comparación de los perfiles genéticos de los jóvenes con el ADN de las familias de personas "detenidas o desaparecidas con certeza" hasta el 13 de mayo de 1976, en el caso de Marcela, y hasta el 7 de julio del mismo año en el de Felipe. La obtención del material genético no será inmediata, ya que algunas de las partes apelarán y el tema inevitablemente desembocará a la Corte Suprema, que tendrá la palabra final sobre la discusión de fondo.
"Es una de cal y otra de arena, es querer quedar bien con Dios y con el diablo", resumió la presidenta de Abuelas, Estela Carlotto, su primera impresión de la resolución que firmaron Guillermo Yacobucci, Luis García y Raúl Madueño. Aun así la evaluó como "un paso importante" porque determina que "sí o sí la extracción de sangre o de elementos que contengan ADN debe proceder". "Lo que nos cayó mal", acotó, es "la limitación" temporal que permitirá que la comparación se haga sólo con un grupo de familias. "Seguimos con la historia de que acá hay de primera y de segunda. ¿Por qué todos los demás casos siempre se han comparado con el Banco (de Datos Genéticos) completo y en éste no?", se preguntó.
En diciembre último la jueza Sandra Arroyo Salgado, a cargo de la causa en la que se investiga la identidad de los hijos adoptivos de Ernestina Herrera de Noble, dispuso que se les haga una extracción de sangre, pelos o saliva que fuera voluntaria o se transformara en compulsiva si ponían reparos. Los jóvenes apelaron ante Casación, segundo tribunal del país, después de que la Cámara de San Martín avalara a la jueza.
La mgistrada había dispuesto el análisis forzoso como consecuencia de una sucesión de irregularidades que impidieron que se obtuviera un perfil genético "indubitable" de Marcela y Felipe. En mayo de 2010 había mandado a secuestrarles prendas de vestir en un allanamiento en el que la policía los dejó solos durante unos veinte minutos, lo que generó fuertes dudas sobre la ropa incautada que, de hecho, tenía impregnado ADN de varias personas de distinto sexo. Algo similar ocurrió en un procedimiento en 2009, ordenado por el juez Conrado Bergesio, quien además admitió una muestra de sangre y saliva que los jóvenes entregaron por su cuenta en el Cuerpo Médico Forense y con la condición de que sólo se compararan con dos familias querellantes, ya que desconocen el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) que interviene por ley. El problema no sólo fue el mecanismo que usaron, sino que Bergesio no tomó recaudos para la conservación de las muestras.
La lectura del fallo fue televisada y la hizo Yacobucci, quien preside la Sala II de Casación. En pocos minutos punteó las dos disposiciones claves: la que respalda la orden de Arroyo Salgado para obtener "con o sin consentimiento" muestras de sangre u otros tejidos, basándose entre otras cosas en que la ley vigente (conocida como ley de ADN) otorga suficientes garantías "de protección", y la que establece que los datos genéticos obtenidos sólo se podrán comparar con los aportados al BNDG "por parientes de personas detenidas o desaparecidas –con certeza (sic)– hasta el 13 de mayo de 1976" en el caso de Marcela, y hasta el 7 de julio de 1976 en el caso de Felipe. Las fechas elegidas son aquellas en que se dispuso –en teoría– la entrega judicial en guarda de los niños a la dueña de Clarín. Una se corresponde con el acta del día en que Herrera de Noble se supone que se presentó en el juzgado diciendo que había encontrado a la beba en una cajita. La otra coincide con el acta de la aparición de una mujer, Carmen Luisa Delta, que manifestaba su voluntad de dar un bebé en adopción, aunque el ex juez Roberto Marquevich constató que nunca existió una persona con ese nombre y que el número de documento consignado era de un varón. Según los datos de Abuelas, las familias comprendidas en el período definido por los camaristas son unas veinticuatro.
Las dos caras del fallo despertaron desconcierto entre las Abuelas, sus abogados, los fiscales, los nietos recuperados presentes entre el público, Madres de Plaza de Mayo y otros organismos de derechos humanos que llenaron el recinto. Marcela y Felipe Noble Herrera no fueron a la audiencia.
Al pasar en limpio el resultado, el abogado de Abuelas, Alan Iud, le dijo a Página/12: "Nos dieron la razón en el principal punto en discusión al establecer que se puede determinar la identidad de alguien contra su voluntad, incluso llevándolo por la fuerza pública al BNDG. Cualquier persona presuntamente hija de desaparecidos se debe realizar los análisis de ADN, es lo que dice la ley. El fallo dice que es un procedimiento constitucional y acorde a la jurisprudencia internacional". "El punto negativo –alertó– es la limitación para comparar el ADN. No vemos fundamentos para tener por ciertas las fechas en que se dispusieron las guardas a favor de Herrera de Noble siendo que surgen de expedientes que contienen elementos falsos. Además, el objeto de investigación definido por la fiscalía y la jueza es verificar si son hijos de desaparecidos, no si son hijos de desaparecidos nacidos en 1976 o de tal o cual familia."
"Es un fallo con trampa, envenenado, un retroceso", advirtió el abogado Pablo Llonto, que representa a las familias García-Gualdero y Miranda Lanuscou. "Primero muestran el dulce y admiten los estudios de ADN ordenados por Arroyo Salgado, pero después inventan un límite que no estaba en discusión porque nadie lo había planteado. Y lo hacen dándole crédito a un expediente de adopción objetado de punta a punta", dijo. Según Llonto, "también traerá problemas la frase que hable de comparar con familiares de personas desaparecidas con ‘certeza’ en tal fecha. Es una expresión envenenada, que dará pie a más planteos. Por ley la comparación debe hacerse con todas las muestras del BNDG".
Los abogados de Marcela y Felipe difundieron sus propias quejas. Dijeron que la resolución es "inconstitucional" y"desconoce la jurisprudencia de la Corte Suprema", adonde apelarán según anunciaron. El abogado Llonto también irá al máximo tribunal. El equipo jurídico de Abuelas evalúa alternativas, igual que los fiscales. La discusión desembarcará como sea en los despachos supremos, que en 2009 falló sobre los estudios de ADN en casos distintos del de los hermanos Noble Herrera y antes de que se aprobara la ley que habilitó a los jueces a disponer análisis compulsivos. Carlotto anticipó: "Como no hay tiempos, ahí (en la Corte) empieza otra guerra, a ver si se expide rápido o no".
4 de junio de 2011
3 de junio de 2011
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prisión por vuelos de la muerte 2


Procesaron con prisión preventiva a los imputados por los vuelos de la muerte. El abogado Gonzalo Alvarez de Tolosa, que visitaba la ESMA, y los pilotos de Aerolíneas Enrique de Saint Georges y Mario Arru –en funciones hasta su detención– están entre los procesados. Tres prefectos ahora en la mira judicial.
[Diego Martínez] Argentina. El juez Sergio Torres procesó con prisión preventiva a cinco imputados por los vuelos de la muerte. Tres son ex pilotos de Prefectura que participaron el 14 de diciembre de 1977 de la ejecución desde un avión Skyvan del grupo de familiares de desaparecidos secuestrados en la Iglesia de la Santa Cruz. El magistrado valoró especialmente un estudio de la Procuración General de la Nación sobre 2800 planillas de vuelo y un testimonio obtenido por el fiscal Miguel Osorio en el que un suboficial de Prefectura vinculó directamente con los crímenes a Enrique de Saint Georges y Mario Arru, flamantes ex comandantes de Aerolíneas Argentinas. Esa declaración incluye los nombres de otros tres prefectos que tenían "la sartén por el mango" y están en la mira de la Justicia. Se trata de los prefectos principales Raúl Alberto Lanzi, hoy radicado en Concepción del Uruguay; Roberto Antonio Salinas, actual profesor del Servicio de Aviación de Prefectura, y Raúl Novo, ex comandante de LAPA y jefe de Prevención de Accidentes para la época de la tragedia de 1999 que acaba de prescribir.
El más conocido de los procesados es el abogado Gonzalo Torres de Tolosa. Amigo de Jorge Acosta, jefe del Grupo de Tareas, el entonces profesor de la Universidad Católica Argentina admitió que visitaba la ESMA y relató "trabajos" que el Tigre le encomendaba en Cancillería. Torres de Tolosa fue denunciado por Adolfo Scilingo como quien lo acompañó en uno de los vuelos de la muerte, y por sobrevivientes como partícipe de torturas. En su declaración sugirió una confusión con su hermano Alvaro Diego, que según él era segundo comandante de Gendarmería y miembro de Consejos de Guerra del Primer Cuerpo. "Sus tareas eran secretas", dijo. El hermano no puede defenderse porque está muerto. El flamante procesado "alternaba su actividad legal con una actividad clandestina e ilegal, en los antípodas de su formación profesional y que era esencialmente voluntaria. No había deber legal ni norma que lo obligara a formar parte del GT 3.3. Solamente su conciencia y su convicción sociopolítica", resumió Torres, que lo procesó como partícipe necesario de medio millar de secuestros y tormentos seguidos de muerte, embargó sus bienes por 618 millones de pesos y, pese al "colon irritable" que lo aqueja, ordenó su traslado al penal de Ezeiza.
El ex suboficial naval Rubén Ormello confesó su actuación en los vuelos en los ’80 ante compañeros de trabajo. "¿Qué cagada te mandaste, Colorado, que saliste en Página/12", le escribió un compañero en 2009. Tal como se anticipó en aquel artículo, los testigos de su confesión en los hangares de Aerolíneas declararon ante la Justicia, que luego citó a los ex compañeros del mecánico. Cinco admitieron haber escuchado "constantes comentarios" de la confesión. Los testimonios fueron "consistentes, contundentes y concordantes", evaluó el juez. Pese a que la Cámara Federal estableció que las confesiones en privado no lo son técnicamente, el juez las privilegió, teniendo en cuenta la deliberada destrucción de pruebas de la Armada, que aún niega la existencia del GT 3.3 pese a que se olvidó de borrar los sellos de los legajos de varios suboficiales.
El procesamiento de De Saint Georges, Arru y Alejandro D’Agostino se fundó en el trabajo de la PGN y en la declaración de un suboficial que admitió que los vuelos eran vox populi y nombró a cinco pilotos con "la sartén por el mango". D’Agostino pidió el cese del servicio como jefe de la división Veteranos de Guerra de Prefectura cuando se enteró de la acusación por "la injuriosa e infundada publicación de Página/12", que ahora validó la Justicia. A las pruebas ya informadas, el juez agregó 47 planillas de los Skyvan de 1977 entregadas por el Ministerio de Seguridad, de las cuales sólo dos carecen de datos distintos del horario de vuelo: una es la del 14 de diciembre y ambas tienen como comandante a De Saint Georges. El juez destacó que los once "vuelos anómalos" en tres años detectados por la PGN se condicen con el uso "eventual" de los Skyvan mencionado por Scilingo. Procesó a los pilotos como partícipes necesarios de 56 secuestros agravados y los embargó por 56 millones de pesos.
4 de junio de 2011
3 de junio de 2011
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extracción con o sin consentimiento


Causa Noble Herrera. La Justicia confirmó la extracción a Felipe y Marcela.
Argentina. La sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal confirmó la orden de extracción "con o sin consentimiento" de muestras de sangre, saliva o cabello "pertenecientes indubitativamente" a los hijos adoptivos de Ernestina Herrera de Noble. Sin embargo, limitó la comparación de los perfiles de ADN con las muestras almacenadas en el Banco Nacional de Datos Genéticos de familiares de personas detenidas o desaparecidas hasta el 13 de mayo de 1976 en el caso de Marcela, y hasta el 7 de julio de 1976 en el caso de Felipe, en base a las fechas del documento de adopción presentado por la dueña del grupo Clarín. "Se aferran a un expediente de adopción que está viciado", sentenció Pablo Llonto, abogado de una de las familias querellantes. En diez días las partes podrán apelar ante la Corte Suprema.
De esta manera, la Cámara Nacional de Casación Penal rechazó el recurso de casación formulado por los letrados apoderados de los hermanos Noble Herrera contra la decisión de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, que confirmó la decisión de la jueza de primera instancia Sandra Arroyo Salgado en cuanto dispuso hacer lugar a la medida de prueba solicitada por la querella Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, disponiendo la extracción directa.
Sin embargo, los camaristas Raúl Madueño, Luis García y Guillermo Yacobucci, con la intervención de la secretaria Sol Deboli, decidieron limitar el cotejo del ADN con los del BNDG de acuerdo a las fechas que figuran en el expediente de adopción presentado por Ernestina de Noble.
"Nos sorprendió escuchar la segunda parte del fallo. En esta caso existe una sospecha de apropiación sin saber cuál es la familia de los chicos por lo que debe hacerse la prueba con todas las muestras del banco genético", señaló Llonto. Y resaltó que la Cámara "limita el cotejo a partir de un expediente de adopción que contiene fechas que no son creíbles. El juez (Roberto) Marquevich ya había señalado que las historias de cómo Ernestina de Noble encontró a Marcela y a Felipe eran falsas".
En ese contexto, Llonto anticipó una apelación "no esperada" por parte de la querella ante la Corte Suprema. Mientras que se espera un nuevo recurso por parte de la defensa de los hermanos Noble Herrera.
"La primera decisión es la realmente importante, avala la extracción y para lo demás hay que leer los fundamentos y después cotejar bien el tema de las fechas, que se supone son las de guarda, es decir, cuando los niños ya estaban con Herrera de Noble. El tema es que muchos datos del expediente de adopción fueron falseados, de ahí los reparos", explicó por su parte el abogado de Abuelas, Alan Iud.
Casación dejó firme una decisión de la jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado, confirmada por la Cámara Federal de San Martín, pero introdujo por decisión propia los límites temporales para la comparación de perfiles, un tema que no había sido planteado ni por los abogados de los Noble Herrera ni por los querellantes. "Es una de cal y una de arena, pero lo que hace es dilatar el tema porque si esos estudios dieran negativos pediremos la comparación total con el Banco, ponen un límite a la fecha de búsqueda a partir de un expediente de adopción que ya se comprobó fue fraguado", apuntó Llonto.
3 de junio de 2011
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condenan a agente de gatillo fácil


Ni accidental ni perpetua. La Justicia de Bariloche condenó a 20 años de prisión al policía Sergio Colombil por el asesinato del adolescente Diego Bonefoi en junio del año pasado en el Alto de la ciudad patagónica.
Argentina. La fiscalía y la querella habían pedido cadena perpetua, mientras que al abogado defensor había solicitado un máximo de seis meses con el argumento de que el cabo había disparado accidentalmente.    

El fiscal Carlos López y el abogado de la querella, Alejandro Pschunder, se habían respaldado en el artículo 80, inciso 9 del Código Penal, para definir la muerte de Bonefoi como homicidio calificado. Además, el abogado había pedido que se incorpore el inciso 2 para remarcar el "estado de indefensión" del adolescente al momento del ataque, ya que el disparo se produjo "por la espalda" y con el joven desarmado.
López había planteado que su pedido de perpetua se basaba en que "Colombil era consciente de que tenía un arma cargada y lista para tirar, a la vez que (el ex policía) confesó saber que el chico estaba desarmado". A eso se suman las pruebas que chocan con la teoría del accidente que intentó imponer la defensa del policía.
Según lo declarado por el ex cabo, él corría a un grupo de chicos por un supuesto hecho de robo. Entre ellos estaba Bonefoi. Por un defecto de la cartuchera, argumentó, llevaba la pistola en la mano. Al trastabillar cuando estaba cerca del joven "se le escapó un tiro". Las pericias descartaron que la cartuchera tuviera esa anormalidad. Ante estas pruebas, el tribunal integrado por los jueces Marcelo Barrutia, Gregor Joos y Alejandro Ramos Mejía condenaron al capo por "homicidio agravado".
Tras el asesinato de Bonefoi, los vecinos del Barrio Boris Furman realizaron una protesta ante la comisaría y fueron reprimidos por la policía, respaldada por el grupo de élite BORA. Durante esa violenta represión murieron Nicolás Carrasco y Sergio Cárdenas.
La investigación por esas dos muertes estaba a cargo del juez de Instrucción Martín Lozada, pero fue apartado como le había ocurrido en la causa de Bonefoi. La recusación la inició la defensa del secretario de Seguridad, Víctor Cufré, y los principales jefes policiales de Río Negro, luego de que los citara a declarar para establecer sus responsabilidades.

Ni Accidental Ni Perpetua
La Justicia de Bariloche condenó a 20 años de prisión al policía Sergio Colombil por el asesinato del adolescente Diego Bonefoi en junio del año pasado en el Alto de la ciudad patagónica. La fiscalía y la querella habían pedido cadena perpetua, mientras que al abogado defensor había solicitado un máximo de seis meses con el argumento de que el cabo había disparado accidentalmente.
3 de junio de 2011
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prisión por vuelos de la muerte


Prisión y millonarios embargos a pilotos argentinos por "vuelos de la muerte".  La resolución está en el marco de la "megacausa" que investiga los crímenes cometidos en la antigua Escuela Superior de Mecánica de la Armada (ESMA), donde funcionó el mayor centro clandestino de detención durante el régimen militar.
Argentina. Un juez de Buenos Aires procesó con prisión y ordenó este jueves millonarios embargos de los bienes de tres pilotos de la Prefectura Naval (guardacostas) ya detenidos por su presunta participación en los llamados "vuelos de la muerte" en la última dictadura militar en ese país (1976-1983), informaron fuentes judiciales.
También dictó medidas similares para un ex suboficial naval y un abogado involucrados en ese crimen de lesa humanidad, apuntaron.
El juez federal Sergio Torres dispuso un embargo por 56 millones de pesos (13,6 millones de dólares) a los pilotos Alejandro Domingo D’Agostino, Enrique José De Saint Georges y Mario Daniel Arru, acusados de haber tripulado, entre otros, el avión desde el que presuntamente se arrojó al mar a la fundadora de Madres de Plaza de Mayo, Azucena Villaflor, y a la monja francesa Léonie Duquet.
Procesó, además, al abogado Gonzalo Torres de Tolosa, con el mayor de los embargos, por 618 millones de pesos (150 millones de dólares), y al el ex suboficial naval Ricardo Ormello con 40 millones de pesos (9,7 millones de dólares), según el fallo difundido por el Centro de Información Judicial (CIJ).

Único Civil
Además, el magistrado, quien ordenó la detención de los cinco imputados el 10 de mayo, revocó este jueves el beneficio de prisión domiciliaria que le había concedido a Torres de Tolosa, después de que el cuerpo médico forense confirmara que el letrado puede cumplir la prisión en una cárcel común.
Torres de Tolosa fue el único civil que participó de estos vuelos, según denunció el ex marino Adolfo Scilingo, quien en 1995 desveló esta metodología de exterminio que utilizaron durante la dictadura y desde 2007 cumple una condena de 1.084 años de prisión impuesta por el Tribunal Supremo español.
Ormello, quien fue detenido en la ciudad argentina de Mendoza (oeste), "habría confesado a compañeros de trabajo su activa participación" en los "vuelos de la muerte", en los que los detenidos de forma ilegal durante el último régimen de facto eran arrojados vivos al mar, según informó el CIJ.

Megacausa
Los arrestos se produjeron en el marco de la "megacausa" que lleva adelante el juez Torres y que investiga los crímenes cometidos en la antigua Escuela Superior de Mecánica de la Armada (ESMA), donde funcionó el mayor centro clandestino de detención durante el régimen militar.
En abril, el fiscal Eduardo Taiano había pedido el arresto de los tres pilotos, en lo que constituyó la primera vez que la Justicia identificó uno de los "vuelos de la muerte".
Hasta su detención, De Saint Georges y Arru viajaban tres veces por mes a Madrid como comandantes de vuelos de la estatal Aerolíneas Argentinas, mientras que D’Agostino es jefe de la división Veteranos de Guerra de la Prefectura, según la prensa local.
Villaflor y Duquet estuvieron secuestrada en la ESMA junto a la también monja francesa Alice Domon, quien permanece desaparecida desde la dictadura, durante la que desaparecieron 30.000 personas, según coinciden el gobierno argentino y organizaciones de derechos humanos.
3 de junio de 2011
2 de junio de 2011
©la nación