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mandaban a robar a los reos


Un grupo de internos de la Unidad 45 próxima a La Plata denunció que los obligan a salir a robar para los penitenciarios. Mostraron fotos tomadas dentro del penal con proyectiles y uniformes policiales. Robaban autos y viviendas en la ciudad de Buenos Aires.
[Horacio Cecchi] Argentina. Un grupo de presos de la Unidad 45 de Melchor Romero presentó una denuncia ante la Justicia de La Plata: sostuvieron que miembros del Servicio Penitenciario Bonaerense les abrían la puerta para que salieran a robar. Presentaron fotos, balas que les proveían para robar, artículos robados y señalaron lugares y momentos en que habían robado autos de alta gama y viviendas en la ciudad de Buenos Aires. La denuncia la presentaron a través del Comité Contra la Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria. Al rato, recibieron otra visita, de los carceleros, que los amasijaron a golpes. El Comité constató los golpes, pero médicos del SPB no encontraron marcas en los cuerpos de los presos. Una fiscal platense investiga las denuncias, mientras Casal instaló Asuntos Internos en el penal. Resulta curioso que, aunque repetidos, casos como éste no provoquen marchas en reclamo contra la ola de inseguridad.
El 2 de noviembre pasado, un grupo de presos del pabellón 6 de la Unidad 45 en Melchor Romero pidieron la presencia del Comité Contra la Tortura. El motivo: los presos informaron que penitenciarios de esa unidad los obligan a salir a robar desde hacía tiempo. El método es sencillo y no es la primera vez que se denuncia: los guardias abren la puerta y dan permisos de salida a aquellos presos que están dispuestos a robar para ellos. En marzo de 2000, dos presos que habían salido a robar tomaron rehenes en La Paternal y terminaron acribillados por la Federal junto a uno de sus rehenes, que recibió graves heridas de bala. Presos de la ex cárcel de Caseros y Devoto estuvieron vinculados a robos al restaurante Dolli. También, tal como informó Página/12, presos de la Unidad 48 de San Martín denunciaron, en marzo pasado, que debían salir a robar y que luego los autos robados eran cortados dentro del penal, y que uno de ellos se negó y violaron a su mujer.
Cuando los integrantes del Comité Contra la Tortura se presentaron en la U45, los presos detallaron el procedimiento y mostraron fotos que habían tomado con un celular. En las fotos se ve a algunos de los presos con un puñado de balas en sus manos. En otras fotografías se los puede ver vistiendo partes de uniformes policiales. También, registraron fotos de objetos robados como relojes, celulares y alhajas. Y describieron algunas de las viviendas que asaltaron, de donde aseguraron haber llevado 30.000 dólares, electrodomésticos y joyas. También, sitios donde robaron autos de alta gama que luego debían llevar a determinados talleres donde los vehículos eran cortados en autopartes. Los denunciantes sostuvieron que los penitenciarios los proveían de vehículos, uniformes y armas y les indicaban las zonas a robar en la Capital Federal.
Los presos pidieron la asistencia del Comité Contra la Tortura con urgencia. Pero cuando los integrantes del CCT se retiraron recibieron una comunicación telefónica en la que les avisaban que los alojados en la celda 9 del pabellón 6 fueron salvajemente castigados por guardias. "A raíz de estas gravísimas denuncias nos constituimos en la Unidad 45, donde verificamos la gravedad de los hechos denunciados y constatamos las lesiones que padecen Iván Acuña Castaña, Diego Barros Cisneros, Juan Argarañaz Ruiz, Edgardo Cazal López", señala la abogada del CCT Verónica Bogliano en su presentación ante la Justicia. Los médicos del SPB no encontraron marcas de golpes propinados por sus colegas a los denunciantes.
El caso lo investiga la fiscal platense Virginia Bravo, que ya tomó declaración a los presos, que ratificaron su denuncia. También pidió a la Policía Federal que determine si en las fechas y lugares informados se habían recibido denuncias de robos. Mientras, el ministro de Seguridad y Justicia, Ricardo Casal, ordenó al director general de Seguridad del SPB, Rubén Mazzeo, que se instale en el penal. También ordenó que la oficina de Asuntos Internos se ubicara en el penal para "colaborar" con la Justicia. Un modo de vigilar (y castigar).
11 de noviembre de 2011
9 de noviembre de 2011
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el crimen de alias el cura


Histórica resolución de la justicia federal de Rosario contra un represor. La violación, delito de lesa humanidad. El juez federal Marcelo Bailaque consideró ayer que una violación cometida durante la última dictadura es un delito imprescriptible. Bajo esta imputación indagó al "Cura" Marcote, quien fuera denunciado por una de sus víctimas.
[José Maggi] Argentina. El juez federal Marcelo Bailaque consideró ayer que una violación cometida durante la última dictadura es un delito de lesa humanidad. Bajo esta imputación indagó a Mario Alfredo Marcote, alias "el Cura" quien fuera denunciado por Stella Hernández como el autor de la misma en el centro clandestino de detención que funcionara en el Servicio de Informaciones. En la indagatoria al "Cura" se le imputó el delito previsto en el artículo 119 inciso 3 del Código Penal, que es el de la violación mediando fuerza o intimidación, para lo cual el juez Bailaque declaró por primera vez en Rosario -con un solo antecedente en el país-, a este hecho aberrante como un delito de lesa humanidad y por ende imprescriptible.
Cuando Hernández fue secuestrada y llevada al SI de la policía de Feced, no solo fue víctima de tormentos, sino también de una conducta especialmente aberrante, fue violada por uno de los represores, el Cura Marcote.
Llevó más de tres décadas que un juez declare a esa conducta como un delito independiente de los tormentos que sufriera la víctima. El reclamo de Stella, como el de muchos hombres y mujeres víctimas del terrorismo de estado era claro: la violación no es una modalidad más de tormento, es un delito autónomo.
La abogada Gabriela Durruty recordó ayer a Rosario/12 que en la querella presentada el martes pasado en relación a los delitos contra la integridad sexual, "puede afirmarse que tanto la legislación internacional como la jurisprudencia de los distintos tribunales internacionales creados al efecto, han consolidado una base jurídica en la que subyace una interpretación de tales hechos en el contexto en el que se han perpetrado, considerándolos así, como crímenes contra la humanidad".
En la presentación se establecieron distintos elementos que conforman el crimen de violación sexual como delito de lesa humanidad, lo cual -en definitiva- ofrece el molde en el que debe adecuarse la interpretación del hecho del que fuera víctima Stella Hernández:

1) La invasión del cuerpo de una persona mediante una conducta que haya ocasionado la penetración, por insignificante que fuera, de cualquier parte del cuerpo de la víctima, con un objeto u otra parte del cuerpo del autor inmediato.

2) Que la invasión haya tenido lugar por la fuerza, o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la detención, contra una persona incapaz de dar su libre consentimiento

3) Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

El juez Bailaque hizo lugar al pedido, que ya había sido realizado por el fiscal a los jueces del tribunal y por la propia víctima en su testimonio, lo que motivó que los magistrados remitieran el audio de la misma declaración al juez federal.
Idéntico tratamiento se dio al tema en la causa ESMA, del veredicto que recayera hace pocos días en ese juicio se desprende que los jueces, a pedido de una de las querellas y de la fiscalía, remite los audios donde se denuncian violaciones o agresiones sexuales al juez federal correspondiente.
En la indagatoria que tuvo lugar en la mañana de ayer al "Cura" Marcote se le imputó el delito previsto en el artículo 119 inciso 3 del Código Penal, que es el de la violación mediando fuerza o intimidación, para lo cual el juez Bailaque declaró al delito de lesa humanidad y por ende imprescriptible.
Como el imputado declaró en calidad de detenido, su abogado, el defensor oficial Osvaldo Gandolfo, solicitó que sea excarcelado, a lo que se opuso el fiscal federal Gonzalo Stara. Es de esperar que ahora Bailaque transforme esa detención en prisión preventiva.
"Es un día histórico. Es un nuevo embate a la impunidad contra el que los sobrevivientes, los organismos de derechos humanos y las decisiones estatales de envergadura como la anulación de las leyes de impunidad, venimos luchando", dijo Durruty.
11 de noviembre de 2011
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patti quiere morir en su casa


La defensa del ex comisario condenado por delitos de lesa humanidad se presentó ante Casación. En una semana, los camaristas decidirán si hacen lugar a los planteos de la defensa de Patti que, por su tratamiento médico, necesita un traslado a su casa o a la fiscalía, que considera que en el Hospital Penitenciario de Ezeiza puede rehabilitarse.
[Alejandra Dandan] Argentina. Luis Abelardo Patti vuelve a dar batalla. Esta vez no lo hace de la mano del ex camarista Alfredo Bisordi, devenido en abogado defensor durante el juicio oral, sino a través de su mujer y patrocinado por Valeria Corbacho, defensora de buena parte del staff de represores procesados en los últimos juicios. Las dos mujeres se sentaron en una sala de audiencias de los Tribunales de Retiro para pedirle a Casación el reingreso a su condición de detenido domiciliario. Patti está preso en el Hospital Penitenciario de Ezeiza, las mujeres quieren llevarlo de nuevo a su casa para que pueda seguir supuestamente con la rehabilitación médica en la Clínica Fleni de Escobar. La fiscalía, representada por Javier de Luca, dio batalla a su vez: se opuso al pedido, desarmó uno de los principales argumentos basado en los riesgos del traslado, pero además hizo eje en dos puntos clave: el rol del Estado y no de los particulares como garantes de los derechos de salud de las personas privadas de la libertad y cuestionó, acaso como nunca antes, como "parciales" los informes médicos del Fleni.
"Muchos médicos y muchos profesionales tuvieron injerencia en el tema, pero no todos los informes son imparciales", dijo De Luca. "Los que vienen del Fleni son de un paciente que tiene su obra social o prepaga, los profesionales de algún modo dictaminan exclusivamente mirando un interés cercano a Patti, que no son exactamente los informes de los forenses y médicos que pusimos desde el ministerio fiscal para poner un tinte de objetividad en todo esto."
De Luca, que viene además de ser fiscal en la causa oral de San Martín, y ahora es fiscal ante la Casación, recordó cómo la "guardia médica de no especialistas en sus problemas justificaron con sus informes sus inasistencias a las audiencias". Por eso dijo que los "protocolos del Fleni deberían ser revisados por los médicos imparciales del Poder Judicial y podemos poner nuestros médicos y facultativos para resolverlo". En el Hospital de Ezeiza, Patti tiene asegurado controles las 24 horas del día, lo cual no está garantizado en su domicilio, agregó. La obra social de Patti, OSDE, también puso a disposición una carta de centros asistenciales para rehabilitación en la zona. "Los internos están a cargo del Estado, no del Fleni –subrayó ante los jueces–, no pueden estar internados en un sitio particular, ir al Fleni es totalmente anómalo: el domicilio queda fuera del control penitenciario y no puede ser una suerte de profesionales privados los que decidan la suerte del reo."
La sala de audiencias estaba casi vacía. De un lado, los tres jueces, Pedro David, Liliana Catucci y Alejandro Slokar. Del otro, De Luca y en línea exactamente opuesta Corbacho. Entre el público, solo hubo dos personas, entre ellas la mujer de Patti, una escribana que se ofreció, a través de su abogada, a presentarse todas las veces que hiciera falta como garante de la detención. Ella estuvo en silencio. La cabeza se movía para uno y otro lado. Saquito caqui, zapatos al tono.
Patti está detenido en Ezeiza, en una cárcel común, una decisión que tomó el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín presidido por Lucila Larrandart con su sentencia, y a partir de reclamos insistentes de las víctimas, de las querellas y también de los fiscales del juicio. Sus condiciones de salud terminaron convertidas en ese proceso en uno de los temas del debate. Cuando aparecía, en el teatro auditorio donde se llevó a cabo el juicio, lo hacía acostado como un muerto trasladado arriba de una camilla y ubicado en el medio del teatro. Y cuando no aparecía, sus abogados esgrimían razones médicas que luego iban siendo refutadas por forenses. El problema de base es un ACV, efecto de una operación en el cuello. Un cuadro del que se recupera pero para el que necesita, según acuerdan al parecer todas las partes, trabajos de rehabilitación.
Dicho esto, su defensora fue a la Casación en queja porque el Tribunal de San Martín le rechazó los pedidos. Ayer planteó básicamente dos argumentos: los problemas de la "arquitectura" del hospital con poca luz, escaleras y sin rampas que le impiden tomar aire o sol. Y el problema de los traslados que según sus médicos deberían reducirse a lo indispensable porque cualquier "bache" puede complicarlo. El problema es que, como requiere rehabilitación, él necesita trasladarse a otros espacios.
La fiscalía también desarmó ese planteo, esta vez por contradictorio. Nadie explicó por qué la rehabilitación no puede hacerse en el Hospital. Pero lo que sí dijo De Luca es que en todo caso también habría que trasladarlo desde su casa hasta el Fleni, y el supuesto riesgo entonces no se habría eliminado.
"Las decisiones no son definitivas, son dinámicas, y el mismo Tribunal por ejemplo ha dispuesto que se vea la forma de eliminar los escalones para el acceso de sillas de ruedas del interno", explicó el fiscal. "Desde el ministerio fiscal intervenimos en el incidente de salud porque estábamos preocupados por la salud de Patti, del mismo modo que lo están los jueces del Tribunal 1. Los fiscales tuvimos una reunión con el secretario de Justicia para que nos aseguraran que en el Hospital Penitenciario Central de Ezeiza había un lugar adecuado para la privación de la libertad de Patti, con el tratamiento adecuado, y nos dijeron que había un sector nuevo esperando ser estrenado por el aquí imputado y todos aquellos internos que lo reclamasen."
Casación tiene cinco días hábiles para responder el planteo.
11 de noviembre de 2011
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andrada se negó a declarar


Andrada se abstuvo de declarar y en diez días se definirá su situación procesal. "Yo no voy a decir nada", le dijo el ex servicio de Inteligencia a este diario ante de ingresar al despacho del juez. Andrada está acusado de participar de la patota que secuestró, en el 83, a Cambiaso y Pereyra Rossi.
[José Maggi] San Nicolás, Argentina. Edgardo "Gato" Andrada se abstuvo ayer de declarar ante el juez federal de esta ciudad, Carlos Villafuerte Ruzo, quien lo había citado a pedido del fiscal Juan Patricio Murray por el secuestro y asesinato de los militantes peronistas Osvaldo Cambiaso y Eduardo Pereyra Rossi, en mayo de 1983. El fiscal realizó ayer un nuevo pedido de detención y que se revoque la eximición de prisión que le asegura al ex futbolista de Central y Colón permanecer en libertad. El magistrado también ordenó la declaración indagatoria de Víctor "Chuli" Rodríguez, un teniente coronel retirado que preside la Asociación Sanmartiniana que cruza la cordillera de Los Andes a lomo de mula y que formaba parte del Destacamento de Inteligencia militar de entonces.
Andrada compareció ante el juzgado federal Nº 2 de San Nicolás, y no dijo absolutamente nada. A partir de ayer entonces el juez tiene diez días hábiles para resolver su situación procesal, dictando su procesamiento o su sobreseimiento, o una situación intermedia que es una falta de mérito.
El "Gato" llego acompañado de una mujer, y de su defensor oficial Héctor "Mito" Galarza Azzoni.

-¿Qué le va a decir al juez?- le preguntó este cronista.
-Yo, nada, el juez tendrá que decirme a mí", respondió el Gato antes de la indagatoria que no resultó tal.

A la salida, este enviado de Rosario/12 le preguntó: "¿Por qué decidió trabajar como agente de inteligencia al servicio de la dictadura siendo considerado un ídolo para muchos argentinos?"; "¿Está arrepentido de algo?"; "¿Siente culpa por los delitos que cometió?"; "¿Por qué tenía tantas armas en su casa?"; y "si es inocente ¿por qué no lo demuestra en lugar de quedarse callado?"; fueron algunos de los interrogantes que quedaron sin respuesta.
Un rato más tarde el fiscal Murray explicó que "está acreditado en forma total la existencia del hecho: a Cambiasso y Pereyra Rossi lo secuestraron un grupo de unas veinte personas el 14 de mayo de 1983, y los trasladaron a Zárate (provincia de Buenos Aires) y ultimados a balazos".
Estos puntos ya están incorporados a la causa de 1983, a los que se sumaron cuando se reabrió la investigación entre ellos documentos desclasificados del Departamento de Estado norteamericano. También se incluyeron documentos de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la provincia de Buenos Aires.
El fiscal tiene en su poder la testimonial de Eduardo Costanzo que ubica a Andrada en el lugar de los hechos como personal civil de inteligencia del Ejército. A esto se suma una documentación que estaba en poder del juzgado federal de San Martín donde ya en 1990 un integrante del servicio de inteligencia del Ejército, mediante el anonimato había escrito un paper, en el que relataba muchísimos hechos realizados sobre finales de la dictadura por la inteligencia militar. "Allí se relataba el secuestro de Cambiasso y Pereyra Rossi y ya se mencionaba a Andrada, como uno de los partícipes de ese operativo", apuntó Murray.
También está acreditado que "Andrada era Personal Civil de Inteligencia del Ejército, que había ingresado en 1982 al Servicio, y que permaneció hasta 2000. En 1983 prestaba servicios en el Destacamento de Inteligencia 121 de Rosario, es decir hay una concordancia total", remarcó el fiscal.
Paralelamente, en el legajo personal de quien era el segundo jefe del Destacamento de Inteligencia de Rosario en 1983, Luis Américo Muñoz, se encontró un relato pormenorizado hecho por el mismo militar, de determinados servicios que prestó como oficial de inteligencia. "Allí Muñoz habla de un operativo en 1983, previo a las elecciones, con el fin de neutralizar a determinados elementos subversivos, que trataban de infiltrarse en los partidos políticos tradicionales, que por determinadas referencias no cabe dudas que se refería al secuestro de Cambiasso y Pereyra Rossi", explicó Murray.
Cabe recordar que la última semana se allanó la casa del ex arquero de Central, donde se encontró un "verdadero arsenal" que incluyó armas de guerra. Si bien el ex futbolista tenía la documentación en regla y los permisos correspondientes para la posesión de esas armas, la Cámara Federal de Rosario hizo lugar a un planteo de la Fiscalía que consideraba esa situación como "un peligro para testigos y víctimas".
Por su parte el juez Villafuerte Ruzo hizo lugar al pedido de indagatoria de "Chuli" Rodríguez para el 18 de noviembre por la mañana. "Sobre este imputado en la causa hay documentos que prueban que Rodríguez se desempeñaba en Rosario y en la inteligencia militar en tiempos de ambos secuestros", remarcó Murray.
También Juan Andrés "Barba" Cabrera y Ariel "Puma" Porra deberán pasar por el mismo trámite, al igual que Reynaldo Bignone y Luis Abelardo Patti.
10 de noviembre de 2011
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el cura era uno de los torturadores


El ex capellán de la policía de Rosario, Eugenio Zitelli, será indagado por torturas y desapariciones. Era el párroco de Casilda. Constituyó su prisión domiciliaria en una casa de retiros espirituales. En la causa se señaló que "ingresaba a la sala de torturas" del Servicio de Informaciones y que era parte del aparato represivo.
[José Maggi] Argentina. El ex capellán de la policía de Rosario Eugenio Zitelli, acusado por delitos de lesa humanidad cometidos en el Servicio de Informaciones de esa ciudad, quedó detenido ayer. El juez federal Marcelo Bailaque ordenó ayer la indagatoria de 17 represores, a quienes interrogará en los próximos días. Lo hizo en el marco de la llamada causa Feced residual. El nombre más impactante de la lista es el del sacerdote. La lista la encabeza Jorge Rafael Videla, le siguen el ex general Ramón Genaro Díaz Bessone y Alfredo Sotera –jefe de la inteligencia militar– y llega hasta quien hace unos días era el párroco de Casilda. "Es un paso trascendental para la Justicia, porque en la región no había ningún miembro de la jerarquía eclesiástica detenido por casos de terrorismo de Estado", señalo el fiscal federal Gonzalo Stara, quien había pedido la detención del sacerdote por el caso de Eduardo Bracaccini, entre otros, desaparecido de Casilda.
El juez Bailaque reveló a Página/12 que "Zitelli está detenido y se constituyó en prisión domiciliaria en una casa de retiros espirituales de Zavalla" y designó un defensor particular, Eduardo Romera. Este letrado fue defensor en su momento de Eduardo J. López, el ex presidente de Ñuls que tuvo varios trámites procesales ante la Justicia Federal.
La detención e indagatoria del ex capellán de la Unidad Regional II entre los años 1964 y 1983, Eugenio Zitelli, era una de las tantas cuentas pendientes de la Justicia tras los reiterados pedidos de las querellas y la fiscalía de la causa Díaz Bessone.
Tras los testimonios de los sobrevivientes del Servicio de Informaciones de Dorrego y San Lorenzo en el desarrollo del juicio oral en curso, se había solicitado la indagatoria al sacerdote que hoy vive en Casilda y está a cargo de la parroquia de esa ciudad, por considerar que existían pruebas suficientes para demostrar el "apoyo explícito de las autoridades de la Iglesia al golpe genocida en la UR II", según sostuvo en su momento la abogada querellante Gabriela Durruty y agregó: "En esa convicción esta querella solicitó al juez Bailaque que indague a Eugenio Zitelli por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tormentos y asociación ilícita, y esperamos que así lo haga", pedido que se está concretando en estas horas.
Por su parte, en sus alegatos, el fiscal Stara aseguró que "está registrado" que el cura Zitelli "ingresaba a la sala de torturas" del Servicio de Informaciones y que era parte del aparato de represión montado en ese centro clandestino de detención.
Muchos fueron los testimonios que complicaron al ex capellán. Uno de ellos fue el de Ana Ferrari, quien recordó que cuando la trasladaron a la Alcaidía de Mujeres, a metros del SI, Zitelli les habló a las presas y les dijo que tenían que entender "que la tortura era un arma más de la guerra que estamos viviendo".
El listado de los represores con pedido de indagatoria en esta causa se completa con cuatro de los actuales imputados en la causa Díaz Bessone: Mario Marcote, Rubén Lofiego, Carlos Scortecchini y Ramón Vergara. Los cuatro quedaron detenidos de inmediato al presentarse ayer para comenzar la audiencia oral del juicio.
También figuran en la nómina Lucio César Nast; Ramón Telmo Alcides Ibarra; Julio Héctor Fermoselle; Diego Portillo, Ernesto Vallejo, Carlos Ulpiano Altamirano, Ovidio Marcelo Olazagoitia, Eduardo Dugour y Ricardo Corrales, la mano derecha de Agustín Feced.
Ayer, el magistrado les tomó declaración a dos ex policías, Portillo y Vallejos, y hoy hará lo propio con Ibarra, que nombró al mismo defensor particular que Díaz Bessone, el doctor Gonzalo Miño.
Uno de los personajes más oscuros del listado es sin dudas Corrales, quien fuera la mano derecha de Feced durante toda su jefatura en la Unidad Regional II. Este es señalado como uno de los principales colaboradores del terrorismo de Estado en la ciudad y sobre él aún no recayó ningún tipo de imputación. En la década del ’70 trabajó en inteligencia de la policía, y pesan sobre él acusaciones de homicidios, tormentos, privación de la libertad y asociación ilícita. Corrales acompañaba a su jefe en todos los operativos.
9 de noviembre de 2011
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alias de represor


El alegato del abogado de Mario Marcote. El apodo que el represor niega.
Argentina. En el marco de la causa Díaz Bessone, ayer continuó el alegato del abogado defensor, Germán Artola, analizando la prueba reunida en relación al imputado Mario Alfredo Marcote. El letrado insistió en señalar diferencias entre las fechas de detenciones manifestadas por los sobrevivientes y las que figuran en los partes policiales de la época, a los cuales considera de "absoluta validez".
Artola dijo que "se trataba de detenciones de carácter legítimo dado el estado de sitio y la legislación antisubversiva vigente". Reiteró que "en ningún caso la justicia preguntó de qué juez dependía cada detención porque no era un requisito". "Ni siquiera lo era que las personas se encontraran a disposición del PEN. La policía carecía de autonomía funcional para ordenar detenciones, aun así se ajustaban a derecho", señaló Artola ante el TOF 2
Asimismo, el letrado recordó que "la doctora (Laura) Cosidoy al momento de declarar como testigo de la defensa, manifestó que los habeas corpus se rechazaban porque las detenciones se ajustaban a la legislación de la época".
Cabe recordar que "la fiscalía en cada caso, manifestó que ante cada habeas corpus rechazado porque las fuerzas de seguridad aceptaban tener detenida/o a la persona objeto del mismo, mientras se informaba esto, los detenidos eran salvajemente torturados", apuntó la abogada querellante Daniela Asinari.
El defensor de Marcote refirió a las pautas generales que cree deben ser seguidas para interpretar las testimoniales; recurriendo a la psicología jurídica para diferenciar percepciones y recuerdos. En ese sentido dijo: "Los testigos no mienten, confunden percepciones con verdaderos recuerdos. La confusión de los testigos radica en la confianza que tenían en las fuentes de información que los confundían, sus compañeros de infortunio. Esa fuente de información puede ser olvidada. Se trata de información adquirida de manera post suceso".
Además cuestionó que "el tribunal haya permitido la inclusión por lectura de los testimonios brindados por los sobrevivientes que fallecieron antes de llegar al juicio por no haber podido controlar los testimonios".
En su alegato Artola se refirió a las imputaciones de tormentos. "En el caso de Gustavo Mechetti solo se refirió al ’Cura’ y no a Marcote, apodo que aquel niega". Hizo un recorrido de los relatos de los testigos manifestando que "no es el cura", y que "nadie parece ubicar a aquel en la sala de tormentos y aun cuando lo hacen, no especifican qué hacía él en ese lugar".
9 de noviembre de 2011
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el otro cura venido del infierno


Otros 17 represores serán indagados en la llamada causa Feced residual. La detención e indagatoria del ex capellán Zitelli, era una de las tantas cuentas pendientes de la justicia tras los reiterados pedidos de las querellas y la fiscalía de la causa Díaz Bessone. Otros 17 represores serán indagados.
[José Maggi] Argentina. El juez federal Marcelo Bailaque ordenó ayer la indagatoria de 17 represores, a quienes indagará en los próximos días. Lo hizo en el marco de la llamada causa Feced residual. El nombre más impactante de la lista es el del ex capellán de la policía de Rosario, Eugenio Zitelli, quien será indagado en el marco de los delitos de lesa humanidad cometidos en el Servicio de Informaciones. La lista la encabeza Jorge Rafael Videla, le sigue el ex general Ramón Genaro Díaz Bessone, y Alfredo Sotera -jefe de la inteligencia militar- y llega hasta quien hace unos días era el párroco de Casilda. "Es un paso trascendental para la justicia porque en la región no había ningún miembro de la jerarquía eclesiástica detenido por casos de terrorismo de estado", señaló el fiscal federal Gonzalo Stara quien había pedido la detención del sacerdote, por el caso de Eduardo Bracaccini entre otros, desaparecido de Casilda.
El listado se completa con cuatro de los actuales imputados en la causa Díaz Bessone: Mario Marcote, Rubén Lofiego, Carlos Scortecchini y Ramón Vergara. Los cuatro quedaron detenidos de inmediato al presentarse ayer para comenzar la audiencia oral del juicio.
La nómina concluye con Lucio César Nast; Ramón Telmo Alcides Ibarra; Julio Héctor Fermoselle; Diego Portillo, Ernesto Vallejo, Carlos Ulpiano Altamirano, Ovidio Marcelo Olazagoitia, Eduardo Dugour y Ricardo Corrales, ex secretario privado de Agustín Feced.
El juez Bailaque reveló a Rosario/12 que "Zitelli está detenido y se constituyó en prisión domiciliaria en una casa de retiros esprituales de Zavalla" y designó un defensor particular Eduardo Romera. Este letrado defendió en su momento a Eduardo J. López, el ex presidente de Ñuls que tuvo varios trámites procesales ante la justicia federal.
Ayer el magistrado le tomó declaración a los ex policías Portillo y Vallejos, y hoy hará lo propio con Ibarra, que nombró al mismo defensor particular que Díaz Bessone, el doctor Gonzalo Miño.
Uno de los personajes más oscuros del listado es sin dudas el de Corrales, quien fuera la mano derecha de Feced durante toda su jefatura en la Unidad Regional II. Este es señalado como uno de los principales colaboradores del terrorismo de Estado en la ciudad y sobre quien aún no recayó ningún tipo de imputación. En la década del ’70 trabajó en inteligencia de la policía, y pesan sobre él acusaciones de homicidios, tormentos, privación de la libertad y asociación ilícita. Corrales acompañaba a su jefe en todos los operativos.
Tras los testimonios de los sobrevivientes del Servicio de Informaciones de Dorrego y San Lorenzo en el desarrollo del juicio oral en curso, se había solicitado la indagatoria al sacerdote que hoy vive en Casilda y estaba a cargo de la parroquia de esa ciudad, por considerar que existían pruebas suficientes para demostrar el "apoyo explícito de las autoridades de la Iglesia al golpe genocida en la UR II", según sostuvo en su momento la abogada querellante Gabriela Durruty.
"En esa convicción esta querella solicitó al juez Bailaque que indague a Eugenio Zitelli por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tormentos y asociación ilícita, y esperamos que así lo haga", pedido que se está concretando en estas horas.
Por su parte, en sus alegatos, el fiscal Stara aseguró que "está registrado" que el cura Zitelli "ingresaba a la sala de torturas" del Servicio de Informaciones y que era parte del aparato de represión montado en ese centro clandestino de detenciones.
Muchos fueron los testimonios que señalaron la macabra participación del durante aquellos días negros en Rosario y que complicaron al ex capellán. Uno de ellos fue el de Ana Ferrari quien recordó que cuando la trasladaron a la Alcaldía de mujeres, a metros del SI, Zitelli les habló a las presas y les dijo que tenían que entender "que la tortura era un arma más de la guerra que estamos viviendo".
9 de noviembre de 2011
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otro delito de lesa humanidad


Stella Hernández demandará a Mario Marcote por violación agravada en la dictadura. La violación durante una dictadura es un delito de lesa humanidad, junto con la esclavitud sexual, la prostitución, el embarazo y la esterilización forzadas.
[José Maggi] Argentina. El represor del Servicio de Informaciones fue señalado por la víctima como el autor material del ataque. Es la primera vez que se presenta una denuncia en Rosario con esta acusación específica en el marco de la represión ilegal.

Stella Hernández, sobreviviente del Servicio de Informaciones (SI) se presentará como querellante en la causa Feced, por haber sido víctima de violación a manos de Mario Marcote, uno los represores que la mantuvo en cautiverio, en San Lorenzo y Dorrego. La presentación realizada con el patrocinio del equipo jurídico de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre y Familiares, es la primera de este tipo en esta sede judicial.
La querella se dirige contra todos los responsables de los delitos de los que fuera víctima en su tránsito por el SI y las cárceles de la dictadura en general, y en particular contra Mario Alfredo Marcote por el delito de violación agravada.
Las agresiones sexuales no constituyen una modalidad más de tormentos, sino delitos autónomos y deben ser declarados de lesa humanidad para darles el tratamiento judicial correspondiente. "Es una de las deudas de la justicia para con las víctimas del terrorismo de estado y no hay excusas para no saldarla", dijo su abogada patrocinante Gabriela Durruty. Por eso solicita que se indague a Mario Marcote por el delito de violación agravada cometido contra Stella y se ordene su inmediata detención. La letrada aclaro que "en Rosario todavía no se hizo, existe un antecedente en la ciudad de Mar del Plata".
Este pedido ya había sido realizado por el fiscal Gonzalo Stara a los jueces del Tribunal Oral cuando amplió la acusación a los imputados. Cabe recordar que la propia víctima al finalizar su testimonio se lo pidió personalmente y a viva voz a los jueces.
El 7 de junio, el tribunal oral federal manifestó: "en cuanto al delito de instancia privada denunciado en la audiencia de debate por Stella Hernández e imputado a Mario Marcote corresponde remitir al Juzgado Federal de instrucción copia del audio y filmación de la declaración prestada por aquella, a sus efectos".
Mención aparte merece el voto de Otmar Paulucci, quien adhirió al voto de sus colegas agregando: "a lo solicitado por el fiscal relativo a ampliar la base fáctica primigenia al imputado Mario Alfredo Marcote en base a los delitos que damnificaron a Stella Hernández, en relación a la solicitud de ampliación por el delito de violación agravada, lo considero un hecho independiente no constitutivo de la tortura", dándole entidad a que debe ser juzgado como un delito por separado.
La querella solicita que se "indague a Mario Alfredo Marcote por el delito de violación agravada por su condición de funcionario público a cargo de la guarda y con el concurso de dos o más personas".
En la presentación se remarca que "el concepto de la violación sexual adopta una materialidad que repercute indudablemente en la tipicidad de la acción y, en definitiva, en la calificación jurídica del caso". Y agrega que "queda claro que los hechos constitutivos de estos delitos se adecuan a la categoría de crimen de lesa humanidad, porque se cometen como parte de un ataque sistemático o generalizado contra la población civil, y quien perpetra o diere ocasión para que se cometa el crimen tiene el conocimiento del contexto más amplio en el que se inscribe su acción".
De igual modo se recuerda que el 17 de julio de 1998 se promulgó el Estatuto de Roma que codificó como crímenes de guerra y de lesa humanidad a la violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzada, el embarazo forzado, la esterilización forzada, y cualquier otra violencia sexual que constituya una infracción grave a los Convenios de Ginebra.
La inclusión de la violación sexual como crimen de lesa humanidad, implica el reconocimiento de su gravedad como conducta que no sólo vulnera el derecho a la libertad sexual sino también otros derechos esenciales de la persona como el derecho a su dignidad, integridad personal, salud, entre otros. "La violación sexual ha sido reconocida como una conducta que implica un grave sufrimiento de la víctima, a la vez que se erige en una forma de denigración y discriminación para quien la sufre, una forma de humillación que no sólo afecta a su integridad física y psicológica sino especialmente a su dignidad", reza la presentación.
8 de noviembre de 2011
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