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sanción ética y otros reportajes chilenos


[Jorge Escalante] Fallo del Tribunal del Consejo Metropolitano del Colegio de la orden. La resolución estableció que ex directores de ‘El Mercurio’, ‘La Segunda’, ‘Las Últimas Noticias’ y ‘La Tercera’ infringieron normas sobre la profesión al informar sobre 119 personas asesinadas por la dictadura en el montaje conocido como Operación Colombo.
El Tribunal de Ética y Disciplina del Consejo Metropolitano del Colegio de Periodistas confirmó el fallo del fiscal y presidente de esa instancia, Alfredo Taborga, y condenó a ex directores de ‘El Mercurio’, ‘La Segunda’, ‘Las Últimas Noticias’ y ‘La Tercera’ y a una periodista, por falta a la ética y no cumplimiento con el deber "de entregar la verdad a la ciudadanía", en las publicaciones que esos medios realizaron en los primeros años de la dictadura acerca del secuestro y desaparición de 119 prisioneros políticos en el montaje conocido como Operación Colombo.
El fiscal y el tribunal resolvieron de esta manera a favor del Colectivo de Familiares de Detenidos Desaparecidos de la Operación Colombo, que en noviembre de 2005 interpuso ante el Colegio una denuncia en contra de los ex directores de ‘El Mercurio’, René Silva Espejo; ‘La Segunda’, Mario Carneyro; ‘Las Últimas Noticias’, Fernando Díaz Palma; y ‘La Tercera’, Alberto Guerrero Espinoza, y las periodistas Mercedes Garrido Garrido y Beatriz Undurraga Gómez, que aún se desempeñan en la profesión.
En su denuncia, el Colectivo, representado por Cecilia Radrigán Plaza y Roberto D’Orival Briceño, familiares de dos desaparecidos en la Operación Colombo, solicitaron al Colegio "la reparación de un daño profundo y un resarcimiento a nuestros familiares y amigos tan vilmente desacreditados en la memoria histórica del país".
Mediante este operativo el régimen militar intentó hacer creer a la ciudadanía chilena e internacional que las denuncias de familiares sobre desapariciones eran falsas. A través de la Operación Colombo se hizo aparecer algunos cadáveres calcinados en Buenos Aires, a los que identificó como militantes chilenos de izquierda, con un letrero que decía "por traidor". La versión de la dictadura, recogida por los medios, que agregaron titulares injuriosos, fue que los supuestos desaparecidos se estaban matando entre ellos en Argentina o caían en enfrentamientos. En el montaje se incluyeron dos publicaciones de breve y escasa circulación en Argentina y Brasil, donde se entregó una lista de 119 personas que en Chile se denunciaban desaparecidas y que habrían muerto en Argentina en ajustes de cuentas o enfrentamientos.
En el caso de Díaz Palma y Guerrero Espinoza, éstos fueron sancionados con "una censura pública y suspensión de la calidad de miembros del Colegio de Periodistas durante seis meses por su desempeño en los hechos investigados". Respecto de Díaz Palma, el fallo establece que "su actitud es aún más condenable si se tiene presente que en ese tiempo ejercía además la presidencia del Colegio de Periodistas".

Inimputables
Silva Espejo y Carneyro fueron declarados "inimputables", por estar fallecidos, aunque igualmente se los encontró responsables, porque "no cumplieron con su obligación de confrontar los hechos base de la noticia con otra fuente que no fuera la oficial, con lo cual fallaron en entregar la verdad que la ciudadanía tenía el derecho a recibir". Estos cargos también se formularon a Díaz Palma y Guerrero Espinoza.
Sobre Carneyro, de ‘La Segunda’, la resolución considera el agravante del "uso de titulares agraviantes y sensacionalistas, tendientes no a destacar una información, sino que a manipular tendenciosamente la misma". Este hecho se refiere al titular de portada de ‘La Segunda’ del 24 de julio de 1975: "Exterminados como ratones. 59 miristas chilenos caen en operativo militar en Argentina".
La periodista Mercedes Garrido Garrido, acusada por los denunciantes de haber sido editora de ‘La Segunda’ en ese tiempo, fue absuelta, "dado que las acusaciones en su contra no fueron probadas". Sí fue sancionada Beatriz Undurraga con "censura pública y suspensión de su calidad de miembro del Colegio de Periodistas de Chile durante tres meses", por existir "presunciones de una actitud profesional y personal cuestionable en este caso, y dado que no se presentó a testimoniar a pesar de haber sido convocada en dos oportunidades (…) con lo que infringe el artículo 13 del reglamento de instrucción de sumarios del Colegio de Periodistas".
Los sancionados fueron acusados de violar diversas disposiciones de la Carta de Ética Periodística vigente en ese período; entre éstas se encuentran las siguientes normas: "El periodismo y los periodistas deben estar al servicio de la verdad", "el periodista no deberá aceptar presiones de sus empleadores para que falte a la verdad", "son faltas extremas a la ética profesional la participación en la violación de los derechos humanos y la desinformación premeditada" y "los ataques injustificados a la dignidad, honor o prestigio de las personas, instituciones o grupos". Los afectados están siendo notificados de esta resolución. Luego tendrán cinco días para apelar ante el mismo tribunal.

Admitir una Conducta Culposa
El fallo sostiene también que "al tenor de la investigación queda además en evidencia que el Colegio de Periodistas de Chile (a la época) tampoco cumplió con su deber de proteger el correcto desempeño profesional y ser un referente en la defensa de los valores éticos en el ejercicio de un periodismo sano para la sociedad, y no defendió los requerimientos de la sociedad de estar correctamente informada, ni denunció la responsabilidad que tuvieron la prensa y los periodistas que fueron cómplices de esta situación".
"En este sentido, los periodistas, no sólo de los medios de comunicación involucrados en este sumario, sino que la gran mayoría de los que funcionaban en el país a esa fecha -con la excepción de algunas pocas publicaciones y radioemisoras que intentaban sobrevivir- y el Colegio de Periodistas de Chile, deben enfrentar su conducta culposa en este caso y actuar ante la sociedad asumiendo públicamente su responsabilidad", afirma el fallo.

31 de marzo de 2006
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ejército reacio a colaborar por desaparición


[Jorge Escalante] Críticas al Ejército por escasa colaboración para aclarar desaparición de Boris Weisfeiler. El embajador de Estados Unidos, Craig Kelly, y Olga Weisfeiler, hermana del matemático secuestrado en Chile en 1985, compartieron la "frustración" por el escaso avance de la investigación judicial. Olga Weisfeiler dijo que, hasta ahora, el Ejército le niega ayuda y sus autoridades no la han recibido, lo que espera cambie con el actual general Oscar Izurieta.
El embajador de Estados Unidos, Craig Kelly, y la ciudadana estadounidense Olga Weisfeiler, hermana del norteamericano desaparecido Boris Weisferiler, secuestrado en 1985 por un grupo de oficiales y suboficiales del Ejército chileno, dijeron sentirse "frustrados" de los hasta ahora nulos resultados de la justicia chilena para aclarar el destino que tuvo el matemático, aunque coincidieron en que preferían mantener el optimismo y confianza en los tribunales "porque la frustración no nos llevará a ninguna parte".
Olga Weisfeiler, en su quinto viaje a Chile para pedir a la Corte Suprema, a los jueces que han llevado el juicio, y a los sucesivos gobiernos de la Concertación que aceleren las investigaciones, se quejó, por primera vez, de la escasa colaboración del Ejército para obligar a los oficiales y suboficiales que participaron en el secuestro a entregar lo que saben sobre el destino final de Weisfeiler.
"El general Cheyre (Juan Emilio, anterior comandante en jefe del Ejército), nunca me quiso recibir y me dijo en una carta que no me podía entregar ninguna información. Yo he tratado de que el Ejército haga también una investigación, pero es difícil. Espero que ahora el general Izurieta (Oscar, nuevo comandante en jefe) me pueda dar una respuesta, yo le he pedido que me reciba. Yo sé que el Ejército tiene información de lo que pasó con mi hermano, y espero que ahora la pueda entregar", dijo Olga Weisfeiler.
La hermana del matemático afirmó que "vendré a Chile cuantas veces sea necesario" para seguir pidiendo que la justicia le entregue una respuesta sobre el destino que tuvo su hermano y descubra, juzgue y condene a los responsables.

Ayuda Ciudadana
El embajador Kelly y Olga Weisfeiler, quienes hablaron en esa sede diplomática, hicieron un llamado público a la ciudadanía chilena para que quien tenga antecedentes de la suerte que corrió el matemático, los entregue a la embajada o a la justicia.
Para ello, el embajador expresó que el FBI también está colaborando en la investigación y elaboró una proyección del rostro de Weisfeiler con los 64 años que tendría hoy. "Pedimos al público que si alguien sabe algo se haga presente", dijo el embajador.
Aludiendo a las investigaciones que el juez Jorge Zepeda realiza acerca de Colonia Dignidad, Kelley comentó que "tenemos una nueva esperanza" y agradeció al magistrado "por el compromiso y esfuerzos" que éste ha prometido para desarrollar la indagatoria del caso Weisfeiler.
El montañista y experto matemático nacido en la ex Unión Soviética en 1941 -que en 1975 huyó a Estados Unidos donde se radicó y nacionalizó- llegó a Chile el 25 de diciembre de 1984 y fue arrestado el 4 de enero de 1985 en la intersección de los ríos Ñuble y El Sauce en la precordillera de la comuna de San Fabián de Alico, en el límite entre la VII y VIII Región, por una patrulla de oficiales y suboficiales de Ejército.
Según algunas de sus propias declaraciones judiciales, la patrulla habría entregado horas después al detenido en el portón de ingreso de Colonia Dignidad, predio de 17 mil hectáreas muy cercano al lugar del arresto.
Uno de los oficiales de Ejército mencionados en el proceso en relación a la entrega de Weisfeiler a Colonia Dignidad, es el ex agente de la DINA Guy Neckelman Schultz, quien habría estado entonces a cargo de la seguridad del perímetro interno de Dignidad y que hablaba buen alemán.
La parte querellante ha planteado en forma reiterada la poca colaboración del Ejército en la investigación judicial que ya acumula cuatro distintos jueces a cargo del caso. A la institución se le critica haber intentado despistar las indagaciones judiciales, en este y otros casos como el de Villa Grimaldi, negándose a entregar información o documentos requeridos o entregando sólo parte de ello o antecedentes que no corresponden a lo pedido.

Caso Prioritario
El embajador Kelly afirmó que el caso Weisfeiler "es muy prioritario para el gobierno de Estados Unidos".
De hecho, la Secretaria de Estado Condoleezza Rice planteó durante su reciente visita a Chile a la recién asumida Presidenta Michelle Bachelet, la preocupación e importancia que el gobierno estadounidense le asigna a la aclaración del secuestro y desaparición del matemático.
Rice se hizo eco aquella vez de una carta que poco antes de su viaje a Chile le entregaron catorce congresistas estadounidenses, senadores y diputados demócratas y republicanos entre los cuales figuraron los senadores demócratas Edward Kennedy y el ex candidato a la presidencia John Kerry, en la cual le pidieron que conversara del asunto con la nueva presidente Bachelet.

31 de marzo de 2006
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abren archivos secretos de colonia nazi


[Luis Narváez Almendras] Ministro Jorge Zepeda entrega información sobre fichas de la DINA. Abren archivos secretos de la Colonia Dignidad a jueces de derechos humanos. La información solicitada por otros magistrados se refiere al químico de la DINA Eugenio Berríos y al dirigente del MIR Alfonso Chanfreau.
El ministro de fuero Jorge Zepeda comenzó a compartir con otros jueces la información contenida en los denominados "archivos secretos" de la ex Colonia Dignidad. Se trata de más de 500 fichas encontradas en junio de 2005 con información sobre personas que estuvieron en el enclave alemán, desde su creación en 1967.
El material, que se encontraba oculto en kardex al interior de tres contenedores enterrados en el predio, se ha transformado en una importante fuente de información para buscar antecedentes que aclaren las violaciones de los derechos humanos ocurridas al interior de la ex Villa Baviera.
Tanto es así que con extremo celo respecto al contenido de las fichas, el magistrado ordenó aplicar la Ley de Inteligencia a esos datos, con el objeto de protegerlas mientras se realizan todos los peritajes por parte de la Jefatura de Inteligencia Policial (Jipol).
Fuentes judiciales informaron a La Nación que al menos tres magistrados que tramitan causas por violaciones de los derechos humanos han solicitado antecedentes al juez Zepeda, ante la eventualidad de que en dicho material exista información relevante.
En ese contexto, el primero en solicitar la información fue el ministro Alejandro Madrid, quien investiga el homicidio el ex químico de la DINA Eugenio Berríos, ocurrido en Uruguay en 1993.
Según los antecedentes que tenía el magistrado, algunos testigos aseguraban que Berríos fue visto en la Villa Baviera a mediados de la década de 1980. Lo anterior cobraba especial relevancia por los vínculos de los jerarcas alemanes con la DINA y con actividades ilegales como la implementación de laboratorios bacteriológicos.

Las Estadías
El juez Zepeda buscó en las fichas y le envió a Madrid un documento donde detalla el contenido de una ficha elaborada sobre Berríos. Sin embargo, sólo da cuenta de una visita que el ex químico realizó a la ex Colonia Dignidad en 1986 y que motivó a los alemanes a elaborar un archivo sobre él. El material no indica ningún otro tipo de actividad atribuida a Eugenio Berríos.
Otro juez, el ministro Carlos Gajardo, solicitó información a Zepeda relativa al ciudadano franco-chileno Alfonso Chanfreau. El dirigente del MIR fue detenido en julio en 1974 y hay testimonios de que fue llevado al enclave alemán en agosto de ese mismo año.
Según los antecedentes recabados por este diario, el ministro Zepeda encontró una ficha con el nombre de Chanfreau y, aunque no fue posible tener mayores antecedentes sobre el contenido de dicho informe, el hecho también demostraría que estuvo en la Villa Baviera.
El tercer caso corresponde a la investigación que desarrolla en Chillán el juez del Segundo Juzgado de Letras de esa ciudad, Cristián Matus. El magistrado solicitó información relativa a la desaparición de Oscar Fetis de quien también existen antecedentes que habría sido llevado a la ex Colonia Dignidad.
De acuerdo con las fuentes consultadas, es posible que el carácter de secreto se mantenga sobre los archivos del enclave alemán, hasta que el sumario sea cerrado.
Por esta razón es que también se esperan prontos resultados de las últimas excavaciones que se realizan en dos sectores del enclave en busca de indicios de una fosa y un nuevo barretín donde habría más armamentos.

28 de marzo de 2006
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regreso del leopardo


[Rodrigo Miranda] El regreso de El Leopardo: el primer filme chileno con efectos especiales. La película muda de 1926 se restaurará en México y se estrenará en agosto en Santiago. En el Teatro Colón de Valparaíso se estrenó este western criollo -con escenas teñidas de diferentes colores- que estuvo perdido por 80 años. La prensa porteña de la época lo calificó, con la ortografía en uso, como una cinta de temerarios ‘guasos’ que no tenían nada que envidiarles a los vaqueros de filmes extranjeros. Algunos de los personajes parecían sacados de una escena de El Zorro: campesinos chilenos enfrentándose a un bandolero enmascarado que se defendía látigo en mano.
El ‘Lejano Oeste’ no estaba tan lejos de Chile a principios de siglo. La primera película local en color (o coloreada, mejor dicho), fue un western criollo: ‘El leopardo’, dirigida por Alfredo Llorente. Estrenada en el Teatro Colón de Valparaíso en febrero de 1926 -un año después de la legendaria ‘El húsar de la muerte’, de Pedro Sienna-, los habituales cowboys de las películas hollywoodenses fueron reemplazados por huasos que se defendían de las fechorías de un bandido que asolaba Casablanca.
Las críticas de la prensa porteña de la época la reseñaron -con la ortografía en uso- como una cinta de temerarios ‘guasos’ que no tenían nada que envidiarle a los vaqueros de filmes extranjeros. "Gran interés ha despertado el estreno de ‘El leopardo’, la primera producción porteña de carácter costumbrista. Toman parte en esta película los más destacados artistas locales", titulaba El Mercurio de Valparaíso para la fecha del lanzamiento.
Y agregaba: "’El Leopardo’ es una producción de aventuras desarrolladas en los alrededores de Valparaíso, y donde toman parte auténticos guasos que son capaces de darle lecciones de audacia y de manejo del caballo a los más grandes cowboys americanos... El maestro Torrens acompañará la producción con un bonito programa de música criolla".
Este filme pionero estuvo perdido durante 80 años y desde mayo, con financiamiento del Fondo de Fomento Audiovisual, será restaurado en el laboratorio de la Cinemateca de la Universidad Nacional Autónoma de México (Unam) por la Fundación Chilena de las Imágenes en Movimiento. Su fecha de estreno está prevista para agosto con funciones masivas al aire libre y en la recién inaugurada Cineteca del Centro Cultural Palacio La Moneda.

Efectos Pioneros
El filme no tiene como escenario vastas praderas, llanuras, cañones o desiertos, sino paisajes ya desaparecidos de la Quinta Región coloreados con pincel.
La cinta fue la primera película chilena donde se utilizó la técnica del teñido.
Coloreada a mano, fotograma a fotograma, se observan escenas nocturnas teñidas de azul. A su vez, las secuencias que ocurrían de día fueron viradas al naranjo. Asimismo, la técnica se usaba para identificar algunos acontecimientos y crear ambientes que subrayaran la acción: un incendio fue virado al rojo, las escenas románticas al rosado y las secuencias de acción coloreadas de amarillo.
"Llorente era un español que hacía letreros para una empresa de vinos. Llegó a Chile en un barco, muy joven, a los 20 años, ya con la idea de hacer la película. A los dos años de llegar la filmó. Esta es la única cinta que se le conoce. Dentro del elenco aparece su hermano, Ernesto Llorente, que interpreta a uno de los cuatreros", apunta Claudia Pino, coordinadora de la Fundación Chilena de las Imágenes en Movimiento.
Y continúa: "La cinta fue descubierta por un investigador de la fundación, botada en la bodega de la casa de uno de los familiares de uno de los técnicos de la película. Está en muy malas condiciones, rayada y rota. Es ahora o nunca. Si no la salvamos se convierte en polvo. De hecho, si la ponemos hoy en una moviola se destruye".

El Zorro A la Chilena
Los diarios de la época usaron para sus reseñas una fotografía donde los personajes parecen sacados de una de una secuencia de El Zorro: ‘Guasos’ enfrentándose a un bandolero enmascarado que se defiende látigo en mano. En la trama no aparecen indios como en las cintas del Lejano Oeste. Los robos a campo traviesa corren por cuenta de Juan Antonio ‘El Leopardo’‘, cuatrero del valle de Casablanca.
En la trama, el ladrón asalta e incendia el rancho del latifundista Don Balta y su familia. Al día siguiente, la noticia se esparce por todo el pueblo. Ahí aparece Ramón Luis, una especie de resuelto sheriff que llega a imponer la ley a punta de pistola.
Este héroe de conducta intachable, insobornable e infalible en su puntería, busca capturar al amenazador villano. No podía faltar la presencia de una heroína virtuosa y abnegada. Doña María, madre del Leopardo, acoge en su casa a Inés, hija de Don Balta, y Ramón Luis obviamente se enamora de la muchacha. ‘El Leopardo’ es traicionado por sus secuaces y vuelve a su casa, encuentra a Inés y trata de deshonrarla. Finalmente, el policía apresa a ‘El Leopardo’. Don Balta y su familia acogen a Doña María y Ramón Luis se va del pueblo. Después de un tiempo vuelve a buscar a Inés.
’El leopardo’ es la tercera película muda de ficción que se restaura en Chile -después de ‘El húsar de la muerte’ y ‘Canta y no llores’- y la segunda que tendrá copia en 35 mm. Asimismo, es uno de los primeros largometrajes filmados en Valparaíso y sus alrededores. El primero fue ‘La baraja de la muerte’, de 1916, actualmente desaparecido.
Como se estilaba en la época, los hechos que van a ocurrir son anunciados por un narrador omnisciente a través de didascalias, los típicos carteles del cine mudo. Habitualmente se aprecian contemplativos planos generales y medios, con una ausencia total de close ups.
El diario La Unión, de Valparaíso, destacó favorablemente el estreno del filme. Junto con citar las correctas actuaciones de sus protagonistas, los hoy desconocidos Marcelo Derval y Alma Zinska, sentenció que, sin otro objetivo que entretener, la cinta lograba su propósito a través de escenas de acción. Obviamente, la película no llegó a perturbar a sus espectadores como lo hizo sólo 29 años antes ‘La llegada del tren’ -de los Lumière-, con sus primeros asistentes dispuestos a huir de la sala ante el temor de ser arrollados por una máquina que se les venía encima. Resta ver que pasará con el público del siglo XXI.

26 de marzo de 2006
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espina llamada amnistía


[Jorge Escalante] La decisión del juez Montiglio que reanimó el debate. Al final, como siempre, será la Corte Suprema la que dirimirá la cuestión de fondo: si tratándose de secuestros u homicidios priman los tratados internacionales o la ley chilena.
La reciente decisión del juez Víctor Montiglio que recalificó los delitos de secuestro a homicidio en algunos de los sucesos de la Caravana de la Muerte, fue el hecho que intensificó una discusión jurídica que ya venía desarrollándose, aunque a pasos más pausados.
Esto es, si en los delitos considerados como crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos durante la pasada dictadura, la justicia chilena, y especialmente sus cortes, hará finalmente primar los tratados internacionales firmados y ratificados por Chile –y aun aquellos firmados pero sin ratificación del Parlamento, como la desaparición forzada de personas– por sobre la legislación penal local y el decreto ley de amnistía de 1978, dictado por el régimen militar para autoexculpar sus crímenes.
Hasta ahora, una mayoría de los jueces y ministros de corte que instruyen causas por delitos contra la humanidad se han ido inclinando por la primacía de la legislación penal internacional que impide que este tipo de ilícitos sean beneficiados con una amnistía o prescritos por el transcurso del tiempo.
Lo mismo ha estado sucediendo a nivel de la mayoría de las salas de la Corte de Apelaciones de Santiago y la Sala Penal de la Corte Suprema, que es, en definitiva, donde estos debates se resuelven en última instancia.

Lo Que Importa
Una primera cuestión a tratar es la decisión del juez Montiglio de recalificar los delitos de secuestro por el cual estaban procesados los integrantes de la Caravana de la Muerte, como homicidios, a pesar de que nunca se pudieron recuperar los cuerpos de algunos ejecutados.
Lo que Montiglio hizo en el proceso ‘Caravana’ fue "aplicar el sentido común", como dijo, resolviendo que los pocos casos en los que los cuerpos nunca se recuperaron (26 de Calama y tres de Copiapó), jamás debieron ser mantenidos en la categoría de secuestros, porque existían distintas evidencias de que, efectivamente, habían sido ejecutados y sepultados, algunos clandestinamente. Incluidas las confesiones de los autores materiales de los disparos que reconocen haberlos dado muerte.
A pesar de que los querellantes apelaron de esa resolución del juez, apelación que será vista por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en el fondo lo que a éstos interesa principalmente es que los jueces y las cortes consideren, en esta y otras causas, que los delitos cometidos durante la dictadura no pueden ser amnistiados o prescritos, porque son crímenes de guerra y contra la humanidad, reglados por convenios internacionales de los cuales Chile es parte, independientemente de que sean calificados como secuestros permanentes u homicidios. Vale decir: no importando, desde el punto de vista jurídico, si el cuerpo del detenido apareció o no.
Entre estos tratados están los Convenios de Ginebra, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, todos de plena vigencia en Chile, que jueces y ministros investigadores, así como magistrados de las Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema, comenzaron a hacer primar desde fines de la década pasada, reabriendo juicios cerrados por la justicia militar que no investigó los hechos ni identificó a los culpables, aplicando la amnistía.

Ante la Corte Suprema
Es probable que, ante las evidencias de que efectivamente esos prisioneros fueron muertos al margen de que a sus cuerpos se les hizo desaparecer, la Quinta Sala de Apelaciones confirme la recalificación de Montiglio desde secuestro a homicidio. Pero eso no quita el sueño a los querellantes.
Porque el debate final está por venir, aunque ya hay señas relevantes en cuanto a la tendencia de los magistrados de la Corte Suprema. Al menos en el caso de los detenidos desaparecidos, donde el delito de secuestro es incuestionable, pues, a diferencia de los casos recalificados por el juez Montiglio, a éstos se les detuvo y se les perdió el rastro sin conocerse mayoritariamente qué ocurrió con ellos, quiénes les dieron muerte y quiénes les hicieron desaparecer.
En este sentido, la Sala Penal de la Corte Suprema estableció en noviembre de 2004, en un primer fallo que marcará pauta, que la legislación internacional expresada en los tratados que resguardan los derechos humanos limita la soberanía del Estado chileno y está, incluso, por sobre su Constitución Política.
Claro está, el relevante primer fallo votado 5 contra 0 por la Sala Penal de la Corte Suprema en el caso de Miguel Ángel Sandoval Rodríguez, se refiere al delito de secuestro con calidad de permanente que, entre otras cosas, excede el período cubierto por el decreto ley de amnistía, que sólo rige hasta el 10 de marzo de 1978.
Por lo tanto, hasta ahora a esta sala penal no le ha correspondido pronunciarse respecto de una sentencia dictada en contra de ex agentes por el delito de homicidio, donde el cuerpo de la víctima fue entregado a sus familiares o apareció de cualquier forma y logró ser identificado y sepultado.
Para la abogada Carmen Hertz, "independiente de la calificación del tipo de delito (secuestro u homicidio), estos fueron crímenes de guerra y delitos contra la humanidad, cometidos contra personas indefensas, amparados por los Convenios de Ginebra y el derecho convencional y consuetudinario internacional, legislación que el Estado chileno está obligado a respetar, a riesgo de ser denunciado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos".
En el mismo sentido, el abogado del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, Boris Paredes, plantea que lo relevante no es si se trata de secuestro u homicidio, porque "estamos hablando de crímenes de guerra y delitos contra la humanidad que no pueden ser amnistiados ni prescritos por el paso del tiempo". Paredes agrega que, incluso, "el delito de homicidio tiene una pena mucho más alta que el secuestro, pudiendo llegar hasta el presidio perpetuo".

Dos Leyes
Es en este escenario donde entronca el proyecto de ley de los diputados Antonio Leal (PPD) y Juan Bustos (PS), que busca establecer que los crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad no pueden ser beneficiados con una amnistía o prescribir por paso del tiempo. Esta semana, Leal envió un oficio a la ministra secretaria general de la Presidencia, Paulina Veloso, solicitando que el Ejecutivo ponga urgencia a la discusión del proyecto.
Sin embargo, como la ley no tiene efecto retroactivo, las causas en desarrollo no podrían ser beneficiadas con esta disposición, que sólo regiría desde su entrada en vigencia.
Por otro lado, se plantearía el conflicto de que, al estar todavía en vigor el decreto ley de amnistía de 1978, se entraría en una colisión de normas donde, de acuerdo al principio pro-reo que rige en la legislación penal chilena, a éste se le aplica la que le resulte más beneficiosa.
Desde este punto de vista, todo indica que la mejor posibilidad para los querellantes en estos juicios es que a la Sala Penal de la Corte Suprema llegue pronto una sentencia condenatoria de primera instancia (del juez instructor del proceso) por un caso de homicidio, que haya sido confirmada o aun revocada por la Corte de Apelaciones como segunda instancia, y que la Sala Penal de la Suprema deba resolver, como última instancia inapelable, por la vía del recurso extraordinario de la casación. Hasta ahora, a esta corte no le ha tocado pronunciarse en este sentido, cuestión fundamental para fijar jurisprudencia.

Novedad Montiglio
El juez Víctor Montiglio, como instructor de este tipo de causas, está un tanto solo como militante de la amnistía. La mayoría de los jueces que instruyen causas por violaciones de los derechos humanos, entre ellos Alejandro Solís, Jorge Zepeda y Joaquín Billard, no son partidarios de este beneficio, ni de la prescripción.
Si bien Montiglio probablemente aplicará la amnistía cuando dicte su primera sentencia (ha dicho públicamente ser partidario de ella por ser "una ley vigente"), aunque bien podría exculpar igual a los ex agentes por el camino de la prescripción eludiendo el asunto de la amnistía, este juez ha sorprendido a los querellantes. De todas maneras, sus sentencias deberán pasar el escrutinio de las cortes. Montiglio votó a favor de la amnistía integrando una sala de la Corte de Apelaciones incluso tratándose de un secuestro, el de Diana Aarón, colaborando con su voto a revocar una sentencia condenatoria a Manuel Contreras y otros ex agentes. La Sala Penal de la Suprema debe revisar este fallo en los próximos días.
El sucesor del ex juez Juan Guzmán es calificado por los querellantes como un juez trabajador, ordenado y profundo, que también se animó a procesar a Pinochet, carearlo con el ex jefe de la DINA y prontuariarlo, lo que hasta ahora no se lograba.
Montiglio enfrentó el martes pasado un episodio difícil. Por un lado, no aceptó notificar de su procesamiento a diez oficiales y un suboficial retirados, en otro lugar que no fuera el Palacio de Tribunales. Cuando tuvo a los once reunidos en una oficina, éstos comenzaron a presionarlo insistentemente para que, ya, aplicara la amnistía y la prescripción y los absolviera de los encausamientos. La situación se tornó más tensa cuando el general (R) Edwin Herbstädt se negó a sentarse, como el juez pidió a los procesados. Montiglio debió insistirle tres veces y Herbstädt se negó. De alguna manera, estaba representando la rebeldía del grupo. Ante este ambiente, el juez pidió a un funcionario de Investigaciones que no lo dejara solo en la sala con los procesados.

25 de marzo de 2006
©la nación
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