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sobre el nombramiento de seremis


Plantean prohibir que parientes de parlamentarios sean nombrados como seremis.
Valparaíso, Chile. Moción del diputado Álvaro Escobar extiende la prohibición a parientes de intendentes y gobernadores que cumplan funciones en las mismas regiones.
El texto reforma la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, para establecer inhabilidades en caso de parentescos con autoridades que ejerzan en la misma comuna, distrito o circunscripción.
El legislador señala que estos lazos de parentesco pueden colocar en una situación compleja al titular de una función pública, ya que existe el prejuicio de que no procederá con objetividad y rigor.
Por ello, el proyecto (Boletín 5862), remitido a la Comisión de Gobierno Interior, señala que no podrán ser designados como SEREMIS quienes tengan un lazo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad (hasta sobrinos) y segundo de afinidad (cuñados), con autoridades como diputados, senadores, intendentes y gobernadores, por el distrito o circunscripción, provincia o región que corresponda.

Otras Iniciativas
El diputado Escobar ha presentado otras iniciativas tendientes a regular los lazos de parentesco entre las autoridades.
Una de ellas es una reforma constitucional (Boletín Nº 5136) sobre inhabilidad para postular como parlamentarios en los distritos y circunscripciones donde el candidato tenga parientes alcaldes.
Otra moción (Boletín Nº 5137) agrega como requisito para ser elegido alcalde, no tener lazos de parentesco con diputados o senadores del distrito o circunscripción de la comuna por la cual se postula.
Y una tercera moción (Boletín Nº 5415) fija nuevas inhabilidades para ser elegido intendente, gobernador y miembro de los Consejos regionales, en el caso de que tuviere parientes desempeñándose simultáneamente como diputados o senadores en la misma zona geográfica.

29 de mayo de 2008
©diario de la cámara
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