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quieren plebiscitos para reformas


Proponen que reformas rechazadas en el Congreso puedan ser dirimidas en plebiscitos.
Valparaíso, Chile. La moción de diputados de gobierno, independientes y de RN, permite que la ciudadanía decida cuando una reforma constitucional se rechace o no alcance el quórum en el Poder Legislativo.
El proyecto de ley (boletín 5879) fue presentado por los diputados Alvaro Escobar, Enrique Accorsi, Juan Bustos, Francisco Chahúan, Marco Enriquez-Ominami, Carlos Montes, Alberto Robles, Patricio Vallespín, Isabel Allende y Carolina Tohá.
El texto establece una reforma constitucional que amplía el ámbito de aplicación del plebiscito, para permitir que los proyectos de reforma constitucional, presentados por el Ejecutivo y que hayan sido rechazados por ambas Cámaras, puedan ser consultados ante la ciudadanía mediante esta modalidad.
De la misma forma, agrega, se podrá convocar a plebiscito en caso de que las modificaciones presentadas a la iniciativa sean rechazadas por el Congreso.
El proyecto de ley señala que el plebiscito deberá efectuarse dentro de los 30 días posteriores a los que las Cámaras rechacen un proyecto del Ejecutivo y se ordenará mediante decreto supremo, en donde se fijará la fecha de la consulta plebiscitaria, la que no podrá efectuarse antes de los 30 días y después de los 60 días de publicado dicho decreto.

Votaciones Separadas
Transcurrido ese plazo y si no se realiza el plebiscito, la reforma constitucional será absolutamente rechazada, entendiéndose finalizada la tramitación del proyecto de Gobierno y procediéndose a su archivo.
El decreto de convocatoria a plebiscito contendrá el proyecto del Presidente de la República rechazado por ambas Cámaras o los puntos en desacuerdo. En este último caso, cada una de las cuestiones en desacuerdo deberá ser votada separadamente en la consulta popular.
El texto fue remitido para su estudio a la Comisión de Constitución.

29 de mayo de 2008
28 de mayo de 2008
©diario de la cámara
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