contra confesiones bajo tortura
27 de mayo de 2009
De la misma forma, el proyecto (boletín 6491), que modifica el artículo 657 del Código de Procedimiento Penal, señala que el principal tribunal del país podrá rever una sentencia cuando esta haya sido dictada en contravención a obligaciones contraídas por el Estado de Chile, en virtud del derecho internacional consuetudinario, convencional, principios generales del derecho y las normas de jus cogens, es decir normas obligatorias para todos los países, en materia de crímenes de guerra o de lesa humanidad.
La moción fue presentada por los diputados Alejandro Sule (PRSD), Alfonso De Urresti (PS), Álvaro Escobar (Ind.), Marcos Espinosa PRSD), Ramón Farías (PPD), José Miguel Ortiz (DC) y Esteban Valenzuela (Ind.), y enviada para su estudio a la Comisión de Derechos Humanos.
©diario de la cámara
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