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aumentan penas por masacre


Aumentan condenas por caso ‘Asalto a la Patrulla’. Oficiales (r) del Ejército recibieron siete años de presidio como autores de secuestro con grave daño.
[Rodrigo Baeza] Quillota, Chile. En fallo unánime la Corte de Apelaciones de Valparaíso, condenó a siete de años de presidio, sin beneficios, a cinco oficiales en retiro del Ejército, como autores del delito de secuestro con grave daño cometido en contra de nueve prisioneros políticos, en el caso conocido como "Asalto a la Patrulla", hecho ocurrido el 18 de enero de 1974, en Quillota
En la resolución adoptada por el tribunal de alzada porteño, en sentencia de segunda instancia, se estableció que Ángel Custodio Torres Rivera, ex gobernador de Quillota; Sergio Carlos Arredondo González, ex director de la escuela de Caballería Blindada; Francisco Javier Pérez Egert, comandante de la patrulla militar; Leonardo Quilodrán Burgos y Daniel Walker Ramos, fueron condenados a siete años de presidio, sin beneficios.
Las víctimas fueron Rubén Guillermo Cabezas Pares (abogado de la Cora), Pablo Gac Espinoza (alcalde de Quillota), Levy Segundo Arraño Sancho (dirigente campesino), cuyos cuerpos no han sido encontrados, además de las ejecuciones de Víctor Enrique Fuenzalida Fuenzalida, Manuel Hernán Hurtado Martínez, Hugo Hernán Aranda Bruna, Ángel Mario Díaz Castro, Osvaldo Mario Manzano Cortés y Arturo Julio Loo Prado.
En el fallo se estableció que los ex militares fueron condenados a 10 años y un día de presido, pero fueron beneficiados por su irreprochable conducta anterior, y no perjudicándoles agravante alguna, no se les aplicó la pena en el grado máximo, por lo que finalmente se impuso una condena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo.
En el fallo de primera instancia del octubre de 2008, dictado por el ministro en visita Julio Miranda Lillo, se había condenado a los ex uniformados a penas de entre tres a seis años de presidio.

Penas Desproporcionadas
Según explicó Karinna Fernández, abogada del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, el fallo si bien aumenta la pena de los condenados en primera instancia, a 10 años, "deja demostrada la existencia de penas desproporcionadas, cuando se trata de casos seguidos por graves violaciones a los derechos humanos en el pasado, toda vez que se trata del secuestro de nueves víctimas, que permanecen actualmente desaparecidas".
Además, se revoca el beneficio de la libertad vigilada a los sentenciados Pérez Egert, Walter Ramos y Quilodrán Burgos, pues por la extensión de la pena impuesta, no procede otorgarles beneficio alternativo alguno para su cumplimiento.
Se confirmó la absolución de Pedro Alberto Durcudoy Montandon, Raúl Aurelio Muñoz Gutiérrez y Laureano Enrique Hernández Araya por no encontrarse suficientemente acreditada su participación en este proceso y a quienes se les consideró que actuaron por obediencia debida a sus superiores.

28 de agosto de 2009
©mercurio de valparaíso
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