condenan a hernando molina
7 de mayo de 2010
Por aliarse con ’Jorge 40’. Según la Corte, que lo condenó a siete años, el político se alió con los ’paras’ para ganar las elecciones a la gobernación del Cesar en 2003. El ex gobernador del Cesar Hernando Molina fue recapturado en Valledupar.
Colombia. La Corte Suprema de Justicia condenó el ex gobernador de Cesar del Partido Liberal Hernando Molina Araújo a siete años y seis meses de prisión por concierto para delinquir por sus nexos con Rodrigo Tovar Pupo, alias ‘Jorge 40’.
También ordenó que se investige a Molina por crímenes de lesa humanidad que cometieron paramilitares en el Cesar.
El político fue recapturado en Valledupar por agentes del CTI de la Fiscalía. En enero de este año la Corte Suprema le había concedido la libertad condicional por haber cumplido las tres quintas de la pena que corresponde al delito de concierto para delinquir. Sin embargo Molina Araujo estaba a la espera de la sentencia para definir su situación jurídica.
En 2003 Molina se presentó a las elecciones como candidato único, después de que otros aspirantes como Abraham Romero y Cristian Moreno Panezo, actual gobernador, abandonaron la carrera electoral por presiones, intimidaciones y amenazas de los paramilitares contra ellos, sus familiares y sus electores.
A raíz de la renuncia de los candidatos, miles de ciudadanos en el Cesar promovieron el voto en blanco como protesta a las amenazas e intimidaciones de los ‘paras’.
El caso de Molina es uno de los más representativos de la parapolítica en la Costa Caribe. De acuerdo con un artículo de Revista Semana publicado en febrero de 2007, sobre Molina ya se tejía una historia negra. Su entrañable amistad con ’Jorge 40’ es conocida por todos en Valledupar. En los círculos políticos, tanto de sus aliados como de la oposición, muchos aseguran que sus vínculos con las autodefensas en el pasado llegaron a ser tan estrechos, que a Molina se le conocía con el alias de ’Comandante 35’ y que antes de ser gobernador participó en varios actos criminales como la masacre de El Cafetal, en Villanueva.
El caso contra Molina Araujo ha estado manchado por varias irregularidades. Desde 2004 la investigación contra el ex gobernador estuvo congelada en las oficinas del CTI de Valledupar. No fue sino hasta 2007 que el caso fue transferido a Bogotá y que el expediente empezó a caminar.
En marzo de 2009, Augusto De Hoyos, alias ‘Memo’, uno de los testigos de los encuentros entre Molina y ‘Jorge 40’, denunció amenazas contra sus padres y familiares cercanos. El desmovilizado también dijo que desconocidos lo llamaron para que cambiara sus declaraciones contra de Molina Araújo.
Hernando Molina Araújo es hijo de la asesinada política Consuelo Araujo Noguera, ‘La Cacica’, primo hermano de la ex canciller María Consuelo Araújo y del ex senador Álvaro Araújo, condenado en marzo de este año a nueva años de prisión por parapolítica. El ex gobernador es además hijastro del ex procurador Edgardo Maya, quien en varias declaraciones justificó la candidatura de Molina como fruto de un acuerdo político.
Elección bajo Sospecha
En la sentencia, la Corte ratifica que "la candidatura ‘única’ de Molina Araújo y su posterior elección a la Gobernación del Cesar no fue el resultado de consensos partidistas o de una expresión democrática, sino una decisión originada en los acuerdos y compromisos con el Bloque Norte de las autodefensas liderado por ‘Jorge 40’, que se evidencia con el obligado retiro de la aspiración de Cristian Moreno a ese cargo de elección popular y los hechos de Chimichagua."
El Alto Tribunal sustenta este hecho a partir de un recuento sobre la conformación de grupos paramilitares en el departamento de Cesar y la participación del Bloque Norte de las Auc al mando de ‘Jorge 40’, en los "procesos políticos" y "debates electorales" del departamento.
"‘Jorge 40’ era quien disponía qué movimiento político podía presentar listas a una Corporación y cuáles dirigentes partidistas debían hacer parte de las mismas y cuáles ocupar los renglones señalados por él" señaló la Corte.
Según la Corte, esta influencia militar y política de los paramilitares en el Cesar quedó manifiesta en las elecciones a gobernador de 2003, cuando Hernando Molina se presentó como candidato único, mientras sus más fuertes contrincantes, Christian Moreno Panezo y Abraham Romero, se retiraron tras las amenazas y obstáculos que el Bloque Norte impuso sobre sus campañas.
En el caso de Moreno Panezo, la Corte apoyó sus declaraciones por cuanto confirmó que su campaña se vio afectada por miembros del Bloque Norte que le impidieron realizar "acciones propias de la campaña", puesto que su candidatura "no tenía aval de esa organización al margen de la ley". "Lo que las autodefensas le impiden a Moreno Panezo no es el ejercicio de la política sino el derecho a ser elegido, esto es a presentarse como candidato" resalto la Corte.
Por su parte, "a principios del mes de abril Abraham Romero anuncia su aspiración también a ese cargo de elección popular, pero finalmente no se somete a la consulta interna del partido Liberal aduciendo falta de garantías ni tampoco se inscribe como candidato ante las autoridades electorales".
Tras estos hechos, resulta claro para la Corte que "la candidatura ‘única’ de Hernando Molina Araújo a la Gobernación del departamento de Cesar en octubre de 2003, no puede ser vista como resultado de la dinámica de los procesos electorales".
La estrategia de los paramilitares, según la Corte, se basó en la intimidación o la presión sobre candidatos con el propósito de consolidar candidaturas "únicas" para cargos de elección pública. Sobre esta afirmación, la Corte agrega que a pesar que muchos testimonios dan cuenta del desarrollo de "elecciones libres" en el departamento, esto se explica en la medida en que las amenazas de los paramilitares no fueron contra las poblaciones directamente sino contra candidatos ajenos al proyecto político de los paramilitares.
Para el Alto Tribunal, el alto número de votos en blancos producidos durante esas elecciones es consecuencia directa de la falta de opciones diferentes a Molina Araújo. "De ahí, que independientemente de las razones que finalmente hayan motivado a 71.085 sufragantes a votar en blanco, lo cierto es que a los aspirantes fue a quienes se les impidió ser candidatos, de modo tal que ante la falta de opciones electorales y no políticas, el beneficiado no fue otro que el mismo Molina Araújo no por circunstancias del azar sino como resultado de su compromiso con las autodefensas".
La influencia de los paramilitares en procesos electorales en el Cesar no está demostrada sólo en el caso de la contienda electoral de 2003. Para la Corte son igualmente válidos casos como el de Juana Ramírez Bautista, quién en 2007 hizo públicas las amenazas que los paramilitares hicieron contra su candidatura a la Cámara de Representantes en el 2002.
"Una muestra de esa intromisión (de los paramilitares)… se da en el caso de Juana Ramírez Bautista, cuando en enero de 2002 el mismo "Jorge 40" le hace saber que el Movimiento de Renovación Liberal MRL ha sido vetado por supuestos actos de corrupción, cometidos por quienes en su representación habían regido los destinos de la ciudad de Valledupar" aseguró la Corte en su decisión.
Para este propósito, también se incluye el caso Julio Blanco Nobles, candidato a la alcaldía de Chimichagua quien renunció a su candidatura por el secuestro de su hermano.
Sin embargo, sobre este caso, la Corte compulsó copias para investigar la veracidad de las declaraciones de Blanco Nobles, quien finalmente fue elegido alcalde, según declaraciones de Moreno Panezo, "dado que su candidatura se acordó el 12 de octubre de 2003, en la reunión llevada a cabo en la finca La Guajira con la participación de los paramilitares ‘Rubén’, ‘Rafael’ y ‘Omega’, de Hernando Molina y de otros dirigentes políticos de la región".
La Corte concluye afirmando que "Hernando Molina Araújo se concertó con la finalidad de promover un grupo armado al margen de la ley, pues con su candidatura ‘única’ a la Gobernación de Cesar en octubre de 2003 logró el posicionamiento del proyecto político del Bloque Norte de las autodefensas con la asunción del cargo de Gobernador mediante elección popular, conforme ha quedado demostrado en esta sentencia".
Como situación especial, la Corte no otorgó credibilidad a las declaraciones de uno de los testigos claves de este caso, Augusto De Hoyos, quién señalaba al gobernador como una de las personas que colaboraba con los paramilitares en las "finanzas y apoyo". Las razones de la Corte están relacionadas con sus continuas retractaciones y posibles falsos señalamientos alrededor de los hechos analizados y por lo cual la Corte ordenó una investigación.
En la misma sentencia, la Corte ordenó ‘compulsar copias de lo actuado para que se investigue a Hernando Molina Araújo por los delitos atribuidos al grupo paramilitar del que hacía parte, incluyendo aquellos de ‘lesa humanidad’.
©verdad abierta
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