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dónde está lópez 25


[Adriana Meyer] Careos por las irregularidades en la investigación sobre López. Tres policías fueron enfrentados con el dueño de una finca donde reaccionaron los perros. Se especula con pistas plantadas o inoperancia.
Argentina. "Les pregunté a los policías, muchachos, ¿cómo hacen para que el perro siga el rastro? Y uno de ellos sacó una zapatilla y dijo, ‘ésta era de López, con esto cada tanto lo incentivamos al perro'." Cuando Rubén Durso, delegado municipal de Atalaya, reconstruyó esa escena ante el juez, su secretario, el fiscal y los querellantes, todos, se miraron. Los policías que buscaban a Jorge Julio López con perros adiestrados durante el operativo del 23 de septiembre de 2006 habían negado haberle mostrado el calzado del testigo desaparecido a Durso, el dueño de la finca donde los canes enloquecieron tras olfatear unas ropas y un colchón. Esto ocurrió la semana pasada en la reconstrucción de aquel irregular procedimiento y, como no fue la única contradicción entre los policías y el delegado municipal, el juez federal Arnaldo Corazza ordenó un careo que se produjo ayer. "Nadie cambió su testimonio y no se resolvió quién miente", sintetizó una fuente que participó de la audiencia. ¿Por qué es importante la zapatilla? La sospecha que persiste es si fue utilizada para plantar el rastro de López o si los policías cometieron una "desprolijidad".
Pasaban los días y la ausencia de Tito, como le decían, aumentaba la desesperación de la familia, al mismo tiempo que consolidaba la reinstalación de la figura del desaparecido. Por esas horas, el hijo menor del testigo le dio a la policía una zapatilla de su papá para entrenar a los perros en la búsqueda de su rastro. La Bonaerense 2 movilizada interrogaba a los automovilistas por las rutas provinciales y así apareció Rodolfo Buzeta, un criador de chanchos que aseguraba haber visto a López caminando por el pueblo de Atalaya. La jueza Marcela Garmendia y el fiscal Marcelo Martini, que llevaban adelante la "búsqueda de paradero", ordenaron un operativo que incluyó la participación de la división Canes. El ovejero alemán Kintín, una de las estrellas de esa repartición, fue el elegido para olfatear la zapatilla de López. "Es como un juego con el animal, que tiene premio cuando encuentra el objeto o la persona que olfateó", explicó su conductor, el efectivo Adrián Badano. Pero si la zapatilla no fue preservada en una bolsa el rastro podría perderse. Por otro lado, también podría haberse traspasado el olor a objetos de esa casa, creando una pista falsa.
Aquel procedimiento de la tarde del 23 de septiembre de 2006, cuando los canes detectaron por primera vez el rastro de López en el Camino Blanco de Atalaya, a pocos metros de la casa de Durso, careció de acta. Fue interrumpido a la madrugada por razones aún desconocidas. Por la noche se hizo un acta irregular. En junio, los querellantes de Justicia Ya! pidieron medidas para establecer qué pasó en Atalaya. Incluso la SIDE sospechó que aquella pista fue plantada. A esa inquietud ahora se sumó el abogado de la familia López, Alfredo Gascón Cotti. El juez Corazza decidió esclarecer este capítulo de la causa que, como otros, pone en evidencia las falencias de la investigación en sus primeras horas, aunque por la demora algunas medidas ya no serán realizables, tal el caso de la declaración de Buzeta, quien falleció el año pasado.
Ayer declararon los policías Sergio Pajot, Jorge Ortiz y Adrián Badano, y fueron careados con Durso, propietario de la finca donde los perros le ladraron a una gorra gris con visera, a un jogging gris Adidas y a un colchón que estaba en una casilla rodante. El relato de Durso no coincide con el de los policías respecto de cuántos y quiénes ingresaron en su casa, como tampoco si fueron o no al baño. "Si la pista fue plantada, también lo fue para el perro", especuló la fuente. Una vez más, la sensación es que hubo "una mezcla de inoperancia y complicidad", y si López pasó por allí como marcan los perros "ese procedimiento arruinó la posibilidad de establecerlo".

23 de enero de 2008
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de la escopeta a la pulsera


[Adriana Meyer] El primer condenado por las muertes a fines de 2001. Por un asesinato durante los saqueos, el empresario Luis Mazzi debe cumplir 15 años de prisión. La Justicia lo dejaría salir bajo monitoreo electrónico.
Argentina. El primer condenado por las muertes durante los saqueos de diciembre de 2001 podrá gozar en breve de la libertad porque la Justicia le concedió el arresto domiciliario "con monitoreo electrónico". El empresario Luis Mazzi, que en marzo del año pasado recibió una condena a quince años de cárcel por el asesinato de Ariel Salas, podrá irse a su casa con la condición de lucir una pulsera que controlará sus movimientos. Los familiares de las víctimas repudiaron la decisión, aunque aún no se hará efectiva porque hay un número limitado de pulseras y Mazzi entró en lista de espera. "La familia está muy mal y nosotros también, luego de tanta pelea esto es un golpe muy duro", le dijo a Página/12 Paula Squassi, la abogada que representó a los Salas en el juicio.
En realidad, Mazzi gozó del beneficio del arresto domiciliario durante los cinco años que duró el proceso, a pesar de haber estado prófugo, e incluso se iba de vacaciones, según la letrada. Poco antes del juicio, ella y su socio Alejandro Bois habían logrado que lo encarcelaran. Tras la condena a quince años que dispuso el Tribunal Oral 3 de La Matanza, permaneció detenido en la cárcel de Campana y en esa situación permanece mientras la Cámara de Casación analiza la apelación que presentó.
El uso de la pulsera electrónica está previsto para procesados (ver aparte). Como la sentencia de Mazzi no está firme, su caso entra en esa categoría. La Cámara de Garantías y Apelaciones de La Matanza decidió que la "buena conducta" del empresario en prisión ameritaba dejarlo cumplir en su casa los cuatro años que le quedan de condena, lo que se denomina "morigeración" de la pena. "Tenemos pibes que están con cinco años por robo simple y en esa Cámara no les dan el beneficio, no se lo dan a nadie", comentó Squassi.
El Tano Mazzi es dueño de siete locales ubicados en Cristianía y Maciel, del barrio 22 de Enero, en Ciudad Evita. A las siete de la tarde del 19 de diciembre de 2001 empezó a los tiros, con su custodio, el ex agente de Prefectura Bernardo Joulie y otros tres comerciantes. Se habían enterado de los saqueos y fueron en un colectivo a buscar armas de todo tipo de calibre. Mazzi usó una Itaka y su guardaespaldas el arma de puño, una pistola 9 milímetros. El cuerpo sin vida de Damián Ramírez cayó a los pies de su mamá Raquel y de su hermana Rosana. Tenía un balazo a la altura de la oreja. En el juicio, sus abogados defensores adujeron que actuaron en "legítima defensa" ante la "actitud ilícita de los saqueadores" y de "los que no saqueaban que estaban apoyándolos". Pero los jueces consideraron que Ramírez –un adolescente de 14 años que cursaba el octavo grado de la EGB– no tenía palos ni piedras y que "estaba curioseando" junto a las demás personas.
Ariel Salas –30 años, empleado en una joyería de Almagro– había podido salir antes de su trabajo porque el dueño lo autorizó, dado el estado de rebelión popular y represión policial que se vivía aquella jornada que marcó el sangriento final del gobierno de la Alianza. Lo mataron de un escopetazo en el mismo lugar que a Ramírez, cuando bajaba del colectivo 180.
"¡Asesinos, asesinos!", estalló la bronca de los familiares en la sala de audiencias del Tribunal Oral. Era el 12 de marzo de 2007 y habían esperado el veredicto con ansiedad contenida, tomados de las manos. En los pasillos y en la calle se sucedieron incidentes por la misma indignación. Pero más allá del descontento, los abogados de las familias coincidieron en rescatar que el fallo no convalidó la "legítima defensa" ni el accionar de cualquier parapolicial o persona que se arme en defensa de sus bienes. La sentencia, que contuvo citas del historiador Eric Hobsbawm, indicó que las víctimas "ni saqueaban ni apoyaban a los saqueadores" y hubo, además, una "escandalosa desproporción" entre la amenaza invocada y la reacción de los agresores.
El fallo determinó que Mazzi fue el autor de la muerte de Salas, mientras que Joulie fue encontrado culpable por la de Ramírez, aunque obtuvo una pena inferior (seis años), dado que el delito que le adjudicaron fue homicidio "en riña". En ese momento Mazzi tenía que esperar cinco años y medio para estar en condiciones de pedir la libertad condicional y, probablemente, ese cálculo haya encendido la ira de los familiares, que reclamaban una pena mayor. Ahora el empresario logró acelerar esos tiempos, provocándoles aún más desconsuelo.

23 de enero de 2008
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el escándalo von wernich


[Washington Uranga] ¿Equivale el silencio de la iglesia a complicidad con sus crímenes?
Transcurrieron más de tres meses desde el 9 de octubre pasado, cuando el Tribunal de La Plata condenó al sacerdote Christian von Wernich por delitos de lesa humanidad. Después de un tibio comunicado de la conducción de la Conferencia Episcopal, en el cual los obispos insistieron en su línea argumental rechazando toda responsabilidad institucional y señalando que el cura actuó "bajo su responsabilidad personal", el obispo de 9 de Julio, Martín de Elizalde, pidió "perdón" en nombre de la Iglesia por los delitos de Von Wernich, pero pateó la pelota para adelante respecto de las sanciones al cura violador de los derechos humanos. "Oportunamente se habrá de resolver, conforme a las disposiciones del Derecho Canónico (la ley eclesiástica), acerca de la situación de Christian von Wernich", escribió entonces el obispo.
Hoy, el cura torturador está preso pero sigue gozando de todas las atribuciones y consideraciones de su condición sacerdotal. Para el obispo de 9 de Julio y para la jerarquía de la Iglesia Católica todavía no ha llegado la ocasión para trasladar al fuero eclesiástico las sanciones que podrían caberle a Von Wernich por los cargos de violación de los derechos humanos que se le probaron en la Justicia civil. Por lo mismo el cura encarcelado sigue ostentando su condición de ministro religioso. O bien las autoridades eclesiásticas creen que lo que se ha probado en juicio no se ajusta a verdad y que, coincidiendo con la opinión de Von Wernich, el tribunal actuó con sentido político y por venganza o, lo que sería igualmente grave, parten de la base de que lo que se le ha probado al ex capellán de Ramón Camps no contradice las enseñanzas de la Iglesia. Ambos argumentos carecen de fundamento válido. El primero porque Von Wernich tuvo un juicio ajustado a derecho, algo de lo que no gozaron sus víctimas y las de sus cómplices. Lo segundo porque el cura hoy condenado atentó contra la vida de muchas personas.
La jerarquía católica se cansa de afirmar el derecho a la vida en todos sus aspectos. Vale preguntarse entonces ¿qué está esperando la jerarquía de la Iglesia para tomar medidas con Von Wernich? ¿O para anunciar a la sociedad, que también necesita saberlo porque ha sido ofendida, si esas medidas se tomaron en sigilo institucional? Es tan grave que el cura no reciba sanción alguna por parte de la Iglesia como que las eventuales medidas en su contra –si es que existen– se guarden en la reserva institucional. La "oportunidad" a la que se refirió el obispo Martín de Elizalde en ocasión de su comunicado sobre Von Wernich se vuelve cada vez menos oportuna a medida que transcurre el tiempo sin novedades. Y el escándalo ya generado por el sacerdote torturador a través de sus acciones condenadas por la Justicia se agranda con el paso de los días y, por más que los obispos intenten deslindar responsabilidades, mancha irremediablemente a la institución que, en tanto que lo mantenga en sus filas sin tomar ninguna medida, se puede transformar en cómplice. ¿De qué "oportunidad" habla el obispo de 9 de Julio? ¿Qué implica el trámite eclesiástico de acuerdo con el Derecho Canónico? ¿Supone un nuevo juicio que desconoce lo actuado por la Justicia civil? Sería bueno aclararlo, para que tanto los católicos como la opinión pública puedan conocer cuáles son los pasos que la jerarquía de la Iglesia está dando sobre este tema. Porque si la conducta de Von Wernich constituye por sí misma motivo de escándalo para los cristianos, el silencio y la omisión de la jerarquía católica respecto de sus actitudes instaura también la imagen de un escándalo institucional porque podría leerse como complicidad, salvo por la hoy ya insuficiente aceptación de responsabilidades y pedido de perdón hechos por el obispo de 9 de Julio.

21 de enero de 2008
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mal llamado crimen pasional


Cuatro balas, una mujer asesinada y un mal llamado crimen pasional. Asesinaron a una mujer de 29 años en un barrio privado de Exaltación de la Cruz. La policía sospecha del ex marido, que había sido obligado a apartarse de ella por golpearla y amenazarla.
Argentina. Cuatro disparos, dos en la espalda, uno en el hombro derecho y otro en el antebrazo izquierdo, todos por detrás, mientras Rosana Edith Galeano intentaba escapar, terminaron con su vida. Para algunos, los más cercanos, de un modo previsible. La mujer, de 29 años y ex modelo, fue baleada el miércoles por la noche, en la casaquinta donde vivía, en el barrio El Remanso del partido Exaltación de la Cruz, en la zona norte bonaerense, próximo a Pilar. Galeano se encontraba cenando en la casa de su hermana cuando recibió un llamado a su celular que la llevó al exterior del chalet, donde fue baleada. Igual que los familiares más cercanos, la trama de violencia familiar empuja la hipótesis de los investigadores sobre el ex marido. Un dato clave apunta en ese sentido: el hombre había sido excluido del seno familiar y tenía prohibido aproximarse a la mujer por decisión de una jueza de Exaltación de la Cruz, luego de reiteradas denuncias de la víctima. Las hipótesis dan vueltas alrededor del crimen por violencia y mal llamado pasional, y el crimen por encargo. Además del ex marido, José Jacinto Arce, investigan a un jardinero que trabajaba para Arce.
La distancia entre Rosana Galeano y Arce estaba demarcada después de una serie de denuncias por maltrato, violencia y amenazas de muerte sufridas por quien ahora pagó con su vida, y que derivaron el año pasado en la separación del matrimonio por decisión de la jueza de paz de Exaltación de la Cruz, María Núñez Leguizamón.
"Esto viene de arrastre. Sospechamos siempre de uno solo, de nadie más. Era la única persona con la que ella tenía problemas", sostuvo Óscar Galeano, hermano de la víctima, apuntalando la hipótesis policial pero sin mencionar nombres. "Lo tuvieron que sacar de la casa a la fuerza. Le había pegado a mi hermana. Ahí es que empieza el divorcio y ella decidió separarse porque no soportaba más."
El desenlace tuvo lugar el miércoles a las 22.15, en la casaquinta ubicada sobre la calle Caramba, entre Paso de la Patria y La Zamba, del barrio privado El Remanso, localidad de Capilla del Señor, en Exaltación de la Cruz. El Remanso es un barrio privado, con seguridad privada, pero abierto. Está situado sobre el kilómetro 72 de la Ruta 8 y tiene unas 3500 viviendas distribuidas en 600 hectáreas. Entre los vecinos, figuran la Su Giménez, Fabio Zerpa y Carlos Sorín.
A esa hora, la víctima cenaba con su hermana Mónica, de 34 años, en la casaquinta, cuando sonó su celular. Galeano no podía escuchar, supuso que no había buena señal y decidió salir a la calle. Pero según el relato de Mónica, al salir su hermana la escuchó dar un grito corto, "¡uy!", y luego correr hacia la puerta de la casa con la intención de entrar. Pero no llegó a hacerlo. Sonaron cuatro disparos y la mujer cayó desplomada en la entrada. Aparentemente, le dispararon desde un auto.
Cuando comprendió la situación, Mónica alertó a la seguridad privada del barrio y a la policía. Al rato, llegaron los patrulleros de la comisaría de Exaltación de la Cruz. Cuando los peritos la revisaron detectaron cuatro heridas de bala, dos que habían penetrado por la espalda, una en el hombro derecho y otra en el antebrazo izquierdo. Los peritos de rastros levantaron del lugar desde donde habían disparado, tres vainas servidas de una pistola calibre 11.25. Es probable que la cuarta vaina haya quedado en el interior del vehículo.
En el lugar del hecho estuvo presente el fiscal de Zárate Marcelo Pernici, quien realizó algunas preguntas a la hermana de la víctima y a otros testigos. Las fuentes indicaron que Mónica no había llegado a divisar al agresor, ya que ella se encontraba dentro de la vivienda, a unos 25 metros de donde ocurrió el crimen, y que sólo escuchó el grito, la corrida y los disparos.
En el lugar los peritos encontraron un pulóver que, según algunos testimonios, podría pertenecer a quien realizó los disparos. Ahora, rastrean dentro del celular de Rosana el origen de la llamada que la llevó a salir de la casa. Sospechan que fue un ardid para llevar a la mujer hacia el exterior donde la estaban esperando. Al mismo tiempo, los investigadores descartan por el momento como motivo el robo, por la mecánica del ataque y porque a la mujer no le faltaba nada, tan sólo su vida.
Entre las hipótesis, la más fuerte es la que suele definirse malamente como crimen pasional, pero también barajan, dentro quizá de esa misma hipótesis, la del crimen por encargo. En ambas, el ex marido aparece al frente de las sospechas. Sin embargo, no son suficientes. Como señaló el fiscal Pernici, "hay varios sospechosos", pero si las sospechas familiares sobre el ex marido "tuvieran asidero el ex marido estaría detenido".
El fiscal agregó que se realizaron allanamientos, uno de ellos en la casa de un jardinero que, según Óscar Galeano, era empleado del ex esposo de su hermana. Arce, de 59 años, comerciante de pollos y huevos, fue expulsado de la casaquinta donde vivía con sus dos hijos de 3 y 4 años, por violencia familiar. Esa información y la historia de la pareja empuja a los familiares de Rosana a poner las sospechas sobre Arce.
Por su parte, Arce declaró que estuvo en la comisaría de Villa Astolfi y en un hospital en Pilar, donde había llevado a atender a uno de sus hijos. Según los familiares de Rosana, ese día Arce le había negado llevar los chicos a su madre.

18 de enero de 2008
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milagro concebido


[Pedro Lipcovich] Embarazo a una nena y solo lo condenan por abuso. En Neuquén condenaron a un hombre que embarazó a una nena de 12 años por abuso. Los jueces dijeron que no hubo penetración.
Neuquén, Argentina. "¡Pero si sos como la Virgen María...!", le dice el juez a la niña, y ríe y, advierte ella, el juez tiene la cara del hombre que la violó, y él ríe y ahora va a tocarla y ella, como todas las noches, despierta gritando. Más allá de su contenido hipotético, la pesadilla es real: la niña, de 12 años, neuquina, fue embarazada por un vecino de 73, el ADN certificó la paternidad, pero, en el juicio por violación, los jueces Emilio Castro, José Andrada y Héctor Dedominichi –integrantes de la Cámara de Apelaciones de la provincia del Neuquén– consideraron que "es posible un embarazo sin acceso carnal" y que "no puede descartarse que no haya habido introducción ni siquiera parcial del pene en la vagina". En contrapartida, el juez Carlos Rozansky –que impulsó la investigación del abuso infantil en Argentina– afirmó que "todo embarazo a una criatura de 12 años implica el delito de abuso sexual gravemente ultrajante" y que sostener lo contrario es "morboso e ilegal".
La familia de la nena vive en una casa humilde del barrio Belgrano, ciudad de Neuquén; la madre trabaja como empleada doméstica. En 2006, la maestra de la niña empezó a sospechar que podía estar embarazada. Habló con la madre, llevaron a la chica al médico y resultó que sí. La niña tenía 12 años. El principal sospechoso era un vecino, un policía retirado que ahora tiene 73 años –su filiación no se dio a conocer–, con el que la familia tenía una relación de confianza.
El embarazo continuó.
El bebé nació y, practicados los exámenes de ADN, se corroboró que el padre era aquel vecino, que fue detenido bajo acusación de "abuso sexual con acceso carnal agravado por haber acarreado graves daños a la salud de la víctima".
Ya en junio del año pasado se produjo un incidente cuando al acusado se le concedió la prisión domiciliaria y volvió al barrio, a vivir medianera de por medio con la nena: los familiares pidieron a la Justicia que lo trasladara, observaron que él tenía otras propiedades. Pero la Cámara Segunda de Apelaciones neuquina, integrada por José Andrada, Emilio Castro y Héctor Dedominichi, lo rechazó porque "no hay razones para temer que intente agredir a la niña o que su cercana presencia le cause algún agravio de tipo psicológico".
Esa misma cámara dictamina que no hubo violación. Tal como lo reveló ayer el diario Río Negro, el voto de Emilio Castro, al que adhirieron Andrada y Dedominichi, admite que "habiendo embarazo, hubo contacto sexual" pero "lo que es materia de discusión es si ha habido penetración". Para los jueces, "lo primero es saber si un embarazo sin acceso carnal, siquiera mínimo, es posible": su respuesta es que "pareciera que sí", mediante el coito inter femora (entre las piernas); aunque "es cierto que un embarazo de esas características parece ser algo raro".
Para los magistrados, a la fiscalía y al juez de instrucción "les tocaba probar el acceso carnal. Cuando menos era posible un examen ginecológico de la mujer presuntamente penetrada, esté o no embarazada", pericia que "no iba a incrementar la supuesta victimización secundaria de la niña si la hacía un profesional experto".
Entonces, "no puede razonablemente descartarse que no haya habido introducción ni siquiera parcial del pene en la vagina", considera el fallo que absuelve al imputado de la acusación más grave y lo condena a cuatro años de prisión por abuso deshonesto.
El juez Carlos Rozansky, presidente del Tribunal Federal 1º de La Plata –que se destacó en la investigación del abuso sexual infantil–, explicó que "todo embarazo a una criatura de 12 años implica el delito de abuso sexual gravemente ultrajante, que, en el actual Código Penal, corresponde a lo que el antiguo código denominaba violación". En cuanto a la posibilidad de que el embarazo hubiese sido sin penetración, "ese argumento tiene dos aspectos: por una parte, es morboso; por otra, es ilegal". Morboso, "por el tipo de esfuerzo intelectual necesario para imaginar una eyaculación en los genitales externos de la niña donde, por alguna razón, los espermatozoides vayan a fertilizar el óvulo".
Jurídicamente, según Rozansky, "toda interpretación que reduzca la responsabilidad del violador viola a su vez las normas legales que protegen a las víctimas, que tienen derecho a que el delito que padecieron sea llamado por su nombre". Pero "lamentablemente, en los delitos sexuales son frecuentes los fallos que, bajo distintas racionalizaciones, procuran darle una mano al violador; el esteorotipo de que ‘ella lo provocó con su pollera demasiado corta' se hace presente en muchos veredictos".
El abuso gravemente ultrajante a una menor de 13 años tiene una pena de hasta 15 años de prisión, o 20 años "si resultare grave daño a la salud física o mental de la víctima", según el Código Penal.

15 de enero de 2008
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triple crimen de concordia


[Horacio Cecchi] La muerte del secretario judicial de Concordia Miguel Bressán, su mujer María Taleb y su hijo Facundo dejó una herencia de tres millones de pesos. Lucha por la sucesión. Anulan la confesión del chico acusado.
Argentina. Un mes y medio no es tiempo suficiente para transformar semejante caso en hojarasca. Aunque Concordia sea una ciudad de 150 mil habitantes, su ritmo no es lo febril que se exige para que el triple crimen de los Bressán quede adormecido bajo el vértigo de otros casos. El runrún sigue, y seguirá quién sabe por cuánto tiempo más. Al contrario, en un mes y medio, se agregaron circunstancias alrededor del crimen del secretario judicial, su esposa y su pequeño hijo de 2 años: el caso se quedó sin confesión; se quedó dos veces sin juez y la tercera magistrada en pocos días entrará en feria. Pero más allá de esto, fundamentalmente, se abrieron dos causas civiles sucesorias en simultáneo a la penal, una para dirimir hacia dónde se inclina la balanza de los herederos; la otra, para que el ADN diga si los hermanos del chico acusado son efectivamente sus hermanos. Detrás de todo, la zanahoria que tironea las riendas del caso es la herencia que dejó Miguel Ángel Bressán: un millón de dólares.
El domingo 18 de noviembre, los cuerpos de Miguel Ángel Bressán, su esposa María Celia Taleb y su pequeño hijo Facundo, se desplomaron a tiros en la casona del campo de 250 hectáreas, en Colonia Yeruá. Un hijo mayor de Bressán, cuya madre es Norma Bernard, apareció rápidamente en la mira de los investigadores, en la de los medios, en la de los abogados y, especialmente, en la de los familiares, como el principal sospechoso. Como menor de 18 años, el chico estaba o debía estar protegido por una serie de condicionantes lógicos y constitucionales, fuera o no fuera el que hubiera jalado el gatillo. Pero su suerte no quedó atada a cuestiones estrictamente jurídicas, sino que detrás comenzó a dirimirse la suerte de una pequeña fortuna, pero fortuna nada desdeñable al fin, de un millón de dólares. Porque el secretario del Juzgado de Instrucción 2 local dejó una casa tipo chalet sobre la calle San Martín al 400, en Concordia, donde vivía con Taleb y Facundo; dos vehículos, uno de ellos la 4x4 Ford Ranger que apareció estacionada cerca de la terminal de micros de Concordia, y el campo de 250 hectáreas donde cayeron los tres cuerpos aquel domingo de noviembre, valuado en 500 mil dólares. Alguna cuenta más debe haber para que todas las partes en juego reconozcan que la herencia asciende a los tres millones de pesos.
El debate sobre a quién corresponde la herencia se desató casi de inmediato al crimen, aunque algo desdibujado por los perfiles policiales del caso que, para la Justicia y los medios aparecía, a primera vista, bajo el rótulo del parricidio. Debates semejantes se han presenciado y escuchado infinidad de veces. Lo curioso del caso de Concordia fue el devenir sucesorio, que quedaría definido con la suerte penal del chico mayor, sospechoso del triple homicidio. Y la suerte penal del chico, a su vez, parecía depender de quién pesara más en la instancia civil. ¿Complicado? En principio sí, pero la herencia haría que se corrieran las penumbras.
"En términos sucesorios, debía definirse quién murió primero, lo que se llama premoriencia, porque eso define quién hereda. Si primero muere la mujer, el hombre es quien hereda y su hijo pequeño, pero también el hijo mayor, acusado", señaló Celedonio Rodríguez, quien fue abogado de Norma Bernard al inicio del caso, el suficiente tiempo para solicitar el ADN de los hermanos del chico mayor, supuestamente hijos de Bressán pero, por algún motivo, no reconocidos.
Pero, si el chico fuera condenado, la condena misma arrastraría en lo civil la figura de la indignidad que lo dejaría fuera de la posibilidad de heredar. De hecho, los herederos del lado de Taleb desde el primer día apuntaban a la responsabilidad del chico. "Esto no fue una cuestión de robos ni de mafias, fue un problema familiar", señalaban en la familia de la mujer fallecida, como para descartar toda hipótesis que alejara a los investigadores de la pista del chico. En cambio, si fuera absuelto, no habría impedimentos legales para transformarlo en único heredero.
¿Unico? No. Una de las primeras medidas que tomó Rodríguez fue iniciar una causa por filiación post mortem. Solicitó determinar mediante comparación de ADN si los otros tres hijos de Norma Bernard, una chica de 16, otra de 12 y un varón de 9, son hijos de Bressán, aunque él no los haya reconocido. El pedido definió casi el final de la discusión por el sucesorio. En los tribunales se da por descontado que son sus hijos, y de comprobarse esto, sea o no condenado, la herencia debería volcarse hacia la rama de los Bressán Bernard porque son hijos y pesan sobre parientes colaterales (hermanos) o padres.
Pero hay otro costado que pesó más: la conmoriencia, que se aplica cuando las muertes son simultáneas y no se puede determinar quién sucede a quién. En el caso Bressán, los forenses realizaron la autopsia demasiadas horas después de ocurrido el crimen, y no pudieron determinar quién cayó primero. El orden dado en la autoconfesión inicial del chico no es válido porque es parte interesada y porque, además, su declaración fue anulada: "No la tomó un juez de menores, y no se hizo lugar a su derecho de no declarar en su contra –señaló Martín Jáuregui, nuevo abogado de Bernard–. Parecía como si hubiera habido mucha urgencia en resolver el caso. El primer juez se excusó, pero antes le tomó declaración." Finalmente, los abogados de las partes acordaron la conmoriencia, fifty fifty, sea cual fuere el resultado. La mitad la llevarán unos hermanos de Taleb, porque no hay hijos de su lado, y la otra, los Bressán Bernard.
Por su parte, la defensa del mayor de los chicos asegura que "no hay pruebas en su contra. Las armas no son las que dijeron que eran. No hay armas, y no hay declaración. Lo que tienen los investigadores es endeble".

8 de enero de 2008
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xenofobia en tribunales españoles


[Luis Paz] El argentino acusado en Barcelona de agredir a un guardia. Un juicio sospechado de xenofobia.
Barcelona, España. La Justicia española arrancó con el juicio a un argentino acusado de dejar en coma a un guardia urbano. El joven se declaró inocente. La familia dice que es una causa armada por discriminación. Organismos de derechos humanos y el cónsul, ‘observadores' del juicio.
Juan Pintos Garrido, el joven español nacido en Buenos Aires y detenido en Barcelona en febrero de 2006, acusado de participar de la agresión a un guardia urbano que permanece en coma desde entonces, reafirmó su inocencia ayer, en el comienzo del juicio a nueve imputados por el caso originado en un choque entre la Guardia Urbana barcelonesa y asistentes a una fiesta clandestina en un teatro. Todos se declararon "inocentes" y coincidieron en que "la Guardia pegó y detuvo indiscriminadamente". Pintos aseguró que él no estaba en el local y que pasó por la puerta cuando se iniciaba la reyerta, y sostuvo que tampoco instó a dos jóvenes chilenos a apedrear al policía, como figura en la acusación. De hecho, los tres sudamericanos desmintieron haber participado del apedreo y reafirmaron que la agresión provino "desde adentro del local". La familia Pintos Garrido ya había denunciado en repetidas ocasiones que se trata de una "causa armada por discriminación", que bajo el delito de "agresión agravada a la autoridad" podría traducirse en hasta doce años de prisión para Juan. Por ello, la defensa convocó a once observadores para el juicio, entre los que se cuentan la madre de Plaza de Mayo-Línea Fundadora Nora Cortiñas, el cónsul de Argentina en Barcelona, y catedráticos y legistas europeos.
"La presencia de Nora fue emocionante, porque hace 30 años que lucha por verdad y justicia y dio mucha fuerza a los chicos y a los padres. Iluminó la sala, que estaba colmada, al igual que el hall de la Audiencia (Provincial 8 de Barcelona, donde tiene lugar el juicio)", consideró en diálogo con Página/12 María Inés Garrido, la madre de Juan, que hoy tiene 24 años y lleva dos preso. Garrido dijo estar "conforme con que por primera vez los medios de Barcelona trataran el caso, en especial porque cuestionaron la versión de la Fiscalía, que indica que Juan incitó el apedreo al policía".
Ese "cuestionamiento" radica en que los medios españoles recuperaron declaraciones del ex alcalde de Barcelona y actual ministro de Industria de España, Joan Clos, dadas a pocas horas del hecho en el que se detuvo a Pintos. En ellas informa en rueda de prensa que las lesiones del guardia urbano –policía municipal que porta arma– se produjeron porque "le cayó una maceta en la cabeza", según declaró oficialmente. "Nunca nos aceptaron incluir a Clos, con el pueril argumento de que ‘no fue testigo'. Alguien le indicó, por ser alcalde, cómo había sucedido todo, y el salió a decir que había sido una maceta lo que golpeó al guardia. Esa prueba nunca nos la tomaron", se quejó Inés Garrido ante este diario.
El 3 de febrero de 2006, la Guardia Urbana precintó un ex teatro del ayuntamiento, devenido en ‘Anarko Penya Cultural', por varias denuncias de vecinos por ruidos y otras molestias ocasionadas por quienes ocupaban el edificio. Pero esa misma noche se realizaría una de las habituales fiestas clandestinas, algo normal en una Barcelona que tiene una frondosa escena ‘parakultural, okupa y klandestina', que es de conocimiento público. La gente comenzó a entrar igual, más allá de que en los alrededores del local de la calle Sant Pere més Baix al 55 había cuatro guardias urbanos.
Según contó su madre a Página/12, alrededor de las 6, Juan regresaba de otra fiesta con unos amigos e iba camino a tomar el subte, en la estación Arc del Triomf, cercana al lugar donde se hacía la fiesta. Oyó música a lo lejos y se interesó, pero al llegar ya se había desatado el enfrentamiento entre la policía municipal y los asistentes, a raíz del clásico "no entra nadie más". Los guardias urbanos forcejeaban con una veintena de jóvenes que querían entrar a la fiesta cuando, según Inés Garrido y el entonces alcalde Clos, una maceta arrojada desde dentro del local golpeó al guardia en la cabeza, que cayó contra el piso y desde entonces está en coma.
Ayer, los tres sudamericanos sostuvieron que llegaron a los disturbios "sin querer" y que trataron de huir porque "la policía estaba desmedida". Sin embargo, se los acusa de "dirigir una agitación de entre 20 y 30 personas y apedrear" al efectivo malherido, que desde entonces tiene una invalidez permanente, y a otros tres heridos leves. Frente a la acusación de la fiscal, Juan y los chilenos Rodrigo L. y Alex C. contaron cómo fueron reprimidos mientras no hacían "nada salvo huir". A Rodrigo lo habría golpeado un guardia mientras le consultaba a otro qué pasaba, a Alex lo habría alcanzado un macanazo en la pelvis y a Juan, que cayó en medio del alboroto, le habrían asestado patadas en la cabeza y fracturado las muñecas cuando intentaba cubrirse de los golpes.
De esa forma, discutieron las acusaciones de la familia del policía que está en coma, que solicita once años de prisión efectiva para los nueve acusados, y del Ayuntamiento y los otros efectivos con heridas menores, que piden elevar a doce años la condena para Juan, Alex y Rodrigo y dictar prisión de entre tres y cinco años para los otros seis acusados. Cuatro de ellos, que estaban en la fiesta, dijeron no haber visto objetos lanzados desde dentro ni afuera de la casa contra los policías, pero sí que éstos reprimían. Los otros dos aseguraron que ni siquiera estuvieron cerca de la calle Sant Pere més Baix, sino que fueron detenidos en el Hospital del Mar de Barcelona, donde fueron trasladados luego de un accidente en bicicleta. No obstante, policías que habían ido allí a llevar heridos los detuvieron porque, según argumentaron, los reconocieron como partícipes de la fiesta. Los seis, todos europeos, fueron dejados en libertad esa misma noche.

8 de enero de 2008
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privilegios para delitos del poder


[Irina Hauser] Los motivos que provocan las demoras en las causas judiciales por corrupción. Privilegios eternos para los delitos del poder.
Argentina. Manejos especulativos de los jueces, falta de capacitación, deficiencias propias del sistema y la astucia de los abogados que trabajan de estirar los plazos para que las causas prescriban son parte del combo que explica por qué hay tan pocas condenas por casos de corrupción. Se calcula que desde 1980 el Estado perdió 10 mil millones de dólares por maniobras de este tipo.
"Retener una causa (judicial) es retener poder." No lo dice alguien que mira los tribunales desde afuera. Lo afirma un juez federal, Daniel Rafecas. La cita es parte de una entrevista que concedió para una investigación sobre la ‘Parálisis de la Justicia frente a los casos de corrupción' que realizó la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ). Es un estudio que busca explicar las razones por las cuales las causas penales contra funcionarios públicos y grupos económicos tardan un promedio de 14 años en llegar a juicio oral, si es que no prescriben antes en el camino. El trabajo está basado, en gran parte, en conversaciones con importantes miembros del Poder Judicial (jueces, camaristas, fiscales y peritos) y organismos especializados. Las conclusiones atribuyen las demoras a los manejos especulativos de sus señorías, su falta de capacitación, las deficiencias propias del sistema y la astucia de los abogados (que trabajan de eso: estirar los tiempos).
Recién este año habrá un juicio oral por las coimas del caso IBM-Banco Nación, denunciadas en 1994. En mayo comenzará el juicio por la venta ilegal de armas a Ecuador y Croacia, una causa abierta en 1995. Podrían considerarse historias gloriosas en términos de agilidad judicial. Otras, como la de la venta de leche adulterada al Estado que involucró al empresario Carlos Spadone en 1991, terminaron cerradas. Spadone fue sobreseído por el paso de los años en 2005. También se declararon prescriptas más de una decena de investigaciones sobre fraudes bancarios de los ochenta, entre ellos los del Banco del Oeste y el Banco de Italia. Ejemplos sobran.
El trabajo de ACIJ, coordinado por el abogado Luis Villanueva, pretende complementar con un análisis cualitativo los resultados de un minucioso estudio cuantitativo que hizo un año antes otra ONG, el Centro de Investigación y Prevención sobre Criminalidad Económica (Cipce). Este organismo contabilizó sólo 15 condenas en los últimos años sobre un total de 750 causas: excepto María Julia Alsogaray, todos funcionarios de segunda línea. También estimó que el 20 por ciento de los expedientes se cierra por prescripción, sin que se lleguen a esclarecer los hechos. Desde 1980 el Estado perdió, según el Cipce, 10 mil millones de dólares por hechos de corrupción. Las denuncias suelen aparecer unos dos años después de que fue cometido el delito. Las investigaciones duran un promedio de 14 años, mientras un juicio ordinario se resuelve en un año y cinco meses.
El informe de ACIJ clasifica los motivos de las demoras en dos grupos: de un lado, las maniobras e intereses de los jueces y otros funcionarios judiciales que intervienen; del otro, las deficiencias propias del sistema penal, la falta de recursos para investigar y de mecanismos de control sobre las investigaciones.

Cuestión de Poder
Los jueces, advierte el documento al que accedió Página/12, utilizan las causas sobre corrupción "como prenda de negociación con el poder político". Buscan, dice, "beneficios particulares": "frenar procesos de destitución, obtener ascensos o cualquier otra ventaja". "Se ha generado una cultura del poder en la que muchos jueces aprovechan su capacidad de decisión sobre el destino de los sujetos implicados", afirma. Es el famoso cajoneo.
A eso se refiere el juez Rafecas cuando habla de que "retener una causa es retener poder". Por esa razón, dice Rafecas, la mayoría de los expedientes con alto impacto institucional "difícilmente llegan a juicio oral", que es la instancia clave donde se define la culpabilidad de los acusados. "Los casos que llegan a juicio son los menos trascendentes en términos de interés público, como los de tenencia de droga, pequeños traficantes y falsificación de documentos. De ahí que la tarea de los jueces de los tribunales orales federales es vista como de menor jerarquía a pesar de que cuentan con los mismos privilegios que los camaristas. Ningún juez federal dejaría su cargo para ir a un tribunal oral porque eso significaría perder un espacio de poder", explica.
"No es una novedad que algunos jueces utilizan estas causas como medio para negociar con el poder político", les dijo a los investigadores Gabriel Cavallo, que acaba de dejar su cargo de camarista para dedicarse a la actividad privada. "Al menos era así en los noventa. Las causas contra la administración actual son muy recientes como para decir lo mismo", sostuvo. Otro camarista, Jorge Rimondi, señaló que un síntoma del ‘apego' de los jueces a las causas que implican a funcionarios es que pese a que tienen la posibilidad de delegar la investigación en los fiscales, "en los casos de mayor trascendencia deciden retenerlas". El abogado Ricardo Monner Sans, un denunciante habitué de los tribunales federales, asegura que es frecuente la subordinación política de los jueces "sea por miedo a las consecuencias o directamente por complicidad".

Falta de Training
Los funcionarios judiciales –jueces, fiscales y compañía– no tienen ninguna obligación de capacitarse ni de rendir cuentas de su trabajo, alerta ACIJ. Sus entrevistados, resume el informe, coincidieron en marcar la "falta de idoneidad de jueces y empleados para investigar casos complejos de corrupción". Carecen de conocimientos de contabilidad, sistema bancario y fraude corporativo, enumera entre otras cosas. "Aunque exista la voluntad de investigar, la capacitación no es acorde", sostienen en la ONG.
Alfredo Popritkin, un contador y ex perito de la Corte que intervino en causas como la de los sobresueldos del menemismo, dice que ni siquiera en el fuero penal económico los magistrados saben desmenuzar grandes fraudes. Manuel Garrido, titular de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas (FIA), recordó que en ese fuero los puestos de prosecretario estaban previstos para contadores, y terminaron ocupados por abogados. Los jueces, dijo, a menudo "no saben qué medidas de prueba ordenar". Así, estas dificultades para juntar las evidencias también demoran la llegada a los juicios orales.
Ante la falta de especialistas en los juzgados las investigaciones terminan confiadas a los dictámenes de los peritos. Así lo hizo notar el camarista federal Horacio Cattani. "Error", dice Cattani, porque los peritos son personajes "auxiliares" y sus reportes, un elemento de prueba más en el montón. Todo esto, sin contar que las pericias suelen tardar uno, dos o más años en llegar y retrasan todo lo demás. El camarista sostiene que los investigadores judiciales deberían ser mucho más abarcativos en su tarea. Rimondi, por ejemplo, alienta el uso de las escuchas telefónicas, las cámaras ocultas y las pericias informáticas.
El fiscal Federico Delgado reclamó mecanismos de rendición de cuentas. Pero señaló que el problema empieza con la selección de los funcionarios judiciales: todavía, dijo, "no hay transparencia en el acceso a los cargos" y "el que llega no siempre es el mejor". Las mayores críticas de los entrevistados se las llevó el Cuerpo de Peritos Oficiales de la Corte, "blanco de fuertes sospechas en lo relativo a su idoneidad moral y técnica" y "la falta de transparencia en su selección".

Congestión
La regla de oro de los tribunales federales es que las causas irrelevantes, sobre tenencia de drogas y falsificación de documentos de inmigrantes, son las que llegan a juicio una atrás de la otra. Los llamados delitos de poder tardan años en tocar esos estrados. "Los juzgados están abarrotados de estas causas menores, lo cual les impide disponer de los recursos humanos y físicos indispensables para atender con mayor dedicación las causas complejas", advierte ACIJ.
Para algunos de los entrevistados por la ONG debería haber un "criterio de oportunidad" por el cual se puede desistir de acusar a imputados que llegan sin antecedentes o acusados de delitos por penas bajas. No descartan otros mecanismos de depuración de causas. El ex camarista Edgardo Donna, sin embargo, advierte que es alto el riesgo de "discrecionalidad". Rimondi, en la misma línea, dice que debería haber una "regulación taxativa" que no deje margen para la arbitrariedad.

Embarrar la Cancha
"La causa de los sobornos del Senado me insumió tres años por culpa de las apelaciones", se queja el juez Rafecas consultado por Página/12. No es el único que protesta por esto. "El abuso de legítimas herramientas jurídicas, como nulidades y recursos, hace que el proceso en los casos en que se investigan delitos de poder se convierta en una verdadera carrera de obstáculos emplazados por las defensas para no llegar al juicio oral", resume el informe de ACIJ. El abogado Fernando Díaz Cantón–que defendió, entre otros a Fernando de la Rúa– reconoce su participación en ese juego. "Es un torneo para no llegar al juicio oral", dice, en el que se aprovechan "todas las herramientas que ofrece la ley".
En ACIJ muestran que mientras en el fuero penal esta práctica es moneda corriente, en otros los propios jueces la han limitado. Un fallo de la Cámara Civil dice que "en nombre del derecho de defensa en juicio, el debido proceso y el libre ejercicio profesional no puede aceptarse todo tipo de actitudes carentes de una mínima ética profesional". Rafecas propone una reforma que elimine chances de apelación y acelere el juicio oral. Rimondi acota que los magistrados, si quieren, pueden limitar los malabares de los abogados rechazando los pedidos que formulan para entorpecer y acotando la investigación a cuestiones precisas.

Brigada Anticorrupción
Los organismos especializados en detectar e investigar actos corruptos como la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) y la Oficina Anticorrupción (OA) "no logran incidir de manera significativa en los resultados", concluye el informe. Garrido, titular de la FIA, dice que la ley no es clara sobre el papel de este organismo (puede actuar a la par de un fiscal pero no puede querellar, por ejemplo) y esto limita "el acceso a los expedientes". Además se queja de que algunas dependencias clave como la AFIP y el Registro de la Propiedad le niegan información imprescindible en forma sistemática. Y eso sin contar que "no se dispone del presupuesto necesario para cumplir con las objetivos".
Para el penalista Alberto Binder, del Cipce, la FIA y otros organismos de control (como la Sindicatura General de la Nación y la Unidad de Información Financiera) "tienen un alto grado de ineficiencia y descontrol, lo que lleva a que sea muy complejo poder mostrar un caso con los mínimos elementos necesarios". La OA, agrega el camarista Cattani, tiene un defecto de base: su dependencia directa del Poder Ejecutivo. Alejandro Rúa, ex titular de la Unidad AMIA, sostuvo que la OA "no tiene una verdadera estrategia de litigio" y los organismos de control en general "toman decisiones en consonancia con los vaivenes políticos del momento y no utilizan las herramientas procesales" disponibles. Falta, dice, una "voluntad de independencia real". Algo que, según se desprende del informe de ACIJ, se traslada a los despachos de muchos jueces.

6 de enero de 2008
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