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estaba preso por tenencia simple


Uno de los jóvenes torturados en Mendoza estaba preso por tenencia simple de marihuana. Cumplía condena por tener siete plantas de cannabis. En el juicio no se demostró que fueran para comercializar, pero le dieron tres años de prisión por tenencia simple. Expertos proponen derogar esa figura.
[Horacio Cecchi] Argentina. Además de que su imagen dio la vuelta al mundo mientras un grupo de penitenciarios lo torturaba contra una pared, de rodillas, esposado y de espaldas, William Vargas González se transformó en una fotografía de los resultados de la guerra santa contra la droga, perejiles y consumidores. Detenido y acusado por tenencia y comercialización de drogas, que jamás le pudieron probar, pero con pesadas condenas a futuro como si se tratara de un narcotraficante, llegó al juicio abreviado donde logró demostrar que los siete plantines de marihuana que le encontraron no estaban destinados a la venta. Inocente para la Corte Suprema pero culpable para la ley, fue condenado a tres años no por fumar ni por vender ni regalar marihuana, sino sólo por tenerla. La llaman tenencia simple, pero es la más complicada. Como morocho pobre, William conoció la tortura en su resocialización carcelaria, luego de ser condenado por tenencia para nada.
En septiembre de 2009, William Vargas González, habitante de la zona rural de Maipú, Mendoza, fue detenido bajo la pesada acusación fiscal federal de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En su futuro más cercano y oscuro pintaban como mínimo cuatro años con un horizonte que superaba los diez. "Lo venían siguiendo, le habían puesto escuchas telefónicas, lo vigilaban", describió su abogado Raúl Sánchez a este diario. ¿Por qué lo vigilaban? Algún vecino habrá visto más de una planta de marihuana. Efectivamente, cuando allanaron su casa le encontraron siete plantines y unos 50 gramos de picadura de marihuana. De un fugaz análisis lo imputaron de tenencia para la comercialización, la parte más dura de la Ley 23.737, con condenas de hasta quince años. No es excarcelable.
Quedó detenido en la moderna unidad de la calle San Felipe, construida a espaldas de la tenebrosa cárcel de Boulogne durante el período de vigilia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En septiembre de 2010, antes de llegar a juicio, y como llevaba un año preso, logró acceder al juicio abreviado, ese curioso sistema que –por desidia judicial o falta de fondos del Ejecutivo– lleva al inocente a aceptar el mal menor, confesarse culpable y recibir una condena más suave que pelear por su inocencia en un juicio tres o cuatro años más tarde.
William llevó pruebas de su inocencia, la fiscalía no pudo probar que comercializaba y se negoció el resultado. ¿Cuál? ¿La absolución por inocente? Jamás. La fiscalía tenía una prueba de nada, irrefutable: los plantines de marihuana, que no ocupaban tres hectáreas, sino un angulito de tierra, y que tampoco habían sido secados, picados, desmenuzados y encendidos para fumar. Pero allí estaban, irrefutables y reconocidos por el transgresor. Tres años parecía el resultado de una buena negociación.
"Es la parte más absurda de la ley, porque se castiga la tenencia simple –sostienen los expertos que siguen la lectura de la Corte Suprema al aplicar una mirada sanitarista y despenalizadora sobre consumidores y perejiles–. Si la usara para consumo sería atenuante, y si la comercializara, sería agravante. Si sólo la tiene es tenencia simple." En los tratados del derecho más moderno, una figura que tiende a ser desterrada, porque castiga la peligrosidad, que es hipotética y moral.
Condenado a tres años y con un año cumplido en prisión, el abogado Raúl Sánchez pidió para su defendido la excarcelación. "Con penas menores a tres años, la condicional corresponde a los 8 meses de detenido, si tiene un buen informe de conducta de parte de los penitenciarios." Fue lo que le faltó a William. Es decir, lo tuvo, pero se le cayó. "Tenía muy buen comportamiento –explicó Sánchez–, pero un día que lo visitó su madre se olvidó los lentes. El guardia los pisó y los rompió, y él muy molesto reaccionó." A William Vargas lo molieron a palos. Las imágenes del video confirman la brutalidad y perversión, siempre tan difícil de aceptar si se presenta sólo en palabras. Pero a esa altura, en junio de 2010, esas imágenes estaban guardadas en el celular de su dueño. Los golpes dejan marcas y terror, y para que desaparezcan unas y se pueda habituar al otro: a William lo encerraron quince días en un buzón de castigo. Como en las cárceles nada es porque sí y tiene su explicación, la estancia en el buzón fue pasada con un parte de mala conducta que la justificara.
"El sistema carcelario de calificación es de lo peor –explicó Sánchez–. Se puede tener conducta muy buena o excelente, pero si hay una sanción se pasa de golpe a pésima. Para volver a buena, que es la que se exige para una condicional, debe subir tres escalones, de pésima a mala, a regular y a buena. Cada escalón dura tres meses." Los jueces rechazaron el pedido del abogado y William siguió preso por el delito de tener para nada. Sus torturadores no tenían demasiado que temer. Un celular jamás había caído en manos de abogados como prueba de la resocialización carcelaria.
12 de febrero de 2011
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sobreseen a represores de la rioja


Los sobreseimientos los dictó el juez Daniel Herrera Piedrabuena, que ya había beneficiado a otros acusados de crímenes de lesa humanidad. La decisión contraría toda la jurisprudencia en la materia.
Argentina. El condenado Luciano Menéndez es el único responsable por los secuestros y torturas en el Instituto de Rehabilitación Social (IRS) de La Rioja, el principal centro clandestino provincial durante la dictadura. La cadena de mandos que estaba debajo del ex comandante del Tercer Cuerpo de Ejército es inocente, desde los interrogadores hasta el juez federal Roberto Catalán, que recibía declaraciones a personas vendadas y las dejaba en cautiverio, o el médico Carlos Leónidas Moliné, que diagnosticaba cuánto se podía torturar sin matar. El particular criterio, que contraría toda la jurisprudencia aplicada por tribunales argentinos a partir del juicio a los ex comandantes, pertenece al juez federal Daniel Herrera Piedrabuena, que acaba de dictar faltas de mérito y sobreseimientos en masa a los represores riojanos y fue denunciado ayer por la Unidad Fiscal abocada a las causas por crímenes de lesa humanidad de la Procuración General de la Nación. Las medidas ya fueron apeladas por el fiscal federal Darío Illanes y deberán ser revisadas por la Cámara Federal de Córdoba.
La Cámara Federal porteña sostuvo en 1985 que "las circunstancias de vida ultrajantes" en los centros clandestinos "constituyen en sí un horroroso tormento". En su pedido de detenciones de noviembre de 2009 el fiscal Illanes detalló delitos y pruebas y relató las condiciones de cautiverio en el IPS: detenidos vendados e incomunicados evacuaban sus necesidades en un tarro dentro de la celda, recibían golpizas constantes y varias veces por semana eran trasladados a un galpón denominado "Luna Park", donde los torturaban con picana. Herrera Piedrabuena, sin embargo, desvinculó de la causa a todos los mandos intermedios que dependían de Menéndez. El argumento: el tormento es un delito "de mano propia", que sólo comete quien inflinge el dolor. Ya en junio del año pasado había adoptado un criterio similar al dictar faltas de mérito a favor de Juan Carlos "La Bruja" Romero, Eriberto Goenaga y Renardo Sánchez, quienes según la acusación fiscal daban las órdenes directas para que se torturara a los presos políticos en el IPS y a los gendarmes y agentes penitenciarios que los mantenían en cautiverio.
"El fallo va a contramano de la jurisprudencia en estas causas de todas las demás jurisdicciones del país, al tergiversar el entendimiento de la forma en la que operaba el aparato represivo", explicó en un comunicado la unidad fiscal que conducen Pablo Parenti y el fiscal general Jorge Auat. "Herrera Piedrabuena parece explicar los crímenes contra la humanidad en La Rioja como la consecuencia de actos aislados de un grupo de gendarmes y empleados del Servicio Penitenciario Federal, que decidieron por su cuenta torturar a algunos detenidos en el IRS sin que sus superiores tuvieran responsabilidad. Se trata de una lamentable descontextualización y tergiversación del fenómeno represivo", denunciaron.
El juez sostuvo en su resolución que los detenidos no estaban privados ilegítimamente de la libertad sino a disposición del Poder Ejecutivo o sometidos a proceso por la tristemente célebre ley 20.840, que reprimía "delitos subversivos". "Se trata de burdos intentos frustrados de ocultar una acción criminal, de privaciones ilegítimas de la libertad dispuestas y mantenidas por funcionarios públicos", explicaron desde la Procuración.
La verticalidad del aparato represivo que le permite a Herrera Piedrabuena sobreseer a todos los represores excepto al jefe también les garantiza, incluso a Menéndez, quedar por fuera de la figura de asociación ilícita, que demanda "cierta horizontalidad", explicó el juez. Para el riojano ni siquiera existió el delito de violación de domicilio al momento de los secuestros, porque "los moradores consintieron la realización del acto" y eran "facultades propias del personal policial", argumentos "sencillamente extravagantes", concluye la Unidad Fiscal.
12 de febrero de 2011
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poli detenido por doble homicidio


Un policía bonaerense detenido por el doble crimen de José León Suárez. Un subinspector de la comisaría segunda de San Martín fue apresado, acusado por las dos muertes ocurridas tras el descarrilamiento de un tren. Se trata del oficial que había confesado haber disparado con balas de plomo.
[Carlos Rodríguez] Argentina. El oficial subinspector Ezequiel Vega, quien se desempeñaba en la comisaría segunda de San Martín, con sede en Villa Ballester, fue detenido anoche acusado de ser el autor material del doble homicidio cometido en José León Suárez, cuyas víctimas fueron Franco Almirón, de 16 años, y Mauricio Arce Ramos, de 17. El mismo Vega está también imputado por el delito de "lesiones graves" en perjuicio de Joaquín Romero, de 19, quien se encuentra todavía internado en el Hospital Thompson de San Martín, en estado delicado, aunque se presume que está fuera de peligro. El oficial Vega fue el primer agente de la Bonaerense desplazado de la fuerza, luego de que le confesara a un superior que en la tarde del jueves 3 de este mes había disparado con "postas de guerra" (de plomo) durante los sucesos que siguieron al descarrilamiento de un tren de carga que llevaba autopartes en el cruce de las vías del ex Ferrocarril Mitre con el canal José León Suárez, en el barrio De la Cárcova.
La información, dada a conocer a Página/12 por fuentes allegadas a la investigación, a cargo de los fiscales de San Martín Marcelo Sendot, Raúl Sorracco y Ana María Armetta, se conoció anoche, pasadas las 22. Durante el día de ayer habían declarado en la fiscalía cinco policías, citados como testigos porque se tenía la certeza de que ninguno de ellos había disparado con balas de plomo durante los incidentes. Horas después de ocurridos los hechos, el jueves, la fiscalía ordenó el secuestro de 45 armas, cortas y largas, a la vez que identificó, uno por uno, a los efectivos que manipularon cada una de las mismas.
De acuerdo con la información suministrada por los testigos policiales, "la única escopeta 12.70 que tenía postas de plomo era la que tuvo en sus manos" el oficial subinspector Vega, confirmaron a este diario las fuentes consultadas. "Los policías que declararon en ningún momento asumieron una actitud corporativa y fueron muy explícitos al relatar cómo ocurrieron los hechos" que terminaron con la muerte de dos chicos y le provocaron heridas graves al joven Joaquín Romero. Este había declarado ante los fiscales, en el hospital donde sigue internado, y había señalado a "los policías" como los autores de los disparos que le hicieron por la espalda, aunque por la posición en la que estaba no había podido identificar a nadie.
En la investigación se pudo establecer que con el arma en poder del oficial subinspector Vega se hicieron dos disparos. La aclaración necesaria es que las escopetas 12.70, de uso habitual en la Policía Bonaerense, disparan cartuchos que tienen 12 perdigones cada uno. Una fuente le había dicho a Página/12, en los primeros momentos de la investigación, que cada uno de esos proyectiles "pueden producir heridas muy similares, por su gravedad, a las que produce una bala de 9 milímetros", la pistola reglamentaria que usa la Bonaerense.
Uno de los chicos fallecidos tenía ocho impactos de bala, mientras que el segundo había recibido uno solo, apenas debajo del hombro izquierdo, prácticamente sobre el corazón. Romero, mientras tanto, tiene tres heridas que le afectaron los pulmones y otros órganos vitales. Luego de una operación de urgencia fue internado en el Hospital Thompson, donde se está recuperando en forma lenta. En total, fueron 24 los perdigones que cayeron sobre la gente, que estaba sobre la calle Echagüe. En el lugar donde cayeron los dos chicos fallecidos, el miércoles se inauguró un monolito que los recuerda.
Los cinco policías que declararon ante la fiscalía fueron "muy precisos a la hora de relatar lo sucedido". Algunos de ellos señalaron, incluso, que los policías, que disparaban desde las vías del ferrocarril, a unos 30 metros de la escena del crimen, "no estaban expuestos a ninguna agresión, dado que podían ocultarse detrás de los containers que llevaban los 32 vagones" del tren de la empresa Nuevo Central Argentino (NCA). Los vagones que descarrilaron fueron siete. De acuerdo con la versión de la empresa, de la policía y del ministro de Seguridad y Justicia provincial, Ricardo Casal, el descarrilamiento fue "intencional", dato que no ha sido confirmado en ningún momento, hasta ahora, por la Justicia.
La policía justificó la represión argumentando –con el aval del ministro Casal– que los agentes "repelieron la agresión a tiros" de una supuesta "banda organizada que hizo descarrilar el tren en forma intencional con fines de robo". El relato de los cinco policías que se presentaron ayer ante los fiscales parece afirmar que la supuesta agresión "a balazos" que habrían recibido no ponía en peligro sus vidas, ocultos detrás de los containers. "No hay ningún policía herido. Los únicos que murieron son los nuestros", recordó ayer Juan Ramos, abuelo de una de las víctimas fatales.
11 de febrero de 2011
10 de febrero de 2011
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juez facilitaba fugas


La Cámara marplatense acusó al magistrado que lleva la causa de la CNU. El presidente de la Cámara de Mar del Plata pidió que se investigue al juez Pradas, por haber demorado las órdenes de detención de siete represores de la Concentración Nacional Universitaria.
Argentina. El grueso de los miembros de la Concentración Nacional Universitaria de Mar del Plata, acusados por crímenes al amparo del terrorismo de Estado antes y después del golpe de 1976, gozó de impunidad durante 35 años. En noviembre el juez federal subrogante, Rodolfo Pradas, ordenó siete detenciones. Sólo dos se concretaron de inmediato. El martes, mientras aún quedan cuatro ex CNU prófugos, el presidente de la Cámara Federal de Mar del Plata, Jorge Ferro, denunció por "facilitar las fugas" al propio Pradas. La acusación se produce en un contexto de feroces internas dentro de la corporación judicial marplatense y luego de que la causa estuviera un año en la Cámara Federal, tribunal que, según fuentes con acceso al expediente, también tuvo responsabilidad en las fugas.
Varios de los ex CNU son abogados del foro marplatense. El más famoso es Gustavo Demarchi, detenido el miércoles pasado en Colombia. El fiscal federal Gustavo Rodríguez pidió que se investigue a los responsables de los controles migratorios porque Demarchi tenía prohibida la salida del país desde febrero de 2009. Otros letrados de la CNU procesados pero libres (porque sólo hay pruebas sobre su rol en la asociación ilícita) son José Luis Granel, Roberto Coronel y Roberto Justel.
El Ministerio Público pidió las detenciones e indagatorias de los ex CNU en noviembre de 2009. Antes de que el juez Pradas ordenara privarlos de la libertad, los imputados pidieron la exención de prisión, léase permanecer libres durante el proceso. El juez rechazó el planteo y de inmediato fue recusado, pedido que también rechazó. Cuando los ex CNU apelaron ambas decisiones, entró en escena la Cámara Federal. Como varios de los imputados son miembros o bien tienen fluidas relaciones en la corporación judicial, los colegas de Ferro se excusaron, igual que todos los letrados sorteados para reemplazarlos. La Cámara de Casación debió finalmente completar el tribunal con conjueces de La Plata. Pradas, mientras tanto, consideró que por la debilidad de su nombramiento como subrogante no podía avanzar con las detenciones. Lo concreto es que esa combinación de factores significó para Demarchi & Cía. un año más de impunidad.
El 13 de octubre la Cámara Federal confirmó a Pradas y días después confirmó el rechazo a los pedidos de exención de prisión. Pero en lugar de tomar y comunicar ambas decisiones bajo secreto de sumario, se las notificó al juez y a las partes, con lo cual los ex CNU supieron que los pedidos de detención eran inminentes, noticia que incluso publicó la prensa local. Comenzaron entonces las irregularidades que Ferro detalla en su denuncia, en la que no lo acompañaron los conjueces platenses.
En primer lugar, señaló el camarista, Pradas dio trámite a un incidente de prescripción que hibernaba en su poder desde hacía un año. El 4 de noviembre pidió cupo para eventuales detenciones a la Policía Federal, a Prefectura y a la cárcel de Batán. Ferro calificó como "ridiculez extrema condicionar la viabilidad de una detención a lograr lugar de alojamiento". Apuntó como agravante que funcionarios del Programa Verdad y Justicia le ofrecieron un día antes cupos en la cárcel de Marcos Paz, propuesta que ratificaron miembros del Programa de Protección de Testigos, y el juez rechazó ambas ofertas. "El lugar de detención lo elijo yo", les dijo.
El paso siguiente es de una "escandalosa peculiaridad", denunció Ferro. El 8 de noviembre Pradas pidió la detención de los ex CNU, pero no de inmediato sino "a partir de las nueve horas del día 9 de noviembre". Ganaron otro amanecer al sol. Mientras tanto, no ordenó ninguna tarea de vigilancia o allanamiento, "dejando librado a criterio de los requeridos la opción de entregarse o no al personal policial", explicó Ferro.
Cuando la Dirección de Investigación de Tráfico de Drogas Ilícitas le comunicó que no encontraba a los ex CNU, Pradas se tomó 48 horas y dio otro paso extraño: libró cédulas a los domicilios de los imputados para que se presentaran voluntariamente. "Nunca visto en esta jurisdicción", apuntó Ferro. Concluyó con "dilaciones" llamativas. El 12 de noviembre el juez dejó pasar otras dos horas después de las 13, cuando preveía iniciar la indagatoria. Entonces pidió las capturas, que recién tres días después notificó a los organismos de Seguridad e Inteligencia. Ferro consideró "lesionado gravemente el honor del Poder Judicial" marplatense y denunció a Pradas por violación e incumplimiento de los deberes de funcionario público, denegación y retardo de justicia y/o encubrimiento.
Los únicos dos detenidos tras la orden de detención de Pradas fueron Mario Durquet y Patricio Fernández Rivero. El miércoles cayó Demarchi, que debe ser extraditado. El martes a la madrugada, en Quilmes, fue detenido Raúl Moleón, vínculo de la CNU con el Ministerio de Bienestar Social en tiempos de José López Rega, y ayer fue detenido Fernando Otero. De esa tanda sólo siguen libres Raúl Viglizo y el librero Piero Asaro. Otros dos ex CNU, Federico Delgado y Eduardo Ullúa, están prófugos desde 2008.
11 de febrero de 2011
10 de febrero de 2011
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juez en el banquillo


Un juez y un militar procesados por supresión de identidad. El ex juez de Menores de Santa Fe, Luis María Vera Candioti, y el teniente coronel Pavón fueron procesados por "supresión de identidad" de Carolina Guallane, cuyos padres fueron asesinados en Santa Fe. "La verdad sale a la luz con peso propio", dijo la muchacha.
[Juan Carlos Tizziani] Santa Fe, Argentina. Veinte años de búsqueda le llevó a María Carolina Guallane saber que su verdadero nombre era Paula Cortassa, que sobrevivió a la masacre de su familia biológica durante la dictadura, el 11 de febrero de 1977, que su padre Enrique Cortassa fue secuestrado y desaparecido y su madre, Blanca Zapata, embarazada a término, murió dos semanas después de agonizar con un balazo en la cabeza en un hospital Cullen, donde perdió a su segundo hijo. Y treinta cuatro años tuvo que esperar para que comience a hacerse justicia. El juez federal Reinaldo Rodríguez procesó al ex juez de Menores de Santa Fe, Luis María Vera Candioti, por la "supresión de identidad" de Paula y lo acusó de haber cortado sus raíces cuando apenas tenía dieciocho meses para "ocultar la detención" de su padre, evitar que sus abuelos puedan "reclaman la tenencia" de la pequeña o "encubrir" la responsabilidad del Ejército "en el cautiverio" y "la apropiación" de la niña. "La verdad sale a la luz con peso propio y la mentira cae como un efecto dominó", dijo ayer Paula -que como se sabe sigue usando el nombre de María Carolina- al enterarse del procesamiento de Vera Candioti y de otro militar imputado en el caso, el teniente coronel Carlos Enrique Pavón, quien puso la niña a disposición del juez de Menores con una nota falsa porque tiene fecha de 4 de febrero de 1977, siete días antes del secuestro de los Cortassa.
Vera Candioti es el primer juez del país procesado por la alteración del estado civil de la hija de desaparecidos. Ya en marzo del año pasado habían rechazado su pedido de prescripción de la causa. "La supresión de identidad de los hijos de aquellos asesinados o desaparecidos políticos durante la dictadura constituyó una práctica extendida en todo el país", formó parte de "un plan sistemático de la represión" y por lo tanto se trata de "delitos de lesa humanidad" e imprescriptibles, le contestó el juez Rodríguez. Y ahora, lo procesó por el caso, aunque le concedió la posibilidad de esperar el juicio oral en libertad por un delito que prevé penas de uno a cuatro años de prisión.
La masacre ocurrió el 11 de febrero de 1977, en la casa de calle Castelli 4531, donde vivían los esposos Cortassa con su hija Paula y otra militante política Cristina Ruiz de Ziccardi, con sus dos hijos de dos y cinco años. Los únicos sobrevivientes fueron los chicos, pero dos semanas después del operativo los hermanitos Ziccardi quedaron en manos de sus abuelos. Mientras que la niña padeció el desgarro de su familia biológica hasta que Vera Candioti la entregó en guarda al matrimonio Guallane, de Venado Tuerto que la adoptó de buena fe, en abril de 1977. El juez Rodríguez logró probar en la causa que "el Ejército conocía el origen" de la niña y que su permanencia "fuera de los lugares y las instituciones encargadas de su custodia, con un destino informal e incierto" (entre el 11 de febrero y el 13 de abril de 1977) tuvo por objeto ocultar su verdadera identidad. Una situación que se extendió hasta el año 1998", cuando Paula supo cuál era su verdadero nombre y comenzó a reconstruir su historia.
Vera Candioti dijo en la indagatoria que él recién "tuvo conocimiento de la situación de la menor cuando firma el primer decreto, el 6 de abril de 1977", es decir dos meses después del operativo militar. Pero el juez Rodríguez lo desmintió porque junto con Paula también estaban a disposición de Vera Candioti los hermanitos Ziccardi y éstos fueron restituidos a sus abuelos, el 24 de febrero de 1977. Y entre esa fecha y el 6 de abril, que es la que invoca Vera Candioti, no se adoptó ninguna medida para "el resguardo de Paula Cortassa o determinar la existencia de familiares". Y esta situación "hace evidente la intención de fraguar lo acontecido, lo que evitó que la menor sea reclamada legítimamente por su familia", dice el procesamiento.
El juez Rodríguez dijo en su resolución a la que tuvo acceso Rosario/ 12 que Vera Candioti ocultó "deliberadamente" que Paula Cortassa era sobreviviente del "procedimiento de calle Castelli". Y ensayó cuatro hipótesis para explicar por qué el ex juez de Menores hizo lo que hizo:

- a) "Para ocultar la detención de Enrique Cortasa.

- b) "Para vitar que sus familiares reclamen legítimamente la tenencia de la menor.

- c) "Para ocultar las responsabilidades del Juzgado en relación a la custodia y supervisión del estado sicofísico de la nena

- d) "O para encubrir el cautiverio de la niña en el Ejército".

Y abonó las últimas dos hipótesis (la actuación del Juzgado y el encubrimiento al Ejército) con más datos. "Es conocido que las actividades de los distintos organismos encargados de la custodia y los menores era documentada, ya sea por la Casa Cuna, por la Dirección de Minoridad y Familia del Ministerio de Salud o por los centros de asistencia sanitaria donde eran atendidos. Sin embargo, no se pudo constatar la existencia de estas actuaciones con relación a los menores involucrados" en la causa.
"Cualquiera fueran los motivos que impulsaron a Vera Candioti a actuar de la forma en que se le reprocha, éste conocía que se hallaba ante una situación totalmente irregular y era su obligación como funcionario subsanar las mismas, premisa que de la que se alejó a favor de sostener en el tiempo la ilegalidad del proceso de guarda sin levantar sospechas. Este conocimiento constituye el dolo específico requerido en la comisión de cualquiera de los ilícitos penados en el sistema penal argentino", agregó Rodríguez.
Por lo tanto, el juez Rodríguez consideró probado que el objetivo de la maniobra "era ocultar la verdadera identidad" de la nena. Y que Vera Candioti con "su accionar impidió a la Paula Cortassa conocer su verdadera identidad y a sus familiares el destino de ésta, durante casi 20 años, imposibilitándolos de velar por su persona, mantener y forjar los vínculos afectivos que los unía", concluyó.
11 de febrero de 2011
10 de febrero de 2011
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servidumbre en el campo


Un informe oficial revela cómo funciona el sistema de explotación laboral de las grandes empresas en el campo. La Oficina sobre trata del Ministerio de Justicia dictaminó que está probada la existencia de ese delito.
[Emilio Ruchansky] Argentina. Por primera vez desde que se difundió la situación infrahumana de miles de peones golondrina, un informe oficial revela las prácticas sistemáticas de las empresas multinacionales que los explotan. Fue elaborado por la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata del Ministerio de Justicia nacional y demuestra cómo son reclutados en su lugar de origen a partir de engaños y falta de información. Los que quieren irse al ver las pésimas condiciones son amenazados y presionados por capataces e ingenieros, desfloran maíz aunque estén enfermos y cocinan carne podrida por la que pagan el doble del precio de mercado. En el informe al que accedió Página/12 se habla de "trabajadores", siempre entre comillas, porque para los especialistas "en verdad son víctimas del delito de trata de personas".
Los campos en los que fueron entrevistados cientos de peones son El Algarrobo y La Luisa, en la ciudad de San Pedro, explotados por Nidera y Southern Seed Production (SSP) respectivamente, y las estancias Santa Celestina I y II de la empresa Satus Ager en Ramallo. Las tres gigantescas semilleras contratan a la multinacional Adecco, proveedora de "recursos humanos", para hacer buena parte del trabajo de reclutamiento, según confirmó el personal de la Oficina de Rescate en Santiago del Estero. Allí empiezan las penurias de los peones, contactados por coterráneos suyos o "cabecillas", como se menciona en el informe, en pueblos muy pobres como Río Hondo, Pozuelos, Ycaña, Añatuya, Herrera, Loreto y Colonia Dora.
El cabecilla responde a un contratista, quien le pide formar una cuadrilla de entre 14 y 19 personas y luego "los ficha", es decir, les toma los datos. En este punto aparece el primer peaje. "El ‘contratista’ recibiría una comisión por cada ‘trabajador contratado’ que sería abonada por cada ‘trabajador’ y cuya suma oscilaría entre 25 y 40 cuarenta pesos", dice el informe referido a la estancia La Celestina II, aunque este peaje se repite en los testimonios recogidos en otros campos.
"Con respecto a la información recibida por parte del ‘contratista’, todos comentaron que sabían que iban a desflorar el maíz, pero indicaron que desconocían las condiciones de trabajo, de vivienda y el destino o lugar de trabajo, como tampoco fueron informados acerca de la cantidad de días de trabajo, la extensión de la jornada laboral, la remuneración final, la modalidad de cobro y otras condiciones", agrega el informe.
"Cuanto menos sepan, mejor." Así lo advierte Mariana Schvartz, coordinadora del Equipo Técnico de la Oficina de Rescate. "Muy pocos sabían que los contrataba Adecco y sabían porque ya habían viajado antes para el desflore", comenta. En el "viaje", que también merece sus comillas, no se les ofrece refrigerio y los micros, según los testimonios citados, no cuentan con ventilación adecuada y muchas veces no hay asientos para todos. El "viaje" dura 14 horas.
Una vez en el lugar, los "trabajadores" se enteran de que no tendrán sábanas ni frazadas para dormir ni materiales de trabajo; ellos deberán comprarlos. Además, en todos los campos los "trabajadores" contaron que se les asignan 24 o 25 pesos "en crédito por día para alimentos y elementos de higiene, refirieron que el importe total sería descontado del pago final, sin recibir el dinero mencionado en mano". Al proveedor lo elige la empresa y cobra el doble. Un par de alpargatas a 60 pesos, por ejemplo.
La comida suele estar vencida. "La carne, el único alimento fresco que recibirían, según expresaron los trabajadores, llegaba en mal estado, en una camioneta no refrigerada y en bolsas de consorcio", dice el informe. Ningún campamento tiene heladera. En verdad ni siquiera tienen luz. Se cocina con ramas y troncos porque tampoco se provee gas. No hay baños ni duchas ni un sistema de distribución de agua potable. Los "trabajadores" eligen un árbol y con bolsas y trapos arman la cortina de baño.
¿Y qué pasa si alguien quiere volverse? Según el informe, las víctimas son presionadas para no hacerlo. En la estancia El Algarrobo, el capataz les habría señalado: "El que pase los límites del predio o cruza a campo traviesa puede recibir un tiro". En otras estancias, les dicen que los vecinos de otros campos dispararán si traspasan la propiedad.
Pero la amenaza más común es económica: "Ante la solicitud de retirarse, deberían abandonar el lugar todos los integrantes de la cuadrilla, con el consecuente perjuicio para el resto de los ‘trabajadores’; esta amenaza conlleva enfrentamientos entre quienes ‘trabajan’ confiando en que se les pagará lo prometido y quienes manifiestan sus deseos de retirarse por las malas condiciones. El enfrentamiento entre las víctimas es una modalidad frecuente en este tipo de organizaciones delictivas".
Según declararon varias víctimas, la empresa Adecco les cobraba la suma de 600 pesos si querían irse antes del desflore "en concepto de traslado a sus lugares de origen, desconociendo si les abonarían los días trabajados".
Además de dedicarse a las tareas del campo, el cabecilla de cada cuadrilla tiene comunicación diaria con los capataces, enseña a desflorar el maíz a los nuevos "trabajadores", controla a sus compañeros y registra los pedidos para el proveedor.
Supuestamente se paga 1300 pesos por hectárea a desflorar. "Pero ninguno de los ‘trabajadores’ sabe cuándo se hallaría completa la hectárea, siendo el ‘ingeniero’ quien calcula la finalización de la misma", dice el informe. La misma hectárea puede ser repasada tres veces sin cobrar adicional. Cada repaso dura dos o tres días y, en algunos casos, se les exige ocho repasos por hectárea.
Los capataces viven separados de las cuadrillas y en condiciones "notablemente superiores". Como tienen electricidad algunos les cobran dos pesos para cargar la batería del celular a los peones. Además de controlar las faenas, pueden suministrar medicación sin prescripción médica ante intoxicaciones por agroquímicos, picaduras de alacranes y víboras o por las diarreas que provoca la comida en mal estado y el agua no potable. Los "trabajadores" deben pagar esos remedios.
Entre los testimonios, se denuncia el caso de un hombre que se quebró varias costillas y debió "trabajar" una semana más porque le negaban la atención, al igual que otro con varicela. El que decide sobre estos temas es el ingeniero agrónomo, el mismo que manda a apretar a los que se quejan. Motivos sobran: el horario de tareas es de 5.30 a 13 y de 14 a 20 de lunes a lunes, sin descanso ni francos. Se desflora aunque llueva.
"Se observó en muchos de los ‘trabajadores’ actitudes de sumisión y de resignación, como consecuencia del entorno abusivo al que se encuentran expuestos –dice el informe–. Se puede inferir una relación directa entre estos rasgos de personalidad y determinadas prácticas habituales propias de la explotación de jornaleros rurales: mala alimentación, hacinamiento, falta de descanso, de higiene, de privacidad, de esparcimiento, etcétera."
Nadie sabe cuándo volverá a casa. Depende de "las expectativas de producción de los responsables de la finca", dicen el informe tras citar una serie de situaciones comunes a los campos de Satus, SSP y Nidera.
"La totalidad de los ‘trabajadores’ expresó que habían sido trasladados desde un campamento a otro en un camión de la empresa, en condiciones muy precarias, ya que habían tenido que viajar parados, en horario nocturno", comenta el informe. Y agrega: "La mayoría no pudo precisar la ubicación de la estancia, ni la localidad en la que se encontraban. En algunos casos ni siquiera conocían que estaban en la provincia de Buenos Aires".
Cuando el ingeniero agrónomo decide que se terminó el "trabajo", suele aparecer el dinero. Sólo los que ya "trabajaron" para Adecco aseguran que hay tres formas de pago. Una es recibir la plata en mano el día antes de irse, otra incluye un traslado a una entidad bancaria "llevando consigo un ‘recibo’ que les fue entregado antes por algún responsable de la empresa". La tercera forma de pago es recibir el dinero al regresar a Santiago del Estero.
"Hay una ausencia total de autonomía de las personas que se hallaban en las estancias", concluye el informe. A los pocos que "viajaron" con dinero encima y pudieron guardar cierta cantidad no les alcanza para volverse. "De este modo, se torna evidente que la promesa de pago al final de la temporada resulta de vital importancia para retener a los trabajadores en el lugar", explica el informe. Es por la captación en el lugar de origen, el engaño en la contratación, el traslado y explotación posterior que la Oficina de Rescate considera probado el delito de trata de personas.
10 de febrero de 2011
9 de febrero de 2011
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registrar las torturas es un deber


Los defensores públicos nacionales de todo el país estarán obligados a partir de marzo a informar los hechos de torturas a detenidos que se produzcan en las cárceles y en la vía pública por parte de las fuerzas de seguridad, a fin de conformar un registro nacional. La nueva unidad registrará también situaciones de deficiencia estructural en las condiciones de detención.
Argentina. La llamada ‘Unidad de registro, sistematización y seguimiento de hechos de tortura y otras formas de violencia institucional’ fue creada por la defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez, a través de una resolución firmada en diciembre último.
En los considerandos, Martínez afirma que "la tortura, la violencia institucional y las condiciones inhumanas de detención que pueden producirse durante las privaciones de libertad o durante otras intervenciones de agentes estatales en espacios públicos, constituyen algunas de las más graves afrentas contra la vigencia de los derechos fundamentales".
Según el protocolo de actuación que se fijó, se deben informar las torturas ocurridas en unidades de detención del Servicio Penitenciario Federal, en escuadrones de Gendarmería Nacional y de Prefectura Naval así como en comisarías de la Policía Federal.
También están incluidas las cárceles provinciales, cuando las víctimas se encuentren a disposición de la justicia federal. Además, deben registrarse hechos ocurridos en la vía pública cuando fueran ejecutados por funcionarios de las mismas fuerzas y también de la Policía Metropolitana, que actúa en la Capital Federal.
Tras tomar conocimiento del hecho, los defensores deben colocar los datos en una planilla y remitirla en sobre cerrado al secretario de la Unidad, en un plazo no mayor a tres días corridos de ocurrido el hecho o del momento en el cual obtienen la información.
Además, los defensores tienen que adoptar todos los recaudos para resguardar la integridad psicofísica de la víctima y cuidar que no quede expuesta a represalias. El defensor debe hacer saber al secretario de la Unidad si el juez correspondiente fue notificado de los hechos y si se interpuso habeas corpus, con qué argumentos y el estado del trámite.
También, en caso de ser viable, debe procurar obtener fotografías o videos de las lesiones sufridas, así como del lugar de los hechos. La nueva unidad registrará también situaciones de deficiencia estructural en las condiciones de detención que ocurran en los lugares incluidos en la esfera de su competencia y deberá intervenir cuando esto se convierta en "tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes".
Toda la información recabada e informada a la unidad será derivada al programa o comisión que corresponda y, con posterioridad, se deberá realizar un informe anual exhaustivo sobre todo lo actuado en esta materia.
10 de febrero de 2011
9 de febrero de 2011
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juez acusado por robo de bebé


Un juez al banquillo por avalar el robo de bebés.
Argentina. Luis María Vera Candioti, ex juez de menores de Santa Fe, se convirtió en el primer magistrado procesado por haber dado marco legal a la adopción ilegal de una hija de desaparecidos durante la dictadura. Es por el caso de la ahora nieta recuperada Paula Cortassa, quien sobrevivió al sangriento secuestro de sus padres Enrique y Blanca Zapata en febrero de 1977 y luego fue dada en adopción bajo el nombre María Carolina Guallane.
Junto a Vera Candioti, el juez federal de Santa Fe, Reynaldo Rodríguez, procesó en la misma causa al ex coronel Carlos Enrique Pavón, quien fraguó los documentos al entregar a la niña a la justicia cuando se desempeñaba como teniente primero en el Centro de Operaciones Tácticas del Área de Defensa 212, bajo las órdenes del coronel Juan Orlando Rolón.
Vera Candioti era juez de menores cuando en 1977 dio en adopción a la ahora nieta recuperada Paula Cortassa a una familia de la localidad de Venado Tuerto que, a diferencia de él, ignoraba el origen de la menor.
"No hay antecedentes de jueces procesados por el delito de apropiación y sustracción de identidad", indicó la Unidad Fiscal de Seguimiento de Juicios por Delitos de Lesa Humanidad, al informar del procesamiento, producido el 2 de febrero.
Paula Cortassa, de 18 meses, sobrevivió al sangriento secuestro de sus padres Enrique y Blanca Zapata en febrero de 1977, hecho en el que también fue asesinada Cristina Ruiz de Ziccardi, otra militante que vivía en la misma con sus hijos de 5 y 2 años. Los tres niños sobrevivientes de la masacre fueron entregados al juzgado de menores de la ciudad de Santa Fe que tenía a cargo Vera Candioti, pero a diferencia de los hermanitos Ziccardi, que fueron devueltos a sus abuelos 15 días después, Paula fue dada en adopción.
El ex coronel Pavón, entonces teniente, fue el encargado de llevar a Paula Cortassa al juzgado de Vera Candioti "suscribiendo una nota con fecha falsa, sin mencionar su filiación, asegurando que se trataba de una ’menor no identificada’ a pesar de que se conocía la identidad de quienes fueron abatidos en dicha ocasión", aseguró el juez Rodríguez en su fallo.
En el expediente también se probó que "la fecha de la nota por la cual fue remitida la niña por parte del Ejército Argentino se encuentra antedatada y fraguada, y que la menor fue mantenida durante un lapso prolongado fuera de las instituciones encargadas de su custodia, con destino informal e incierto, todo lo cual tuvo por objeto ocultar la verdadera identidad de Paula Cortassa", rebautizada María Carolina Guallane.
Vera Candioti, que en su carácter de juez de menores tenía la obligación de establecer el origen biológico de la niña, "deliberadamente mediante su accionar evitó vincular la existencia de María Carolina Guallane (Paula Cortassa) con el procedimiento sucedido en calle Castelli", aseguró el juez federal Rodríguez al ordenar su procesamiento. Por el mismo hecho, la justicia también procesó a Juan Calixto Perizzotti, entonces jefe del Comando Radioeléctrico de la policía de la provincia de Santa Fe.
10 de febrero de 2011
9 de febrero de 2011
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