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recurso contra carabineros


Presentan recurso contra Carabineros por detenciones arbitrarias.
Santiago, Chile. La Asociación Americana de Juristas en conjunto con la Rama Chilena de Abogados, presentaron ayer un recurso de protección contra Carabineros por la detención de la defensora de causas indígenas Yénive Cavieres Sepúlveda, situación que se habría dado en una manifestación pacífica en rechazo a la muerte del joven Matías Catrileo.
Junto con ello manifestaron su preocupación por los actos acontecidos en el sur del país. Así fue como el facultativo de la Universidad Central ex juez Juan Guzmán manifestó que en este contexto "es muy grave que haya actos en contra de la propiedad, pero el bien jurídico protegido es más grave en relación a la vida humana y la vida humana no se le da el valor cuando se trata de un mapuche y eso es lo que está generando violencia".
Los jueces recurrieron a la justicia por los hechos ocurridos en la manifestación del 3 de enero. Ahí Cavieres habría intentado mediar con la policía por la aprehensión de dos acompañantes, exigiendo que se respetara la libertad de expresión. Sin embargo fue llevada hasta la 1ª Comisaría de Santiago donde permaneció durante seis horas privada de libertad.
Los efectivos policiales, según los magistrados, habrían ejercido una violencia innecesaria vulnerando el principio que señala que "sin abogados no hay justicia". Tras manifestar esto, dijeron que el 5 de enero pasado presentaron un recurso de amparo preventivo en la Corte de Apelaciones de Temuco por la detención de 15 mapuches, entre los cuales se encontraba el dirigente José Paillal, su hijo de 11 años y otros dos menores. La organización apela para que los hechos investigados en relación a la muerte de Catrileo sean instruidos por tribunales ordinarios y no militares, además de que se cumplan los acuerdos internacionales respecto a pueblos indígenas.

8 de enero de 2008
©la nación
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preventiva para asesino de matías


En prisión preventiva queda carabinero por muerte de Catrileo.
Temuco, Chile. Fiscal militar dictó encausamiento contra el cabo segundo Walter Ramírez, responsable del disparo que costó la vida del estudiante mapuche. En tanto, el sargento segundo Héctor Osorio fue dejado en libertad por falta de méritos.
En calidad de procesado por el delito de violencia innecesaria con resultado de muerte, de acuerdo al artículo 33 número 1 del Código de Justicia Militar, quedó el cabo segundo de Carabineros, Walter Ramírez Espinoza, responsable de los disparos que cobraron la vida del joven estudiante mapuche Matías Catrileo.
El efectivo, que estaba arrestado desde el viernes, fue notificado del encausamiento ayer, pasadas las 20 horas, y deberá cumplir la detención provisoria en la Subcomisaría de Fuerzas Especiales de Temuco, según confirmó en Temuco el fiscal militar José Pinto Aparicio.
El fiscal castrense precisó que el otro funcionario, el sargento segundo Héctor Osorio Albornoz, "quedó en libertad por falta de méritos".
El encargado del caso explicó, además, que "el auto de procesamiento es una decisión esencialmente provisoria que uno dicta en base a los antecedentes que se tiene dentro del período de detención".
La investigación no tiene un plazo establecido para dictar acusación, por cuanto fuentes cercanas a la Fiscalía Militar explicaron que estas resoluciones son de carácter provisorio en tanto avanzan las pesquisas, por lo que el cabo segundo podría seguir como acusado o el procesamiento quedaría sin efecto, de acuerdo al resultado de las indagaciones.
Los proyectiles que dieron muerte a Catrileo habrían provenido del arma institucional que portaba Ramírez Espinoza la fatídica madrugada del jueves 3 de enero, cuando el joven ingresó en el predio del agricultor Jorge Luchsinger, con el grupo indígena Lleupeko Vilcun, continuando el proceso de recuperación de tierras que ha iniciado esa comunidad.
En tanto, hasta el cuartel de la Policía de Investigaciones de Temuco llegaron los padres del fallecido estudiante de Agronomía para entregar antecedentes para esclarecer la muerte del universitario.

8 de enero de 2008
©la nación
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asesinos de paine en prisión


[Jorge Escalante] Mataron con sus propias armas y ayudaron a los militares en detenciones. Juez procesa a civiles de derecha por asesinatos masivos en Paine.
Santiago, Chile. Los procesamientos dictados por el ministro Héctor Solís tienen convulsionada a la localidad de Paine y sus alrededores, donde algunos de ellos siguen viviendo y amenazando a los familiares de las víctimas. Actuaron junto a efectivos del Ejército y Carabineros.
Seis civiles empresarios agrícolas y del transporte fueron procesados y arrestados por los asesinatos de 29 campesinos de Paine y sus alrededores, al sur de Santiago, cometidos entre el 16 de septiembre de 1973 y el 16 de octubre de ese año. Los terratenientes mataron a varias de las víctimas con sus propias armas, sacándolos desde sus casas, fundos del lugar, o desde la subcomisaría de Paine.
En el caso del crimen masivo del 16 de octubre de 1973 (22 muertos entre los que está Andrés Pereira, padre de la abogada Pamela Pereira), ellos mismos prepararon las listas con sus nombres, condujeron a los militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo hasta sus casas, y colaboraron con infraestructura para el traslado hasta una quebrada donde fueron acribillados entre los civiles y efectivos de ese regimiento.
La resolución dictada por el ministro de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Héctor Solís Montiel, tiene revolucionado a Paine y sus alrededores dado que los criminales todavía permanecen habitando en esos lugares. Según los vecinos del sector, algunos aún se jactan de su actuar y continúan amenazando a familiares de las víctimas. Los crímenes por los cuales resultaron encausados como autores materiales y cómplices corresponde a una venganza en contra de campesinos y dirigentes que tomaron parte en el proceso de reforma agraria durante el gobierno democratacristiano de Eduardo Frei Montalva (1964-1970) y su posterior profundización con la Unidad Popular de Salvador Allende.
El magistrado también encausó como autor de las 22 muertes del 16 de octubre al único militar, el suboficial (R) de Ejército José Vásquez Silva.
Los agricultores encartados son: Juan Francisco Luzoro, Rubén González Carrasco, Claudio Oregón Tudela, Juan Quintanilla Jerez y los hermanos Mario Emilio y Ricardo Jorge Tagle Román. La quebrada y fosa clandestina donde mataron y escondieron los cuerpos de las 22 víctimas que después desenterraron en 1978 para tirarlos al mar fueron descubiertas el año pasado. Se trata de la Quebrada Los Arrayanes, a 1,5 km al noreste del lago Rapel, al interior del fundo Cerro Alto, en la comuna de Las Cabras, en la Región de O Higgins.
Actuando en los episodios anteriores al de estas 22 personas, Luzoro, González, Oregón y los hermanos Tagle Román sacaron desde fundos del lugar y la subcomisaría de Paine en los primeros días después del golpe militar de septiembre de 1973 a Ricardo Carrasco Barrios, Cristián Cartagena Pérez, Carlos Chávez Reyes, Orlando Pereira Cancino, Pedro Ramírez Torres, Raúl Lazo Quinteros y Alejandro Bustos González y los mataron con sus armas en distintos lugares. En estos sucesos también participaron carabineros de esa subcomisaría, los que se espera que el magistrado someta igualmente a proceso.
El único que sobrevivió a los disparos simulando estar muerto fue Alejandro Bustos, quien se convirtió en testigo principal en contra de los ejecutores. En la causa de Paine ya estaba encausado en calidad de autor el coronel (R) Andrés Magaña Bau, quien siendo un subteniente comandó el pelotón que asesinó a los 22 campesinos.

8 de enero de 2008
©la nación
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otro detenido por muerte de matías


Detienen a un segundo carabinero involucrado en muerte de estudiante mapuche.
Temuco, Chile. Se trata del sargento segundo Héctor Osorio Albornoz, quien participó en el operativo en que el joven perdió la vida la semana pasada.
Esta tarde quedó arrestado el sargento segundo Héctor Osorio Albornoz, efectivo de la subcomisaría de Fuerzas Especiales de Carabineros de la Araucanía, a raíz de la investigación que desarrolla el fiscal militar de Temuco, José Aparicio, por la muerte del joven mapuche Matías Catrileo, ocurrida la semana pasada en la zona.
Según informó radio Cooperativa, el funcionario policial está involucrado en los enfrentamientos que terminaron con la vida del universitario y que despertó el repudio generalizado de los organismos mapuches, que han realizado diversas protestas en los últimos días.
El viernes pasado también quedó detenido el cabo segundo Walter Ramírez Espinoza, acusado como autor del disparo que causó la muerte del joven estudiante.
El 3 de enero, una decena de encapuchados ingresó al Fundo Santa Margarita para incendiar unos fardos al interior del recinto, por lo que se produjo el enfrentamiento con la policía.

7 de enero de 2008
©la tercera
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procesan a latifundistas


Procesan a siete latifundistas por desapariciones en Paine.
Paine, Chile. Como autores de homicidio calificado y secuestro calificado, a seis de los siete implicados se les acusa de haber entregado la lista de las 22 víctimas, de haber prestado vehículos y trasladado a los militares que realizaron las ejecuciones.
Siete civiles, todos latifundistas, procesó el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Héctor Solís, por las desapariciones de 22 campesinos de Paine, registradas en 1973.
El abogado querellante, Luciano Fouillioux, que representa a la abogada Pamela Pereira por la desaparición de su padre, Orlando Pereira, se encuentra en estos momentos reunido con el ministro en visita del caso, Alejandro Solís, y se espera que en el curso de la mañana concluyan las notificaciones.
Los procesados son Juan Francisco Luzoro Montenegro y Ricardo Tagle Román, procesados por homicidio calificado, mientras que por secuestro calificado el magistrado encausó a Juan Guillermo Quintanilla Jerez, José Vásquez Silva, Claudio Oregón Tudela, Mario Tagle Román. Como cómplice de secuestro, en tanto, fue procesado Rubén González Carrasco.
Se trata de la primera vez en que civiles son procesados en este caso.
La causa se reactivó a mediados de septiembre, cuando el funcionario ordenó diligencias que se prolongaron por espacio de un mes en los terrenos donde se produjeron los hechos.
La búsqueda de los campesinos desaparecidos en esa localidad terminó en octubre, con el hallazgo de 295 piezas óseas, luego de un mes de investigación en terreno del ministro en visita Héctor Solís en las cercanías de la Quebrada de los Arrayanes, sector de Los Quillayes, en la zona del Lago Rapel.
El magistrado envió estos restos al Servicio Médico Legal (SML) para que se comparen con las muestras guardadas en el banco de ADN.
El juez Solís pidió al organismo elaborar un preinforme con las conclusiones a las que lleguen tras estudiar las muestras.
El equipo dirigido por el magistrado también consiguió 311 evidencias culturales como trozos de tela, botones, fragmentos de vidrios ópticos, anillos y broches. El juez ordenó periciar estos elementos.
A ellos, se agregan al menos 100 vainillas de fusil y revólver y otros 150 proyectiles percutados. Este material será analizado por el laboratorio de Carabineros de Chile.
Las pesquisas en el sector de Rapel las realizó un equipo compuesto por cerca de 20 personas pertenecientes al Laboratorio de Criminalística de la Policía de Investigaciones y profesionales del SML.

7 de enero de 2008
©la nación
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aprueban abolir pena de muerte


Cámara Baja aprueba protocolos para abolir pena de muerte.
Valparaíso, Chile. Los diputados aprobaron, con 73 votos a favor, 8 en contra y 13 abstenciones, y remitieron al Senado a segundo trámite constitucional, dos convenios destinados a abolir la pena de muerte en la legislación nacional.
Se trata del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (boletín 4732); y el Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (boletín 4733-10).
La primera iniciativa establece la prohibición de ejecutar a ninguna persona sometida a la jurisdicción de un Estado Parte en el Protocolo.
El texto establece que no se podrá suspender el derecho garantizado ni siquiera en el caso especial de situaciones excepcionales que pongan en peligro la vida de la nación y cuya existencia haya sido proclamada oficialmente.
Asimismo, se establece que los Estados Parte adecuarán su legislación, para lo cual se indica que Chile, mediante la ley 19.734, impone una pena de presidio perpetuo real para aquellos delitos en los cuales se contemplaba la pena capital, con lo cual se obtiene una respuesta eficiente y proporcional a los delitos de mayor gravedad.
El Mensaje del Ejecutivo aclara que sólo quedaría pendiente la adopción de todas las medidas necesarias para abolir la pena de muerte aplicable a determinados delitos perpetrados en tiempo de guerra y respecto de la cual será necesario formular una reserva.
En ese sentido, el Protocolo establece como regla general que no se admitirá ninguna reserva, con excepción de una que prevea la aplicación de la pena de muerte en tiempos de guerra.

Protocolo de la Convención Americana
La segunda iniciativa aprobada es el Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos Relativo a la Abolición de la Pena de Muerte, adoptado en Asunción el 8 de junio de 1990, en el Vigésimo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, y suscrito por la República de Chile el 10 de septiembre de 2001.
Este documento también establece la prohibición de aplicar la pena de muerte a toda persona sometida a la jurisdicción de un Estado Parte, y queda pendiente la obligación de no aplicar la pena de muerte dentro del territorio nacional a ninguna persona sometida a la jurisdicción del Estado de Chile, incluidos aquellos casos excepcionales en que todavía está vigente y respecto de los cuales será necesario formular una reserva.

5 de enero de 2008
©diario de la cámara
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aprueban convención sobre desaparición


La Cámara Baja aprueba ratificación sobre la desaparición forzada de personas. Ahora proyecto deberá ser aprobado por el Senado, donde la vez pasada fue rechazado por senadores pinochetistas.
Valparaíso, Chile. La Sala aprobó, por 90 votos a favor y 7 abstenciones, el proyecto de acuerdo que ratifica la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.
La iniciativa (boletín 5500), agrupa dentro de este delito al arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sea obra de agentes del Estado, personas o grupos de personas que actúan con la autorización o apoyo estatal, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola de la protección de la ley.
La Convención dispone que los estados partes deberán adoptar las medidas necesarias para tipificar como delito en su legislación interna la desaparición forzada de personas, e imponerle una pena apropiada que tenga en cuenta su extrema gravedad.
En este sentido, se podrán establecer circunstancias atenuantes, en particular, para quienes contribuyan a la aparición con vida de la víctima o suministren informaciones que permitan esclarecer la desaparición forzada o identificar a los responsables.
También se obliga a los países a cooperar entre sí y prestar auxilio para asistir a las víctimas, así como en la búsqueda, localización y liberación de las personas desaparecidas. En caso de fallecimiento, dicha colaboración se relacionará con la exhumación e identificación de las personas desparecidas y la restitución de sus restos.
De acuerdo a los principios de los derechos penal e internacional, se precisa que la Convención no tiene efecto retroactivo.
Además, se define por víctima a la persona desaparecida y a toda aquella que haya sufrido un perjuicio directo como consecuencia de una desaparición forzada.
Asimismo, el instrumento consagra como derechos de las víctimas el conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición, la evolución y resultados de la investigación y la suerte de la persona desparecida; el derecho a la reparación y a una indemnización rápida, justa y adecuada; el derecho a formar y participar en organizaciones y asociaciones que contribuyan a establecer las circunstancias de las desapariciones forzadas y la suerte corrida por las personas desaparecidas o bien que brinden asistencia a las víctimas.
También se consigna que como justificación de la desaparición forzada de personas nunca pueden invocarse circunstancias excepcionales tales como estado de guerra o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública.
Por otra parte, ninguna orden o instrucción de una autoridad pública, sea civil, militar o de otra índole, puede ser invocada para justificar este delito.
El texto fue enviado al Senado, a cumplir su segundo trámite constitucional.

5 de enero de 2008
©diario de la cámara
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identifican a asesino de matías catrileo


Identificado carabinero que disparó a joven mapuche. Se trata del carabinero Walter Ramírez Espinoza, quien se encuentra detenido en la subcomisaría de Fuerzas Especiales de Temuco.
Temuco, Chile. Identificado se encuentra el carabinero que ayer disparó en contra de Matías Catrileo Quezada, de 23 años, quien murió la madrugada de ayer durante los enfrentamientos entre la policía y comuneros mapuches, que atacaron fundo Santa Margarita en la localidad de Vilcún.
El uniformado es Walter Ramírez Espinoza, con 10 años de servicio en la institución, quien se encuentra actualmente arrestado en la subcomisaría de Fuerzas Especiales de Temuco, según informó radio Bío Bío.
A las 7:30 de la mañana de ayer la fiscalía de Temuco tomó conocimiento de lo acontecido. Una hora más tarde el fiscal, Claudio Beratto, se constituyó en el sitio del suceso para determinar qué delitos se habían provocado.
El persecutor a cargo de las primeras diligencias dispuso de inmediato el retiro de armas a los funcionarios de Carabineros que participaron en el conato.
En el transcurso del día, Baratto ordenó al Laboratorio de Criminalística de la Policía de Investigaciones, realizar peritajes perimétricos, químicos y fotográficos del área donde se produjo el enfrentamiento.
Alrededor del medio día se determinó que la investigación del incendio provocado por los mapuches en los terrenos que pretendían tomarse, quedaría en manos de la fiscalía de Temuco, mientras que el asesinato del estudiante mapuche sería indagado por la justicia militar.
A las 13:30 horas el teniente coronel y fiscal militar, José Pinto Aparicio, se constituyó en el lugar para investigar las circunstancias en que murió Matías Catrileo.
Actualmente Catrileo, estudiante de cuarto año de Agronomía de la Universidad de la Frontera, es velado en el hogar universitario que habitaba en Temuco. Sus padres llegaron anoche desde Santiago y se espera que hoy tomen la decisión respecto del lugar en que será sepultado su hijo.

4 de enero de 2008
©la nación
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