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chile

se deteriora salud de mapuches


Situación de salud de presos mapuches juzgados por ley antiterrorista (un legado de la dictadura) es precaria y podría empeorar.
Concepción, Chile. El doctor Nelson Reyes informó ayer en Angol que la salud de los 32 mapuches que se encuentran en huelga de hambre desde el 12 de julio pasado es delicada y podría agravarse.
El especialista dijo que en promedio, los presos han perdido doce kilos de peso, pero algunos han perdido 16 y presentan cuadros de resfrío y faringitis.
En tanto, los tres médicos que viajaron desde Santiago a la cárcel El Manzano, en Concepción, para examinar a los comuneros mapuches en huelga de hambre, no pudieron ingresar al recinto penitenciario debido a que Gendarmería no autorizó su ingreso.
Los facultativos llegaron a Concepción con el objetivo de revisar el estado de salud de los cinco comuneros que llevan 49 días sin comer.
Gendarmería explicó que los médicos no podrían ingresar debido a que no hay una autorización fiscal que les permita el acceso. La orden debía ser emitida por el fiscal militar a cargo del caso, Fernando Grandón, infomó Radio Bío Bío.
30 de agosto de 2010
©la nación
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constitución contra la pobreza


Presentan reforma para establecer como deber del Estado la erradicación de la pobreza. Modifican artículo 19 de la Constitución.
Valparaíso, Chile. La iniciativa es promovida por diputados de distintas bancadas y modifica el artículo 19 número 22 de la Constitución Política introduciendo un nuevo inciso.
El proyecto de reforma constitucional fue presentado por los diputados Pedro Browne (RN), Alberto Cardemil (RN), Juan Luis Castro (PS), José Manuel Edwards (RN), Juan Lobos (UDI), Leopoldo Pérez (RN), René Saffirio (DC) y Alejandro Santana (RN).
Al fundamentar la propuesta sus autores declaran sentirse impactados por los resultados de la última encuesta CASEN, que arrojó un aumento de la pobreza de 13,6% a 15,1% entre 2006 y 2009, lo que significa más de dos millones quinientos mil pobres y que la población indigente alcanza a más de seiscientos mil personas.
Agregan que dichas cifras resultan inaceptables para un país que se supone ha alcanzado la modernidad y por ello consideran indispensable que se consagre a nivel constitucional el deber del Estado de terminar con la pobreza, promover un desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos.
Con tal fin, el proyecto modifica el artículo 19 N° 22 de la Constitución Política, para intercalar un inciso segundo nuevo en los siguientes términos: "Es deber primordial del Estado, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos entre todos los sectores de la comunidad nacional".
El proyecto (boletín 7143) fue derivado para su estudio a la Comisión de Constitución que preside el diputado Pedro Araya (PRI).
30 de agosto de 2010
27 de agosto de 2010
©diario de la cámara
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quieren dificultar privatizaciones


Presentan reforma que exigiría ley de quórum calificado para privatizar empresas públicas.
Valparaíso, Chile. La iniciativa legal modifica la Constitución con el fin de establecer que las empresas en las que el Estado tenga participación accionaria podrán ser enajenadas "sólo si una ley de quórum calificado lo autoriza".
El proyecto de reforma constitucional fue presentado por los diputados DC Fuad Chahín, Pablo Lorenzini, Sergio Ojeda, Ricardo Rincón, Jorge Sabag, René Saffirio, Patricio Vallespín, Mario Venegas y Carolina Goic y el diputado Pedro Araya (PRI).
En los fundamentos de la iniciativa se precisa que el más reciente proceso de privatización de empresas del Estado tuvo lugar en la década de los 80, en las postrimerías del gobierno autoritario y sin discusión pública ni debate político alguno. Se agrega que el proceso continuó durante los gobiernos de la Concertación, en especial de los Presidentes Frei Ruiz Tagle y Lagos, realizando concesiones a privados de ciertas empresas y transformando algunas empresas públicas en sociedades anónimas.
"En todo este proceso sólo ha actuado el Ejecutivo, sin contar en ningún caso con el escrutinio de la opinión pública ni menos el debate del Congreso Nacional", hacen presente los parlamentarios.
Apuntan, asimismo, que la actual Constitución Política sólo regula el proceso inverso, es decir cuando el Estado desarrolla una actividad económica o se estatizan servicios o áreas estratégicas o de interés público, exigiendo para ello un alto consenso al interior del Poder Legislativo.
Los autores de la moción enfatizan que aún quedan empresas, servicios o áreas estratégicas en que el Estado sigue siendo dueño o mantiene una participación accionaria y su carácter estratégico aconseja que su eventual privatización sea objeto de un amplio debate en el Congreso Nacional.
Por tal razón, proponen añadir un nuevo inciso al artículo 19 N.o 21 de la Constitución Política que diga lo siguiente: "De igual manera, las empresas en que el Estado, directa o indirectamente, sea dueño o tenga alguna participación accionaria, podrán ser enajenadas, total o parcialmente, sólo si una ley de quórum calificado lo autoriza".
La iniciativa legal (boletín 7139) fue derivada para su estudio a la Comisión de Constitución, que preside el diputado Pedro Araya (PRI).
30 de agosto de 2010
26 de agosto de 2010
©diario de la cámara
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procesan a asesinos de woodward


Jueza procesó a ocho marinos y seis policías por caso Woodward. Sacerdote católico fue torturado hasta su muerte en el buque escuela Esmeralda y su cadáver arrojado en el cementerio de Playa Ancha.

[Jorge Escalante] Valparaíso, Chile. La jueza Eliana Quezada, de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, procesó a 14 uniformados en situación de retiro en calidad de coautores del delito de secuestro calificado y desaparición del sacerdote Miguel Woodward (en la foto), ocurrida tras el golpe militar de 1973 en ese puerto.
En su resolución, la magistrada dictó a su vez orden de arresto para los encausados, los coroneles de Carabineros Héctor Tapia Olivares, Angel Lorca Fuenzalida y Enrique Corrales Díaz; el mayor de esta misma policía Ricardo Araya Maureira; el capitán de Carabineros Nelson López Jofré y el suboficial de la misma institución, Jorge Leiva Cordero.
La ministra procesó además al capitán de navío de la Armada, Pedro Abregó Diamante, y a los suboficiales mayores de Infantería de Marina, Manuel Leiva Valdivieso, Juan Reyes Basaur, Jaime Lazo Pérez, Bertalino Castillo Soto, Alejo Esparza Martínez, Carlos Líbano Riquelme y Sergio Hevia Fabres.
Hasta la fecha, en este caso la jueza Quezada ha dictado procesamiento en contra de 33 oficiales y suboficiales, todos ya en situación de retiro. De ellos, 25 pertenecen a la Armada y seis a Carabineros.
Ésta es la primera vez que la magistrada procesa a funcionarios de la policía uniformada por este crimen. La cifra de 33 se encuentra actualmente reducida a 31, producto de la muerte el año pasado del contralmirante (R) y ex comandante de la Academia de Guerra Naval de Valparaíso y agente DINA, Sergio Barra von Kretschmann, y de la revocatoria del auto de encausamiento del capitán de navío (R), Luis Holley de la Maza.
28 de agosto de 2010
©la nación
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alimentarán a mapuches a la fuerza


Acogen recurso por mapuches en huelga de hambre. Los reos mapuches iniciaron el 12 de julio pasado una huelga de hambre indefinida para exigir, entre otras cosas, que no se les aplique la Ley Antiterrorista.
Temuco, Chile. "Se autoriza a Gendarmería para que adopte las medidas conducentes para internar en caso de urgencia a los huelguistas en un centro hospitalario (…) sin perjuicio de que haga uso de las demás facultades que le confiere a ese servicio su ley orgánica y reglamento, respecto a la alimentación de los mismos de manera de asegurarles su vida e integridad física".
Esto fue lo que resolvió ayer la Corte de Apelaciones de Temuco al acoger el recurso de protección presentado por Marco Fuentes Mercado, director regional de la entidad penitenciaria, para permitir la alimentación -por alguna vía- de los 23 mapuches que permanecen en huelga de hambre en las cárceles de Temuco y Angol.
La resolución dice que autoriza a Gendarmería a internar a los huelguistas en un centro asistencial "a objeto de que se les brinde una total y completa atención médica en el resguardo de la salud de los protegidos hasta su completo restablecimiento" y les señala que pueden hacer uso de sus facultades internas sobre el tema de la alimentación para resguardar la vida de los comuneros.
El tribunal de alzada de Temuco, además, declaró que la decisión de dejar de comer de los reclusos "constituye un atentado a la vida e integridad física de ellos" y desde ese punto acoge, en parte, el recurso constitucional presentado a favor de ellos.

Han Perdido 15 Kilos
Un total de 32 reos mapuches están en huelga de hambre desde hace 47 días y han bajado más de 15 kilos de peso, lo que ha provocado la preocupación de las autoridades penitenciarias.
Los huelguistas piden que no se les aplique la Ley Antiterrorista por lo que ellos han definido una lucha por reivindicar terrenos que les pertenece por herencia ancestral, se deje sin efecto los procesamientos ante la justicia militar en su calidad de civiles y que se deje en libertad a todos los "presos políticos mapuches", según ellos denominaron.
En tanto, el Colegio de Periodistas condenó ayer el "silencio informativo" que -según ellos- se ha visto en los medios de comunicación respeto al tema de la huelga de hambre de los reclusos mapuches.
25 de agosto de 2010
©la nación
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corte no quiere procesar a homicidas


Corte rechaza procesar a generales (r) por crimen de cinco frentistas. Muchos de estos jueces colaboraron con la dictadura, rechazando los habeas corpus presentados por abogados de los perseguidos, que serían posteriormente asesinados. No tienen pues gran interés en investigar. Se sienten impunes.
Santiago, Chile. En fallo unánime, la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió rechazar las solicitudes de procesamientos contra el ex vicecomandante en jefe del Ejército, general (r) Santiago Sinclair, y el ex director de Inteligencia (DINE), general (r) Ricardo Ortega, por los crímenes de 5 militantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) en 1987.
Las solicitudes habían sido presentadas por el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y del Consejo de Defensa del Estado (CDE).
Sin embargo, el tribunal de alzada estimó que en el caso de Sinclair "no se han agregado a la causa antecedentes nuevos de mérito como para alterar lo resuelto ya por esta misma Corte de Apelaciones", aludiendo a un fallo dictado en octubre de 2009 que revocó la encargatoria que pesaba contra el ex vicecomandante en jefe del Ejército en esta causa.
Respecto de Ortega, la sala integrada por los ministros Cornelio Villarroel, Dobra Lusic y Joaquín Billard determinó que "no concurren los presupuestos del N°2 del artículo 274 del Código de Procedimiento Penal, para someterlo a proceso", según reseña la resolución judicial.
Entre el 9 y 10 de septiembre de 1987, Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola, fueron secuestrados, y luego asesinados en el cuartel Borgoño de la CNI. Sus cuerpos fueron arrojados al mar a bordo de un helicóptero Puma.
En este caso, el ministro Mario Carroza desechó procesar en primera instancia a los generales(r) Sinclair y Ortega, pero tiene encargados reos a la ex agente de la Brigada Azul de la CNI y miembro de la Armada, Ema Verónica Ceballos Núñez (actualmente fugada en Dinamarca), y al ex agente de la CNI, José Miguel Morales Morales (investigado por Operación Albania aunque no fue condenado).
De acuerdo al Programa de DDHH de Interior y el CDE, el crimen de los cinco frentistas fue un delito de lesa humanidad cometido por agentes del ex régimen de Augusto Pinochet, en el marco del secuestro del coronel Carlos Carreño, gerente comercial de Fábrica y Maestranzas del Ejército (Famae), ocurrido entre septiembre y noviembre de 1987.
21 de agosto de 2010
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libertad para asesino de matías


Un fallo incomprensible y deja en la práctica impunidad el asesinato a tiros por la espalda de un manifestante desarmado, en momentos en que la fiscalía exige 20 años de prisión para un grupo de anarquistas por colocar bombas de ruido. La justicia militar nuevamente ampara a criminales.En la foto, el cabo homicida.
Santiago, Chile. La Corte Marcial condenó a tres años y un día de libertad vigilada al cabo de Carabineros Walter Ramírez, por el delito de violencia innecesaria con resultado de muerte, luego que se acreditara que disparó por la espalda al estudiante mapuche Matías Catrileo el 3 de enero de 2008, durante un enfrentamiento en el Fundo Santa Margarita, en la zona de Vilcún, en la Región de La Araucanía.
En enero de este año, el tribunal militar de Valdivia ya había resuelto condenar a dos años de presidio remitido al funcionario de las Fuerzas Especiales de Carabineros, firma mensual durante 24 meses y la suspensión del cargo dentro de la institución uniformada por el mismo período.
Sin embargo, la defensa y familia de Catrileo solicitó a la Corte Marcial incrementar la condena del cabo Ramírez a 15 años de reclusión por homicidio calificado.
20 de agosto de 2010
19 de agosto de 2010
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condenas por niño ejecutado en dictadura


La corte condenó a dos militares pinochetistas por estos crímenes, pero rebajándoles la pena y dejando a uno en régimen de libertad vigilada. Como siempre, los jueces pinochetistas introducidos por el presidente Lagos en la CS votaron por la prescripción.
Santiago, Chile. En fallo dividido, la Segunda Sala de la Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el secuestro y homicidio calificado de Carlos Fariña Oyarce (13), considerado la víctima más joven de la dictadura, así como también por los crímenes de Víctor Vidal Tejeda (16) y Héctor Araya Garrido (18), ocurridos en octubre de 1973.
Por estos hechos, el máximo tribunal redujo la condena al mayor (r) Donato López Almarza, aplicando una sentencia de 6 años de presidio sin beneficios. En tanto, el oficial (r) Erasmo Sandoval Arancibia recibió 5 años de presidio, pero se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.
El menor Fariña Oyarce fue detenido en su domicilio de la población La Pincoya por una patrulla militar del Regimiento Yungay y desapareció. Sus restos fueron encontrados con 12 impactos de bala en el año 2000, en un sitio eriazo de Américo Vespucio, comuna de Pudahuel, cuando se realizaban excavaciones para la construcción de un parque industrial.
Las otras 2 víctimas fueron arrestadas en el mismo operativo en La Pincoya, y posteriormente fueron ejecutados por efectivos el Ejército.

Trámite Judicial
En primera instancia, el ministro en visita Jorge Zepeda Arancibia había determinado dos penas de siete años de presidio para López Almarza; y una de cinco años, con el beneficio de la libertad vigilada, para Sandoval Arancibia.
En 2008, no obstante, la Corte de Apelaciones de Santiago había impuesto una pena única de 10 años y un día de presidio para el mayor en retiro y mantenido la condena para Sandoval Arancibia.
En la resolución de la Suprema de hoy, los jueces Nibaldo Segura y Rubén Ballesteros estuvieron por acoger la figura de la prescripción de la acción penal, mientras el ministro Jaime Rodríguez y los abogados integrantes Jorge Medina y Guillermo Ruiz, dieron el voto de mayoría.
19 de agosto de 2010
©la nación
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