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colombia, el salvador, honduras ante la cidh


La CIDH considera que esos tres Estados no han cumplido las recomendaciones contenidas en las decisiones de la Comisión.
Colombia. Se trata de los casos del periodista colombiano Luis Gonzalo ‘Richard’ Vélez Restrepo, atacado y amenazado por parte del Ejército, de las masacres de El Mozote y lugares aledaños en El Salvador, y de las muertes registradas en un incendio en un penal de Honduras, informó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
La denuncia contra Colombia, se refiere al ataque que sufrió el periodista Vélez Restrepo el 29 de agosto de 1996 por parte de soldados del Ejército Nacional. Los hechos ocurrieron mientras el periodista filmaba una protesta en la que miembros de dicha institución golpearon a varios de los manifestantes, hechos documentados por el periodista.
A estos hechos siguieron amenazas de muerte contra Vélez Restrepo y su familia, que se intensificaron cuando intentó impulsar los procesos judiciales.
Tras sufrir un intento de secuestro, el 9 de octubre de 1997 Vélez Restrepo salió exiliado de Colombia y los hechos permanecen en la impunidad.
El caso se envió a la Corte el 2 de marzo.
La demanda contra El Salvador se relaciona con las masacres sucesivas cometidas entre el 11 y el 13 de diciembre de 1981 en el marco de un operativo militar del Batallón Atlacatl, junto con otras dependencias militares, en siete localidades del departamento de Morazán.
Las masacres, cometidas de manera indiscriminada y con extrema crueldad, dejaron aproximadamente un millar de personas muertas, incluyendo un alto número de niños, y constituyeron una de las manifestaciones más aberrantes de los crímenes de lesa humanidad cometidos en la época por parte de la institución militar salvadoreña.
Estos hechos tuvieron lugar durante el período más cruel de las operaciones llamadas "contrainsurgencia", desplegadas de manera masiva contra civiles por el Ejército salvadoreño durante el conflicto armado, en abierto desconocimiento de los principios más básicos que inspiran el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, explicó la CIDH.
Debido a la vigencia de la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz, así como a reiteradas omisiones por parte del Estado salvadoreño, estos graves hechos permanecen en la impunidad.
No se han esclarecido judicialmente las masacres, ni se han dispuesto las sanciones correspondientes, a pesar de que un importante número de responsables ha sido identificado a través de diversas fuentes.
En años posteriores se realizaron algunas exhumaciones, pero las mismas no dieron lugar a la reactivación de las investigaciones, a pesar de reiteradas solicitudes a las autoridades correspondientes.
El caso se envió a la Corte el 8 de marzo.
Por su parte, el caso de Honduras trata de la muerte en un incendio de 107 presos en la bartolina o celda número 19 del Centro Penal de San Pedro Sula, el 17 de mayo de 2004.
Estas muertes fueron consecuencia directa de una serie de deficiencias estructurales en dicho centro penitenciario que estaban en conocimiento de las autoridades competentes.
Las víctimas, acusadas de pertenecer a "maras", estaban aislados y confinados a un recinto inseguro e insalubre.
El Estado no ha emprendido la investigación de los hechos denunciados y la sanción de los responsables como un deber jurídico propio y de forma diligente.
El caso se remitió a la Corte el 11 de marzo.
27 de marzo de 2011
25 de marzo de 2011
©semana

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