MILITARES CONDENADOS POR MASACRE DE INDÍGENAS
Ciudad de Guatemala, Guatemala.La justicia guatemalteca condenó a 40 años de prisión a 14 militares al encontrarlos culpables de la matanza de la comunidad de repatriados de Xamán, ocurrida en octubre de 1995.
La pena de prisión inconmutable fue dictada contra el teniente Camilo Antonio Lacán Chaclán y 13 soldados de una patrulla que ingresó a la aldea de Xamán y tras un confuso incidente abrió fuego contra los pobladores, que habían sido refugiados en México.
La sentencia condenatoria del juicio iniciado el 3 de junio de 2003, fue impuesta por el delito de ejecución extrajudicial contra los castrenses, en calidad de autores materiales.
Las pruebas presentadas por la Fiscalía contra los militares fueron "contundentes", según el anuncio del juez José Luis Dávila, presidente del Tribunal de la ciudad de San Pedro Carchá, localizada a unos 250 kilómetros al norte de esta capital.
Aclaró que tras el análisis del caso se determinó que no aplicaba la pena de muerte contra los acusados, como solicitó la parte acusadora.
En el ataque ocurrido el 5 de octubre de 1995 fallecieron 13 indígenas, entre ellos dos niños, habitantes de la aldea Ocho de Octubre, del municipio de Xamán.
La comunidad era una empobrecida aldea recién formada por indígenas repatriados desde campamentos del sureste de México, zona en la que se refugiaron unos 45 mil guatemaltecos que huían de la violencia por el conflicto armado interno en este país del istmo.
La matanza de Xamán, ocurrida en el gobierno del extinto presidente Ramiro de León (1993-1996), se produjo en la recta final de las negociaciones para el acuerdo de paz que se firmó en diciembre de 1996 para poner fin a 36 años de guerra interna.
El fallo dictado es el tercero contra la patrulla militar responsable de la masacre luego de dos ocurridos en agosto y diciembre de 1999.
En el primer juicio, el 13 de agosto de 1999, el teniente Lacán Chaclán y otros 11 soldados de su patrulla fueron condenados a cinco años de prisión por el Tribunal de Cobán, mientras otros 13 recibieron una sentencia de cuatro años de cárcel.
El 6 de diciembre de 1999, la condena fue modificada por la Sala de Apelaciones de Cobán, que absolvió de los cargos a 15 militares, incluido Lacán Chaclán, en tanto se impuso una pena de 12 años de prisión a otros 10 soldados. Ante ese fallo se resolvió realizar un nuevo juicio, cuyo resultado se conoció este viernes.
11 de julio de 2004
©univision
La pena de prisión inconmutable fue dictada contra el teniente Camilo Antonio Lacán Chaclán y 13 soldados de una patrulla que ingresó a la aldea de Xamán y tras un confuso incidente abrió fuego contra los pobladores, que habían sido refugiados en México.
La sentencia condenatoria del juicio iniciado el 3 de junio de 2003, fue impuesta por el delito de ejecución extrajudicial contra los castrenses, en calidad de autores materiales.
Las pruebas presentadas por la Fiscalía contra los militares fueron "contundentes", según el anuncio del juez José Luis Dávila, presidente del Tribunal de la ciudad de San Pedro Carchá, localizada a unos 250 kilómetros al norte de esta capital.
Aclaró que tras el análisis del caso se determinó que no aplicaba la pena de muerte contra los acusados, como solicitó la parte acusadora.
En el ataque ocurrido el 5 de octubre de 1995 fallecieron 13 indígenas, entre ellos dos niños, habitantes de la aldea Ocho de Octubre, del municipio de Xamán.
La comunidad era una empobrecida aldea recién formada por indígenas repatriados desde campamentos del sureste de México, zona en la que se refugiaron unos 45 mil guatemaltecos que huían de la violencia por el conflicto armado interno en este país del istmo.
La matanza de Xamán, ocurrida en el gobierno del extinto presidente Ramiro de León (1993-1996), se produjo en la recta final de las negociaciones para el acuerdo de paz que se firmó en diciembre de 1996 para poner fin a 36 años de guerra interna.
El fallo dictado es el tercero contra la patrulla militar responsable de la masacre luego de dos ocurridos en agosto y diciembre de 1999.
En el primer juicio, el 13 de agosto de 1999, el teniente Lacán Chaclán y otros 11 soldados de su patrulla fueron condenados a cinco años de prisión por el Tribunal de Cobán, mientras otros 13 recibieron una sentencia de cuatro años de cárcel.
El 6 de diciembre de 1999, la condena fue modificada por la Sala de Apelaciones de Cobán, que absolvió de los cargos a 15 militares, incluido Lacán Chaclán, en tanto se impuso una pena de 12 años de prisión a otros 10 soldados. Ante ese fallo se resolvió realizar un nuevo juicio, cuyo resultado se conoció este viernes.
11 de julio de 2004
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