orden de captura para iraníes
[Raúl Kollmann] Nueve iraníes con pedidos de captura por el ataque contra la AMIA. Un atentado que "fue de lesa humanidad".
El juez Rodolfo Canicoba Corral pidió la captura de nueve ex funcionarios iraníes, entre ellos el ex presidente de Irán Alí Rafsanjani. También solicitó el pedido de captura del ex embajador de Irán en Buenos Aires Hadi Soleimanpour. El fallo menciona la palabra "genocidio" y califica al atentado contra la AMIA como "crimen de lesa humanidad".
El juez Rodolfo Canicoba Corral libró ayer órdenes de captura contra nueve ex funcionarios iraníes. La lista la encabeza el ex presidente de Irán Alí Rafsanjani e incluye a los ex ministros de Inteligencia y Relaciones Exteriores. La novedad es que el magistrado resolvió ir más allá de lo que pedían los fiscales e incluir en el pedido de captura al ex embajador de Irán en Buenos Aires Hadi Soleimanpour. Si el régimen usó la embajada para cometer el atentado, el embajador no pudo ser ajeno a los hechos, razonó Canicoba Corral. El problema es que Soleimanpour estuvo detenido en Londres en 2002. En ese momento, un juez británico consideró endebles las pruebas enviadas desde Buenos Aires a la capital inglesa, absolvió a Soleimanpour y lo dejó en libertad. La otra novedad importante del juez es que menciona la palabra "genocidio" en referencia al atentado, aunque termina inclinándose por "crimen de lesa humanidad", ya que fue una acción "que tuvo por fin atentar contra una población civil, en el contexto de persecución de la religión judía y la utilización del poder el Estado –el de Irán– para fines tan altamente contrarios al bien común". Ante el fallo, Irán amenaza con romper relaciones.
La resolución de Canicoba Corral es breve, 24 páginas, si se tiene en cuenta las implicancias del texto: se pide la detención de un ex presidente y ministros de otro Estado, se envía un exhorto a Irán pidiendo la extradición de esos funcionarios y un oficio a Interpol para que se los capture si se los detecta en algún lugar del planeta.
El régimen de Teherán nunca aceptó colaborar con la Justicia argentina y es obvio que no lo hará ahora cuando el presidente iraní, Mohmoud Ahmadineyad, encarna una política aún más dura que la existía en 1994. Rafsanjani, de quien ahora se pide la captura, compitió en las últimas elecciones representando al sector moderado, mientras que Ahmadineyad ha profundizado la orientación teológica y reiteradamente aboga por la destrucción de Israel y el desconocimiento del Holocausto.
El texto de Canicoba convalida las 800 páginas del dictamen de los fiscales Alberto Nisman y Marcelo Martínez Burgos. Es más, buena parte del fallo consiste en citar fojas y legajos que a su vez fueron citados por los fiscales. Y el peso probatorio también es el mismo. Canicoba considera creíbles los seis testimonios de disidentes y opositores al régimen de Teherán que son los que mencionan una reunión en Pashad en agosto de 1993 donde, según ellos, se decidió el ataque contra la AMIA. Ninguno de los testigos estaba en Irán en el momento de esa cumbre del Comité de Asuntos Especiales, la mayoría ya había abandonado el país cuatro años antes, pero el juez, y antes los fiscales, afirman que se trata de testimonios coincidentes y sólidos. Quienes objetan esa mirada dicen que es como considerar válido el testimonio de seis exiliados cubanos de Miami que dicen que están seguros de que hubo una reunión, por ejemplo, entre Fidel Castro y Raúl Castro en la que se decidió algo delictivo.
El juez y los fiscales toman lo dicho por los disidentes como prueba fundamental, pero agregan que en tiempos del atentado hubo mayor entrada y salida de correos diplomáticos, el embajador iraní se ausentó del país, mientras que llegaban a la Argentina otros representantes de Irán a los que se evalúa como sospechosos. A ello suman informes de inteligencia que dicen que el atentado fue perpetrado por Irán. La debilidad de la acusación es que no hay una sola prueba que vincule directamente un domicilio con la camioneta que estalló en la AMIA, no se encontró ningún rastro de la llegada del supuesto suicida a la Argentina ni cuales fueron las casas seguras que usaron ni quienes acompañaron en varios vehículos a la camioneta en su camino a la calle Pasteur. De todas maneras, el juez dice que "para este estadio del proceso, que no es todavía un pedido de condena, hay suficientes elementos como para detener y llamar a declaración indagatoria a los imputados".
En las 800 páginas del dictamen que redactaron los fiscales se concluye que no hay pruebas suficientes contra el ex embajador Soleimanpour. Ello evidencia que no se juntaron más evidencias que cuando fue detenido y liberado en Londres hace cuatro años. Sin embargo, Canicoba se mueve con la lógica que indica que si actuó el Estado de Irán como Estado, el embajador era su representante en la Argentina y por lo tanto no pudo estar al margen. El problema es que ya fue sobreseído y liberado por el único juez supuestamente imparcial que vio las pruebas: el magistrado británico.
Respecto de la calificación de "crimen de lesa humanidad", Canicoba amaga con vincular el caso con un genocidio. Lo dice expresamente en el texto. Lo que sucede es que el genocidio se utiliza para calificar hechos de otra envergadura, sistemáticos, de eliminación de una comunidad o de gran parte de una comunidad. Al final, en el texto no queda claro si Canicoba se inclina o no por la calificación de genocidio, aunque sí dice claramente que se trata de un crimen de lesa humanidad por la participación de un Estado y por le hecho de que el ataque obedece a razones de raza o religión.
A partir de ahora, el gobierno nacional, a través de la Cancillería, cursará los pedidos de captura. Es obvio que Irán no va a colaborar. Es más, ya venía amenazando con una ruptura de relaciones porque considera que la investigación fue manipulada por los servicios de inteligencia de Estados Unidos, Israel y la Argentina. Pero habrá que ver qué actitud toma el Ejecutivo, en especial cuando pasen los meses. Allí se vendrán las presiones –de Washington, Jerusalén y los dirigentes de la comunidad judía– para que se produzca un gesto más duro de denuncia contra Irán. Y en ese momento, el Ejecutivo tendrá que evaluar lo que hace. Puede moverse con cautela considerando que –como lo admite el juez– los elementos no son suficientes para una condena o puede avanzar en un nuevo escalón de denuncias contra Irán, considerando que el régimen de Teherán no colabora ni colaboró nunca con la investigación.
El juez Rodolfo Canicoba Corral libró ayer órdenes de captura contra nueve ex funcionarios iraníes. La lista la encabeza el ex presidente de Irán Alí Rafsanjani e incluye a los ex ministros de Inteligencia y Relaciones Exteriores. La novedad es que el magistrado resolvió ir más allá de lo que pedían los fiscales e incluir en el pedido de captura al ex embajador de Irán en Buenos Aires Hadi Soleimanpour. Si el régimen usó la embajada para cometer el atentado, el embajador no pudo ser ajeno a los hechos, razonó Canicoba Corral. El problema es que Soleimanpour estuvo detenido en Londres en 2002. En ese momento, un juez británico consideró endebles las pruebas enviadas desde Buenos Aires a la capital inglesa, absolvió a Soleimanpour y lo dejó en libertad. La otra novedad importante del juez es que menciona la palabra "genocidio" en referencia al atentado, aunque termina inclinándose por "crimen de lesa humanidad", ya que fue una acción "que tuvo por fin atentar contra una población civil, en el contexto de persecución de la religión judía y la utilización del poder el Estado –el de Irán– para fines tan altamente contrarios al bien común". Ante el fallo, Irán amenaza con romper relaciones.
La resolución de Canicoba Corral es breve, 24 páginas, si se tiene en cuenta las implicancias del texto: se pide la detención de un ex presidente y ministros de otro Estado, se envía un exhorto a Irán pidiendo la extradición de esos funcionarios y un oficio a Interpol para que se los capture si se los detecta en algún lugar del planeta.
El régimen de Teherán nunca aceptó colaborar con la Justicia argentina y es obvio que no lo hará ahora cuando el presidente iraní, Mohmoud Ahmadineyad, encarna una política aún más dura que la existía en 1994. Rafsanjani, de quien ahora se pide la captura, compitió en las últimas elecciones representando al sector moderado, mientras que Ahmadineyad ha profundizado la orientación teológica y reiteradamente aboga por la destrucción de Israel y el desconocimiento del Holocausto.
El texto de Canicoba convalida las 800 páginas del dictamen de los fiscales Alberto Nisman y Marcelo Martínez Burgos. Es más, buena parte del fallo consiste en citar fojas y legajos que a su vez fueron citados por los fiscales. Y el peso probatorio también es el mismo. Canicoba considera creíbles los seis testimonios de disidentes y opositores al régimen de Teherán que son los que mencionan una reunión en Pashad en agosto de 1993 donde, según ellos, se decidió el ataque contra la AMIA. Ninguno de los testigos estaba en Irán en el momento de esa cumbre del Comité de Asuntos Especiales, la mayoría ya había abandonado el país cuatro años antes, pero el juez, y antes los fiscales, afirman que se trata de testimonios coincidentes y sólidos. Quienes objetan esa mirada dicen que es como considerar válido el testimonio de seis exiliados cubanos de Miami que dicen que están seguros de que hubo una reunión, por ejemplo, entre Fidel Castro y Raúl Castro en la que se decidió algo delictivo.
El juez y los fiscales toman lo dicho por los disidentes como prueba fundamental, pero agregan que en tiempos del atentado hubo mayor entrada y salida de correos diplomáticos, el embajador iraní se ausentó del país, mientras que llegaban a la Argentina otros representantes de Irán a los que se evalúa como sospechosos. A ello suman informes de inteligencia que dicen que el atentado fue perpetrado por Irán. La debilidad de la acusación es que no hay una sola prueba que vincule directamente un domicilio con la camioneta que estalló en la AMIA, no se encontró ningún rastro de la llegada del supuesto suicida a la Argentina ni cuales fueron las casas seguras que usaron ni quienes acompañaron en varios vehículos a la camioneta en su camino a la calle Pasteur. De todas maneras, el juez dice que "para este estadio del proceso, que no es todavía un pedido de condena, hay suficientes elementos como para detener y llamar a declaración indagatoria a los imputados".
En las 800 páginas del dictamen que redactaron los fiscales se concluye que no hay pruebas suficientes contra el ex embajador Soleimanpour. Ello evidencia que no se juntaron más evidencias que cuando fue detenido y liberado en Londres hace cuatro años. Sin embargo, Canicoba se mueve con la lógica que indica que si actuó el Estado de Irán como Estado, el embajador era su representante en la Argentina y por lo tanto no pudo estar al margen. El problema es que ya fue sobreseído y liberado por el único juez supuestamente imparcial que vio las pruebas: el magistrado británico.
Respecto de la calificación de "crimen de lesa humanidad", Canicoba amaga con vincular el caso con un genocidio. Lo dice expresamente en el texto. Lo que sucede es que el genocidio se utiliza para calificar hechos de otra envergadura, sistemáticos, de eliminación de una comunidad o de gran parte de una comunidad. Al final, en el texto no queda claro si Canicoba se inclina o no por la calificación de genocidio, aunque sí dice claramente que se trata de un crimen de lesa humanidad por la participación de un Estado y por le hecho de que el ataque obedece a razones de raza o religión.
A partir de ahora, el gobierno nacional, a través de la Cancillería, cursará los pedidos de captura. Es obvio que Irán no va a colaborar. Es más, ya venía amenazando con una ruptura de relaciones porque considera que la investigación fue manipulada por los servicios de inteligencia de Estados Unidos, Israel y la Argentina. Pero habrá que ver qué actitud toma el Ejecutivo, en especial cuando pasen los meses. Allí se vendrán las presiones –de Washington, Jerusalén y los dirigentes de la comunidad judía– para que se produzca un gesto más duro de denuncia contra Irán. Y en ese momento, el Ejecutivo tendrá que evaluar lo que hace. Puede moverse con cautela considerando que –como lo admite el juez– los elementos no son suficientes para una condena o puede avanzar en un nuevo escalón de denuncias contra Irán, considerando que el régimen de Teherán no colabora ni colaboró nunca con la investigación.
10 de noviembre de 2006
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