un tiro en la cabeza
[Raúl Kollmann] El tribunal criticó a Blumberg en la sentencia del juicio por Axel. En los fundamentos del fallo, los jueces hicieron reproches al ingeniero.
Martín ‘el Oso' Peralta, José Díaz y su hermano, Carlos, resolvieron matar a Axel Blumberg porque éste, en un intento de fuga, les había visto la cara. Por lo tanto, para garantizar su impunidad, José Díaz le pegó un tiro en la cabeza. Este es el punto neurálgico de los fundamentos que ayer dio a conocer el Tribunal Oral que juzgó a la banda del Oso. Los magistrados también sostuvieron que no se puede imputar por el homicidio de Axel al resto de la banda, porque no participó ni de la decisión ni de la ejecución. El Tribunal también señaló que el confidente policial Daniel Sagorsky era parte de la banda, al punto que les decía qué auto robar y cómo hacerlo. Pese a ello, los jueces absolvieron a un policía que tenía relación con Sagorsky y a otro que recibió la información, pero no se la pasó al fiscal. A contramano de la opinión del ingeniero Juan Carlos Blumberg –al que critican en numerosos tramos–, en los fundamentos de su fallo los jueces dicen que el fiscal Jorge Sica no actuó mal, que no incurrió en ningún delito, pese a lo cual de todas maneras envían copias del fallo a la Procuración para que evalúe lo que hicieron los cuatro fiscales intervinientes.
En gran parte de las 248 páginas de los fundamentos, los jueces Daniel Alberto Cisneros, Víctor Horacio Blanco y Luis Alberto Nieves enumeraron las abrumadoras pruebas contra la banda del Oso, incluyendo confesiones de casi todos sus miembros. Incluso respecto del momento del asesinato, las evidencias son categóricas y demuestran que el ejecutor fue José Díaz.
En los fundamentos no se acepta un criterio general sobre la banda, del estilo de todos son responsables de todo. Por lo tanto, se desmenuza en cada uno de los secuestros –el de Ana María Nordmann, el de Víctor Mondino, el de Guillermo Ortiz de Rosas y el de Axel Blumberg– qué participación tuvo cada integrante. Las condenas a las parejas de los delincuentes son las más cuestionadas, porque se aduce que todas tuvieron que ver en los secuestros, los cobros de rescate, el lugar donde estaban cautivas las víctimas y la administración del dinero. Pero el Tribunal dice que Vanesa Maldonado actuó en un caso, Verónica Mercado en otro, que Analía Flores, la pareja del Oso Peralta, se ocupó de invertir el dinero y así sucesivamente va describiendo y enumerando pruebas con el criterio de acusar a cada una únicamente por lo que está demostrado.
Esto llevó a penas de reclusión perpetua para el Oso y el mayor de los Díaz, José; 20 años de prisión para Carlos Díaz, que era menor en el momento del secuestro y el homicidio, y penas de 21 años, 18, 16, 14 y 10 para los demás varones que intervinieron en los hechos. En cambio, a las mujeres se le dieron condenas que están entre los ocho y los cinco años de prisión, al considerarlas en general partícipes secundarias de los secuestros, es decir cómplices, pero no vinculadas con el asesinato de Axel.
Una de las discrepancias más notorias que el Tribunal mantiene con Blumberg y el estudio de abogados Durrieu tiene que ver con las penas para los asesinos. Los jueces afirman que el Oso Peralta y los hermanos Díaz toman la decisión de matar a Axel para garantizar su impunidad y que ello se encuadra dentro de lo que se conoce como homicidio criminis causa, que consiste en matar a alguien para tapar un delito. Ese encuadre hubiera permitido la pena de reclusión perpetua con la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado, que en términos concretos significaba que Peralta y Díaz no podrían pedir la libertad condicional hasta pasados los 25 años en prisión. Sin embargo, el estudio Durrieu –según los jueces– se inclinó por acusar a los imputados por secuestro seguido de muerte, que tiene la pena de reclusión perpetua sin la accesoria, con lo que los homicidas se ahorran cinco años en la cárcel: pueden pedir la libertad condicional a los 20. A los jueces les llama la atención que Blumberg, quien acusó al Tribunal por una supuesta benignidad de la pena, se haya inclinado por un encuadre que derivó en una pena más benéfica para los asesinos.
Respecto de los policías, ya se sabe que el Tribunal los absolvió. Los jueces le cuestionan a Blumberg la violencia de sus críticas cuando justamente él pidió la absolución de uno de los dos policías. En realidad, el sobreseimiento que consiguieron los hombres de uniforme llama la atención, porque en paralelo el Tribunal condenó a su confidente, Daniel Sagorsky, como integrante de la banda, al punto que hay escuchas en las que Sagorsky le dice al Oso "levantá el BMW 320, dale que está un viejo, cruzale un auto" y frases similares. Ninguno de los dos oficiales, Daniel Gravina y Juan José Schettino, le dijeron al fiscal que Sagorsky les estaba proveyendo de información sobre la banda y que era parte de la organización.
Respecto del fiscal Sica, los jueces señalan que es fácil criticar ahora, ya transcurridos los hechos, pero que la actuación del funcionario no tuvo la menor incidencia en la muerte de Axel. Los magistrados sientan un criterio: son los secuestradores los protagonistas de los secuestros y sólo a ellos se les puede adjudicar responsabilidad en los homicidios. El Tribunal afirma que Sica dio la instrucción de intentar detener a la banda en el momento de cobrar el rescate, que incluso le advirtió a la Policía Bonaerense y a la SIDE que los delincuentes se manejaban en un auto blindado y que el resto de la acción ya estuvo a cargo de las fuerzas de seguridad. Que hubo fiscales criticados por dejar que los secuestradores se lleven el dinero y fiscales criticados por detener a la banda en el momento del cobro del rescate. Que las dos estrategias produjeron éxitos y fracasos, pero que los fiscales estaban en su derecho de ordenar una estrategia general para cada caso. Por lo tanto, para el Tribunal, Sica no incurrió en ningún delito. Eso sí, los jueces dicen que la Justicia Federal y el Poder Ejecutivo debería establecer un protocolo sobre la forma de actuar ante un secuestro. "De la misma manera que tenemos, después del caso Ramallo, un protocolo para las tomas de rehenes, deberíamos tener otro para los secuestros", concluyen los jueces.
En gran parte de las 248 páginas de los fundamentos, los jueces Daniel Alberto Cisneros, Víctor Horacio Blanco y Luis Alberto Nieves enumeraron las abrumadoras pruebas contra la banda del Oso, incluyendo confesiones de casi todos sus miembros. Incluso respecto del momento del asesinato, las evidencias son categóricas y demuestran que el ejecutor fue José Díaz.
En los fundamentos no se acepta un criterio general sobre la banda, del estilo de todos son responsables de todo. Por lo tanto, se desmenuza en cada uno de los secuestros –el de Ana María Nordmann, el de Víctor Mondino, el de Guillermo Ortiz de Rosas y el de Axel Blumberg– qué participación tuvo cada integrante. Las condenas a las parejas de los delincuentes son las más cuestionadas, porque se aduce que todas tuvieron que ver en los secuestros, los cobros de rescate, el lugar donde estaban cautivas las víctimas y la administración del dinero. Pero el Tribunal dice que Vanesa Maldonado actuó en un caso, Verónica Mercado en otro, que Analía Flores, la pareja del Oso Peralta, se ocupó de invertir el dinero y así sucesivamente va describiendo y enumerando pruebas con el criterio de acusar a cada una únicamente por lo que está demostrado.
Esto llevó a penas de reclusión perpetua para el Oso y el mayor de los Díaz, José; 20 años de prisión para Carlos Díaz, que era menor en el momento del secuestro y el homicidio, y penas de 21 años, 18, 16, 14 y 10 para los demás varones que intervinieron en los hechos. En cambio, a las mujeres se le dieron condenas que están entre los ocho y los cinco años de prisión, al considerarlas en general partícipes secundarias de los secuestros, es decir cómplices, pero no vinculadas con el asesinato de Axel.
Una de las discrepancias más notorias que el Tribunal mantiene con Blumberg y el estudio de abogados Durrieu tiene que ver con las penas para los asesinos. Los jueces afirman que el Oso Peralta y los hermanos Díaz toman la decisión de matar a Axel para garantizar su impunidad y que ello se encuadra dentro de lo que se conoce como homicidio criminis causa, que consiste en matar a alguien para tapar un delito. Ese encuadre hubiera permitido la pena de reclusión perpetua con la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado, que en términos concretos significaba que Peralta y Díaz no podrían pedir la libertad condicional hasta pasados los 25 años en prisión. Sin embargo, el estudio Durrieu –según los jueces– se inclinó por acusar a los imputados por secuestro seguido de muerte, que tiene la pena de reclusión perpetua sin la accesoria, con lo que los homicidas se ahorran cinco años en la cárcel: pueden pedir la libertad condicional a los 20. A los jueces les llama la atención que Blumberg, quien acusó al Tribunal por una supuesta benignidad de la pena, se haya inclinado por un encuadre que derivó en una pena más benéfica para los asesinos.
Respecto de los policías, ya se sabe que el Tribunal los absolvió. Los jueces le cuestionan a Blumberg la violencia de sus críticas cuando justamente él pidió la absolución de uno de los dos policías. En realidad, el sobreseimiento que consiguieron los hombres de uniforme llama la atención, porque en paralelo el Tribunal condenó a su confidente, Daniel Sagorsky, como integrante de la banda, al punto que hay escuchas en las que Sagorsky le dice al Oso "levantá el BMW 320, dale que está un viejo, cruzale un auto" y frases similares. Ninguno de los dos oficiales, Daniel Gravina y Juan José Schettino, le dijeron al fiscal que Sagorsky les estaba proveyendo de información sobre la banda y que era parte de la organización.
Respecto del fiscal Sica, los jueces señalan que es fácil criticar ahora, ya transcurridos los hechos, pero que la actuación del funcionario no tuvo la menor incidencia en la muerte de Axel. Los magistrados sientan un criterio: son los secuestradores los protagonistas de los secuestros y sólo a ellos se les puede adjudicar responsabilidad en los homicidios. El Tribunal afirma que Sica dio la instrucción de intentar detener a la banda en el momento de cobrar el rescate, que incluso le advirtió a la Policía Bonaerense y a la SIDE que los delincuentes se manejaban en un auto blindado y que el resto de la acción ya estuvo a cargo de las fuerzas de seguridad. Que hubo fiscales criticados por dejar que los secuestradores se lleven el dinero y fiscales criticados por detener a la banda en el momento del cobro del rescate. Que las dos estrategias produjeron éxitos y fracasos, pero que los fiscales estaban en su derecho de ordenar una estrategia general para cada caso. Por lo tanto, para el Tribunal, Sica no incurrió en ningún delito. Eso sí, los jueces dicen que la Justicia Federal y el Poder Ejecutivo debería establecer un protocolo sobre la forma de actuar ante un secuestro. "De la misma manera que tenemos, después del caso Ramallo, un protocolo para las tomas de rehenes, deberíamos tener otro para los secuestros", concluyen los jueces.
23 de noviembre de 2006
©página 12
0 comentarios