Blogia
mQh

responsabilidad penal adolescente


[Javier Rebolledo y Luis Narváez] A tres semanas de la Reforma sobre responsabilidad penal adolescente. Ley al límite.
Desde las cero horas del 8 de junio nadie va a poder evitar que un niño de 14 años, si es encontrado culpable de un crimen, vaya a la cárcel. Llega la cuarta etapa de las reformas judiciales. La ley, cuestionada desde antes de regir, establece penas de hasta 10 años para menores de edad.
A José, de 15 años, se le vio salir campante del centro Tiempo Joven, en San Bernardo. Hace sólo unas semanas había intentado robar una tienda junto a un adulto, dejando gravemente herido a un hombre, y en el juicio fue declarado inimputable por ser menor de edad. José no tendrá una segunda oportunidad a partir del 8 de junio. Ese día, todos los jóvenes mayores de 14 años estarán sometidos a la nueva Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (RPA), que con fiscales y jueces especiales serán investigados, sancionados y encarcelados.
Luego de que el 3 de abril pasado la comisión de expertos que estudió la RPA recomendara que su implementación fuera gradual –pues persisten defectos que podrían generar sobrepoblación de los nuevos penales–, el ministerio de Justicia abrió los oídos. Al Ejecutivo sólo le queda de plazo esta semana para proponer ante el Congreso tres cambios a la normativa legal. El apuro viene porque será por la vía de un proyecto de ley de discusión inmediata, que deja al Legislativo con 15 días de plazo máximo para su despacho.
El gobierno decidió flexibilizar las penas para los jóvenes que quedaran internados en centros semicerrados, otorgando a los jueces la posibilidad de conmutar penas de cárcel por sanciones como la libertad asistida, durante un período de ajuste establecido en un año.
Una razón detrás de este cambio está en que con los 17 centros que existen actualmente, en regiones con un territorio más amplio, aumenta el peligro de desarraigo que dificultaría la reinserción social, baluarte de la nueva ley.
Justicia también pretende que el tiempo de control policial para los menores, originalmente establecido en 12 horas, aumente a 24, por las dificultades operativas del horario de los tribunales.
Una tercera modificación es de orden semántico y tiende a recalificar delitos al momento de aplicarse a menores.

Los Traspiés
La RPA establece una pena máxima de hasta 10 años para los infractores entre 16 y 18 años, al tiempo que otorga a la totalidad de los menores un conjunto de garantías, entre las que se encuentran el acceso a educación y programas de rehabilitación contra las drogas. Promulgada en octubre de 2005, su implementación originalmente se programó para junio de 2006, pero debió suspenderse porque no existían las condiciones de infraestructura y preparación del personal necesario.
Cuando las nuevas autoridades de Justicia tomaron la conducción de la RPA, se encontraron con informes venidos del Sename que no tenían asidero en la realidad. "Durante mucho tiempo, el Sename informó erradamente al Ministerio de Justicia sobre los avances en materia de infraestructura", indicó una alta fuente de esa cartera.
También sostuvo que varios directivos del Sename tenían instrucciones de Delia del Gatto, ex directora de dicha institución, para redactar informes favorables, pese a que los avances no se concretaban.
El actual secretario ejecutivo de la Comisión Coordinadora de la Reforma Penal, Andrés
Mahnke, confirmó que al momento de tomar las obras, "en términos generales se encontró que el sistema de recintos de régimen semicerrado no estaba ni siquiera iniciado".
Pese a que Del Gatto informó sobre los avances de las obras, el funcionario aclaró que "no conozco los dichos de la ex directora. Si es que ella dijo que los recintos semicerrados estaban listos, no estaban avanzados. Los que estaban construidos eran los cerrados, y ahora hemos tenido que intervenirlos, fundamentalmente para mejorar las plazas de cobertura, mejorar los anillos de seguridad y la tecnovigilancia".
Con el tiempo al límite, sin espacio para conflictos de última hora, el lobby del ministro Carlos Maldonado en el Congreso para efectuar los cambios de último momento habría dado resultado. Esto a pesar de la posición de la Alianza, que en esencia prefiere que la ley se aplique tal como está. El senador Alberto Espina (RN) descartó cualquier medida que tienda a suspender su inicio, ya que sostuvo que "el ministro Maldonado dijo algo directo y concreto. El gobierno no va a postergar, porque están todas las condiciones para que comience a funcionar".

Espíritu Positivo
Pero en los diez años que ha durado la discusión sobre la RPA ha habido muchos cambios, y entre expertos, organizaciones e instituciones convidadas a la redacción del texto legal, la propuesta se fue endureciendo cada vez más, lejos del espíritu inicial.
Andrés Mahnke sostuvo que "para mí, es una legislación que terminó, como proyecto, con una idea distinta a la que nació; eso es evidente. En un comienzo se abordaban todos los estándares internacionales que debe tener una legislación especial como ésta, y terminó en una legislación que es mejor que el tratamiento de adulto que tienen hoy los jóvenes de 16 a 18 años, y es mejor que el sistema de protección de niños menores de entre 14 y 16, donde no hay un debido proceso porque no hay sistema para eso. Pero es una ley más sancionadora que hace diez años".
Según la normativa antigua, que está por desaparecer, los menores entre 14 y 16 años son inimputables penalmente y sólo se les aplican medidas de "protección", a cargo del Sename. Históricamente, el modelo se ha prestado para esconder penas poco claras y reclusiones en centros de características carcelarias, estimulando la reproducción del círculo delictivo. Tampoco tienen derecho a defensa gratuita. Ejemplo nefasto es el de Roberto Martínez Vásquez, 'El Tila', quien durante su infancia y adolescencia pasó por toda la red del Sename.
En el caso de los adolescentes de entre 16 y 18 años, se aplica el examen de "discernimiento" respecto de los delitos cometidos. Pamela Soto, sicóloga y magíster en derecho de infancia y adolescencia, señaló que los elementos de juicio en este caso son altamente discrecionales, y que el discernimiento ha sido superado.
Si el juez determina que había conciencia del delito, el menor es condenado como adulto y recluido en recintos de gendarmería. De lo contrario pasa a los centros del Sename, bajo la figura de protección. "El hecho de haber separado la protección de la infracción y haber desarrollado una ley sólo dedicada a este último punto me parece un paso. Por otro lado, en el caso de los 16 a 18 años, la eliminación del discernimiento es otro paso", explicó Soto.
Sin embargo, desde la intención preliminar de la RPA hasta el presente, los cambios fueron mayúsculos. De una pena máxima determinada en tres años de presidio, se llegó a condenas de hasta diez años para los menores entre 16 y 18 años, y los comprendidos entre los 14 y 16 hasta cinco años, según la gravedad del delito
"Diez años es una eternidad para un adolescente. La pena privativa de libertad tiene efectos que han sido estudiados y que son muy nocivos para los adolescentes y sus familias, por lo que reducirla en tiempo y reservarla para los casos más graves parece razonable. Estamos hablando de la adolescencia, una etapa crítica en el desarrollo de la identidad y desde todo punto de vista. Lo que haces o dejas de hacer en ese período tiene impacto en tu vida futura de una manera mucho más radical que en la adultez", explicó Pamela Soto.

La Historia Oficial
Por tres etapas claramente definidas pasó la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. En 1998 se elaboró un anteproyecto que contemplaba un catálogo de delitos restringido, donde los más graves serían merecedores de penas privativas de libertad. Este primer esbozo, bajo el alero de Unicef y las normas de la Convención de Derechos del Niño, establecía como pena máxima tres años de cárcel para los menores que cometieran los llamados delitos "graves". En 2002 la situación había cambiado. En medio de las protestas estudiantiles de ese año, si bien los indicadores no señalaban un aumento significativo en la cantidad de delitos cometidos por adolescentes, la percepción de la ciudadanía indicaba que el temor había crecido. El gobierno envió al Congreso un proyecto que aumentaba la pena máxima de cárcel a cinco años, aumentando el catálogo de delitos y también aquellos considerados graves.
Fue en el Senado, sin embargo, donde el proyecto sufrió los cambios más drásticos. En 2005, la pena máxima de cárcel creció a diez años para los menores de entre 16 y 17 años y cinco años para los de entre 14 y 15. Además, se eliminó el catálogo de delitos graves y faltas elaborado especialmente para los menores, reemplazándolo por la aplicación de las sanciones contenidas en el Código Penal con una rebaja de la condena de un grado hasta el mínimo.
Alberto Espina, entonces presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado, fue uno de los impulsores del endurecimiento y el abanderado por penas más altas. De los proyectos anteriores señaló que junto al resto de la comisión debieron rehacerla completamente: "Creo que es una ley muy mala, quizás una de las más malas que me haya tocado ver en el Congreso. Al final era una iniciativa legal que facilitaba mucho más la libertad de los delincuentes juveniles, en vez de poner normas más claras, rígidas y dándole siempre la oportunidad a un joven de rehabilitarse", declaró. La mano había cambiado.
¿Qué primó para llevar a cabo las modificaciones a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente? Según la criminóloga de la Universidad Central María Angélica Jiménez, el trato que los medios de comunicación le han dado al tema: "La delincuencia hoy es vista por muchos políticos como un tema electoral en circunstancias que el estudio debe ser científico. La presión por dar una respuesta política a este tema lo deforma, sacándolo del rango de cuidado que debe tener. Hace 20 años, ningún político hablaba de delincuencia. Es durante la década pasada que todos se pronuncian sobre tendencias que muchas veces no tienen ningún carácter científico".
En 2003, Jorge Manzi y Ellen Helsper, de la Escuela de Psicología de la Universidad Católica, advirtieron sobre los efectos de los medios de comunicación en su estudio 'Sentido de seguridad en Santiago'. Ahí establecieron que las personas que no habían sido víctimas de delitos manifestaban un grado de temor similar a quienes sí habían sido víctimas de la delincuencia. En este mismo sentido, la Encuesta Nacional de Seguridad Urbana de 2005, efectuada por el INE a nivel nacional, señaló que un 48,6% de las personas entrevistadas creía que sería víctima de algún delito en los próximos 12 meses, en circunstancias que sólo un 38,3% había sufrido uno en igual período.

La Pena
El endurecimiento de las penas sobre los adolescentes parece desmedido si se considera que según las cifras de Carabineros de 2006, entre los aprehendidos por delitos, los menores de entre 14 y 17 años representan el 9,1% del total. Incluso, este tipo de cifras son vistas con desconfianza por María Angélica Jiménez, debido a que podrían no representar la realidad delictual. "Los jóvenes son el grupo sobre el que se ejerce más control policial, mucho más que sobre población de más de 40 años y sobre 20 y 50. Eso no quiere decir que los jóvenes cometan más delitos, sino que están más expuestos al control del delito", explica.
Según los funcionarios del Frente de Trabajadores del Sename, los arreglos de las instalaciones para poner en marcha la nueva ley no han sido profundos. Antuhué, ubicado cerca de Graneros y que servirá como centro cerrado, es famoso por su aislamiento de la sociedad. Ubicado al interior de la cordillera de la Costa, ahí, los chicos se han cosido la boca con hilo en señal de protesta por la mala condición de la comida, la distancia con sus seres queridos y los efectos del encierro. En los patios, de ocho metros de largo, caminan en círculos para pasar el rato. En la mayoría de los casos se reproduce el sistema carcelario donde los más fuertes someten a los más débiles, violándolos y transformándolos en sus 'señoras', un rol que imita al de la esposa.
La nueva ley intenta combatir parte de estos efectos. Los delitos de mayor connotación social tendrán penas más severas. Y los más graves impiden la salida fuera del penal. Por el contrario, a aquellos con penas de entre 61 días y cinco años, se les otorga el derecho a ingresar a recintos semicerrados. Los menores que cometan delitos menos graves tienen la posibilidad de acogerse a otras salidas, que van desde la libertad asistida, la prestación de servicios en beneficio de la comunidad, reparación del daño causado, hasta multa y amonestación.
Según el jefe de la Unidad de Defensa Penal Juvenil, Gonzalo Berríos, la nueva ley no logró incorporar suficientes salidas alternativas, "como puede ser la relación directa entre la víctima y el delincuente, lo que ayuda, entre otras cosas a disminuir el temor y a desestigmatizar la delincuencia. Creo que en un futuro se debería modificar la ley".
En todos los casos, la ley establece un sistema de reinserción social que contempla la continuidad de estudios. En el caso de los recintos cerrados, tendrán colegios en el mismo centro, y los semicerrados, fuera de él. También se garantiza el tratamiento contra la adicción a las drogas a través de la existencia de dependencias de Conace en cada uno de los centros cerrados. Para la inserción laboral se impartirá educación técnica y también cursos Sence.
María Angélica Jiménez considera grave que las penas máximas hayan quedado tan elevadas. "Cuando las penas se establecen en un sistema penal, la evidencia científica muestra que se usan con frecuencia, aunque en el papel se establezca que son para casos excepcionales. Por otro lado, los efectos de la privación de libertad son muy negativos porque reproducen el círculo de criminalización ascendente. Esto se da en el Sename o gendarmería. Es macabro", explica. Una parte importante de la ley se sustenta en los centros semicerrados, una de las apuestas del sistema de privación de libertad para evitar los efectos del encierro. "¿Qué va a pasar con los menores que viven en Tiltil y que van a ir a parar a un lugar ubicado a cientos de kilómetros de distancia?", se pregunta Alicia del Basto, vocero del Frente de Trabajadores del Sename.
Una nota de alerta aparte lo constituye el caso del histórico centro Tiempo Joven, en San Bernardo. El martes pasado los jóvenes se amotinaron y tomaron como rehenes a sus funcionarios. El abogado penalista Miguel Soto Piñeiro considera que las preocupaciones de los trabajadores, tal como funciona hoy el sistema, tienen asidero: "El nuevo funcionamiento en cada una de sus partes puede tener buenas intenciones en el papel, pero va a depender de las ganas que el gobierno tenga de meterse la mano en el bolsillo. Sin medios, será más de lo mismo".

6 de mayo de 2007
©la nación
©traducción mQh
rss

0 comentarios