cómo financiamos la pensión de vejez
columna de mérici
En julio, en otro lugar publiqué una breve nota sobre un proyecto de financiación de las pensiones de vejez, que han sido introducidas por primera vez en Chile por la presidenta Bachelet y que será seguramente uno de los grandes logros de su gobierno.
El proyecto sugería que el estado asignase o prestase a los ciudadanos al cumplir catorce años, un importe que debería ser apartado (ahorrado) en algún fondo de inversiones en el país o internacional a un plazo razonable, "de tal modo que al cumplir [...] los 65 años pudiese empezar a cobrar un beneficio mensual, léase pensión de vejez", que según mis cálculos sería entonces muy superior al salario mínimo.*
Yo pedía en esa nota a algún economista que sacase mejor las cuentas que yo y considerase la viabilidad del proyecto.
El proyecto se basa en general en varios sistemas de pensión europeos, donde se ha convertido en una práctica establecida. Mi propuesta era entonces: ¿Por qué no lo adoptemos ajustado a la realidad de Chile?
No se apareció ningún economista a darme una mano.
Hoy (3 del 12 de 2007) publica El Mercurio un editorial con unas reflexiones sobre un proyecto muy similar. Y empieza así: "Ha ganado seguidores la idea de que el fisco subsidie con 15 UF (casi 300 mil pesos) a cada niño que nazca en Chile, depositando ese dinero en una cuenta individual a su favor, con el fin de prefinanciar una pensión básica de 75 mil pesos por mes a partir de los 65 años de edad".
Yo fijé la edad de inicio de este ahorro en catorce años, que es la edad en que el individuo se convierte en ciudadano de pleno derecho en algunos países. Pero bien pudiera rebajarse al nacimiento. No sé cuáles serían las ventajas o desventajas de esto.
El carácter algo técnico de ese editorial me impide seguir todo el argumento. ¿Cómo funcionaría el sistema si esos dineros de inicialización (digamos, el préstamo o asignación) los adquiriese enseguida el mismo estado a modo de préstamo a una renta razonable o suficiente para el logro de ese propósito, digamos a un plazo de 51 años -14 más 51 = 65 años)?
Como quiera que sea, me alegra que es una idea que está ganando seguidores, como dice El Mercurio.
* Este es el texto completo de mi columna de julio en atinaChile :
Cómo Financiamos la Pensión de Vejez
¿Qué ocurriría si cuando un ciudadano chileno cumpliese 14 años de vida, el estado chileno le hiciese un préstamo en la forma de un depósito de 100.000 euros o dólares, por decir algo, o 50.000 euros o dólares en algún fondo de inversiones u otra empresa rentable, en el propio país o en el extranjero, a un plazo de 51 años, de tal modo que al cumplir este ciudadano los 65 años pudiese empezar a cobrar un beneficio mensual, léase pensión de vejez, por ejemplo, equivalente a, digamos, cinco salarios mínimos, hasta su muerte, pudiendo ser esta heredada por su cónyuge e hijos? Obviamente, este depósito debería permanecer intocable durante esos 51 años (tanto por el estado como por el ciudadano).
¿Si uno invierte 100.000 dólares ahora, cuál es el beneficio en 10 años? ¿Cuál es el beneficio en 51 años? Al llegar a los 65 años, ¿cuál podría ser el monto de una pensión mensual durante los próximos, digamos, 30 años? ¿Sería posible, por ejemplo, retirar a los 51 años no todo el monto generado, sino solamente iniciar un sistema de pagos mensuales mientras el resto del dinero sigue siendo invertido? Y, ¿sería posible que el estado se pagara el préstamo inicial?
¿Cuántos chilenos tenemos más de 14?
Bueno, me gustaría que algún colega economista sacara cuentas. Tengo curiosidad por saber hasta dónde podemos llegar con un sistema semejante.
Aquí sigue el editorial de El Mercurio :
Aporte Estatal al Nacer
Previsión: ¿aporte estatal al nacer?
Ha ganado seguidores la idea de que el fisco subsidie con 15 UF (casi 300 mil pesos) a cada niño que nazca en Chile, depositando ese dinero en una cuenta individual a su favor, con el fin de prefinanciar una pensión básica de 75 mil pesos por mes a partir de los 65 años de edad.
Se aduce que esta idea resalta cómo el paso del tiempo, con un mayor horizonte, agranda el beneficio del ahorro. Sin embargo, los aumentos de horizonte también aumentan el sacrificio de ahorrar, pues el consumo se posterga por más tiempo: así, el beneficio neto de ahorrar puede ser nulo o negativo.
Si ahorrar no tuviera costo, sería conveniente que el fisco depositara un subsidio a nombre de cada grupo de niños que aún no ha nacido, incluso antes de la fecha esperada de nacimiento. Por ejemplo, si se otorgara el subsidio 10 años antes de que nazcan y la rentabilidad real fuera seis por ciento anual, bastaría un subsidio de sólo 8,4 UF por niño. Sin embargo, el sacrificio asociado a adelantar tanto el ahorro rebajaría el beneficio neto por debajo de cero.
El economista Ramón Delpiano ofrece otra justificación: que las AFP administrarían el ahorro con mayor eficiencia que el fisco. Para evaluar ese argumento, es esencial controlar por el nivel de riesgo de la inversión. La cuestión es si el fisco obtendría un excedente si emitiera deuda pública de largo plazo y destinara esos recursos a adquirir cuotas del multifondo E) de las AFP, que invierte sólo en renta fija, pues ése es el que tiene igual riesgo. No sería válido comparar con el caso en el que esos recursos se invierten en el multifondo A) —que mantiene en acciones más de 60 por ciento de la cartera—, porque el fisco soportaría un gran riesgo, además de una mayor rentabilidad esperada. Si el sector público no tiene ventajas sobre los privados para especular, el principio de subsidiariedad sugiere descartar esta idea.
Por otra parte, si el fisco lograra algún excedente, ¿cómo debería gastarlo? No conviene otorgar subsidios a personas que fallecen antes de cumplir 65 años, pues en tal caso los recursos son heredados por otros que ya tienen su propia pensión básica. ¿Conviene otorgar subsidios a personas de 65 años que son ricas, o que autofinancian pensiones contributivas superiores a 200 mil pesos al mes? Una pensión universal como ésa sería propia de un Estado de Bienestar.
La universalidad del subsidio eleva el costo fiscal, forzando a subir alguna tasa de impuesto o de retiro de algún otro subsidio, causando nuevas distorsiones. Por las razones indicadas, esta propuesta, aunque bien intencionada y atractiva a simple vista, admite serias discrepancias técnicas en cuanto a su eficiencia.
[mérici]
[atinaChile]
El proyecto sugería que el estado asignase o prestase a los ciudadanos al cumplir catorce años, un importe que debería ser apartado (ahorrado) en algún fondo de inversiones en el país o internacional a un plazo razonable, "de tal modo que al cumplir [...] los 65 años pudiese empezar a cobrar un beneficio mensual, léase pensión de vejez", que según mis cálculos sería entonces muy superior al salario mínimo.*
Yo pedía en esa nota a algún economista que sacase mejor las cuentas que yo y considerase la viabilidad del proyecto.
El proyecto se basa en general en varios sistemas de pensión europeos, donde se ha convertido en una práctica establecida. Mi propuesta era entonces: ¿Por qué no lo adoptemos ajustado a la realidad de Chile?
No se apareció ningún economista a darme una mano.
Hoy (3 del 12 de 2007) publica El Mercurio un editorial con unas reflexiones sobre un proyecto muy similar. Y empieza así: "Ha ganado seguidores la idea de que el fisco subsidie con 15 UF (casi 300 mil pesos) a cada niño que nazca en Chile, depositando ese dinero en una cuenta individual a su favor, con el fin de prefinanciar una pensión básica de 75 mil pesos por mes a partir de los 65 años de edad".
Yo fijé la edad de inicio de este ahorro en catorce años, que es la edad en que el individuo se convierte en ciudadano de pleno derecho en algunos países. Pero bien pudiera rebajarse al nacimiento. No sé cuáles serían las ventajas o desventajas de esto.
El carácter algo técnico de ese editorial me impide seguir todo el argumento. ¿Cómo funcionaría el sistema si esos dineros de inicialización (digamos, el préstamo o asignación) los adquiriese enseguida el mismo estado a modo de préstamo a una renta razonable o suficiente para el logro de ese propósito, digamos a un plazo de 51 años -14 más 51 = 65 años)?
Como quiera que sea, me alegra que es una idea que está ganando seguidores, como dice El Mercurio.
* Este es el texto completo de mi columna de julio en atinaChile :
Cómo Financiamos la Pensión de Vejez
¿Qué ocurriría si cuando un ciudadano chileno cumpliese 14 años de vida, el estado chileno le hiciese un préstamo en la forma de un depósito de 100.000 euros o dólares, por decir algo, o 50.000 euros o dólares en algún fondo de inversiones u otra empresa rentable, en el propio país o en el extranjero, a un plazo de 51 años, de tal modo que al cumplir este ciudadano los 65 años pudiese empezar a cobrar un beneficio mensual, léase pensión de vejez, por ejemplo, equivalente a, digamos, cinco salarios mínimos, hasta su muerte, pudiendo ser esta heredada por su cónyuge e hijos? Obviamente, este depósito debería permanecer intocable durante esos 51 años (tanto por el estado como por el ciudadano).
¿Si uno invierte 100.000 dólares ahora, cuál es el beneficio en 10 años? ¿Cuál es el beneficio en 51 años? Al llegar a los 65 años, ¿cuál podría ser el monto de una pensión mensual durante los próximos, digamos, 30 años? ¿Sería posible, por ejemplo, retirar a los 51 años no todo el monto generado, sino solamente iniciar un sistema de pagos mensuales mientras el resto del dinero sigue siendo invertido? Y, ¿sería posible que el estado se pagara el préstamo inicial?
¿Cuántos chilenos tenemos más de 14?
Bueno, me gustaría que algún colega economista sacara cuentas. Tengo curiosidad por saber hasta dónde podemos llegar con un sistema semejante.
Aquí sigue el editorial de El Mercurio :
Aporte Estatal al Nacer
Previsión: ¿aporte estatal al nacer?
Ha ganado seguidores la idea de que el fisco subsidie con 15 UF (casi 300 mil pesos) a cada niño que nazca en Chile, depositando ese dinero en una cuenta individual a su favor, con el fin de prefinanciar una pensión básica de 75 mil pesos por mes a partir de los 65 años de edad.
Se aduce que esta idea resalta cómo el paso del tiempo, con un mayor horizonte, agranda el beneficio del ahorro. Sin embargo, los aumentos de horizonte también aumentan el sacrificio de ahorrar, pues el consumo se posterga por más tiempo: así, el beneficio neto de ahorrar puede ser nulo o negativo.
Si ahorrar no tuviera costo, sería conveniente que el fisco depositara un subsidio a nombre de cada grupo de niños que aún no ha nacido, incluso antes de la fecha esperada de nacimiento. Por ejemplo, si se otorgara el subsidio 10 años antes de que nazcan y la rentabilidad real fuera seis por ciento anual, bastaría un subsidio de sólo 8,4 UF por niño. Sin embargo, el sacrificio asociado a adelantar tanto el ahorro rebajaría el beneficio neto por debajo de cero.
El economista Ramón Delpiano ofrece otra justificación: que las AFP administrarían el ahorro con mayor eficiencia que el fisco. Para evaluar ese argumento, es esencial controlar por el nivel de riesgo de la inversión. La cuestión es si el fisco obtendría un excedente si emitiera deuda pública de largo plazo y destinara esos recursos a adquirir cuotas del multifondo E) de las AFP, que invierte sólo en renta fija, pues ése es el que tiene igual riesgo. No sería válido comparar con el caso en el que esos recursos se invierten en el multifondo A) —que mantiene en acciones más de 60 por ciento de la cartera—, porque el fisco soportaría un gran riesgo, además de una mayor rentabilidad esperada. Si el sector público no tiene ventajas sobre los privados para especular, el principio de subsidiariedad sugiere descartar esta idea.
Por otra parte, si el fisco lograra algún excedente, ¿cómo debería gastarlo? No conviene otorgar subsidios a personas que fallecen antes de cumplir 65 años, pues en tal caso los recursos son heredados por otros que ya tienen su propia pensión básica. ¿Conviene otorgar subsidios a personas de 65 años que son ricas, o que autofinancian pensiones contributivas superiores a 200 mil pesos al mes? Una pensión universal como ésa sería propia de un Estado de Bienestar.
La universalidad del subsidio eleva el costo fiscal, forzando a subir alguna tasa de impuesto o de retiro de algún otro subsidio, causando nuevas distorsiones. Por las razones indicadas, esta propuesta, aunque bien intencionada y atractiva a simple vista, admite serias discrepancias técnicas en cuanto a su eficiencia.
[mérici]
[atinaChile]
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