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tipificarán delito de genocidio


Senado aprobó tipificar delitos de genocidio y lesa humanidad. Por unanimidad los senadores aprobaron el proyecto que tipifica los delitos de genocidio, lesa humanidad y de guerra, primer paso para que se ratifique el Estatuto de Roma que crea la Corte Penal Internacional.
Valparaíso, Chile. Un apoyo unánime del Senado obtuvo el proyecto que tipifica los delitos de genocidio, lesa humanidad y de guerra, iniciativa que abre paso a la posibilidad de ratificar el Estatuto de Roma que crea la Corte Penal Internacional.
El texto que quedó en condiciones de cumplir su segundo trámite en la Cámara de Diputados, define como crímenes de lesa humanidad el acto que sea cometido como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y que responda a una política del Estado o de sus agentes.
Asimismo puede provenir de parte de grupos armados que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerzan sobre algún territorio un control que les permita realizar operaciones militares, o de grupos organizados que detenten un poder que favorezca la impunidad de sus actos.
La iniciativa señala que comete genocidio el que -con la intención de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial o religioso- mate a uno o más miembros de ese grupo, les cause menoscabo grave en su salud física o mental, someta al grupo a condiciones de existencia que puedan causar su destrucción física total o parcial, como la privación del acceso a alimentos o medicinas.
También se plantea como genocida quien aplique medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo o traslade por fuerza a menores de 18 años a otro grupo.
En lo que respecta a los delitos y crímenes de guerra, el proyecto señala que se sancionarán diferentes conductas cometidas en el contexto de un conflicto armado, sea este de carácter internacional o no.
De este modo se sancionará a quienes provoquen intencionalmente hambruna a la población civil como método de hacer la guerra, privándola de los objetos indispensables para su supervivencia, incluido el hecho de obstaculizar deliberadamente los suministros de socorro de conformidad con los Convenios de Ginebra.
También se penalizará al que emplee veneno, armas envenenadas, gases asfixiantes, tóxicos o similares o cualquier líquido, material o dispositivo análogo que pueda causar la muerte o un grave daño para la salud; y al que  use, conociendo sus resultados, balas que se abran o aplasten fácilmente en el cuerpo humano.

8 de abril de 2009
©la nación
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1 comentario

Jorge -

En Peru el Estado Peruano -5 junio 09- envio tropas a una zona etnica, donde se apostaban miles de nativos bloqueando las carreteras - por 55 dias-, a lo que el gobierno respondio matando (oficialmente) 10 nativos (quienes a su vez mataron 23 efectivos policiales, algunos de ellos que no participaban del hecho). Entonces, me agradaria saber su opinion acerca de que si esto constituye o no Genocidio. Para tipificar el delito adecuadamente les comento que la causa de todo esto es la dacion de una ley que amenazaba la propiedad de las etnias. Hay muchos lesionados de parte de los nativos, como 100 mas o menos, de los cuales se tendra que analizar quienes son temporales o permanentes. Que fue esto? Excesiva fuerza de parte de la policia o una politica sistematica de Genocidio contra los Nativos???