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recuerdos de provincia


Si un delito anterior a la definición de crimen de lesa humanidad es susceptible de ser descrito como tal, como tal ha de ser descrito y juzgado.
[Horacio Verbitsky] El lunes pasado el plenario del Tribunal Europeo de Derechos Humanos confirmó la condena a Vasiliy Kononov, de 87 años, por crímenes de guerra cometidos en 1944 contra ciudadanos letones. El ex militar soviético negaba que fueran crímenes de guerra y aducía, como los lobbystas de la Corporación de Abogados Católicos, que si lo fueran habrían prescripto. En 1944, cuando Letonia era un anexo de la Unión Soviética, las tropas alemanas ocupantes asesinaron en la aldea Mazie Bati a un grupo de partisanos escondidos en una granja. Kononov dirigía un comando soviético de los ‘Partisanos Rojos’, que tomó represalias sobre los habitantes de Mazie Bati por delatar el escondite a los alemanes. En mayo de 1944 ingresaron a la aldea, vestidos con uniformes del ejército alemán para no llamar la atención y atacaron las casas de los habitantes. Sacaron a todos de las camas o de la ducha, los golpearon, y prendieron fuego a sus casas con ellos adentro. La mujer de un granjero, embarazada de nueve meses, escapó pero los partisanos la volvieron a arrojar a la casa en llamas. A otro hombre lo dejaron agonizar hasta el día siguiente. Después de la derrota alemana Kononov fue condecorado con la Orden de Lenin. Recién en 1990 Letonia recuperó su independencia, y en 1998 el Centro para la Documentación de las Consecuencias del Totalitarismo acusó a Kononov por los crímenes de 1944. Juzgado en 2004, Kononov negó su participación personal, si bien estaba a cargo del comando, y dijo que permitió que "se distorsionaran los hechos" para su gloria personal. Según su versión, un tribunal militar ad hoc había hallado culpables a los habitantes del delito de traición, y su comando debía arrestarlos para llevarlos a juicio. No pudo hacerlo porque los aldeanos comenzaron a disparar y obligaron a su comando a abrir fuego. El plenario del Tribunal Europeo confirmó la condena de la justicia de Letonia. No consideró probado que los aldeanos hubieran disparado y sostuvo que en 1944 los actos cometidos ya eran considerados crímenes de guerra a la luz de los principios e instrumentos internacionales que protegen tanto a los ciudadanos ajenos al conflicto como al enemigo cuando ha cesado el combate. Dijo que esos crímenes eran imprescriptibles entonces y lo siguen siendo hoy.

23 de mayo de 2010
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