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don mario acepta condena por asesinato


De personero de El Castillo.
[Colombis] Daniel Rendón Herrera, alias ‘Don Mario’ fue condenado por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Villavicencio a 15 años y nueve meses de prisión, por el asesinato de un personero de El Castillo, Meta.
Los hechos investigados ocurrieron el 1 de noviembre de 2002, cuando hombres armados interceptaron a Mario Castro Bueno, personero de El Castillo (Meta), lo bajaron de un vehículo de servicio público que iba de la población de Medellín del Ariari a la de El Dorado, lo ataron y lo ultimaron con arma blanca.
Rendón Herrera, ex jefe del ‘Bloque Centauros’ de las autodefensas junto al extinto José Miguel Arroyave, alias ‘Arcángel’, cumplió en noviembre de 2010 la diligencia de formulación de cargos para sentencia anticipada; ’Don Mario’ está en la cárcel La Picota de Bogotá desde su captura en abril de 2009.
27 de mayo de 2011
25 de mayo de 2011
©verdad abierta

condenan al pájaro por masacre en codazzi


El Juzgado Penal del Circuito Especializado de Descongestión Adjunto de Valledupar, sentenció al ex paramilitar Hernán De Jesús Fontalvo Sánchez, alias ‘El Pájaro’, a la pena de 28 años y tres meses de cárcel, por el secuestro y posterior asesinato de un grupo de personas en el municipio de Codazzi.
Colombia. El desmovilizado fue hallado responsable en calidad de coautor de delitos de homicidio agravado y secuestro extorsivo, por los hechos ocurridos el 23 de septiembre de 1996, en el municipio de Agustín Codazzi, cuando un grupo de hombres pertenecientes a las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá, al mando de Salvatore Mancuso, irrumpieron violentamente en la población.
En esa incursión armada  fueron retenidas 11 personas, y el asesinato de otra personas que no estuvo en el grupo de secuestrados, y que fue muerta en el operativo militar cuyo objetivo principal era hacer saber a los habitantes de la población sobre la presencia de las AUC en la zona.
Posteriormente, el 30 de enero de 1997, fueron dejados en libertad dos de los secuestrados quienes fueron rescatados por la Cruz Roja, en una zona comprendida entre los departamentos de Antioquia y Córdoba.
Sin embargo, de los otros cautivos solo se tuvo noticias mediante investigaciones de Policía Judicial y la confesión de este crimen que hicieron otros coautores de la incursión armada ante los fiscales de Justicia y Paz, quienes confirmación que estos habían sido asesinado.
27 de mayo de 2011
26 de mayo de 2011
©verdad abierta

bloque bananero y sus 447 paramilitares


El grupo paramilitar que estuvo a cargo de alias ‘Carepollo’ o ‘H.H.’ tuvo dos frentes y varios grupos que delinquieron desde Turbo hasta Belén de Bajirá, en el Urabá antioqueño. Radiografía de un grupo que llevó el terror a esa región del país
Colombia. En la audiencia de control de legalidad contra el exjefe paramilitar alias ‘H.H.’, la Fiscalía 17 de Justicia y Paz documentó y contó los frentes que integraron este Bloque, y las zonas en las que los paramilitares cometieron asesinatos, desplazamientos y desapariciones.
La historia pudo ser reconstruida a partir de las confesiones de varios de los 139 exparamilitares de ese grupo que están postulados a la Ley de Justicia y Paz, incluyendo a ‘H.H.’ y a Raúl Emilio Hasbún alias ‘Pedro Bonito’, jefe de uno de los tres frentes del Bananero.

El Bananero Que Se Convirtió en ‘Para’
En 1996 los paramilitares a cargo de alias ‘H.H.’ tenían como base el municipio de Turbo, desde donde delinquían con un grupo de rurales y otro de urbanos con el pretexto de combatir a los Frentes 5, 57 y 58 de las Farc, y hacer ‘inteligencia’ en los pueblos para matar a todas las personas que fueran señaladas de pertenecer o colaborar con la guerrilla.
Según la Fiscalía, el grupo de ‘H.H.’ empezó a crecer con la financiación que les daba Vicente Castaño, jefe paramilitar de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá (Accu), por medio de las oficinas de cobros que tenía en Medellín a cargo de alias ‘Lucas’ y ‘Merchán’.
En una versión libre del 23 de marzo de 2008, Raúl Emilio Hasbún contó que, siendo un empresario bananero, buscó a Vicente Castaño en 1996 para unirse a los paramilitares del Urabá, porque el Epl propició la invasión de sus tierras. "Yo viajé a las Tangas y allá Vicente me dijo que me daba una buena y una mala noticia. La buena era que las Accu me daban 40 hombres. La mala, que yo iba a ser el comandante del nuevo grupo", dijo el exjefe paramilitar.
Hasbún contó que le dijo que no sabía nada de estrategia militar y que nunca había visto un muerto. Aceptó ser el jefe de un grupo enviado por Castaño, que luego en la región se conoció como el ‘Grupo de Pedro Bonito’, el alias que empezó a utilizar Hasbún. La Fiscalía documentó que en 1996 este grupo apareció como una contraguerrilla y que a partir de 2000 comenzó a llamarse Frente Arlex Hurtado, tras la muerte de alias ‘Chivo’, un jefe paramilitar de ese grupo.
"El grupo de ‘Pedro Bonito’ tuvo influencia en el sur de Turbo y en el norte de Mutatá. Luego se movió en toda la zona ganadera, por el sector de Currulao y Salvador hasta Bajirá", dijo la Fiscalía.
En menos de un año, el ‘Grupo de Los 20’ o ‘Los Escorpiones’ se convirtió en el Boque Bananero, que seguía teniendo su base principal en Turbo. Desde allí alias ‘H.H.’ siguió delinquiendo con un grupo conocido como Frente Turbo, mientras alias ‘Pedro Bonito’ lo hizo con el Frente Arlex Hurtado en Apartó, Chigorodó y Mutatá, los municipios llamados del Eje Bananero.

El ‘Grupo El Grueso’
Entre marzo y abril de 1997 alias ‘H.H’ huyó de Turbo y se escondió en el Valle del Cauca, tras una atentado que le realizó las Farc. En esa transición, Freddy Rendón Herrera alias ‘El Alemán’, jefe del Bloque Élmer Cárdenas, asumió el grupo paramilitar durante un mes y luego alias ‘Pedro Bonito’ durante otros tres meses.
A su regreso y a partir del segundo semestre de 1997, el Bloque Bananero creó ‘El Grueso’, un grupo de 120 paramilitares que delinquió en Nueva Colonia, corregimiento de Turbo. Ese grupo existió hasta 2000, cuando por orden de Vicente Castaño alias ‘H.H.’ dejó el Bloque Bananero para delinquir en el Bloque Calima, en el Valle del Cauca.
Según lo documentó la Fiscalía, en 2001 apareció un nuevo grupo de paramilitares que inicialmente se llamó Frente Central del Urabá pero que fue conocido como el ‘Grupo de Nueva Antioquia’. "Estuvo conformado por ‘Los Tiburones’, ‘Los Buitres’ y ‘Los Cobra 6’, tres grupos de contraguerrilla que se financiaron con el cobro de impuestos ilegales a los cultivos de teca, y que delinquió en todos los municipios de Turbo hasta la desmovilización", dijo la Fiscalía.
A partir de las actas de inspección de cadáveres y de las confesiones de los exparamilitares, la Fiscalía indicó que los frentes y grupos a cargo de alias ‘H.H.’ y ‘Pedro Bonito’ asesinaron a cientos de personas en los barrios Obrero, Policarpa y El Salvador, en Apartó, y en sitios conocidos como Casa Verde y El Silencio, en Carepa. "Los grupos de urbanos también hicieron controles sobre la comida que ingresaba a los pueblos. Solo permitían una cantidad por familia, que no podía superar la de los padres y máximo tres hijos", indicó la Fiscalía en su exposición.
A la hora de la desmovilización, en noviembre de 2004, ‘H.H.’ asumió como representante pero alias ‘Pedro Bonito’ ocultó su rango y se desmovilizó como patrullero. En su reemplazo, su segundo, Carlos Enrique Vásquez alias ‘Cepillo’ dijo ser el jefe del Frente Arlex Hurtado.
Durante la última sesión de legalización de cargos contra alias ‘H.H.’, en la que se expondrá el contexto y la historia de cómo delinquió el Bloque Bananero, la Fiscalía explicará cómo se financió y que armas usó este grupo paramilitar que llegó a tener 447 personas en sus filas.
27 de mayo de 2011
26 de mayo de 2011
©verdad abierta

¿dónde cree que está? ¿en la alemania nazi?


columna de lísperguer
Zalaquett reprocha a manifestantes no controlar a vándalos.

Creo que el alcalde Zalaquett es un buen ejemplo de un discurso autoritario: los ciudadanos que se manifiestan contra HidroAysén, y en otras causas, aunque se sienten intimidados por vándalos coartan su libertad de expresión, el alcalde responsabiliza a todos de esos desmanes -provocados en realidad en connivencia con las fuerzas de orden, que suelen prender la chispa- y exige que sea la que cree que es una organización secreta, la que se encargue de mantener el orden público, que es atribución exclusiva de Carabineros y la PDI. ¿Quiere que algunos manifestantes formen milicias o grupos paramilitares encargados de atrapar a los revoltosos y entregarlos a la policía so pena de considerarlos a todos culpables? ¿Por qué tendría que hacer eso yo, que voy a la manifestación con mi hijo de tres años? ¿Dónde era que habíamos visto esa manera de pensar? ¿En la Alemania nazi?
lísperguer

justicia militar absuelve a comuneros


Atentado a fiscal: Corte confirma fin del caso en justicia militar. Proceso se desarrollaba en paralelo al juicio que condenó a Héctor Llaitul y otros tres comuneros por el ataque al prosecutor Mario Elgueta en diciembre de 2008. Mapuches completaron este miércoles 71 días de huelga de hambre.
[Claudio Leiva Cortés] Concepción, Chile. La Corte de Apelaciones de Concepción confirmó este miércoles la absolución, por parte de la justicia militar, de los cuatro comuneros mapuches condenados por el atentado contra el fiscal Mario Elgueta.
Este proceso se desarrolló en forma paralela al juicio en el Tribunal Oral Penal de Cañete, que en marzo condenó a Héctor Llaitul Carrillanca y otros tres comuneros, quienes completaron este miércoles 72 días de ayuno en rechazo a este proceso.
El 16 de diciembre pasado, junto con Llaitul, el Juzgado Militar de Valdivia absolvió a Ramón Llanquileo Pilquiman, José Huenuche Reiman y Jonathan Huillical Méndez por el atentado contra el prosecutor, cometido en 2008.
La Corte penquista ratificó esta medida, que fue uno de los acuerdos alcanzados entre el gobierno y los presos mapuches para deponer la huelga de hambre que éstos realizaron el año pasado durante 82 días, en repudio a la Ley Antiterrorista.
El abogado de los mapuches, Pablo Ortega, dijo que la absolución de la Corte de Concepción es un logro, porque rechaza los testigos sin rostro como medios de prueba. Precisamente, este es el principal argumento de la defensa para pedir la nulidad del juicio de Cañete.
"Se constituye en un importante precedente que nos puede dar un optimismo, respecto al recurso de nulidad que se está tramitando en la Corte Suprema", indicó el jurista.
"La Corte Suprema tiene en sus manos fijar un criterio nacional. La Corte de Apelaciones tiene jurisdicción, pero es importante que se respeten los derechos de todos los chilenos", añadió.
El próximo 3 de junio, la Segunda Sala del máximo tribunal confirmará las condenas contra Llaitul y los otros tres miembros de la Coordinadora Arauco Malleco o resolverá que se realice un nuevo juicio, con distintos magistrados.
El 22 de febrero pasado, el Tribunal Oral Penal de Cañete declaró culpables a los cuatro miembros de la CAM por el delito de homicidio calificado frustrado en la persona del fiscal Mario Elgueta, además de un robo con intimidación. Otros 13 mapuches fueron absueltos.
El 22 de marzo, el tribunal leyó la sentencia definitiva y condenó a Llalitul a un total de 25 años de cárcel, mientras que Llanquileo, Huenuche y Huillical recibieron de 20 años de prosión cada uno por los mismos delitos.
Desde el 15 de marzo, los cuatro se encuentran en huelga de hambre en la cárcel de Angol en demanda de la nulidad del juicio. En su opinión, para condenarlos se usaron las herramientas que contempla la Ley Antiterrorista, entre ellas los testigos protegidos. La Corte Suprema resolverá el próximo 3 de junio si anula o confirma el juicio de Cañete.
26 de mayo de 2011
25 de mayo de 2011
©la nación

hiena sufre infarto


Represor Luciano Benjamín Menéndez internado por un infarto.
Argentina. El represor Luciano Benjamín Menéndez sufrió un infarto durante la mañana y fue sometido a una angioplastia en una clínica de San Miguel de Tucumán, donde quedó internado en estado estable. El ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército, que tiene seis condenas a cadena perpetua por crímenes de lesa humanidad, cumple arresto domiciliario en casa de uno de sus hijos en Tucumán, desde donde sigue por videoconferencia el juicio al que es sometido, en Salta, por el secuestro y asesinato del ex gobernador Miguel Ragone.
Menéndez, de 83 años, fue alojado en la Unidad Coronaria del Sanatorio Modelo luego de sufrir el "infarto agudo miocárdico", de acuerdo a las declaraciones de médicos de esa clínica a la radio Cadena 3. Mariano García Zavalía, secretario de Derechos Humanos del Tribunal Oral Criminal de Tucumán, adelantó que un médico forense de la Justicia Federal concurrirá mañana a la clínica para evaluar oficialmente la condición de Menéndez.
Las condenas que carga Menéndez le fueron impuestas en julio y agosto de 2008, en diciembre de 2009, en julio y diciembre de 2010 y en marzo de este año. Menéndez fue sometido a juicio en las provincias de Córdoba y Tucumán por crímenes cometidos cuando ejerció la comandancia del Tercer Cuerpo de Ejército, con asiento en la provincia mediterránea.
26 de mayo de 2011
25 de mayo de 2011
©página 12

quieren reformar ley antiterrorista


Iniciativa legal propone eliminar la posibilidad de acceder a testigos "sin rostro" en juicios por delitos terroristas.
Valparaíso, Chile. Los diputados autores de la iniciativa reconocen algunas debilidades en la Ley Antiterrorista, como la posibilidad de recabar pruebas a través de testigos y peritos protegidos (sin rostro), los que admiten que se les otorgue una contraprestación económica, desnaturalizando así, la esencia de la prueba testimonial.
El proyecto de ley (boletín 7610) fue presentado por los diputados Sergio Aguiló (PS), Lautaro Carmona (PC), Alfonso De Urresti (PS), Cristina Girardi (PPD), Hugo Gutiérrez (PC), Carlos Abel Jarpa (PRSD), Tucapel Jiménez (PPD), Sergio Ojeda (DC) y Alberto Robles (PRSD).
La moción señala que el tratamiento legal del "terrorismo", es un tema equívoco desde la perspectiva de su definición, dándose diferentes definiciones en los distintos países las cuales suelen ser inexactas.
En el caso chileno, la situación es más compleja si se consideran las imperfecciones técnicas y el déficit de garantías ante la regulación del sistema de derechos humanos, que adolece la Ley Antiterrorista, la que tiene su génesis en el año 1984.
Es en este contexto, que el proyecto plantea la eliminación de una de las medidas procesales extraordinarias contempladas en esta ley para el tratamiento del "terrorismo" y que consiste en la posibilidad de recabar pruebas a través de testigos y peritos protegidos (sin rostro), los que a su turno admiten que se les otorgue un contraprestación económica, lo que desnaturaliza la esencia de la prueba testimonial, es decir, la imparcialidad de quién depone.
De ahí que un régimen procesal como éste -señalan los autores del texto legal- más que una herramienta útil fomenta el soplonaje a cambio de dinero, la fabricación de pruebas que no pueden ser debidamente apreciadas por los intervinientes en especial por la defensa, o bien, que se admitan vicios como la declaración como testigos protegidos los que tengan o hayan tenido el carácter de imputado en el delito que se investiga.
El proyecto de ley es analizado por la Comisión de Constitución.
26 de mayo de 2011
25 de mayo de 2011
©diario de la cámara

orden de captura contra hurtado


Chuzadas: orden de captura contra María del Pilar Hurtado. En el caso del exsecretario general de Presidencia Bernardo Moreno, el magistrado Luis Fernando Ramírez, del Tribunal Superior de Bogotá, no avaló la petición de medida de aseguramiento hecha por la Fiscalía.
Colombia. El magistrado Luis Fernando Ramírez, del Tribunal Superior de Bogotá, impuso este martes medida de aseguramiento de carácter intramural a la exdirectora del DAS María del Pilar Hurtado, asilada en Panamá desde noviembre del 2010, dentro del proceso que se le adelanta por los seguimientos ilegales del DAS.
El mismo recurso fue pedido por la Fiscalía contra el exsecretario de Presidencia del gobierno Uribe, Bernardo Moreno. Sin embargo, en este caso el magistrado Ramírez, quien funge como juez de control de garantías, resolvió no cobijar al imputado con la detención preventiva.
Sobre María del Pilar Hurtado, el magistrado aseguró que "la medida de aseguramiento resulta necesaria ante su ausencia, al haberse acogido al asilo en un país extranjero, que a la vez demuestra su facilidad para abandonar el país".
"Tiene razón la Fiscalía en este punto, es un hecho notorio. Y que se le haya concedido un asilo es una figura del derecho internacional que será respetada, pero sí nos compete pronunciarnos dentro del derecho interno, en un proceso que se adelanta en este momento", resaltó Ramírez.
Sobre la petición de la Fiscalía de cobijar con medida de aseguramiento al exsecretario Moreno, el magistrado dijo que el "sistema penal colombiano perfectamente le garantiza la vigencia de presunción de inocencia y del principio de libertad frente a la acción judicial penal que se adelanta en su contra, por lo tanto no se le impone la medida de aseguramiento solicitada".
Ramírez resaltó que el abogado de Moreno, Jaime Granados, hizo "un detallado recuento de las condiciones personales, sociales y profesionales del imputado, plenamente válidas (…) y no se puede afirmar que tenga antecedentes penales o una conducta social que haga necesario preventivamente proteger la sociedad".
La semana pasada la fiscal general de la Nación, Viviane Morales, le imputó a Hurtado los delitos de concierto para delinquir agravado, violación ilícita de comunicaciones, abuso de función pública, peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público. Por su parte, Bernardo Moreno fue acusado de tres delitos: concierto para delinquir agravado, violación ilícita de comunicaciones y abuso de función pública.
La medida de aseguramiento para Hurtado fue pedida por los delitos de concierto para delinquir, peculado y falsedad en documento público. En el caso de Moreno, por concierto para delinquir.
En la diligencia de este martes, el delegado de la Procuraduría, Jorge González Vásquez, apoyó en ambos casos la solicitud de medida de aseguramiento hecha por la Fiscalía. "La Procuraduría encuentra los elementos que en justicia deberían llevar a detención preventiva a los imputados", aseguró el delegado del Ministerio Público.
"Es válido que el Estado acopie información, pero legalmente".
El magistrado Luis Fernando Ramírez, no sin antes precisar que su función es la de juez de control de garantías y no puede ir más allá, entregó algunas apreciaciones sobre los hechos presentados por la Fiscalía en la imputación de cargos.
En el caso de Bernardo Moreno consideró que "se alcanza a percibir que en varios de los eventos relatados por la Fiscalía presuntamente se puede afirmar que hay conductas punibles. La conducta punible de concierto para delinquir".
Recordó que el abogado de Bernardo Moreno argumentó que algunos de los comportamientos de su defendido hacían parte de sus funciones, pero resaltó que "no dijo nada sobre cómo, por qué y para qué se obtuvo información ilegal a través de la UIAF de magistrados de la Corte Suprema de Justicia".
"Esto hizo parte importante de lo expuesto por la Fiscal general. Y no se precisaron por parte de la defensa como para desistir de que sí exista una conducta punible", aseguró.
Sobre Hurtado, Ramírez dijo que su defensa hizo un esfuerzo por separar conductas que no se le pueden imputar a la exdirectora del DAS porque no era funcionaria, pero consideró que dichos argumentos "no destruyen la posibilidad de que esas conductas se siguieron realizando bajo su conocimiento, bajo sus órdenes, bajo su control".
"Es cierto que algunas de esas conductas venían cometiéndose antes. Pero en el famoso desayuno (Hurtado) fue informada de lo que se estaba haciendo sin la debida autorización legal. Ella tenía que saber necesariamente que de su decisión dependía que se suspendieran actividades ilegales o permitir que se siguieran realizando", dijo Ramírez.
El magistrado también consideró que cuando se dice que los seguimientos "no estaban dirigidos propiamente contra determinadas personas como los magistrados, sino contra un amigo de ellos, un señor Ascensio Reyes, estamos pasando a querer engañarnos a nosotros mismos".
"Se estaba buscando información que pudiera atentar contra la justicia. ¿Es válido que el Estado acopie información? Claro que es válido. Pero hay que hacerlo legalmente", resaltó.
Y aclaró que no aparece ninguna información que señale que este comportamiento fue autorizado por un juez de control de garantías. "Esto tiñe de ilegalidad muchas de estas conductas", dijo.
El magistrado Ramírez consideró que se realizó una audiencia de imputación de cargos sin observaciones por parte del juez de garantías para el juez de conocimiento, y concluyó que "pueden existir conductas punibles por las cuales es necesario realizar un juicio".
26 de mayo de 2011
24 de mayo de 2011
©semana