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libres asesinos de pepe carrasco


Libres 11 ex agentes por crimen de Pepe Carrasco. Suprema acogió media prescripción y rebajó penas a todos los involucrados. También se disminuyó el castigo al ex jefe operativo de la Central Nacional de Informaciones (CNI) Álvaro Corbalán y a los miembros del comando 11 de Septiembre, Jorge Vargas e Iván Quiroz.
[Leslie Ayala Castro] Santiago, Chile. Once ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) no irán a la cárcel.
Ayer la Corte Suprema resolvió que podrán cumplir en libertad vigilada las condenas que les impuso por su participación en los crueles asesinatos del periodista y editor de la revista Análisis José Carrasco Tapia, el técnico electrónico Felipe Rivera Gajardo, el profesor Gastón Vidaurrázaga Manríquez y el gerente de la editorial Cono Sur, Abraham Muskatblit Eidelstein.
Todos fueron ultimados entre el 8 y el 9 de septiembre de 1986 como venganza al frustrado atentado contra el dictador Augusto Pinochet.
El máximo tribunal acogió la atenuante de media prescripción, que otorga beneficios a quienes hayan sido detenidos después de la mitad del plazo que se espera para que una acción penal quede extinta.
De esta forma, los ministros rebajaron gradualmente las penas dictadas por el tribunal de alzada. Así el ex jefe operativo de la CNI, Álvaro Corbalán Castilla, quedó condenado a 12 años de cárcel, obteniendo un descuento de seis años.
La misma suerte corrieron los miembros de la brigada 11 de Septiembre: Jorge Vargas Bories e Iván Quiroz Ruiz, a quienes se les bajó de 13 a siete años la condena.
Pero, sin duda, los que recibieron la mayor prerrogativa fueron los agentes operativos del organismo represor y quienes ejecutaron a los cuatro profesionales.
Se trata de Pedro Guzmán Olivares, Gonzalo Maas del Valle, Kranz Bauer Donoso, Jorge Jofré Rojas, Juan Jorquera Abarzúa, Víctor Lara Cataldo, René Valdovinos Morales, Víctor Muñoz Orellana, Eduardo Chávez Baeza, Carlos Alberto Fachinetti López y José Ramón Meneses Arcauz.
Los 11 agentes fueron condenados a 5 años, sin embargo, no estarán un sólo día tras las rejas, pues quedaron el libertad bajo la vigilancia de Gendarmería.
Sobre las reparaciones económicas a las familias, el fisco ya había acordado pagar $210 millones a los familiares de José Carrasco y la misma suma a los parientes de Gastón Vidaurrázaga, $270 millones a los de Abraham Muskablit y otros $90 millones a los de Felipe Rivera Gajardo.
El abogado querellante Nelson Caucoto llamó a mirar la resolución desde una perspectiva positiva, pues es un juicio en el cual se llegó a la verdad y hubo reparación.
"Nos queda pendiente el tema de la sanción penal, creemos que para crímenes horrorosos debe haber penas más sustantivas y mucho más elevadas", dijo.
Agregó que "nos estamos acostumbrando con muy poco" frente al escenario que vivieron las víctimas "en una noche en que la CNI y la policía se volvieron locas en este país".
Finalmente, dijo que esta causa quedará consagrada en la historia con una sentencia condenatoria, con una pena respetable para los jefes.
"Hay que destacar que los jefes están siendo más condenados que los subordinados, lo que me parece un criterio correcto", señaló Caucoto, quien definió este crimen como "uno de aquellos imperdonables".

14 de agosto de 2009
©la nación 
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penas remitidas para pinochetistas


Suprema condena a nueve ex uniformados por Operación Retiro de Televisores. Cinco años después, en diciembre de 1978, los sentenciados hicieron desaparecer los cuerpos en la operación que se llamó Retiro de Televisores. Jueces se burlan de opinión pública.
[A. Ch.] Santiago, Chile. "Tratándose de delitos de lesa humanidad, la imprescriptibilidad de estos ilícitos, que ofenden gravemente los derechos humanos fundamentales, surge como barrera a la impunidad", consigna el fallo de la Corte Suprema que confirmó la condena contra los tres ex oficiales y seis suboficiales de Ejército que exhumaron de manera ilegal los cuerpos de los detenidos el 11 de septiembre de 1973 en La Moneda.
Tras su arresto, las víctimas fueron trasladadas al Regimiento Tacna y, posteriormente, fusiladas en un recinto militar de Peldehue, donde se enterraron sus restos.
Cinco años después, en diciembre de 1978, los sentenciados hicieron desaparecer los cuerpos en la operación que se llamó Retiro de Televisores.
El dictamen del máximo tribunal ratificó así, por tres votos contra dos, lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago, que, en 2008, impuso 270 días de presidio a los ex uniformados por su responsabilidad en los hechos y les otorgó la remisión condicional de la pena.

Los Sentenciados
Los condenados son el coronel (R) Hernán Canales Varas (comandante del Regimiento Tacna a 1978), brigadier en retiro José Darrigrandi Marques (comandante del Comando de Aviación del Ejército a 1978), coronel (R) Luis Fuenzalida Rojas (jefe de Inteligencia del Tacna a 1978) y los retirados suboficiales Eliseo Cornejo Escobedo, José Canario Santibáñez, Darío Gutiérrez de la Torre, Fernando Burgos Díaz, Sergio Medina Salazar e Isidro Durán Muñoz.
El voto de mayoría fue de los ministros Jaime Rodríguez, Hugo Dolmestch y Carlos Künsmüller, mientras que sus pares Nibaldo Segura y Rubén Ballesteros estuvieron por acoger la figura de la prescripción de la acción penal.
Asimismo, los jueces resolvieron desechar la demanda de los querellantes contra el fisco. "El plazo de prescripción (de la acción civil) ha transcurrido en exceso", reseña el fallo.

14 de agosto de 2009
©la nación
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clase política se aferra a privilegios


El rechazo a la reforma sobre las reelecciones. Esta actitud refleja la extendida percepción de que la legalidad que regula a los partidos, al sistema electoral y al Congreso hace agua y demanda rectificaciones. Editorial de La Nación. Clase política rechaza proyecto que limita reelección parlamentaria y amenaza con encarcelar a manifestantes.
Valparaíso, Chile. La Cámara de Diputados rechazó ayer una reforma constitucional -de origen parlamentario- que establece un límite a la reelección de los congresistas. Aunque la moción obtuvo 70 preferencias, se requerían 72, debido al quórum de 3/5 que fija la Carta Fundamental. Se registraron 19 votos negativos y 11 abstenciones. A pesar de que hubo una relativa transversalidad en el plenario, el rechazo se concentró en las bancadas aliancistas: 12 sufragios en contra en la UDI y cuatro en RN (sólo tres en la Concertación), lo que pone en duda la vocación de la Alianza al propiciar la alternancia y el recambio como hechos necesarios y per se recomendables. La enmienda determinaba que los senadores podrían sucederse sólo por un período (hasta 16 años) y los diputados en dos ocasiones (12 años en total).
La iniciativa, promovida por tres legisladores gobiernistas y dos opositores, tenía como propósito estimular la renovación de rostros, evitar el clientelismo, la perpetuación de personas y la transformación de los representantes en clase política permanente, y abrir espacios a nuevos actores privados, que compiten hoy en marcada desigualdad de condiciones.
Los detractores del cuerpo legal, en tanto, postularon que es la ciudadanía y no una decisión reglamentaria la autorizada a renovar o cancelar un mandato y que tal atribución se ejerce soberanamente en elecciones democráticas. Además, han destacado que no se debe menospreciar la experiencia en la producción legislativa -para ello utilizan la situación de EEUU y la longevidad de muchos de sus representantes-, menos aún en un cuadro de aumento de la expectativa de vida. Agregan un motivo práctico: el riesgo de que los parlamentarios funcionen a media máquina en sus períodos finales por la falta del incentivo reeleccionista.
Si bien la modificación tuvo un apoyo relevante, por sí sola resulta claramente insuficiente para el amplio objetivo de aggiornamiento que sus autores le asignaron. En rigor, ya es incluso discutible su utilidad en el corto plazo. De estar vigente antes de las elecciones de diciembre de este año, recién su aplicación práctica sería en 2021 para diputados y 2025 respecto a senadores.
Con todo, sí constituye una señal relevante la intención mayoritaria de la cámara baja de impulsar vías de modernización de la actividad política. Esta actitud refleja la extendida percepción de que la legalidad que regula a los partidos, al sistema electoral y al Congreso Nacional hace agua y demanda urgentes rectificaciones. En este sentido lo lógico sería avanzar en un acuerdo constituyente que incluya una agenda amplia de reformas que oxigenen la democracia. Un nuevo modelo -que, por ejemplo, considere el término del binominalismo- debería ser parte sustantiva del discurso programático de la campaña presidencial. En este ámbito los sectores progresistas tienen la responsabilidad de desafiar los enclaves de la dictadura. Más aún luego del retroceso vivido ayer en Valparaíso.

14 de agosto de 2009
©la nación
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ley para encarcelar a manifestantes


Aprueban proyecto que endurece penas contra quienes participen en desórdenes en la vía pública.
Valparaíso, Chile. La Sala de la Cámara de Diputados aprobó hoy el proyecto de ley del Ejecutivo (Boletín 4832) que, entre otras materias, penaliza con 3 años de cárcel a quienes provoquen desmanes con sus rostros cubiertos y presume responsables de las manifestaciones "a quienes hayan llamado, a través de los medios de comunicación o por cualquier otro medio, a reunirse o manifestarse".
La votación fue de 42 votos a favor y 29 en contra. El texto retornará al Senado, a tercer trámite, luego de que la Cámara le introdujera modificaciones.
Tras la votación, diputados socialistas, PPD y radicales, anunciaron en la Sala que recurrirán a la Corte Interamericana de Justicia porque el articulo 4, que presume responsables de los desmanes a los convocantes de una manifestación, contraviene las disposiciones de la Convención Americana de Derechos Humanos, conocida como Pacto de San José de Costa Rica.
El texto legal, que suscitó un extenso debate en la sesión de Sala de este jueves, formó parte de la llamada Agenda Corta de Seguridad Ciudadana contra la delincuencia, consensuada entre el gobierno y la oposición. En su transcurso, algunos parlamentarios oficialistas pidieron el retiro del artículo 4 del proyecto.

Encapuchados
El texto modifica el Código Penal para indicar que quien cometa un delito con el rostro cubierto, será castigado con una pena de reclusión menor en su grado medio (541 días a 3 años) y una multa de 4 a 8 UTM ($ 146.580 a $ 293.160).
El proyecto hace solidariamente responsables a los organizadores y convocantes de toda reunión o manifestación pública a realizarse en plazas, calles u otros lugares de uso público, de los daños que los participantes causen, a menos que hayan adoptado todas las medidas razonables para evitarlos.
La iniciativa agrega que los participantes en reuniones o manifestaciones públicas que causen daños a la propiedad pública o privada, deberán responder civil y penalmente de ellos. En los casos que los daños sean causados por menores de edad, sus representantes legales deberán responder civilmente.

Presunciones
El proyecto señala que, al no haber convocantes oficiales "se presumirá que son organizadores y convocantes de una manifestación pública, las personas que comunican a la autoridad administrativa competente la realización de dicha actividad de conformidad a las disposiciones generales de policía. En caso que no haya habido tal comunicación, se presumirá que los organizadores y convocantes de una reunión o manifestación pública, son las personas, naturales o jurídicas, que hayan llamado, a través de los medios de comunicación o por cualquier otro medio, a reunirse o manifestarse; o quienes coordinaron el lugar y tiempo de la reunión o manifestación; o lideraron, dirigieron, guiaron o estuvieron a la cabeza de la actividad el día de su desarrollo".

Ley de Seguridad Interior del Estado
La iniciativa legal modifica esta normativa para incluir entre las autoridades que pueden ser objeto de atentados constitutivos de delitos en contra de la seguridad interior del Estado, no sólo al Presidente de la República,
Ministros de Estado, Senadores, Diputados, miembros de los Tribunales Superiores de Justicia, Contralor General de la República, Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas y General Director de Carabineros, sino que también a los Ministros del Tribunal Constitucional, al Fiscal Nacional y a los fiscales regionales del Ministerio Público, al Director Nacional de la Policía de Investigaciones y al Director General de Gendarmería.

Código Penal
Entre los cambios al CP se indica que el Intendente de la Región Metropolitana ha tenido y tiene todas las atribuciones que dichas normas señalan respecto de la provincia de Santiago.
Asimismo, establece que los organizadores y convocantes de toda reunión o manifestación pública en calles, plazas y otros lugares de uso público, deberán adoptar las medidas para el adecuado y pacífico desarrollo de las mismas, respondiendo solidariamente de los daños que causen los partícipes, a menos que hayan adoptado todas las medidas razonables para evitarlos.
También establece la presunción de que dichos organizadores o convocantes no han adoptado dichas medidas, cuando incumplan las obligaciones impuestas por las disposiciones generales de policía.

Texto del Cuestionado Artículo 4 del Proyecto de Ley:
"Artículo 4°.- Los organizadores y convocantes de toda reunión o manifestación pública a realizarse en plazas, calles u otros lugares de uso público, deberán adoptar las medidas para el adecuado y pacífico desarrollo de las mismas.
"Los organizadores y los convocantes responderán por los daños que se produzcan con ocasión de esas reuniones o manifestaciones, a menos que hayan adoptado todas las medidas razonables para evitarlos.
"Se presumirá que los organizadores y convocantes a reuniones o manifestaciones públicas han adoptado las medidas a que se refiere el inciso anterior, cuando cumplan las obligaciones impuestas por las disposiciones generales de policía.
"Se presumirá que son organizadores y convocantes de una manifestación pública, las personas que comunican a la autoridad administrativa competente la realización de dicha actividad de conformidad a las disposiciones generales de policía. En caso que no haya habido tal comunicación, se presumirá que los organizadores y convocantes de una reunión o manifestación pública, son las personas, naturales o jurídicas, que hayan llamado, a través de los medios de comunicación o por cualquier otro medio, a reunirse o manifestarse; o quienes coordinaron el lugar y tiempo de la reunión o manifestación; o lideraron, dirigieron, guiaron o estuvieron a la cabeza de la actividad el día de su desarrollo".

13 de agosto de 2009
©diario de la cámara
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retrocesos en derechos humanos


Ayer la Agrupación optó por marginarse de la actividad en que se lanzaba un plan para potenciar el banco de muestras de familiares de víctimas. La explicación fue el apoyo del gobierno al proyecto de Instituto de Derechos Humanos que ha suscitado fuertes críticas entre las entidades de DDHH.
Santiago, Chile. Su cuestionamiento a la política de derechos humanos que ha instaurado el gobierno expresó la presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Lorena Pizarro, quien ayer no quiso asistir al acto en que se promovió el banco de muestras para víctimas de la dictadura.
La dirigenta detalló que siente un "profundo malestar y desazón por la manera en que el Gobierno ha abordado el tema de los derechos humanos y cómo La Moneda se ha jactado de los "grandes logros y avances" en esta materia.
Prueba de esa molestia quedó en evidencia ayer cuando -según reconoció a agencia UPI- "no asistimos a la actividad del Médico Legal porque hace dos semanas se aprueba el Instituto Nacional de Derechos Humanos, que incluso contó con el cuestionamiento del Consejo de DD.HH de las Naciones Unidas y, sin embargo, el Gobierno insiste en aprobarlo".
Aseguró que "nos parece que no podemos seguir siendo parte de una institucionalidad, o participar y sentarnos con las autoridades de Gobierno en una actividad donde ellos van a señalar grandes logros y avances y; sin embargo, hay otros temas en los cuales están sucediendo enormes retrocesos".
Lorena Pizarro detalló que "con profundo pesar, no asistimos al lanzamiento oficial de esta campaña porque no estamos disponibles para seguir siendo parte de iniciativas donde aparece el Gobierno mostrando una imagen de un Gobierno, y por tanto, un Estado preocupado de la situación de los DD.HH, de avanzar en temas como este, pero sin embargo, en otros temas tan importantes no lo hace", manifestó.
Explicó que "tenemos un profundo malestar por la forma en la que el Gobierno de la Presidenta (Michelle) Bachelet ha llevado adelante la temática de los DD.HH y, por lo tanto, sentimos que se ha caracterizado este periodo presidencial en generar una institucionalidad de DD.HH. y una visión de los DD.HH lleno de simbolismos, pero esos simbolismos tienen que tener una coherencia con temas concretos que aporten al bien común", adujo.
Ayer el gobierno lanzó la campaña "Vives en nosotros. Te llevamos en la sangre" que incluye un video promocional que incentivando a los familiares de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos a acercarse hasta las oficinas del Servicio Médico Legal a entregar una muestra de sangre para luego poder más fácilmente en la identificación de osamentas.

13 de agosto de 2009
©la nación
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fallan en caso drogas en el congreso


Tribunal de alzada revoca condenas por asociación ilícita para el tráfico de estupefacientes que afectaba a los 16 implicados.
[Erica Bravo] Valparaíso, Chile. Después de catorce años de que se iniciara la bullada investigación judicial conocida como el ‘caso drogas en el Congreso’, la Corte de Apelaciones de Valparaíso falló la sentencia en la que revocó el delito de asociación ilícita para el tráfico de estupefacientes y redujo las sanciones establecidas por el entonces juez titular del Segundo Juzgado del Crimen de Valparaíso, Jorge Gándara, quien condenó a 14 ex funcionarios del Parlamento y otras dos personas ajenas al Legislativo por asociación ilícita y tráfico de estupefacientes.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó el fallo "en cuanto condena a Felipe Andrés Pérez Pavanello, Marcela Patricia Pérez Pavanello, Patricia Mónica Pavanello Navarrete, Patricio Antonio Pérez Higueras, Sonia Aurora Mancilla Carrasco, Rodrigo Antonio Ramírez Jiménez, Sergio Antonio Estay Ahumada, María Luisa Andrea Espejo Patiño, Francisco Cid Romero, Manuel Francisco Yévenes Torres, María Hortensia Parra Espinoza, Raúl Vilchez Rojas, Sandra Rosa Rojas Castro, David Humberto Peirano Muñoz, Sergio Hernán Vicuña Briones y Cindy Karen Vilchez Parra como autores del delito de asociación ilícita para el tráfico de estupefacientes y se declara, en cambio, que se les absuelve por dicho capítulo de la acusación".

Absueltos
El fallo revocó además la condena como "autores del delito de tráfico de estupefacientes a Patricio Antonio Pérez Huigeras, Rodrigo Antonio Ramírez Jiménez, Sergio Antonio Estay Ahumada, María Luisa Andrea Espejo Patiño, David Humberto Peirano Muñoz". Todos ellos fueron absueltos por dicho delito y se los castigó "como autores de la falta prevista y sancionada en el artículo 41 de la Ley 19.366 a la pena de multa de una UTM y la suspensión de licencia para conducir por el término de dos meses".
Finalmente, la Corte de Apelaciones Porteña confirmó el fallo en la parte que condena a "Sergio Hernán Vicuña Briones, Raúl Enrique Vilchez Rojas, Cindy Karen Vilchez Parra, Sandra Rosa Rojas Castro y María Hortensia Parra Espinoza, imponiéndoles la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de diez UTM, accesorias legales y costas como autores del delito de microtráfico de sustancias estupefacientes.
El tribunal de alzada porteño concedió a Marcela Pérez, Felipe Pérez, Patricia Pavanello y Sonia Mancilla el beneficio de la libertad vigilada por el mismo periodo de la condena, mientras que a Hernán Vicuña, Raúl Vílchez, Cindy Vílchez, Sandra Rojas y María Parra les concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.
El caso se inició el año 1995 por la denuncia que realizó Francisco Javier Cuadra. En el fallo de primera instancia el juez deja claro que el consumo de cocaína en el Congreso si bien no era generalizado, si tenía bastantes adeptos.

13 de agosto de 2009
©mercurio de valparaíso 
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mapuche muere en enfrentamiento


Mapuche murió en enfrentamiento con carabineros. Graves incidentes en inmediaciones del fundo San Sebastián.
Angol, Chile. Gobierno dice que investigación determinará responsabilidades en muerte de activista mapuche.
El subsecretario del Interior, señaló además que Carabineros adoptó las medidas pertinentes, pero que aún falta averiguar las circunstancias que provocaron los disparos durante el enfrentamiento.
El subsecretario de Interior, Patricio Rosende, junto con lamentar la  muerte de un comunero mapuche al interior del Fundo San Sebastián de Collipulli, indicó que serán las investigaciones en el plano judicial y administrativo las que determinen las responsabilidades y circunstancias en que ocurrieron los hechos acontecidos en la zona de la Araucanía.
La autoridad indicó en el Palacio de La Moneda que aún no se ha podido establecer certeramente la identidad de la victima, pues no portaba documentos que lo individualizaran, por lo cual personal de la Policía de Investigaciones (PDI) trabaja en la individualización del occiso.
Rosende dijo que se adoptaron las medidas pertinentes y que el Gobierno respalda el actuar de Carabineros. "Estamos en medio de investigaciones que deben determinar lo sucedido".
El subsecretario dio cuenta de lo acontecido en el procedimiento policial, luego que la fiscalía local dispusiera el desalojo de unas 60 personas que irrumpieron durante la mañana en el predio propiedad de Sergio González Jarpa.
Carabineros agregó que cuando llegaron al lugar, vieron la resistencia de los activistas y fueron atacados con boleadoras y con disparos de escopetas, uno de los cuales hirió a un efectivo, lo que hizo reaccionar al funcionario de FFEE, quien debió ocupar su arma de servicio en defensa propia.
Rosende hizo un llamado a la tranquilidad y advirtió que las ocupaciones de tierras por parte de comuneros mapuche no son la vía democrática para solucionar sus demandas,  pues  adujo que la solución está en el diálogo y el entendimiento.
Informó que paralelamente se dio curso a un sumario para determinar la presunta responsabilidad del funcionario que efectuó el mortal disparo.

13 de agosto de 2009
©la tercera
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chile no reconoce a embajador hondureño


El canciller Mariano Fernández informó este miércoles que, tras recibir una nota del gobierno del depuesto mandatario hondureño, Manuel Zelaya, Chile le solicitó al embajador de ese país, Francisco Martínez, "entregar sus inmunidades diplomáticas".
Santiago, Chile. "El gobierno del presidente Zelaya envió una nota verbal diciendo que el embajador de Honduras que está instalado en Chile dejaba de ser el embajador [...]. La cancillería procedió por las vías normales a decirle que tenemos la información de que ya no está más en funciones y que debe proceder a restaurar su situación diplomática en favor de una situación civil, porque él es casado con una ciudadana chilena", explicó Fernández.
En ese sentido, tras asegurar que Martínez "está fuera de funciones" hace algunos días, el secretario de Estado indicó que éste "tiene que entregar sus inmunidades diplomáticas, digamos las patentes del auto si tiene un auto personal, no contar con las acreditaciones como embajador, etcétera, lo que es normal".
El ministro de Relaciones Exteriores reiteró que "Chile no reconoce" al gobierno de Roberto Micheletti, "por lo tanto aquí no podemos aceptar a ningún embajador paralelo ni de facto".
Según dijo, el embajador acreditado ante el gobierno de Chile hoy día es el jefe de la misión hondureña en Estados Unidos.
El gobierno de Zelaya había pedido a la administración de Bachelet que retirara las cartas credenciales que reconocían a Martínez como embajador de Honduras en Santiago, luego que en una entrevista con ‘El Mercurio’ éste defendiera a Micheletti y criticara las gestiones del secretario general de la OEA, José Miguel Insulza, a favor del derrocado mandatario.

13 de agosto de 2009
©mercurio de antofagasta 
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