españa no la extraditará
30 de abril de 2008
[Oscar Guisoni] Madrid, España/Argentina. La Audiencia Nacional española negó ayer la extradición a la Argentina de la ex presidenta María Estela Martínez de Perón. Las dos resoluciones judiciales, de 28 páginas cada una, a las que tuvo acceso Página/12, dejan al descubierto la debilidad y las contradicciones del proceso que lleva a cabo contra la ex presidenta el juez Norberto Oyarbide. Los magistrados consideraron que la documentación remitida por éste a los tribunales españoles no demuestra la pertenencia de Isabelita a la Triple A, a la que ni siquiera se tomó la molestia de implicarla directamente como parte integrante de la organización. También desestima la causa iniciada por el juez de Mendoza Héctor Acosta por considerar que con sólo dos casos no puede hablarse de delitos de lesa humanidad cometidos "contra la población civil". La Audiencia sentó un precedente favorable a la ex presidenta, ya que consolidó la tesis de que era un mero títere con poco control sobre su propio gobierno.
En ambos documentos se señala como uno de los obstáculos para "la entrega" la Ley 23062 del 24 de mayo de 1984, surgida del famoso pacto entre Isabelita y Raúl Alfonsín con el que el ex presidente pretendió contener al peronismo durante sus primeros meses de mandato. El auto de la Audiencia cita el párrafo de la ley en el que se afirma que "los jueces carecen de legitimación para juzgar a las autoridades constitucionales destituidas por actos de rebelión" y luego resalta que la ex presidenta se haya "comprendida" explícitamente en su articulado, "lo cual no es muy habitual en la técnica legislativa y podrá inclusive decirse que carece de la vocación de universalidad que toda norma debe tener". Toda una crítica de la Justicia española a una de las leyes controvertidas del alfonsinismo. "Lo cierto", concluye la Audiencia, "es que la misma continúa vigente y supone un inicial obstáculo para la entrega derivado del propio ordenamiento del Estado" que la ha solicitado.
La Audiencia desestima los argumentos del magistrado argentino señalando que "no deja de extrañarnos que sólo después de más de 30 años de ocurridos los hechos se pretenda la presente extradición" y recuerda que la cooperación de Isabelita con la Triple A "ya podía presumirse" en los datos que había en "la causa archivada en julio de 1989 con motivo del fallecimiento de José López Rega". "Se hace difícil comprender tanto retraso", concluyen lapidariamente. La Audiencia discrimina luego entre la situación de Isabelita y la del recientemente extraditado en el marco del mismo proceso Rodolfo Eduardo Almirón, destacando que mientras en el caso del ex comisario estaba probada su pertenencia a la Triple A, en el caso de la ex presidenta "no aparece con claridad la intervención de la reclamada", por lo cual "encontramos dificultades para hacer extensible a ella" el pedido.
A propósito de la pertenencia de Isabelita a la Triple A, la Audiencia Nacional considera que Oyarbide no ha aportado pruebas suficientes de ello, y ataca el argumento presentado por el magistrado argentino que hace mención a una reunión de gabinete presidida por Isabel en la quinta de Olivos el 8 de agosto de 1974 en la que supuestamente se mostraron diapositivas de dirigentes políticos que luego fueron asesinados. El mismo juez argentino, señala el tribunal madrileño "no atribuye a la reclamada ni la muerte, ni los secuestros, ni las desapariciones perpetradas por la Triple A" y tampoco "permite saber si es que siquiera tuvo capacidad para tolerar la perpetración" de los crímenes, ya que "quien ostentaba dominio real sobre las acciones de dicha asociación era López Rega". Haber estado en esa reunión y haber visto esas diapositivas no quiere decir que haya dado ella la orden de matar, concluye el tribunal madrileño. Si tuvo responsabilidad "por omisión, tendría que haberse especificado hasta qué punto ésta podía haber evitado que la Triple A hubiera cometido los diferentes delitos" que cometió, cosa que Oyarbide tampoco hizo, mientras que resulta evidente que los crímenes que se cometieron en el periodo comenzaron "mucho antes de su mandato", un detalle que el juez argentino no tuvo en cuenta a la hora de instruir la causa.
En la segunda resolución, la Justicia española va aún más allá a la hora de analizar la responsabilidad de Isabel Perón en la desaparición de Héctor Aldo Fagetti y la detención y tortura de Jorge Valentín Berón, que sustentaban la causa abierta en Mendoza. La Audiencia analiza los argumentos de la defensa que afirman que los famosos "decretos contra el ‘accionar de la subversión’" no fueron "firmados por la reclamada", sino "por otros miembros del gobierno, como Italo Luder, presidente en funciones, Antonio Cafiero, Carlos Ruckauf y otros, contra los que no consta que se hayan seguido causas penales y señala que "los actos de terrorismo y desaparición forzada de personas se iniciaron con el llamado ‘Operativo Independencia’ en Tucumán, que tuvo lugar un año antes del golpe de Estado Tales operaciones se basaban en el Decreto N 261/1975" y en ellos "se autorizaba al Ejército de Tierra a ejecutar las operaciones necesarias para neutralizar o aniquilar" las acciones supuestamente subversivas.
La Audiencia hizo un pormenorizado análisis de qué debe considerarse "crímenes de lesa humanidad" y concluyó que los delitos por los cuales ha sido imputada Isabelita en la causa mendocina "quedan fuera de esta tipificación" ya que "estamos en presencia de una detención ilegal y desaparición de un ciudadano" en el caso Héctor Fagetti "detenido por imperio del Decreto Nacional de ‘Aniquilamiento del Accionar de la Subversión’ y ante un caso de detención ilegal y torturas en el caso de Jorge Valentín Berón, delitos que debido al paso del tiempo ya han prescripto. No hay elementos, dicen los jueces españoles "para poder estimar que nos encontramos en presencia de un delito de lesa humanidad" ya que no existe un vínculo concreto entre Isabelita "y las detenciones ilegales" y tampoco "puede inferirse la existencia de un ataque sistematizado contra la población civil, conocido y consentido por las más alta Autoridad de la Nación" "pues nada le relaciona con las numerosas desapariciones ocurridas durante su mandato". Así las cosas, ahora la fiscalía madrileña tiene dos días para apelar la resolución de la Audiencia. Si no lo hace, la ex presidenta argentina podrá volver a pasearse por Madrid sin tener que rendir cuentas a la justicia por el resto de sus días.
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[Diego Martínez] Argentina. En la madrugada del 20 de agosto de 1976 veinte hombres y diez mujeres secuestrados en la Superintendencia de Seguridad Federal, bajo la órbita del Cuerpo I de Ejército, fueron adormecidos y cargados en un camión verde oscuro. A la altura del kilómetro 62 de la ruta 8, en un camino de tierra cercano a Fátima, el camión y los tres Ford Falcon que lo escoltaban se detuvieron. Bajaron a los moribundos, les dispararon un tiro a quemarropa y los apilaron sobre una carga de dinamita. A las 4.30 la explosión hizo temblar Fátima. El sumario policial detalló que tenían las manos atadas por la espalda y los ojos tapados con cinta adhesiva. Fue la matanza más brutal que se conoce de la última dictadura.
[Diego Martínez] Argentina. Dos oficiales retirados de la Fuerza Aérea fueron detenidos ayer en La Rioja por su participación en los secuestros y asesinatos en 1976 de los sacerdotes tercermundistas Carlos de Dios Murias y Rogelio Gabriel Longueville, más conocidos como "Los Mártires de Chamical". Se trata del entonces vicecomodoro Luis Fernando Estrella, ex segundo jefe de la Base Aérea de Chamical y figura central de la dictadura en La Rioja, y del ex alférez Miguel Ricardo Pessetta. Citados a prestar declaración indagatoria, ambos hicieron uso de su derecho a no quebrar el pacto de silencio. Son los dos primeros detenidos por crímenes de lesa humanidad en La Rioja. "Es un pequeño gran paso después de tantos años de buscar pruebas", celebró Cristina Murias, querellante y hermana del cura asesinado, quien espera con paciencia cristiana que la Iglesia "deje de mirar para otro lado" y se constituya como querellante.
[Adriana Meyer] Argentina. Al final fue apenas un recreo. Ocho fueron los días que el represor Luis Patti estuvo en libertad, por acción del fallo de la Corte Suprema que consideró que el Congreso no tenía atribuciones para impedir su incorporación como legislador electo. Con viento a favor, la Cámara de Diputados tuvo rápidos reflejos para sacarle los fueros que la Corte dijo que tenía, y cumplir así con el pedido del juez federal que lo encarceló en noviembre por el secuestro, tortura y asesinato de siete personas. Anoche el ex comisario de Escobar volvió al "pabellón de lesa" humanidad en la cárcel de Marcos Paz, y se cerró un capítulo del proceso en el que sus víctimas buscan justicia, hasta ahora errático y sinuoso. Ayer, mientras los hijos de sus perseguidos respiraban con alivio, sus abogados prometían seguir dando la batalla legal.
Italia/Argentina. El Tribunal de Apelación de Roma confirmó hoy las cadenas perpetuas a cuatro ex oficiales de las Fuerzas Armadas argentinas por la desaparición de tres italianos durante la dictadura militar (1976- 1983).
[Irina Hauser] Argentina. En el territorio del ex comisario Luis Patti, un hombre que trabajaba en la recolección de residuos en el ’76-’77 declaró que: "A la noche traían los cadáveres en camiones de basura y los tiraban con una topadora hasta lo más hondo. A la mañana ya estaba todo tapado".
[Diego Martínez] Argentina. Susana Beatriz Pegoraro, embarazada de cinco meses, fue secuestrada en la estación Constitución el 18 de junio de 1977. Su compañero, Rubén Santiago Bauer, cayó ese mismo día en La Plata. La hija de ambos nació en la maternidad clandestina de la ESMA. Poco después fue entregada al ex marino Policarpio Vázquez y a su esposa Ana María Ferra, que la inscribieron como propia y la llamaron Evelyn. Ayer, luego de treinta años de búsqueda, Abuelas de Plaza de Mayo confirmó que la niña es hija biológica de Bauer y Pegoraro, ambos desaparecidos, vistos por última vez en la ESMA. La directora del Banco Nacional de Datos Genéticos, Belén Rodríguez Cardozo, le informó a la jueza María Servini de Cubría que el estudio inmunogenético realizado en el Hospital Durand arrojó una compatibilidad entre los ADN de Vázquez y la pareja Bauer-Pegoraro de un 99,9 por ciento. Evelyn siempre se negó a realizarse la extracción de sangre, por lo que la muestra que permitió identificarla se obtuvo de elementos de uso cotidiano secuestrados durante un allanamiento a su casa.
[Horacio Cecchi] Argentina. Ricardo Javier Martínez Báez, detenido en la U3 de San Nicolás, pasó por la incómoda experiencia de recibir protección de parte del Servicio Penitenciario Bonaerense. La comprobación la recibió in situ e in corpus propio: el 14 de abril pasado lo molieron a palos. Había llegado al penal cuatro días antes con una orden judicial de protección porque arrastraba una serie de amenazas por haberse negado a asesinar en dos oportunidades a otro preso, Ricardo De Angelis Baccarini, en otros penales del SPB. Además de las amenazas de muerte, de que le enviaran a otro interno a matarlo, y de la picadora de carne por la que pasó, Martínez Báez supo de hasta dónde llega el largo brazo de la institución: al día siguiente de rechazar el último trabajito, en una calle de Los Polvorines violaron a su mujer.