para qué de la autonomía cruceña
6 de mayo de 2008
Su artículo 6 menciona las "competencias exclusivas" del Gobierno Departamental Autónomo de Santa Cruz. Tiene "competencia para ejercer la potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva", sobre salud, educación y todos los recursos naturales (tierras, bosques, áreas protegidas, agua y desarrollo de biocombustibles). Según un informe del Viceministerio de Tierras, el estatuto es "excesivamente centralista y elitista. Concentra las decisiones en el gobernador y en la Asamblea Legislativa, exagera en la asignación de competencias y prácticamente ignora al Estado. Se trata de una legislación para otra república, especialmente en materia agraria".
El gobierno departamental también tendrá potestad para crear nuevos impuestos sin la mediación de una ley del Congreso nacional, hasta ayer el único habilitado para inventar tributos.
Las organizaciones indígenas y campesinas de Bolivia cuentan en varios casos con el apoyo de instituciones de derechos humanos nacionales e internacionales. En Santa Cruz, varias organizaciones no concuerdan con las iniciativas de la prefectura y el Comité Pro Santa Cruz. Por ello, ese artículo establece que el gobierno departamental decidirá si funcionan o no las "fundaciones, asociaciones, cooperativas y ONG que desarrollen sus actividades en el Departamento".
El artículo 20 menciona las atribuciones de la Asamblea Legislativa Departamental, que incluyen "aprobar los acuerdos o convenios nacionales e internacionales de interés departamental".
El artículo 57 habla del "Salario mínimo departamental", que será "concertado en el sector privado". Establece que "el Salario Mínimo Departamental debe ser siempre superior al Salario Mínimo Nacional establecido por el Estado nacional". Y el artículo 69 determina la creación del "Organismo de Seguridad Departamental", que quitará el protagonismo de la fuerza a la Policía Nacional.
El artículo 103 reglamenta los "derechos y seguridad jurídica sobre la tierra": "Los tamaños, características y parámetros de cumplimiento de la función social y función económico-social, para cada forma de propiedad agraria, serán establecidos por Ley Departamental".
El presidente del Comité Pro Santa Cruz, el empresario Branko Marinkovich, aseguró ayer que "el tema tierras siempre estuvo muy mal manejado por los gobiernos. Lo hicieron mal el MNR (Movimiento Nacionalista Revolucionario) y el MAS (Movimiento al Socialismo)". El MNR apoyó la revolución de 1952, cuando se creó la Reforma Agraria para redistribuir las tierras, antes en pocas manos. Esta reforma pudo aplicarse en el occidente para beneficiar a campesinos e indígenas quechuas y aymaras. Pero, en el oriente, el poder de los latifundistas hace que aún hoy sus tierras sean intocables. El Viceministerio de Tierras no es bienvenido a las estancias para constatar la legalidad de los títulos de propiedad. Tampoco puede evaluar si se cumple la Función Económica Social (FES), que es la obligación de todo propietario de trabajar un porcentaje de su tierra.
Según Marinkovich, "se acabó el conteo de vacas. En el tema tierras, lo importante no es cuántas hectáreas tiene el propietario. Lo que importa es que la tierra produzca y se pague impuestos al municipio. Ahora lo recaudado va a La Paz y lo distribuye el gobierno central. Ese dinero tiene que ir a los municipios cruceños para hacer pavimentos y dar agua potable donde falte".
©página 12
0 comentarios