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puede morir en la calle


En condiciones de extremo abandono se encuentran personas a lo largo de todo Chile. Este es un caso más.
Curanilahue, Chile. Una muestra de la cruda realidad que viven muchos indigentes la representa Giovanni Tranamil Díaz (30), quien, desde diciembre del año pasado, forma parte del grupo de 6 menesterosos que duermen a la intemperie en medio de cajones y tarimas en el sector de la feria de esta ciudad.
Lo más dramático, es que a su edad ya le están faltando las fuerzas para mantenerse en pie, debido a su estado de desnutrición agravado por la tuberculosis y la neumonía que lo tienen al borde de la muerte.

Sobrevive
Giovanni, permanece gran parte del día tendido sobre un delgado colchón, humedecido por continuas mojadas que cada vez que llueve, le azotan sin misericordia, mientras busca sin éxito, encontrar la razón de su desamparo. Para cobijarse y protegerse de las heladas nocturnas, se cubre con un par de frazadas que milagrosamente lo han salvado hasta ahora de morir de frío, aún cuando estas, cada mañana amanecen blancas de escarcha.

Su Vida
Giovanni Tranamil, recuerda los momentos en que vivía junto a su padre Guillermo Tranamil Meléndez en la Población Cerro Verde, donde incluso alcanzó a estudiar hasta tercer año básico en el colegio Los Confines, aprendiendo a leer y escribir.
Desde ahí en adelante, su existencia fue ayudar a su progenitor en la realización de uno que otro ‘pololito' para juntar algo de dinero, el que sumado a la pensión que recibía don Guillermo, les alcanzaba para vivir modestamente.
Por alguna razón, se trasladaron a vivir de allegados donde una familia del sector La Toma, cuya casa habitación resultó destruida por un incendio justo en la víspera de la Navidad de 2006, quedando Giovanni y su padre en la calle.
De nuevo comenzaron las enfermedades bronco pulmonares que lo habían atacado desde los 13 años, las mismas que hoy lo mantienen postrado y cada día más débil. Pero si hay algo que lo ha mantenido todavía vivo, es la comida que solidariamente le proporcionan los locatarios de la feria, quienes se turnan para alimentarlo.

6 de junio de 2007
©renacer de arauco
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fisco debe pagar por crímenes


[Jorge Escalante] Corte ordenó cancelar 100 millones de pesos a familiares de Ricardo Weibel.
La Corte de Apelaciones dictaminó que el derecho internacional que cautela los derechos humanos penalizando los crímenes de guerra y lesa humanidad, también obliga a Chile en materia civil.
Las normas del derecho internacional que cautelan los derechos humanos penalizando crímenes de guerra y lesa humanidad, y declarándolos inamnistiables e imprescriptibles, también deben aplicarse para Chile en el ámbito del derecho civil, según lo resolvió la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Estos magistrados revocaron una sentencia del 24º Juzgado Civil de Santiago que denegó una reparación indemnizatoria, dando lugar a que el Estado pague 100 millones de pesos a los familiares del militante comunista asesinado en noviembre de 1975, Ricardo Weibel Navarrete.
Los ministros Lamberto Cisternas y Adriana Sottovía, con el voto en contra de la abogada integrante Andrea Muñoz, sostuvieron que el argumento principal esgrimido en la sentencia que inicialmente denegó el pago, como por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) que se opone a que el fisco indemnice económicamente a los familiares de las víctimas, no puede ser aplicado pues se trata de delitos de lesa humanidad.

Derecho Internacional
Para oponerse a indemnizar a los familiares, algunos jueces de primera instancia y el CDE afirman que, como estos delitos ocurrieron en la década de los años setenta y ochenta, la acción civil reparatoria está prescrita pues, en materia civil, prescribe en cinco años.
Pero el dictamen de la Quinta Sala dijo que "la prescripción de la acción civil de que se trata no puede determinarse a partir de las normas del derecho privado (...) pues estas normas atienden a finalidades diferentes a aquellas que emanan del derecho internacional de los derechos humanos".

Prescripción
El abogado demandante Nelson Caucoto, dijo que "este fallo reafirma una senda en materia de reparaciones, donde se ha ido logrando vencer al fisco en la teoría de que estas acciones están prescritas por el paso del tiempo. Este debate está instalado hoy en la Corte de Apelaciones, donde se enfrenta el derecho internacional, versus el derecho civil chileno". Pendiente está el criterio que asuma la Corte Suprema, que hasta ahora, en un par de casos, ha coincidido con la tesis denegatoria del CDE y algunos jueces de primera instancia.

Albania
Ayer se realizó la primera reunión por las indemnizaciones de la Operación Albania. Hasta la Corte Suprema llegó el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y dos abogados que representan a las familias de los 12 frentistas asesinados en 1987 por agentes del Estado. Tras una hora y media de negociaciones, el presidente del CDE, Carlos Mackenney, explicó que aún no podía referirse a montos. Los abogados Nelson Caucoto y Adil Brkovic sostuvieron que no se habló de cifras. Trascendió que el CDE antes de hacer una propuesta a los familiares deberá consultar a Hacienda sobre los dineros y llevar el caso a Consejo. Se fijo una nueva reunión para el próximo miércoles.

6 de junio de 2007
©la nación
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hace 21 años mataron a josé carrasco


[Ernesto Carmona] Consejo de Defensa del Estado rechaza pagar indemnizaciones impuestas por tribunales por encontrarlas demasiado altas.
Los asesinos del periodista José Carrasco Tapia y de otros tres opositores a la dictadura muertos en septiembre de 1986 apelaron las sentencias de primera instancia dictadas por el juez Haroldo Brito 20 años después del crimen, al finalizar 2006. A su vez, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) apeló por las indemnizaciones dispuestas por el tribunal para los familiares por encontrarlas "demasiado altas", informó la periodista Olivia Mora, viuda de Carrasco.
Después de más de 20 años todavía no hay fin para esta historia, como hizo pensar erróneamente el fallo de fines de diciembre de 2006. En esa ocasión, el juez Brito condenó a penas que oscilan entre 18 y 5 años de prisión a 14 criminales que vistieron el uniforme militar y se desempeñaron en la Central Nacional de Informaciones (CNI).
El fallo judicial acogió también la demanda civil de los familiares de las víctimas, fijando un pago del Estado equivalente a 475 mil dólares ($ 250 millones) para cada una de las madres, viudas e hijos de las cuatro víctimas, más 140 mil dólares ($ 75 millones) para cada hermano.

Otro Año de Espera
Nelson Caucoto, abogado de la familia Carrasco-Mora, dijo que "es comprensible que hayan apelado porque estaba dentro de todos los pronósticos que ellos presentaran un recurso de apelación, pero aún así esperamos que se haga justicia en esta causa de 1986". Olivia Mora mostró indignación por las apelaciones presentadas por el Consejo de Defensa del Estado.
El jurista añadió que las condenas propuestas por el magistrado Brito resultaron altas para los acusados "y ajustadas para nosotros" pero recordó que "estamos en presencia de un fallo de primera instancia que todavía es susceptible de una segunda apelación ante la Corte Suprema, una vez que la Corte de Apelaciones resuelva este recurso".
Para el abogado, la sentencia definitiva podría tardar todavía un año más.

Indignación de los Familiares
"El Consejo de Defensa del Estado ha fijado una tabla de precios para las víctimas de la dictadura", dijo Olivia. Presa de la indignación, la periodista afirmó que "el CDE no está acatando los fallos de la justicia y prácticamente está tapando los horrores de la dictadura y poniéndole precio a los derechos humanos".
"No puede ser que en todos los casos el CDE trate de negociar con los familiares, como si las víctimas fueran una mercancía, y haya fijado precios: un obrero vale mucho menos que un diputado, y así el periodista tendría un precio más o menos", dijo Mora.
La viuda de Carrasco aseguró que era insólito que el CDE no respetara los fallos de los jueces y magistrados. "Así no hay verdad, justicia ni reconciliación", dijo la viuda del periodista, quien recordó que Carrasco fue asesinado por agentes del Estado y, por lo tanto, es legitimo que el Estado pague la indemnización fijada por el juez. Agregó que la familia recurrirá a todas las instancias en busca de justicia y si ésta es denegada en Chile, acudirán a las instancias internacionales.

Víctimas y Victimarios
Además de Carrasco, durante la noche del 8 de septiembre de 1986 fueron asesinadas otras tres personas en venganza por un fallido atentado contra el dictador Augusto Pinochet: Gastón Vidaurrázaga Manríquez, Abraham Muskatblit Eidelstein y Felipe Rivera Fajardo. Los asesinos que ahora apelaron al fallo en primera instancia son el ex jefe operativo de la Central Nacional de Informaciones (CNI) Álvaro Corbalán, condenado a 18 años de prisión por su participación en los cuatro asesinatos, y otros 13 sujetos involucrados en las cuatro muertes.
Asimismo, el ex capitán de ejército Jorge Vargas Bories y el mayor retirado de Carabineros Iván Quiroz Ruiz fueron sentenciados a 13 años por dos crímenes. Como coautores de asesinato fueron condenados a 8 años de prisión Pedro Javier Guzmán Olivares, Gonzalo Fernando Mass del Valle, Kranz Bauer, Jorge Enrique Jofré Rojas y Juan Alejandro Jonquera, en tanto otros seis ex agentes fueron sentenciados a 5 años y un día: Víctor Hugo Lara Cataldo, René Armando Valdovinos Morales, Víctor Manuel Muñoz Orellana, Eduardo Martín Chávez Baeza, Guillermo Fascinetti López y José Ramón Meneses Arcauz.

5 de junio de 2007
©piel de leopardo
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condenan a hienas militares


[Patricio Tapia] Condenan a cinco ex funcionarios del Ejército e Investigaciones por desaparición del secretario regional del MIR en Linares, Guillermo del Canto.
Linares, Chile. El ministro Alejandro Solís condenó a cinco ex funcionarios de las fuerzas armadas y de Orden durante el gobierno militar por el secuestro y desaparición del entonces secretario regional del MIR en las ciudades de Linares y Maule, Guillermo Del Canto.
La determinación judicial afecta a los funcionarios en retiro del Ejército General Gabriel del Río, al capitán Claudio Lecaros y al sargento Antonio Aguilar.
A ellos se suman el ex comisario de la policía civil Héctor Torres, todos los cuales fueron sentenciados a 10 años y un día de presidio.
Por otra parte, Nelson Volta, también ex funcionario de Investigaciones, fue sentenciado a cinco años y un día de cárcel, en calidad de cómplice por el mismo hecho.
Guillermo del Canto tenía 30 años cuando fue detenido en enero de 1974.
El dictamen judicial de primera instancia tiene fecha 31 de mayo y hoy se notificó al abogado del General del Río, no descartándose que tanto él como los otros sentenciados puedan apelar a resolución.
Guillermo del Canto Ramírez, casado, funcionario de la Corporación de Reforma Agraria (CORA), militante del MIR, a quien el Servicio de Inteligencia del Ejército buscaba desde noviembre de 1973, fue detenido el 2 de enero de 1974 en un domicilio de familiares en Santiago, por efectivos del Servicio de Inteligencia Militar de Linares (SIM) y funcionarios del Servicio de Investigaciones de esa misma ciudad, quienes lo trasladaron a la Escuela Militar de Santiago y, desde allí, al Regimiento Escuela de Artillería de Linares, desde donde desapareció aproximadamente el 15 de enero de 1974.
En su aprehensión participó el Capitán de Ejército Claudio Lecaros, agente del SIM.

5 de junio de 2007
©la tercera
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indemnizaciones en caso albania


[A. Chaparro] Albania: CDE y familias negociarán indemnización.
La Suprema citó para hoy al Consejo de Defensa del Estado y a los abogados que representan a los familiares de las 12 víctimas de la denominada Operación Albania para que intenten llegar a un acuerdo.
La Corte Suprema citó para hoy a los abogados del Consejo de Defensa del Estado (CDE) y a los representantes de los familiares de 12 frentistas asesinados en la denominada Operación Albania para intentar que lleguen a un acuerdo respecto de la millonaria indemnización que el fisco deberá pagar a los afectados.
El tribunal de alzada capitalino estableció que el fisco debe cancelar a cada una de las familias de las víctimas 500 millones en reparación por el mal causado por agentes del Estado.
La suma total de las indemnizaciones asciende a 6 mil millones.
De hecho, la cifra sobrepasa el monto que dispuso el actual supremo Hugo Dolmetsch, quien instruyó la causa de los fallecidos miembros del FPMR cuando aún era miembro de la Corte de Apelaciones de Santiago.
El magistrado había impuesto una reparación económica de 300 millones de pesos a cada uno de los parientes afectados por estos asesinatos.

Reunión
Las partes se reunirán a las 13 horas y la audiencia será dirigida por el abogado integrante de la Sala Penal, Domingo Hernández, quien tiene el acuerdo del caso.
Por las familias de las 12 víctimas asistirá el abogado Nelsón Caucoto, y en la cita procurará que el organismo fiscal acceda a una indemnización acorde con el mal causado.
No obstante, como es habitual el CDE debe buscar una rebaja de los montos impuestos por el tribunal. La Operación Albania, como se conoció una de las últimas grandes matanzas de opositores del regimien militar, ocurrió entre el 15 y el 16 de junio de 1987.
Se trató de cuatro operativos en distintos puntos de Santiago ejecutados por agentes de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI).

Condenados
Pero los homicidios fueron disfrazados de enfrentamientos entre las mismas víctimas, las que -según las informaciones oficiales de la época- eran terroristas.
Por este caso está condenado a cadena perpetua el general (R) Hugo Salas Wenzel, ex director de CNI. A quince años y un día de prisión el mayor (R) Álvaro Corbalán Castilla, ex jefe operativo del organismo.
Asimismo, diez años y un día deberá cumplir el coronel retirado de Carabineros Iván Quiroz, mientras que 12 personas, entre ellas militares, policías y civiles, recibieron penas que van de los tres años a los cinco años y un día.
No osbtante, estas sentencias deben ser confirmadas por la Corte Suprema antes de quedar a firme.
La redacción de ese fallo quedó en manos del abogado integrante del máximo tribunal, Domingo Hernández, quien también asumió la atribución conseguir que los intervinientes intenten el mejor acuerdo posible en materia indemnizatoria.

5 de junio de 2007
©la nación
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murió en sala de espera


[Roberto Neira Tonk] Murió en sala de espera de consultorio. Cómo se trata a los indigentes.
Temuco, Chile. Paciente que falleció en el Miraflores mientras esperaba atención está como NN.Efectivos de la Brigada de Homicidios de la Policía de Investigaciones realizan esfuerzos para identificar a un hombre NN que tiene un tatuaje en el antebrazo derecho con la figura de una mujer desnuda rodeada por una serpiente y que ayer murió mientras esperaba atención médica en el Servicio de Urgencia del Consultorio Miraflores de Temuco.
Alrededor de las 16:30 horas, una ambulancia del Hospital Regional recogió desde la intersección de calles Pinto con Balmaceda a un "indigente", el que luego fue trasladado al Consultorio Miraflores para que recibiera atención médica, dejándolo a un costado de la sala de urgencias, sentado en una silla de ruedas.
Alrededor de las 23.30 horas empleados de dicho centro asistencial tomaron al indigente que continuaba en estado de ebriedad y lo recostaron en el pasillo, sobre unos cartones.
A eso las 2 de la mañana Carabineros llegó al consultorio con un detenido a constatar lesiones, solicitando el médico de turno que se llevaran al indigente, percatándose que se encontraba fallecido. En ese instante lo llevaron a la sala de urgencia para constatar signos vitales y notaron que no había recibido atención médica.
El fiscal Sergio Moya ordenó que al lugar se trasladara personal de la Brigada de Homicidios junto a peritos del Laboratorio de Criminalística (Lacrim). Los efectivos especializados lograron establecer que el cadáver se encontraba en posición decúbito dorsal, al interior de la sala de urgencias.
Los efectivos le tomaron huellas dactilares al occiso para identificarlo y se espera que hoy familiares realicen un reconocimiento del cuerpo.
Los antecedentes que tiene la policía indican que se trata de una persona de 45 a 50 años de edad, 1,67 metros de estatura, contextura delgada, cabello corto castaño oscuro, iris café, barba entrecana corta y el tatuaje en su brazo derecho.
En la inspección ocular realizada por los policías no se apreciaron lesiones externas atribuibles a terceras personas, logrando precisar que estuvo a los menos dos horas muerto al interior del consultorio sin que nadie se percatara del hecho.
El cadáver del malogrado paciente fue trasladado hasta el Servicio Médico Legal de Temuco para ser sometido a la autopsia y precisar la causa de muerte.
El particular tatuaje que tiene en uno de sus brazos puede resultar clave en la identificación.

5 de junio de 2007
©austral de temuco
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contra desapariciones forzadas


Familiares de Desaparecidos esperan voto de Chile a norma internacional.
La Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Chile inició hoy las actividades por la Semana Internacional en medio de un clima de "estupor" ante los nuevos detalles que se difunden sobre los crueles tratos que sufrieron sus familiares antes de ser hechos desaparecer.
La Semana Internacional del Detenido-Desaparecido se recordará en el país bajo el lema ‘Convención ahora: Por el derecho de no ser desaparecido', en apoyo al acuerdo adoptado en diciembre del año pasado por la Asamblea General de Naciones Unidas que aprobó por unanimidad la Convención para la Protección de Todas las Personas Contra la Desaparición Forzada.
La presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Lorena Pizarro, se manifestó esperanzada de que el gobierno chileno esté dentro de los primeros 23 países que ratifiquen este documento, y así se lo manifestaron al ministro secretario general de la Presidencia, José Antonio Viera Gallo Consultada por ANSA por el momento que vive la Agrupación ante los nuevos procesamientos de ex agentes represivos, Pizarro confirmó que ven "con mucho estupor el avance que han tenido las causas que investiga el juez Víctor Montiglio, donde hemos conocido el horror de lo que significó el cuartel de exterminio de Simón Bolívar".
Pizarro dijo que "la verdad es algo que nosotros siempre vamos a demandar junto con la justicia", pero "no deja de impactar el horror que se cometió, el nivel de ensañamiento que tuvieron los agentes de la dictadura de Augusto Pinochet". Entre los detenidos por los agentes del Cuartel Simón Bolívar, figura su padre Waldo Pizarro, desaparecido en diciembre de 1976 junto a la segunda dirección clandestina del Partido Comunista que cayó ese año.
Para Pizarro y los familiares de todos los que fueron detenidos en 1976 "vemos que los agentes de la DINA cumplieron más que órdenes, con una política de exterminio muy bien planificada".
Anotó que a la luz de los nuevos hechos, "a nosotros nos parece que hoy día la demanda de verdad y justicia, y sanción a los responsables, ha cobrado una nueva fuerza".
Añadió que así como se ha hecho un gran labor investigativa, con mucho rigor, "esperamos también la sanción ejemplificadora a través de los tribunales de justicia para que esto nunca más vuelva a ocurrir".
Por eso mismo, dijo, esperan medidas concretas por parte del gobierno en la reunión que sostendrán en los próximos días con el ministro Viera Gallo. Pizarro sostuvo que si bien a la presidenta Michelle Bachelet el tema de la desaparición forzada no le es indiferente, "no hay pronunciamientos claros en relación a terminar con la impunidad de los crímenes cometidos bajo la dictadura. La nulidad del decreto de amnistía es fundamental y para eso se requiere poner urgencia al proyecto que se encuentra en el Senado y que apunta a terminar con la prescripción y la amnistía".
La dirigente afirmó que "hay muchos temas pendientes" donde los diferentes poderes del Estado "tienen que adoptar un rol más protagónico".

5 de junio de 2007
©la nación
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la ley penal juvenil


Legislación comienza a regir el viernes con graves problemas de infraestructura.
No hay plazo que no se cumpla, ni deuda que no se pague, y el plazo para la ley de responsabilidad penal adolescente está a punto de llegar. Esto porque en cuatro días más entrará en vigencia la controvertida Ley 20.084, que establece un sistema de responsabilidad para los adolescentes infractores de la ley.
Uno de los principales postulados de esta normativa, es que pone fin al trámite de discernimiento en todos los tribunales del país, para los jóvenes que tengan más de 14 y menos de 18 años de edad.
La reglamentación, a diferencia de la ley penal para los adultos, respeta tanto los principios establecidos por la Constitución, así como los adscritos en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, lo que le otorga un carácter especial a la aplicación de las sanciones.

Centros de Reclusión
Con esta disposición se busca que los menores infractores respondan ante la ley, pero que, además, puedan reinsertarse en la sociedad. Para esto, los jóvenes cumplirán sus penas en centros de reclusión exclusivos para menores de edad, los que estarán a cargo de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, Sename, y de una guardia de Gendarmería, que se mantendrá en las afueras del recinto y que sólo podrá ingresar en caso de producirse emergencias.
En la Quinta Región serán cuatro los centros de reclusión que albergarán a más de 220 jóvenes. Dos de ellos son semicerrados y están en Limache y Valparaíso, y los otros dos son cerrados y están ubicados en las mismas ciudades. El cuidado de los menores estará a cargo de 140 personas.
Es precisamente este punto de la legislación el que ha traído mayores controversias, ya que a la fecha los centros no se encuentran en las condiciones óptimas para recibir a los jóvenes.
Según informó el director regional del Sename, Mario Sottolichio, los recintos que albergarán a los menores "están en condiciones mínimas para poder comenzar a funcionar el próximo viernes".

Normas Internas
Sottolichio insistió en que las movilizaciones que han mantenido los funcionarios del organismo por más de 10 días, ha impedido que se avance en esta materia, pero que espera que se llegue a un acuerdo hoy, cuando la directiva nacional se reúna con las autoridades de Justicia.
Esta misma situación se espera que se repita entre los funcionarios de Gendarmería, quienes ya anunciaron movilizaciones en contra de la aplicación de la normativa.
Al respecto, el senador Jorge Arancibia manifestó que "la sociedad chilena permanentemente amenazada por la delincuencia juvenil, no puede pagar los costos de la improvisación del gobierno por las fallas en la implementación de la Ley de responsabilidad penal hacia los jóvenes que delinquen".
Al interior de los centros, los jóvenes deberán desarrollar acciones tendientes a fortalecer el respeto por los demás y al cumplimiento del proceso de educación formal, a la vez que se considera la participación en actividades socio educativas, de formación y de desarrollo personal.

Sanciones
Los menores deberán permanecer separados de los adultos que se encuentran privados de libertad, y el uso de la fuerza por parte de los encargados del centro, está estipulado sólo de manera excepcional, aplicable sólo cuando se hayan agotado todos los demás medios de control. El incumplimiento de estas obligaciones constituiría una infracción grave a los deberes del funcionario.
La ley estipula que los jóvenes que sean declarados culpables podrán ser sometidos a tres tipos de sanciones. En primer lugar están las privativas de libertad, tras lo cual el menor deberá internarse en recintos cerrados o semicerrados, de acuerdo a la infracción, ambas disposiciones incluyen programas de reinserción social.
En segundo lugar, las penas no privativas de libertad, consideran libertad asistida especial, libertad asistida, prestación de servicios a la comunidad, reparación de los daños, multas o amonestaciones.
Finalmente, las penas accesorias determinan la prohibición de conducir vehículos motorizados y el tratamiento de rehabilitación por adicción a las drogas o alcohol, medida que se otorgará también a los menores que se encuentren recluidos y que la requieran.

Criterios
Las penas de internación no podrán exceder de 5 años para los infractores cuyas edades están entre los 14 y 15 años, y de 10 años para aquellos que tienen entre 16 y 17 años. Además, la prohibición para conducir, en caso de que así se determine, se extenderá hasta que el menor cumpla 20 años de edad.
Los criterios que utilizarán los jueces de garantía para determinar las sanciones dependerán de la gravedad del ilícito, de la calidad en que el adolescente participó en el hecho y el grado de ejecución de la infracción, de la concurrencia de circunstancias atenuantes o agravantes, de la responsabilidad criminal, de la edad del joven infractor, de la extensión del mal causado, y de la idoneidad de la sanción para fortalecer el respeto del adolescente por los derechos y libertades de las personas.

Derechos y Deberes
Los adolescentes que estén sometidos a una medida privativa de libertad, tendrán derecho a recibir visitas de manera periódica, en forma directa y personal, al menos una vez por semana. También se consagra su derecho a la integridad e intimidad personal, a acceder a servicios educativos y a la privacidad u regularidad de las comunicaciones, en especial con sus abogados.
Un aspecto relevante está relacionado con el quebrantamiento de la condena. Tratándose de la multa, se aplicará de forma sustitutiva la sanción de prestación de servicios a la comunidad por un máximo de 30 horas. Esta decisión se repite en caso de tratarse de infracción de la prohibición de conducir.
Si se trata del quebrantamiento de medidas de reparación del daño y prestación de servicios a la comunidad, se aplicará la libertad asistida en cualquiera de sus formas por un periodo de hasta tres meses.
El incumplimiento de la libertad asistida se sancionará con libertad asistida especial o con internación en régimen semicerrado, con una duración máxima de 70 días. Mientras que la infracción por incumplir la libertad asistida especial se sancionará con la internación en programas semicerrados.
De la misma manera, los jóvenes que hayan infringido la aplicación de la internación en régimen semicerrado deberán cumplir su pena en un centro cerrado por un periodo inferior a los 90 días, sin perjuicio del cumplimiento de la sanción anteriormente impuesta.
En caso de una conducta reiterada, podrá aplicárseles la sustitución en forma definitiva, por un periodo que fijará el tribunal, pero que será superior a la condena impuesta originalmente.

4 de junio de 2007
©mercurio de valparaíso
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